REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
CARACAS, 22/10/2025
CUENTA, N° 105

Expedientes enviados a la Sala
1. AA40A2018000045

Freddy José Gómez Lugo, Virginia Alejandra Gómez Molina y Euro José Gómez Molina interponen demanda por "cumplimiento de contrato verbal de arrendamiento" sobre un lote de terreno y una "casa-oficina" contra la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A. (E Y P Costa Afuera, Gerencia Logística Operacional).


Diligencias presentadas y agregadas a los autos en:
1. AA40A2025000390

Tenería Valera, C.A. y Concretera Jalisco, C.A. interponen demanda por indemnización de daños y perjuicios contra la Gobernación del Estado Trujillo. Presentada en fecha 25.9.2025.

Por el abogado Joan Alfredo Vera León, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, sustituyendo poder Apud Acta en los abogados Aniello De Vita Canabal, Alejandro Bouquet Guerra, Francisco Gil Herrera, Leonardo Gómez Acevedo y Samuel Elias Franco Vargas.


Escritos presentados y agregados a los autos en:
1. AA40A2025000390

Tenería Valera, C.A. y Concretera Jalisco, C.A. interponen demanda por indemnización de daños y perjuicios contra la Gobernación del Estado Trujillo. Presentada en fecha 25.9.2025.

Por el abogado Joan Alfredo Vera León, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, reformando la demanda y consignando un (1) anexo.


Oficios librados en:
1. AA40A2018000045

Freddy José Gómez Lugo, Virginia Alejandra Gómez Molina y Euro José Gómez Molina interponen demanda por "cumplimiento de contrato verbal de arrendamiento" sobre un lote de terreno y una "casa-oficina" contra la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A. (E Y P Costa Afuera, Gerencia Logística Operacional).

A Chadía Fermín Peña, Secretaría de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a fin de remitirle el expediente identificado con el número 2018-0045.


Acto realizado en:
1. AA40A2020000088

República Bolivariana de Venezuela interpone demanda por daños y perjuicios conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Ingprocon 3000, C.A.

Dejando constancia que compareció la Defensora Pública Auxiliar Tercera (3°) abogada Del Valle de los Ángeles Quijada Vera, en su carácter de Defensora Pública de la sociedad mercantil INGPROCON 3000, C.A., y el abogado Franklin Daniel Bracamonte Marquina, en su condición de representante de la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, parte intimada a exhibir.





Nota de la Secretaria en:
1. AA40A2018000045

Freddy José Gómez Lugo, Virginia Alejandra Gómez Molina y Euro José Gómez Molina interponen demanda por "cumplimiento de contrato verbal de arrendamiento" sobre un lote de terreno y una "casa-oficina" contra la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A. (E Y P Costa Afuera, Gerencia Logística Operacional).

Dejando constancia que en la presente pieza, fue enmendada la foliatura.


2. AA40A2023000058

Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón declina competencia para conocer de la demanda por daños y perjuicios interpuesta por el ciudadano Ender de Jesús Fuenmayor, actuando en su nombre y en representación de la sociedad mercantil Inversiones Safari C.A. contra Carirubana Empresa de Propiedad Social Desarrollos Endógenos, S.A. Ponente Magistrada Bárbara Gabriela César Siero.

Dejando que los documentos cursantes a los folios veintinueve (29) al cincuenta y tres (53) fueron desglosados en virtud de lo ordenado en el auto de esta misma fecha.


3. AA40A2024000367

Procuraduría General de la República interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Promotora y Constructora Yamilkha, C.A. y solidariamente la empresa Multinacional Fianzas, C.A. Ponente Magistrado Juan Carlos Hidalgo Pandares.

Dejando constancia que en el día de hoy veintidós (22) de octubre de dos mil veintisiete (2025), en virtud del vencimiento del lapso de diez (10) días de despacho fijado en el auto de fecha 25.9.2025, se retiró de la cartelera de este Juzgado boleta de notificación dirigidas a las sociedades mercantiles PROMOTORA Y CONSTRUCTORA YAMILKHA, C.A y MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A.


Autos dictados en:
1. AA40A2018000045

Freddy José Gómez Lugo, Virginia Alejandra Gómez Molina y Euro José Gómez Molina interponen demanda por "cumplimiento de contrato verbal de arrendamiento" sobre un lote de terreno y una "casa-oficina" contra la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A. (E Y P Costa Afuera, Gerencia Logística Operacional).

Se estimó prudente en este caso, la remisión del expediente a la Sala, a los fines del pronunciamiento correspondiente.


