REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA POLíTICO ADMINISTRATIVA
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
CARACAS, 22/11/2018
CUENTA, N° 111

Expedientes enviados a la Sala
1. AA40A2018000492

Carlos Ernesto Gamez Ortega interpone demanda de nulidad contra la Resolución Nro. 01-00-000305 de fecha 29.5.2018, dictada por el Contralor General de la República. Presentada en Sala el 26.6.2018.


Diligencias presentadas y agregadas a los autos en:
1. AA40A2014001061

Junta Liquidadora del extinto Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), adscrito al Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda interpone demanda por ejecución de fianzas de anticipo y fiel cumplimiento contra la sociedad mercantil Universal de Seguros, C.A. Ponente Magistrado Inocencio Antonio Figueroa Arizaleta.

Del Alguacil, consignando boleta de notificación dirigida a la sociedad mercantil Universal de Seguros, C.A., vista la imposibilidad de practicarla.


2. AA40A2014001413

Alvamill Bienes y Raíces, C.A. y Promotora La Superior 123, C.A. interponen recurso de nulidad contra el Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda, por silencio administrativo generado con motivo del recurso jerárquico ejercido contra el acto administrativo del 18.04.2013, emitido por la Dirección General del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat de ese Ministerio.

Del Alguacil, consignando boletas de notificación con sus respectivos anexos dirigidas a los ciudadanos Miguel Ángel Hernández y Hazel Mariana Lazo, por no tener un domicilio a donde trasladarse.


3. AA40A2015000383

Inmobiliaria Bancomer Puerto La Cruz, C.A. interpone demanda de "nulidad de los contratos de compra venta y de la aclaratoria" de fechas 12.03.2012, 04.09.2012 y 09.04.2013, contra el Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, y contra los ciudadanos Ana Bautista Amaya de Martínez, Marcos Antonio Gómez Torres y otros, y subsidiariamente por acción reivindicatoria contra el ciudadano Jorge José Hayek Djandji.

Por el abogado Eduar Moreno, en su condición de Defensor Público, retirando la compulsa ordenada en decisión Nro. 556 de fecha 14.11.18.


4. AA40A2015000432

Asociación cooperativa Servitel 2012, R.L. interpone recurso de nulidad contra la Resolución R.J. N° 024-2014 de fecha 07.03.2014, emitida por el Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales.

Del Alguacil, consignando boleta de notificación con su respectivo anexo dirigida al ciudadano Oscar Velásquez, por no tener un nuevo domicilio a donde trasladarse.


5. AA40A2017000140

República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda interpone demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianzas conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra las sociedades mercantiles Essentium Grupo, S.L. y Universitas de Seguro, C.A.

Del Alguacil, consignando compulsa de citación dirigida a la sociedad mercantil Essentium Grupo, S.L., por no tener un nuevo domicilio a donde trasladarse.


6. AA40A2018000326

Iberoamericana de Seguros, C.A. interpone demanda de nulidad en virtud del silencio administrativo del Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, al no dar respuesta al recurso jerárquico ejercido contra la Resolución Nro. FSAA-2-2-000728 del 30.3.2015, emitida por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG). Ponente Magistrado Marco Antonio Medina Salas.

Del Alguacil, consignando acuse del Oficio de notificación Nro. 0954, dirigido al Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, recibido en fecha 19.11.18.


7. AA40A2018000555

Sementes Productiva LTDA (sociedad constituida bajo las leyes de la República de Brasil) interpone demanda por cumplimiento de contrato contra la Empresa de Propiedad Social AGROPATRIA, S.A.

Del Alguacil, consignando acuse de recibo de la citación dirigida a la Empresa de Propiedad Social Agropatria, S.A., firmada en fecha 19.11.18.


8. AA40X1997000005 - 199713602 - AA40A1997000151

Instituto Nacional de Canalizaciones intima y estima honorarios profesionales con motivo de la demanda por daños y perjuicios intentada por la sociedad de comercio Federal Insurance Company contra la intimante.

Por el apoderado judicial de la parte intimante, solicitando la continuación del proceso y se dicte la resolución correspondiente.


Oficios presentados y agregados a los autos en:
1. AA40A2015000870

H.G. Nuevo Triángulo interpone demanda por daños y perjuicios contractuales, cobro de bolívares y daño moral contra el Municipio Iribarren del Estado Lara, el Instituto Municipal de la Vivienda (IMVI) de ese municipio y la sociedad mercantil Hidrolara, C.A.

