![]() | |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
---|---|
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA CONSTITUCIONAL | |
CARACAS, 15/05/2020 | |
CUENTA, N° 136 | |
Se publicaron las siguientes sentencias | |
1. | AA50T2020000197 |
Oficio de fecha 05 de mayo de 2020, suscrito por el ciudadano NICOLÁS MADURO MOROS, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual solicita a la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, se pronuncie sobre la Constitucionalidad del Decreto N° 4.194, de fecha 04 de mayo de 2020, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.534, Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la nación, las instituciones públicas y a las ciudadanas y ciudadanos habitantes de la República. Ponente: Magistrado Dr. JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER. |
|
Sentencia N° 0060, de fecha 15 de mayo de 2020, presentada por el Magistrado Dr. JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER, mediante la cual se declara COMPETENTE para revisar. La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto n° 4.194 del 04 de mayo de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 6.534 Extraordinario, de la misma fecha, mediante la cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional. NULO, INEXISTENTE E INEFICAZ cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato. REITERA que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia. REITERA que las sentencias de la Sala Constitucional tienen carácter y efectos erga omnes. ORDENA ORDENA publicar y notificar. EXP. 2020-000197. |
|
2. | AA50T2020000195 |
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala, en fecha 08 de mayo de 2020, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional (Habeas Corpus), interpuesta por la ciudadana ANDREINA BADUEL, en representación del ciudadano JOSNARS ADOLFO BADUEL, contra el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. Ponente: Magistrado Dr. JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER. |
|
Sentencia N° 0061, de fecha 15 de mayo de 2020, presentada por el Magistrado Dr. JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER, mediante la cual se declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo interpuesta bajo la modalidad de hábeas corpus contra el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. EXP. 2020-000195. |
|
Nuevos asuntos ingresados por la Secretaría de la Sala | |
1. | AA50T2020000199 |
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala, en fecha 15 de mayo de 2020, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano Mayor General FABIO ENRIQUE ZAVARSE PABÓN, actuando con el carácter de Comandante General de la Guardia Nacional Bolivariana, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, de fecha 07 de mayo de 2020. Ponente: Magistrada Dra. LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON. |
|
Recepción de escrito de amparo. |
El Presidente, | |
Juan José Mendoza Jover | |
La Secretaria, | |
Mónica Andrea Rodríguez Flores |