REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
CARACAS, 09/12/2021
CUENTA, N° 89

Diligencias presentadas y agregadas a los autos en:
1. AA40A2008000043

Instituto Nacional de Canalizaciones (INC) interpone demanda contra los ciudadanos Luis Mario Noguera Rojas y Luis Edgardo Rivero Noguera, en su carácter de Presidente y Vice-Presidente respectivamente, de la empresa Equipos y Maquinarias de Oriente 2001 C.A., por indemnización de daños y perjuicios.

Por el abogado Miguel Ángel Carrasquel, actuando en su carácter de apoderado judicial del Instituto Nacional de Canalizaciones (INC), mediante la cual ratifica su solicitud de que se cite a la parte demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.


2. AA40A2008000176

Instituto Nacional de Canalizaciones (INC) interpone demanda contra la empresa Equipos y Maquinarias de Oriente 2001. C.A., en las personas de su Presidente y Vicepresidente, por incumplimiento de contrato, daños y perjuicios.

Por el abogado Miguel Ángel Carrasquel, actuando en su carácter de apoderado judicial del Instituto Nacional de Canalizaciones (INC), mediante la cual ratifica su solicitud de que se cite a la parte demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.


3. AA40A2019000144

International Agritech Supplies LLC (sociedad constituida bajo las leyes del estado Delaware en Los Estados Unidos de América) interpone demanda por cumplimiento de contrato y cobro de cantidades de dinero adeudadas contra la sociedad mercantil Corporación Venezolana de Comercio Exterior, S.A. (CORPOVEX).

Por la abogada Felicia Escobar Vásquez, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, solicitando prórroga del lapso de evación de pruebas.


4. AA40A2019000216

Venezolana de Importaciones y Exportaciones, C.A. (VEXIMCA), interpone demanda por ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Seguros Caroní, S.A. en su condición de fiadora y principal pagadora de las obligaciones asumidas por la compañía Panaexpress Investment, S.A.

Por el abogado José A. Massa, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Seguros Caroní S.A., consignando los emolumentos necesarios para que el Alguacil realice las notificaciones ordenadas.


5. AA40A2021000161

Antonio María Claret González Gutierrez, interpone demanda de nulidad contra el Decreto Nro. 8.889 de fecha 29.3.2012 publicado en la Gaceta Oficial Nro. 39.896 del 2.01.2021, dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Presentada en Sala en fecha 2.12.2021.

Por el abogado José Ignacio Díaz, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, indicando que retiro la comisión para la cual fue nombrado correo especial.


6. AA40A2021000161

Antonio María Claret González Gutierrez, interpone demanda de nulidad contra el Decreto Nro. 8.889 de fecha 29.3.2012 publicado en la Gaceta Oficial Nro. 39.896 del 2.01.2021, dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Presentada en Sala en fecha 2.12.2021.

Por el abogado José Ignacio Díaz, consignando en anexo, poder que acredita su representación judicial del ciudadano Antonio María Claret González, parte actora en la presente causa.


7. AA40A2021000161

Antonio María Claret González Gutierrez, interpone demanda de nulidad contra el Decreto Nro. 8.889 de fecha 29.3.2012 publicado en la Gaceta Oficial Nro. 39.896 del 2.01.2021, dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Presentada en Sala en fecha 2.12.2021.

Por el abogado José Ignacio Díaz, actuando en su carácter de aopderado judicial del ciudadano Antonio María Claret González, solicitando le sea nombrado correo especial.


Escritos presentados y agregados a los autos en:
1. AA40A2021000038

Carlos Fernando Falkenhagen Lozada interpone demanda de nulidad contra la Resolución Nro GST-RS-00535 de fecha 20.2.2020, emitida por el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información.

Por el abogado Wilmer Jesús Guevarra, actuando en su carácter de apoderado del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información (/MPPCI), consignando escrito de oposición de pruebas.


Autos dictados en:
1. AA40A2021000153

Grupo Raycall, Inc, interpone demanda de contenido patrimonial contra la Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares. Presentada en Sala en fecha 25.11.2021.

Vistas las actuaciones y por cuanto se observo que el día 8.12.2021 fue publicada la decisión relativa a la admisión de la presente demanda, bajo el número 126 con fecha errónea, esto es, 8 de junio de 2021, se dejó establecido que la fecha correcta de dicha decisión es la de su publicación, es decir, 8 de diciembre de 2021.


2. AA40A2021000161

Antonio María Claret González Gutierrez, interpone demanda de nulidad contra el Decreto Nro. 8.889 de fecha 29.3.2012 publicado en la Gaceta Oficial Nro. 39.896 del 2.01.2021, dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Presentada en Sala en fecha 2.12.2021.

Se acordó designar correo especial al abogado José Ignacio Díaz Carrillo, a los fines de gestionar la notificación del Presidente del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Iribarren del Estado Lara. Asimismo, se autorizó a la funcionaria Madeleyn Pedrozo, a los efectos de la certificación de las copias.


La Jueza Suplente,
Ileana Carolina Flores Estanga
La Secretaria,
Adriana Carolina Ponce Argotte