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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA DE CASACIÓN CIVIL | |
SALA ACCIDENTAL N° 2 | |
CARACAS, 07/04/2025 | |
CUENTA, N° 23 | |
OFICIOS LIBRADOS | |
1. | AA20C2024000356 |
En el juicio por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES que sigue MANUEL RAMÓN PARRA ESCALONA Y OTRO contra JOSÉ MAYER SCHMIT. En el que intervino como Tercero NAIMAR DE LOS ÁNGELES HAMID CHACÓN. |
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Se libró oficio identificado número 2025-325, en esta misma fecha, remitiendo el presente expediente al Juez Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua. |
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2. | AA20C2024000369 |
En el juicio por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) que sigue OMAR JESÚS VEGAS OLIVARES Y OTROS contra SOCIEDAD MERCANTIL RESTAURANT EL GATO, C.A. |
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Se libró oficio identificado número 2025-348, en esta misma fecha, dirigido al Juez Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua. |
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3. | AA20C2024000369 |
En el juicio por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) que sigue OMAR JESÚS VEGAS OLIVARES Y OTROS contra SOCIEDAD MERCANTIL RESTAURANT EL GATO, C.A. |
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Se libró oficio identificado número 2025-347, en esta misma fecha, remitiendo el presente expediente al Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua. |
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AUTOS PUBLICADOS | |
4. | AA20C2025000020 |
En el juicio por TACHA DE FALSEDAD que sigue ISABEL CRISTINA ZARAZA VARGAS contra CERES HERNEDYS RODRÍGUEZ HENRÍQUEZ. |
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Se dictó auto mediante el cual a tenor de lo previsto en el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, entra la causa en estado de dictar sentencia. Remítase las actuaciones al Magistrado Ponente. |
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5. | AA20C2025000020 |
En el juicio por TACHA DE FALSEDAD que sigue ISABEL CRISTINA ZARAZA VARGAS contra CERES HERNEDYS RODRÍGUEZ HENRÍQUEZ. |
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Se dictó auto que ordenó practicar cómputo. |
El Presidente, | |
José Luis Gutiérrez Parra. | |
El Secretario, | |
Pedro Rafael Venero Daboín |