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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA POLíTICO ADMINISTRATIVA | |
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN | |
CARACAS, 18/07/2018 | |
CUENTA, N° 72 | |
Audiencia preliminar realizada en: | |
1. | AA40A2017000890 |
Panatel Communications INC., interpone demanda de contenido patrimonial "por responsabilidad contractual" contra la sociedad mercantil Telecom Venezuela, C.A. Presentada en Sala en fecha 22.11.2017. |
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Compareció únicamente el abogado Oscar Eduardo Rivero López en representación de la parte actora a la audiencia preliminar fijada, quien hizo consideraciones relacionadas con los términos establecidos en el libelo de la demanda y no consignó escrito alguno. Asimismo, la Jueza fijó el lapso de diez (10) días de despacho para la contestación de la demanda, el cual comenzará a discurrir a partir de la presente fecha exclusive. |
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Del Alguacil consignando recibos firmados por el Fiscal General de la República en: | |
1. | AA40A2017000156 |
Luis González Blanco, Nelson Riedi Cabello, Roberto Andery Vilera, Enrique Romero Perdomo, Eustoquio Martínez Vargas, Luis Calderón Mejías, Jaime Daniel Martínez Mila y Omar Estacio Z, Ivett Lugo Urbáez, Marlene Robles de Rodríguez, Elinor Montes, Letty Piedrahita, Clara Inés Casanova y Elenis Rodríguez Martínez interponen demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo y solicitud subsidiaria de medida cautelar de suspensión de efectos contra el Decreto Nro. 2.718 de fecha 07.02.2017, emitido por la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 41.090 de esa misma fecha. Ponente Magistrado Marco Antonio Medina Salas. |
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2. | AA40A2017000735 |
Maricruz Del Carmen Meléndez Pérez interpone demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar contra la Resolución Nro. 01-00-000167 de fecha 03.03.2017, dictada por la Contraloría General de la República. Ponente Magistrado Marco Antonio Medina Salas. |
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3. | AA40A2018000278 |
Síndico Procurador del Municipio Turístico El Morro "Lic. Diego Bautista Urbaneja" del Estado Anzoátegui, actuando en representación del Concejo Municipal de la referida entidad local interpone recurso de interpretación sobre el contenido del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y del Acta de Sesión Extraordinaria Nro. 018/2017 celebrada en fecha 19.12.2017, por el aludido Concejo. Presentado en Sala el 08.03.2018. |
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4. | AA40A2018000285 |
Cervecería Polar, C.A. interpone demanda de nulidad contra la Providencia Administrativa Nro. DNPA/DS/2016 de fecha 06.01.2016, dictada por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE). Presentada en Sala en fecha 15.03.2018. |
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5. | AA40A2018000375 |
SUPRACAL, C.A. interpone demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nro. 683 de fecha 23.11.2017, dictada por el Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo. |
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Diligencias presentadas y agregadas a los autos en: | |
1. | AA40A2013000310 |
Fundación de Capacitación e Innovación para Apoyar la Revolución Agraria (CIARA) interpone demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Desarrollos Integrales 8 de Mayo, C.A. y solidariamente contra la afianzadora Zuma Seguros, C.A. Ponente Magistrada Eulalia Coromoto Guerrero Rivero. |
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Del Alguacil, consignando acuse del Oficio Nro. 0584, dirigido al Coordinador de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, recibido en la oficina de Ipostel de este Tribunal en fecha 13.07.18. |
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2. | AA40A2013000310 |
Fundación de Capacitación e Innovación para Apoyar la Revolución Agraria (CIARA) interpone demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Desarrollos Integrales 8 de Mayo, C.A. y solidariamente contra la afianzadora Zuma Seguros, C.A. Ponente Magistrada Eulalia Coromoto Guerrero Rivero. |
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Del Alguacil, consignando acuse del Oficio de notificación Nro. 0583, dirigido al Presidente de la Fundación de Capacitación e Innovación para Apoyar la Revolución Agraria (CIARA), recibido en fecha 09.07.18. |
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3. | AA40A2016000248 |
Instituto Médico Quirúrgico Acosta Ortiz, C.A. interpone demanda de nulidad contra el Decreto N° 2.027 emitido por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 40.753 de fecha 24.09.2015. |
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Por el apoderado judicial de la parte recurrente, solicitando se oficie al Tribunal comisionado a los fines de que informe sobre la comisión encomendada. |
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4. | AA40A2016000493 |
Servicios Industriales Especializados C.A. (SERVIESCA) interpone demanda por cobro de bolívares y cumplimiento de contrato contra la Corporación de Salud del Estado Táchira. |
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Por el apoderado judicial de la parte demandante, retirando la comisión encomendada al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira que corresponda por distribución, para lo cual fue nombrado correo especial. |
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5. | AA40A2016000701 |
Esluve Magaly Sosa Carrero, Alberto Enrique Rodríguez Londoño, Abraham Luimag Sosa Carrero y otros interponen demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo y solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra los actos administrativos Nros. 001090 y 001369, de fecha 16.09.2015 y 23.09.2015, respectivamente, emitidos por el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda. Ponente Magistrada Bárbara Gabriela César Siero. |
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Del Alguacil, consignando acuse del Oficio Nro. 0533, dirigido al Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, recibido en la oficina de Ipostel de este Tribunal en fecha 13.07.18. |
