REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
CARACAS, 09/07/2019
CUENTA, N° 105

ESCRITOS, DILIGENCIAS Y OFICIOS RECIBIDOS
1. AA30P2018000083

SOLICITUD DE EXTRADICIÓN ACTIVA DEL CIUDADANO HO LUNG CHAN, AL REINO DE ESPAÑA.

Se recibe, vía correspondencia, el oficio N° 6300, de la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, mediante el cual remite recaudos que guardan relación con el proceso.


AUTOS PUBLICADOS Y NOTIFICACIONES
1.

En virtud del conocimiento notorio y comunicacional que tiene la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, sobre el proceso penal que se lleva a cabo ante la jurisdicción penal ordinaria, específicamente, ante la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, con la nomenclatura BP01-P-2018-010005 (Asunto Principal), así como, BP01-R-2019-000010 (asunto Provisional), seguido, entre otros, contra los ciudadanos JESÚS EDUARDO BELTRÁN MORENO, NELSON ENRIQUE PEÑALOZA CALDERÓN, HÉCTOR DANIEL LIMENEZ SUTA, FIDEL RUIZ y EDWUAR RONALDO PERILLA PÉREZ, titulares de las cédulas de identidad V-22.123.023, V-12.890.749, E-84.606.441, E-80.242.160 y E-84.605.564, respectivamente, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y otros; esta Sala de Casación Penal, en uso de la facultad que tiene, en la materia de su respectiva competencia, para recabar de oficio un expediente o asunto de cualquier tribunal, en el estado que se encuentre, para así resolver si se avoca a su conocimiento o lo distribuye a otro tribunal, establecida en los artículos 31 numeral 1, 106, 107 y 108, todos de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; decide: PRIMERO: La suspensión inmediata de la causa seguida, entre otros, contra los ciudadanos JESÚS EDUARDO BELTRÁN MORENO, NELSON ENRIQUE PEÑALOZA CALDERÓN, HÉCTOR DANIEL LIMENEZ SUTA, FIDEL RUIZ y EDWUAR RONALDO PERILLA PÉREZ, por ante la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, así como, la prohibición de realizar cualquier clase de actuación en el referido proceso penal. SEGUNDO: Ordena a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, que con carácter de urgencia, recabe el expediente original y todos los recaudos relacionados con el proceso penal seguido en contra de los ciudadanos antes identificados, y sea remitido a la Sala de Casación Penal.


OFICIOS REMITIDOS
1.

Se remite a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, el oficio correspondiente y relacionado con el avocamiento de oficio del proceso penal seguido a los ciudadanos JESÚS EDUARDO BELTRÁN MORENO, NELSON ENRIQUE PEÑALOZA CALDERÓN, HÉCTOR DANIEL LIMENEZ SUTA, FIDEL RUIZ y EDWUAR RONALDO PERILLA PÉREZ.


El Presidente,
Maikel José Moreno Pérez
La Secretaria,
Ana Yakeline Concepción de García