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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA DE CASACIÓN PENAL | |
CARACAS, 21/11/2024 | |
CUENTA, N° 214 | |
ESCRITOS, DILIGENCIAS Y OFICIOS RECIBIDOS | |
1. | AA30P2024000607 |
SOLICITUD DE AVOCAMIENTO INTERPUESTA POR EL ABOGADO DÁMASO ANTONIO CABRERA VELÁSQUEZ, EN EL PROCESO PENAL SEGUIDO A LOS CIUDADANOS JOHAN ALEXANDER BRAVO URBANO, DARWIN ALFREDO TOVAR ROMERO, JUSTO JAVIER SALAS GRATEROL, DANIEL DAVID CASTRO GARCÍA Y JOHAN ANDREW GONZÁLEZ CARREÑO. |
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Se recibe un escrito, presentado y firmado por el abogado DÁMASO ANTONIO CABRERA VELÁSQUEZ, contentivo de información que guarda relación con el proceso. |
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SENTENCIAS PUBLICADAS | |
1. | AA30P2024000583 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN ACTIVA DEL CIUDADANO ALESSANDRO BAZZONI, AL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE. |
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Sentencia N° 592, que declara procedente solicitar al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la extradición activa del ciudadano ALESSANDRO BAZZONI, identificado con el pasaporte de la República Italiana YA9636063, por la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Materiales Estratégicos, Legitimación de Capitales, Asociación y Contrabando Agravado. Asume el firme compromiso ante el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, que el referido ciudadano será juzgado, por los delitos mencionados, con las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así mismo, se tomará en cuenta el tiempo que pueda estar detenido en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Ponente Magistrada ELSA JANETH GÓMEZ MORENO. |
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2. | AA30P2024000598 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO LEUNAN DUVALIER MACHADO NIEVES, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA ARGENTINA. |
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Sentencia N° 593, que acuerda notificar a la República Argentina, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene, a partir del día siguiente de su notificación efectiva, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria, en el procedimiento de extradición pasiva seguido al ciudadano LEUNAN DUVALIER MACHADO NIEVES, venezolano, identificado con la cédula V-17.159.127, por la comisión del delito de "HOMICIDIO CULPOSO COMETIDO POR LA CONDUCCIÓN IMPRUDENTE DE UN VEHÍCULO AGRAVADO POR HABERSE DADO A LA FUGA". Debiendo especificarse que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, la Sala ordenará la libertad sin restricciones del mencionado ciudadano. Ponente Magistrada ELSA JANETH GÓMEZ MORENO. |
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3. | AA30P2024000413 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO CARLOS HUMBERTO SOSA RUEDA, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL. |
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Sentencia N° 594, que declara improcedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano CARLOS HUMBERTO SOSA RUEDA, venezolano, identificado con la cédula V-27.940.253. Asume el firme compromiso ante la República Federativa de Brasil, que el referido ciudadano será juzgado, por la comisión del delito de "…HOMICIDIO CALIFICADO POR EL RECURSO QUE DIFICULTÓ LA DEFENSA DE LA VÍCTIMA…", con las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así mismo, se tomará en cuenta el tiempo que ha estado detenido. Insta al Ministerio Público, para que recabe los elementos para su juzgamiento. Acuerda remitir la documentación al Tribunal 4° de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, para el inicio del proceso penal. Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad. Ponente Magistrada CARMEN MARISELA CASTRO GILLY. |
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4. | AA30P2024000500 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DE LA CIUDADANA JENNY DEL VALLE RODRÍGUEZ LINAREZ, REQUERIDA POR EL REINO DE ESPAÑA. |
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Sentencia N° 595, que declara improcedente la solicitud de extradición pasiva de la ciudadana JENNY DEL VALLE RODRÍGUEZ LINAREZ, venezolana, identificada con la cédula V-12.542.764. Asume el firme compromiso ante el Reino de España, del cumplimiento de la pena impuesta en la sentencia condenatoria dictada el 26-06-08, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, Reino de España, por la comisión de un delito “...CONTRA LA SALUD PÚBLICA…”, así como, el pago de la “MULTA” de 40.000 €, con imposición de las costas procesales, con las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales, así mismo, se tomará en cuenta el tiempo que ha estado detenida. Insta al Tribunal de Primera Instancia de Ejecución de Caracas, que ejecute la pena, de la cual resta por cumplirse “…novecientos ochenta (980) días de prisión…” y el pago de la multa. Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad. Ponente Magistrada CARMEN MARISELA CASTRO GILLY. |
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5. | AA30P2024000599 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO JOSÉ MANUEL CAÑIZALES VARGAS, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA DEL PERÚ. |
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Sentencia N° 596, que acuerda notificar a la República del Perú, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene, a partir del día siguiente de su notificación efectiva, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria, en el procedimiento de extradición pasiva seguido al ciudadano JOSÉ MANUEL CAÑIZALES VARGAS, venezolano, identificado con la cédula V-22.754.015, por la comisión del "…DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD Y TOCAMIENTOS, ACTOS LIBIDINOSOS O ACTOS LIBIDINOSOS EN AGRAVIO DE MENOR…". Debiendo especificarse que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará la libertad sin restricciones del mencionado ciudadano. Ponente Magistrada CARMEN MARISELA CASTRO GILLY. |
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6. | AA30P2024000614 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO JULIO CÉSAR GALARZA, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA ARGENTINA. |
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Sentencia N° 597, que acuerda notificar a las autoridades de la República Argentina, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene, a partir del día siguiente de su notificación efectiva, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria, en el procedimiento de extradición pasiva seguido al ciudadano JULIO CÉSAR GALARZA, de nacionalidad argentina, identificado con el Documento Nacional de Identidad argentino N° 32189379, por la comisión del delito de "ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL VÍNCULO". Debiendo especificarse que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, la Sala ordenará la libertad sin restricciones del mencionado ciudadano. Ponente Magistrada CARMEN MARISELA CASTRO GILLY. |
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7. | AA30P2024000339 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO YORDAN EDUARDO COLMENARES SOSA, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL. |
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Sentencia N° 598, que declara improcedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano YORDAN EDUARDO COLMENARES SOSA, venezolano, identificado con la cédula V-19.933.099. Asume el firme compromiso ante la República Federativa de Brasil, que será juzgado, por el delito de "ASESINATO", con las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así mismo, se tomará en cuenta el tiempo que ha estado detenido. Insta al Ministerio Público, para que recabe los elementos para su juzgamiento. Acuerda remitir la documentación a la Presidencia de Caracas, para su distribución a un Tribunal de 1era Instancia de Control con competencia en materia de delitos de Violencia contra la Mujer del referido Circuito Judicial Penal, para el inicio del proceso penal. Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad. Ponente Magistrado MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ. |
