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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA | |
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN | |
CARACAS, 13/05/2021 | |
CUENTA, N° 22 | |
Expedientes enviados a la Sala | |
1. | AA40A2019000225 |
Venezolana Doméstica de Gas (DOMEGAS), S.A. interpone demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nro. 007 de fecha 8.2.2019, emitida por el Ministerio del Poder Popular de Petróleo. Ponente Magistrada Bárbara Gabriela César Siero. |
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2. | AA40A2019000228 |
José Higuera Miranda & Asociados, C.A. interpone demanda de nulidad contra la Resolución Nro. GST-RS-00454, emitida por el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información. Ponente Magistrada Bárbara Gabriela César Siero. |
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Expediente recibido de la Sala a los fines del pronunciamiento relativo a la admisibilidad: | |
1. | AA40A2021000016 |
Dianora Eunises Lares Castejon interpone demanda de nulidad contra el Oficio TSJ-CJ- No.0067-2020 de fecha 20.2.2020, emitido por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. Presentada en Sala en fecha 18.2.2021. |
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Expediente recibido de la Sala a los fines de la continuación de la causa: | |
1. | AA40A2020000077 |
Juzgado Superior Estadal Octavo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital declina competencia para conocer de la demanda por cobro de bolívares interpuesta por la sociedad mercantil Petróleos de Venezuela, S.A. contra la empresa Aerovías de Venezuela, S.A. (AVENSA). Ponente Magistrado Inocencio Antonio Figueroa Arizaleta. |
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Diligencias presentadas y agregadas a los autos en: | |
1. | AA40A2012001251 |
Sucesión Heemsen, C.A., interpone recurso de nulidad con amparo cautelar y solicitud de suspensión de efectos contra el Decreto Nro. 8.838 de fecha 13.08.2006, dictado por la Presidencia de la República. |
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Del Alguacil, consignando acuse del oficio de notificación núm. 0260, dirigido a la Directora General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, recibido en fecha 27.4.2021. |
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2. | AA40A2017000140 |
República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda interpone demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianzas conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra las sociedades mercantiles Essentium Grupo, S.L. y Universitas de Seguro, C.A. |
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Del Alguacil, consignando acuse del oficio de notificación núm. 0038, dirigido a la Directora General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, recibido en fecha 27.4.2021. |
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3. | AA40A2018000011 |
C.A. Metro de Caracas interpone demanda de contenido patrimonial y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Constructora Norberto Odebrecht, S.A., (constituida bajo las leyes de la República Federativa de Brasil) y solidariamente contra la empresa Seguros Caroní, S.A. |
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Por el abogado Abelardo Vahlis, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa CNO, S.A., anteriormente denominada Constructora Odebrecht, S.A., informando que le proporcionaran el medio de transporte al alguacil del Juzgado, a los fines de entregar de los oficios de pruebas y solicitando prorroga del lapso de evacuación de pruebas. |
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4. | AA40A2018000302 |
Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC), adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la empresa Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.I.C. y F. (IMPSA). Ponente Magistrada María Carolina Ameliach Villarroel. |
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Del Alguacil, consignando acuse del oficio de notificación núm. 0155, dirigido a la Directora General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, recibido en fecha 27.4.2021. |
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5. | AA40A2018000437 |
Procuraduría General de la República interpone demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el Laudo Arbitral de fecha 19.2.2018 dictado por el Tribunal Arbitral Independiente de Río de Janeiro de la República Federativa del Brasil, con ocasión a la solicitud de arbitraje intentada por la sociedad mercantil Huntington Ingalls INC., contra el Ministerio del Poder Popular para la Defensa, por incumplimiento del contrato Nro. CGA-CNALO-002-97. |
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Del Alguacil, consignando acuse del oficio de notificación núm. 0019, dirigido a la Directora General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, recibido en fecha 27.4.2021. |
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6. | AA40A2018000460 |