Oficio N° 0570/2018 de fecha 2.11.18, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante el cual remite las resultas de la comisión encomendada.


2. AA40A2017000791

PDVSA Petróleo, S.A. interpone demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianza de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Zuma Seguros, C.A.

Oficio N° 167-2018 de fecha 3.08.18, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, mediante el cual remite las resultas de la comisión encomendada.


Oficios librados en:
1. AA40A2014001378

Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE) ente liquidador del Banco Federal, C.A., y las empresas que conforman el Grupo Financiero Federal, asimismo accionista única de la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., demanda la nulidad de la dación en pago realizada por la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., y la sociedad mercantil Despacho Jurídico Mariscal Sucre, C.A.

Al Coordinador de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, que corresponda por distribución, a los fines de que gestione la distribución de la comisión ordenada.


Boletas libradas en:
1. AA40A2014001378

Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE) ente liquidador del Banco Federal, C.A., y las empresas que conforman el Grupo Financiero Federal, asimismo accionista única de la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., demanda la nulidad de la dación en pago realizada por la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., y la sociedad mercantil Despacho Jurídico Mariscal Sucre, C.A.

A la sociedad mercantil Despacho Jurídico Mariscal Sucre, C.A., a los fines de su notificación.


Oficios y despachos librados en:
1. AA40A2014001378

Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE) ente liquidador del Banco Federal, C.A., y las empresas que conforman el Grupo Financiero Federal, asimismo accionista única de la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., demanda la nulidad de la dación en pago realizada por la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., y la sociedad mercantil Despacho Jurídico Mariscal Sucre, C.A.

Al Juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, que corresponda por distribución, comisionándolo a los fines de que practique la notificación de la sociedad mercantil Despacho Jurídico Mariscal Sucre, C.A. y citaciones de las sociedades mercantiles Aluminios Pipo, C.A. e Industrias y Metales Jaro, C.A.


Autos de comparecencia en:
1. AA40A2014001378

Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE) ente liquidador del Banco Federal, C.A., y las empresas que conforman el Grupo Financiero Federal, asimismo accionista única de la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., demanda la nulidad de la dación en pago realizada por la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., y la sociedad mercantil Despacho Jurídico Mariscal Sucre, C.A.

A la sociedad mercantil Aluminios Pipo, C.A., a los fines de su citación.


2. AA40A2014001378

Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE) ente liquidador del Banco Federal, C.A., y las empresas que conforman el Grupo Financiero Federal, asimismo accionista única de la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., demanda la nulidad de la dación en pago realizada por la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., y la sociedad mercantil Despacho Jurídico Mariscal Sucre, C.A.

A la sociedad mercantil Industrias y Metales Jaro, C.A., a los fines de su citación.


Cómputo realizado en:
1. AA40A2012000776

República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Educación interpone demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianzas de anticipo y fiel cumplimiento contra las sociedades mercantiles High Tech Electrónica, C.A. y Seguros Altamira, C.A., esta última en su carácter de fiadora solidaria y principal pagadora de las obligaciones asumidas por la primera.


Nota de la Secretaria en:
1. AA40A2015000870

H.G. Nuevo Triángulo interpone demanda por daños y perjuicios contractuales, cobro de bolívares y daño moral contra el Municipio Iribarren del Estado Lara, el Instituto Municipal de la Vivienda (IMVI) de ese municipio y la sociedad mercantil Hidrolara, C.A.

Dejando constancia de la suspensión de la causa.


Autos dictados en:
1. AA40A2012001066

RP Suplidores, C.A. interpone demanda de nulidad contra la Resolución Nro. 148 de fecha 29.12.2011, dictada por el Ministerio del Poder Popular para la Educación. Ponente Magistrado Marco Antonio Medina Salas.

Se acordó librar boleta de notificación a la sociedad mercantil RP Suplidores C.A., a tenor de lo dispuesto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.


2. AA40A2014001378

Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE) ente liquidador del Banco Federal, C.A., y las empresas que conforman el Grupo Financiero Federal, asimismo accionista única de la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., demanda la nulidad de la dación en pago realizada por la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., y la sociedad mercantil Despacho Jurídico Mariscal Sucre, C.A.

Se autorizó a la funcionaria Ana Villegas, a los fines de la certificación de las copias.


3. AA40A2014001378

Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE) ente liquidador del Banco Federal, C.A., y las empresas que conforman el Grupo Financiero Federal, asimismo accionista única de la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., demanda la nulidad de la dación en pago realizada por la sociedad mercantil STC Venezolana de Hotelería y Turismo, S.A., y la sociedad mercantil Despacho Jurídico Mariscal Sucre, C.A.