2. AA40A2023000058

Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón declina competencia para conocer de la demanda por daños y perjuicios interpuesta por el ciudadano Ender de Jesús Fuenmayor, actuando en su nombre y en representación de la sociedad mercantil Inversiones Safari C.A. contra Carirubana Empresa de Propiedad Social Desarrollos Endógenos, S.A. Ponente Magistrada Bárbara Gabriela César Siero.

Se acordó su devolución de los documentos solicitados conforme a lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil; dejando fotostatos simples en el expediente.


Decisiones dictadas en:
1. AA40A2025000138

Víctor Antonio Romero Jiménez interpone demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra el acto administrativo S/N de fecha 6.10.2016, emitido por el Viceministerio de Gestión, Supervisión y Seguimiento de Obras, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda. Ponente Magistrado Suplente Emilio Ramos González.

Con fundamento en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se estimó pertinente conceder al ciudadano Víctor Antonio Romero Jiménez, parte actora, un lapso de tres (3) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, exclusive, a fin de que consigne lo solicitado por este Juzgado. Finalmente, se dejó sentado que una vez vencido el lapso concedido para el señalado fin, se decidirá lo conducente con los elementos cursantes en autos.


2. AA40A2025000391

Banco del Tesoro, C.A. Banco Universal interpone demanda de contenido patrimonial por incumplimiento de contrato de línea de crédito conjuntamente con solicitud de medidas cautelares nominadas e innominadas contra la sociedad mercantil Dulimar C.A. y solidariamente su fiador principal pagador el ciudadano Luis Alfonso Linares Quintero. Presentada en Sala el 25.9.2025.

Se admitió cuanto ha lugar en derecho la demanda incoada. En consecuencia, se ordenó emplazar a la sociedad mercantil DULIMAR, C.A., y al ciudadano LUIS ALFONSO LINARES QUINTERO, para que comparezcan a la Audiencia Preliminar. Para la práctica de las citaciones acordadas, se ordenó comisionar a un Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, concediéndose seis (6) días continuos como término de la distancia. Asimismo, se consideró necesario notificar al Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas. De igual modo, se acordó abrir cuaderno de medidas cautelares y remitirlo a la Sala a los fines de la decisión correspondiente. Igualmente, se ordenó la notificación del ciudadano Procurador General de la República. Finalmente, se dejó establecido que el lapso para dar contestación a la demanda.


3. AA40A2025000392

Banco Digital de los Trabajadores, Banco Universal C.A. interpone demanda por cumplimiento de contrato de préstamo comercial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares nominadas e innominadas contra la sociedad mercantil Avicultura V.H., C.A. y solidariamente su fiador principal pagador el ciudadano Wilmer Alejandro Rosales Rangel. Presentada en Sala el 30.9.2025.

Se admitió la demanda. En consecuencia, se ordenó emplazar a la sociedad mercantil AVICULTURA V.H., C.A., y al ciudadano WILMER ALEJANDRO ROSALES RANGEL, a los fines de que comparezcan a la Audiencia Preliminar. Para la práctica de las citaciones ordenadas, se acordó comisionar a un Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, concediéndole seis (6) días continuos como término de la distancia. Asimismo, se consideró necesario notificar al Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, al Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela, al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales, a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario y al Procurador General de la República. Igualmente, se acordó abrir el respectivo cuaderno separado y remitirlo a la Sala.


4. AA40A2025000393

Banco de Venezuela, S.A., Banco Universal C.A. interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y prohibición de enajenar y gravar contra la sociedad mercantil Ingeniería Reymil, C.A. y solidariamente su fiadora principal pagadora la ciudadana Milena Patricia Aldana Barreto. Presentada en Sala el 30.9.2025.

Se admitió la demanda. En consecuencia, se ordenó las citaciones de INGENIERIA REYMIL C.A. y MILENA PATRICIA ALDANA BARRETO, a los fines de que comparezcan a la Audiencia Preliminar. Para la práctica de estas se acordó comisionar a un Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio La Cañada de Urdaneta y otro de los Municipios Trujillo, Pampan y Pampito ambos de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo concediéndole (6) días como término de la distancia. Asimismo, se consideró necesario notificar al Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, al Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela, al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales, a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario y al Procurador General de la República. Igualmente, se acordó abrir el respectivo cuaderno separado y remitirlo a la Sala.


La Jueza,
Adriana Carolina Ponce Argotte
La Secretaria,
Eigre Maritza Carrero