Luz América Muentes de Santana, en su condición de presidenta y socia mayoritaria de la sociedad mercantil Inversiones 3157625 C.A. interpone demanda de nulidad con medida cautelar de suspensión de efectos; en virtud del silencio administrativo de la entonces Ministra del Poder Popular para el Comercio, actualmente Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, al no dar respuesta al recurso jerárquico ejercido contra el acto administrativo de fecha 10.8.2011, emitido por el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), actualmente Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE). Ponente Magistrada María Carolina Ameliach Villarroel. |
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Del Alguacil, consignando los oficios números. 00071 y 0072, con sus anexos, dirigidos al Juez Distribuidor de los Juzgados de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda y al Juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, contentivo de la comisión para la práctica de la notificación de la ciudadana Tania Josefina González Ordaz, en virtud de que la prenombrada ciudadana ya fue notificada por correo electrónico tal y como se evidencia de la nota estampada por la secretaria en fecha 14.4.2021. |
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7. | AA40A2019000214 |
C.V.G. Aluminio del Caroní, S.A. (CVG ALCASA) interpone demanda por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Desarrollos e Inversiones Valcor S.L. |
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Del Alguacil, consignando acuse del oficio de notificación núm. 0273, dirigido a la Directora General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, recibido en fecha 27.4.2021. |
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8. | AA40A2019000279 |
Ruth de los Ángeles Vergara Rodríguez interpone demanda de contenido patrimonial contra la Superintendencia de Bienes Públicos. Ponente Magistrado Marco Antonio Medina Salas. |
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Del Alguacil, consignando acuse del oficio de notificación núm. 0338, dirigido a la Superintendente de Bienes Público, recibido en fecha 27.4.2021. |
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9. | AA40X1997000005 - 199713602 - AA40A1997000151 |
Instituto Nacional de Canalizaciones intima y estima honorarios profesionales con motivo de la demanda por daños y perjuicios intentada por la sociedad de comercio Federal Insurance Company contra la intimante. |
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Del Alguacil, consignando acuse del oficio de notificación núm. 0213, dirigido al Presidente del Instituto Nacional de Canalizaciones, recibido en fecha 30.4.2021. |
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Escritos presentados y agregados a los autos en: | |
1. | AA40A2018000577 |
Rubi Massiel Sevilla interpone demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo constitucional y solicitud de medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar contra la Resolución Nro. DVGSSO/N° 000148 de fecha 25.1.2017, emitida por el Viceministro de Gestión, Supervisión y Seguimiento de Obras, adscrito al Ministerio del Poder Popular de Hábitat y Vivienda. Ponente Magistrado Marco Antonio Medina Salas. |
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Por el abogado Enrique Quevedo, actuando en su carácter de apoderado de la parte actora, presentando escrito de oposición de pruebas. |
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Oficios librados en: | |
1. | AA40A2015000159 |
SM Pharma, C.A. interpone demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las Providencias Administrativas Nros. 2013-0024 y 2013-0032 de fechas 10 de junio y 12 de agosto de 2013, dictadas por la Dirección de Inspectoría Nacional y Otros Asuntos Colectivos del Trabajo del Sector Privado y contra el Auto de homologación del 06.01.2014, emitido por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, hoy Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo. Ponente Magistrado Inocencio Antonio Figueroa Arizaleta. |
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Al Ministro del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, a fin de ratificar el contenido de los oficios núm. 001097 y 000157 de fechas 26.10.17 y 13.2.20 respectivamente, donde se solicita el expediente administrativo. |
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Cómputo realizado en: | |
1. | AA40A2019000225 |
Venezolana Doméstica de Gas (DOMEGAS), S.A. interpone demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nro. 007 de fecha 8.2.2019, emitida por el Ministerio del Poder Popular de Petróleo. Ponente Magistrada Bárbara Gabriela César Siero. |
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2. | AA40A2019000228 |
José Higuera Miranda & Asociados, C.A. interpone demanda de nulidad contra la Resolución Nro. GST-RS-00454, emitida por el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información. Ponente Magistrada Bárbara Gabriela César Siero. |
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Nota de la Secretaria en: | |
1. | AA40A2020000068 |
José Manuel Sulbarán interpone demanda por indemnización de daño moral contra la empresa C.A. Metro de Caracas. Presentada en Sala en fecha 3.11.2020. |