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6. | AA40A2017000016 |
Alimentos Polar Comercial, C.A. interpone demanda de nulidad contra el numeral primero de la parte dispositiva de la Resolución Nro. DM/N° 094-16 de fecha 07.07.2016 emitida por el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación. Ponente Magistrado Inocencio Antonio Figueroa Arizaleta. |
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Por el apoderado judicial de la parte recurrente, solicitando prórroga del lapso de evacuación de pruebas. |
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7. | AA40A2017000132 |
Antonio De Risi Notaro interpone demanda de nulidad contra la Resolución Nro. 5366 de fecha 18.11.2016, emitida por la Comandancia General de la Armada Bolivariana. Ponente Magistrado Marco Antonio Medina Salas. |
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Por el ciudadano Antonio De Risi Notaro, debidamente asistido por el abogado Eduardo Antonio Mejías, solicitando dos (2) copias de la audiencia de juicio celebrada en fecha 7.06.18 y consigna en anexo dos (2) Discos Compactos. |
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8. | AA40A2018000075 |
Mirla Bianexis Malavé Sáez interpone demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto administrativo contenido en la decisión de fecha 11.10.2017, dictada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. (Sala Accidental). |
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Por la abogada Lorena Arciles, consignando poder que acredita su representación de la República. |
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9. | AA40A2018000162 |
Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC), interpone demanda por "acción de daños civiles, daños y perjuicios materiales derivados de accidente de tránsito" contra los ciudadanos Marlyn Dayana Urbano Guilarte y Reinaldo Antonio Carima Marín. Ponente Magistrado Inocencio Antonio Figueroa Arizaleta. |
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Del Alguacil, consignando acuse del Oficio Nro. 0541, dirigido a la Unidad de Recepción de Documentos (URDD) de la ciudad de Puerto Ordaz Estado Bolívar, recibido en la oficina de Ipostel de este Tribunal en fecha 13.07.18. |
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10. | AA40A2018000439 |
Pedro Daniel Gutiérrez Ramírez interpone demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nro. 01-00-000662 de fecha 20.11.2017, dictada por el Contralor General de la República. |
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Por el ciudadano Pedro Daniel Gutiérrez, debidamente asistido del abogado Wilmen Romero, solicitando devolución del documento original que riela desde el folio 13 al folio 49 ambos inclusive, para lo cual consigna copias simples. |
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11. | AA40A2018000483 |
Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) interpone demanda por cumplimiento de contrato contra la sociedad mercantil C.A. De Seguros La Occidental. Presentada en Sala el 6.6.2018. |
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Por la apoderada judicial de la parte demandante, retirando copias certificadas. |
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Escritos presentados y reservados en: | |
1. | AA40A2015000932 |
Servicios Inmobiliarios, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A., interpone demanda por resolución de contrato y cobro de bolívares con solicitud de medidas cautelares contra la sociedad mercantil Inversiones Villa Polinesia, S.A. |
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Por la apoderada judicial de la parte demandante, promoviendo pruebas y consignando cuatro (4) anexos. |
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Oficios presentados y agregados a los autos en: | |
1. | AA40A2005005657 |
Dennis Pérez Perozo interpone demanda contra la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A., por cobro de honorarios profesionales. |
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Oficio Nro. 10620 de fecha 25.06.18, emanado de la Gerencia General de Litigio de la Procuraduría General de la República, mediante el cual acusa oficio Nro. 000275 de fecha 15.03.18. |
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Oficios librados en: | |
1. | AA40A2015000934 |
Servicios Inmobiliarios, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A., interpone demanda por resolución de contrato y cobro de bolívares con solicitud de medidas cautelares contra el Consorcio Coinsa-Jamed. |
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A la Procuraduría General de la República y a Servicios Inmobiliarios, S.A., a los fines de su notificación. |
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Boletas libradas en: | |
1. | AA40A2015000934 |
Servicios Inmobiliarios, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A., interpone demanda por resolución de contrato y cobro de bolívares con solicitud de medidas cautelares contra el Consorcio Coinsa-Jamed. |
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Al Consorcio Coinsa-Jamed, a los fines de su notificación. |
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Cómputo realizado en: | |
1. | AA40A2015000932 |
Servicios Inmobiliarios, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A., interpone demanda por resolución de contrato y cobro de bolívares con solicitud de medidas cautelares contra la sociedad mercantil Inversiones Villa Polinesia, S.A. |
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Nota de la Secretaria en: | |
1. | AA40A2015000934 |
Servicios Inmobiliarios, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A., interpone demanda por resolución de contrato y cobro de bolívares con solicitud de medidas cautelares contra el Consorcio Coinsa-Jamed. |
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Dejando constancia del desglose del escrito de pruebas y sus anexos, que cursaba desde el folio seis (6) al folio cincuenta y uno (51), ambos inclusive, de la pieza N° 2, consignado por la parte actora en fecha 26.6.18. |
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Autos dictados en: | |
1. | AA40A2015000932 |