Se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, que corresponda por distribución, para la práctica de la fijación del cartel de citación de la sociedad mercantil Ferroscar C.A., a cuyos efectos se ordenó el desglose del cartel de citación que cursa al folio 213 de la pieza Nro. 10 del expediente.


4. AA40A2018000492

Carlos Ernesto Gamez Ortega interpone demanda de nulidad contra la Resolución Nro. 01-00-000305 de fecha 29.5.2018, dictada por el Contralor General de la República. Presentada en Sala el 26.6.2018.

Se acordó remitir el expediente a la Sala, a los fines de que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio.


Decisiones dictadas en:
1. AA40A2012000776

República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Educación interpone demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianzas de anticipo y fiel cumplimiento contra las sociedades mercantiles High Tech Electrónica, C.A. y Seguros Altamira, C.A., esta última en su carácter de fiadora solidaria y principal pagadora de las obligaciones asumidas por la primera.

Se declaró subsanado el defecto del poder de la actora invocado por la parte demandada en la audiencia preliminar. Asimismo, se declararon improcedentes los defectos de procedimiento alegados respecto a la falta de consignación de las órdenes de pago como documentos fundamentales de la demanda y su reforma, así como sobre la falta de indicación de la base de cálculo de los montos reclamados cuyos datos no fueron explanados en la reforma de la demanda. Finalmente, se fijó el lapso para dar contestación a la demanda y se ordenó la notificación de la Procuraduría General de la República.


2. AA40A2012001400

Inmobiliaria Parinel-La Angulera, C.A., interpone demanda contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat por responsabilidad patrimonial extracontractual.

Se dejó sin efecto la notificación del ciudadano Ermides Rafael Palomino Núñez, practicada por correo electrónico el 15 de noviembre de 2018, y se advirtió que la misma se llevará a cabo una vez que curse en el expediente la notificación de la Procuraduría General de la República y transcurrido el lapso a que se contrae el citado artículo 98, tal y como fue acordado en la decisión Nro. 553 del 8.11.18. Asimismo, se estableció que el prenombrado experto deberá comparecer ante este órgano jurisdiccional a las once horas (11:00 a.m.) de la mañana del tercer (3er.) día de despacho siguiente a su notificación, a los fines de su juramentación.


3. AA40A2017000682

Empresa Técnica Urbanizadora, C.A. interpone demanda de contenido patrimonial por cumplimiento de contrato de "Promesa Bilateral de Compra" contra la sociedad mercantil C.N.A. De Seguros La Previsora.

Se emitió pronunciamiento en relación con las pruebas promovidas por la empresa demandada. Asimismo, se ordenó notificar de las decisiones de pruebas a la Procuraduría General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 109 del texto legal que rige sus funciones. Por último, se dejó establecido que el lapso de evacuación de pruebas comenzará a discurrir a partir de la fecha en que conste en autos la notificación antes señalada y vencido el lapso de treinta (30) días continuos contemplado en el aludido dispositivo.


4. AA40A2017000682

Empresa Técnica Urbanizadora, C.A. interpone demanda de contenido patrimonial por cumplimiento de contrato de "Promesa Bilateral de Compra" contra la sociedad mercantil C.N.A. De Seguros La Previsora.

Se emitió pronunciamiento en relación con las pruebas promovidas por la parte actora.


5. AA40A2018000649

Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA) interpone demanda por daños y perjuicios por incumplimiento de contrato con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo e innominada contra la sociedad mercantil Rivana Services, S.A.

Se admitió la demanda incoada, en consecuencia, se ordenó emplazar a la empresa Rivana Services, S.A. A tal fin, se acordó librar rogatoria a la autoridad competente en "Road Town", Capital del Territorio Británico de Ultramar de las Islas Vírgenes Británicas, localizada en la isla Tórtola. Asimismo, se acordó notificar al Ministerio del Poder Popular para el Transporte y a la Procuraduría General de la República. Se dejó establecido que la audiencia preliminar se fijará una vez que consten en autos la citación y las notificaciones antes referidas, vencido como sea el lapso de noventa (90) días continuos contemplado en el artículo 108 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y el término extraordinario de la distancia (4 meses) concedido en el auto. finalmente, se ordenó abrir cuaderno separado y remitirlo a la Sala a los fines conducentes.


La Jueza,
Belinda Paz Calzadilla
La Secretaria,
Doris M. Baptista Pérez