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Dejando constancia que los documentos originales en el expediente núm. 2020-0068, los cuales fueron desglosados a solicitud de la abogada Eumelia Castillo de Modugno, acordada su devolución mediante auto de fecha 10.5.2021. |
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2. | AA40A2020000068 |
José Manuel Sulbarán interpone demanda por indemnización de daño moral contra la empresa C.A. Metro de Caracas. Presentada en Sala en fecha 3.11.2020. |
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Dejando constancia que los folios dieciocho (18) al veintiséis (26) ambos inclusive, donde cursaron los anexos de la demanda, fueron desglosados en virtud de lo acordado en el auto de fecha 10.5.2021. |
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Autos dictados en: | |
1. | AA40A2019000225 |
Venezolana Doméstica de Gas (DOMEGAS), S.A. interpone demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nro. 007 de fecha 8.2.2019, emitida por el Ministerio del Poder Popular de Petróleo. Ponente Magistrada Bárbara Gabriela César Siero. |
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Se ordenó remitir a la Sala las presentes actuaciones a los fines legales consiguientes. |
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2. | AA40A2019000228 |
José Higuera Miranda & Asociados, C.A. interpone demanda de nulidad contra la Resolución Nro. GST-RS-00454, emitida por el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información. Ponente Magistrada Bárbara Gabriela César Siero. |
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Se ordenó remitir a la Sala las presentes actuaciones a los fines legales consiguientes. |
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3. | AA40A2020000068 |
José Manuel Sulbarán interpone demanda por indemnización de daño moral contra la empresa C.A. Metro de Caracas. Presentada en Sala en fecha 3.11.2020. |
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Se autorizó a la funcionaria Angela Castillo, a los fines de la certificación de las copias. |
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4. | AA40A2020000077 |
Juzgado Superior Estadal Octavo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital declina competencia para conocer de la demanda por cobro de bolívares interpuesta por la sociedad mercantil Petróleos de Venezuela, S.A. contra la empresa Aerovías de Venezuela, S.A. (AVENSA). Ponente Magistrado Inocencio Antonio Figueroa Arizaleta. |
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Se ordenó notificar a las partes y a la Procuraduría General de la República, asimismo, se estableció que a partir de esta fecha, exclusive, comenzaría a discurrir el lapso contemplado en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil y finalizado el mismo sin que las partes hicieran uso de los mecanismos previstos en este, se proveerá sobre la admisibilidad de la demanda. |
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Decisiones dictadas en: | |
1. | AA40A2019000028 |
Servicios Halliburton de Venezuela, S.A. interpone demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos en virtud del silencio administrativo verificado frente al recurso jerárquico interpuesto ante el Ministro del Poder Popular para el Petróleo contra la decisión, asimismo denegatoria, verificada con ocasión al silencio administrativo producido en el recurso de reconsideración que fue interpuesto ante la Gerencia de la empresa PDVSA Servicios Petroleros, S.A. contra la Providencia Administrativa 2017-01 del 13 de noviembre de 2017 que declaró procedente la rescisión unilateral del contrato N° 46000062525. Ponente Magistrado Marco Antonio Medina Salas. |
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Se acordó reabrir el lapso de evacuación de pruebas por diez (10) días de despacho, así como el desglose de los oficios pertinentes, asimismo se ordenó notificar a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. |
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2. | AA40A2019000260 |
Sobeyda del Carmen Mejías Contreras interpone demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar contra el acto administrativo Nro. TSJ-CJ-N°3560-2018 de fecha 1.11.2018, emitido por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. Ponente Magistrada Eulalia Coromoto Guerrero Rivero. (Sala Accidental). |
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Se admitió la demanda de nulidad incoada, en consecuencia se ordenó notificar al ciudadano Fiscal General de la República, así como a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, y a la Procuraduría General de la República. Asimismo, Se deja establecido que una vez que consten en autos las notificaciones debidamente practicadas, se remitirá el expediente a la Sala a objeto de que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio. Finalmente, se acordó solicitar a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, el expediente administrativo relacionado con este juicio. |
El Juez | |
Jesús Gerardo Peña Rolando | |
La Secretaria, | |
Adriana C. Ponce Argotte |