Servicios Inmobiliarios, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A., interpone demanda por resolución de contrato y cobro de bolívares con solicitud de medidas cautelares contra la sociedad mercantil Inversiones Villa Polinesia, S.A. |
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Se realizó cómputo por Secretaría. |
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2. | AA40A2015000934 |
Servicios Inmobiliarios, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A., interpone demanda por resolución de contrato y cobro de bolívares con solicitud de medidas cautelares contra el Consorcio Coinsa-Jamed. |
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Se autorizó al funcionario Wuilman Hurtado, a los fines de la certificación de las copias. |
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3. | AA40A2018000283 |
Amelia Coromoto Reaño Borges interpone demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar contra la Resolución Nro. 01-00-000307 de fecha 19.5.2017, dictada por el Contralor General de la República. Ponente Magistrada Eulalia Coromoto Guerrero Rivero. |
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Se acordó librar boleta de notificación a la ciudadana Amelia Coromoto Reaño Borges, a tenor de lo dispuesto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Decisiones dictadas en: | |
1. | AA40A2015000932 |
Servicios Inmobiliarios, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A., interpone demanda por resolución de contrato y cobro de bolívares con solicitud de medidas cautelares contra la sociedad mercantil Inversiones Villa Polinesia, S.A. |
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Se declaró que no resulta procedente desconocer la representación que se ha ejercido en juicio de la empresa Inversiones Villa Polinesia, S.A. y reponer la causa al estado de citación. Asimismo, a los fines de determinar la forma como deben discurrir las etapas procesales, se acordó de oficio reponer la causa al estado de dar contestación a la demanda. Igualmente, vista la consignación del escrito de promoción de pruebas por la parte actora, se ordenó su reserva hasta la oportunidad que corresponda agregarlos a los autos. Finalmente, se ordenó la notificación de las partes y de la Procuraduría General de la República. |
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2. | AA40A2018000486 |
Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC) interpone demanda por cumplimiento de contrato "Ampliación del Sistema de Transmisión Sur" conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la China Gezhouba Group Company Limited (sociedad constituida bajo las leyes de la República Popular de China). Presentada en Sala el 14.6.2018. |
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Se admitió la demanda incoada. En consecuencia, se ordenó emplazar a la sociedad mercantil CHINA GEZHOUBA GROUP COMPANY LIMITED, en la persona de su Presidente o en cualesquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, para que comparezca ante este Juzgado a la audiencia preliminar. Asimismo, se acordó la notificación del Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, a los fines de que emita su opinión en la presente controversia. Además, se ordenó notificar a la Procuraduría General de la República. Finalmente, se ordenó abrir el respectivo cuaderno separado y remitirlo a la Sala a los fines conducentes y se dejó establecido que el lapso para dar contestación a la demanda, se fijará una vez que tenga lugar la audiencia preliminar. |
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3. | AA40A2018000488 |
Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC) interpone demanda por cumplimiento del contrato "Construcción para la Subestación Encapsulada Cardón 115/34,5 KV" conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra China Camc Engineering Co., LTD (CAMCE), sociedad constituida bajo las leyes de la República Popular de China. Presentada en Sala el 14.6.2018. |
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Se admitió la demanda incoada. En consecuencia, se ordenó emplazar a la sociedad mercantil China Camc Engineering Co., LTD (CAMCE), sociedad constituida bajo l, LTD (CAMCE), en la persona de su Presidente o en cualesquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, para que comparezca ante este Juzgado a la audiencia preliminar. Asimismo, se acordó la notificación del Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, a los fines de que emita su opinión en la presente controversia. Además, se ordenó notificar a la Procuraduría General de la República. Finalmente, se ordenó abrir el respectivo cuaderno separado y remitirlo a la Sala a los fines conducentes y se dejó establecido que el lapso para dar contestación a la demanda, se fijará una vez que tenga lugar la audiencia preliminar. |
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4. | AA40A2018000489 |
Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC) interpone demanda por cumplimiento del contrato "Construcción de la Línea 115 KV, S/E Eléctrica Ezequiel Zamora - S/E San Juan de los Morros - Estado Guárico" y ejecución de fianza conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las empresas Suministros y Servicios Wolclem, C.A. y Zuma Seguros, C.A. Presentada en Sala el 26.6.2018. |
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Se admitió la demanda incoada, en consecuencia, se ordenó emplazar a las sociedades mercantiles Suministros y Servicios Wolclem, C.A., y Zuma Seguros, C.A., en la persona de su Presidente, o en cualesquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, para que comparezcan ante este Juzgado a la audiencia preliminar. Asimismo, se acordó la notificación del Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica y de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG), a los fines de que emitan opinión en la presente controversia. Se ordenó notificar a la Procuraduría General de la República. Finalmente, se ordenó abrir el respectivo cuaderno separado y remitirlo a la Sala a los fines conducentes. Se dejó establecido que el lapso para dar contestación a la demanda, se fijará una vez que tenga lugar la audiencia preliminar. |
La Jueza, | |
Belinda Paz Calzadilla | |
La Secretaria, | |
Doris M. Baptista Pérez |