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8. | AA30P2024000600 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO HENNRY AUGUSTO MENDOZA VIERAS, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA DEL PERÚ. |
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Sentencia N° 599, que acuerda notificar a la República del Perú, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene, a partir del día siguiente de su notificación efectiva, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria, en el procedimiento de extradición pasiva seguido al ciudadano HENNRY AUGUSTO MENDOZA VIERAS, venezolano, identificado con la cédula V-23.920.009, por la comisión de un delito "CONTRA LA LIBERTAD PERSONAL EN LA MODALIDAD DE SECUESTRO CON AGRAVANTE". Debiendo especificarse que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, la Sala ordenará la libertad sin restricciones del mencionado ciudadano. Ponente Magistrado MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ. |
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9. | AA30P2024000615 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN ACTIVA DE LA CIUDADANA GLADYS OMAIRA VALENTINER DE LARA, AL REINO DE ESPAÑA. |
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Sentencia N° 600, que declara procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana GLADYS OMAIRA VALENTINER DE LARA, venezolana, identificada con la cédula V-3.919.282, por la comisión de los delitos de Estafa Agravada Continuada y Asociación. Asume el firme compromiso ante el Reino de España, que la referida ciudadana será juzgada, por la comisión de los delitos mencionados, con las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así mismo, se tomará en cuenta el tiempo que ha estado detenida en el Reino de España. Ponente Magistrado MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ. |
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OFICIOS REMITIDOS | |
1. | AA30P2024000339 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO YORDAN EDUARDO COLMENARES SOSA, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL. |
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Se remiten oficios a la Fiscalía General de la República; al Viceministerio de Política Interior y Seguridad Jurídica, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz; a la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores; a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; al Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del referido Circuito Judicial Penal; y a la División de Investigaciones de Policía Internacional (INTERPOL), Caracas, Viceministerio del Sistema Integrado de Investigación Penal, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. |
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2. | AA30P2024000413 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO CARLOS HUMBERTO SOSA RUEDA, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL. |
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Se remiten oficios a la Fiscalía General de la República; al Viceministerio de Política Interior y Seguridad Jurídica, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz; a la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores; a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar; al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del referido Circuito Judicial Penal; y a la División de Investigaciones de Policía Internacional (INTERPOL), Caracas, Viceministerio del Sistema Integrado de Investigación Penal, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. |
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3. | AA30P2024000500 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DE LA CIUDADANA JENNY DEL VALLE RODRÍGUEZ LINAREZ, REQUERIDA POR EL REINO DE ESPAÑA. |
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Se remiten oficios a la Fiscalía General de la República; al Viceministerio de Política Interior y Seguridad Jurídica, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz; a la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores; a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; al Tribunal Cuadragésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control y al Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, ambos del referido Circuito Judicial Penal; y al Centro de Control y Resguardo del Detenido, estado Trujillo, Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. |
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4. | AA30P2024000583 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN ACTIVA DEL CIUDADANO ALESSANDRO BAZZONI, AL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE. |
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Se remiten oficios a la Fiscalía General de la República; al Viceministerio de Política Interior y Seguridad Jurídica, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz; a la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores; a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; y al Tribunal Especial Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia en casos vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional, con sede en Caracas. |
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5. | AA30P2024000598 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO LEUNAN DUVALIER MACHADO NIEVES, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA ARGENTINA. |
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Se remite oficio a la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores. |
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6. | AA30P2024000599 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO JOSÉ MANUEL CAÑIZALES VARGAS, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA DEL PERÚ. |
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Se remite oficio a la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores. |
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7. | AA30P2024000600 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO HENNRY AUGUSTO MENDOZA VIERAS, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA DEL PERÚ. |
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Se remite oficio a la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores. |
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8. | AA30P2024000614 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA DEL CIUDADANO JULIO CÉSAR GALARZA, REQUERIDO POR LA REPÚBLICA ARGENTINA. |
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Se remite oficio a la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores. |
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9. | AA30P2024000615 |
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN ACTIVA DE LA CIUDADANA GLADYS OMAIRA VALENTINER DE LARA, AL REINO DE ESPAÑA. |
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Se remiten oficios a la Fiscalía General de la República; al Viceministerio de Política Interior y Seguridad Jurídica, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz; a la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores; a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo; y al Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del referido Circuito Judicial Penal. |
La Presidenta, | |
Elsa Janeth Gómez Moreno | |
La Secretaria, | |
Ana Yakeline Concepción de García |