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Sala de Casación Social
  • Fecha: 25 de enero de 2018





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 14

 

Jueves, 25 de enero de 2018

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Apelación Agraria            16-997

 

El abogado CESAR ALEJANDRO MONTES GIL, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS JAVIER BETANCOURT CESÍN contra SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, C.A., y OTRA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-947

 

El abogado LUIS ALBERTO PÉREZ MEDINA, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue DANIEL ARTURO LUQUE PÁZ contra NADIA TAWIL. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    13-829

 

La abogada ELIBETH MILANO D., presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue SALVADOR VICENTE BASILE PÉREZ contra CERVECERÍA POLAR, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    14-1626

 

El abogado LUIS GERARDO PINEDA TORRES, presentó diligencia solicitando fijación de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ OTONIEL ALASTRE PÉREZ contra MOLIENDAS PAPELÓN, S.A. (MOLIPASA) y OTROS. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    16-369

 

El abogado JORGE GONZÁLEZ, presentó diligencia solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL "BENEAGRO LOS 19 LUCHADORES DE LA PATRIA". TERCERO INTERESADO: AVES BARQUISIMETO, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-069

 

El abogado JORGE GONZÁLEZ, presentó diligencia solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BENEFICIADORA DE AVES BARQUISIMETO, S.A. contra RAINER ANTONIO ORTIZ DAZA y OTROS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    18-043

 

La abogada NAYADET C. MOGOLLÓN PACHECO, presentó diligencia solicitando que se declare perecido el recurso, para ser agregado al juicio que sigue LUZARÍA ROMERO DE DELL ONTO y OTRO contra ALIMENTOS GEMA, C.A. y OTROS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            13-821

 

El ciudadano GERARDO RAMÓN MATHEUS TOSTA, asistido por el abogado LIONEL CAÑA, presentaron diligencia solicitando que se declare perecido el recurso, para ser agregado al juicio que sigue FLORE CELINA TOSTA DE MATHEUS contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            15-507

 

La ciudadana ELISA PRIANO DE MURO, asistida por el abogado JOSÉ BRICEÑO, presentaron diligencia solicitando copias certificadas de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue GIUSEPPE MURO COLITTO contra ELISA PRIANO BRUNETTI DE MURO. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  18-067

 

El abogado JOSÉ J. MANGANIELLO B., presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ROSALBA ESTERINA DEL TORO TISO contra MAURICIO JESÚS SÁNCHEZ VELASQUEZ. Ponente: Dr.

 

 

OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N°  18-043

 

Se deja constancia que en fecha veinticinco (25) de Enero del año 2018, se recibió Oficio N° 02-18 de fecha 09/01/2018, Escrito de Formalización emanado del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo. Para ser agregado al expediente en el juicio que sigue LUZARÍA ROMERO DE DELL ONTO y OTRO contra ALIMENTOS GEMA, C.A. y OTROS. Ponente: Dr.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  15-0671

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que siguen la ciudadana Carmen María Silva Aponte, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos contra Alcaldía Bolivariana del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua e Instituto Autónomo Municipal de los Servicios Públicos (INAMSEPU), prevista para el día jueves veinticinco (25) de enero del año dos mil diecisiete (2018). Hora: Once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente

 

 

Exp. N°  15-0711

 

Visto el oficio N° 1080, del veinte (20) de noviembre de 2017, emanado del Juzgado Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, recibido el diecisiete (17) de enero del año 2018, mediante el cual remite las resultas de notificación de la partes, ordenada mediante auto del seis (6) de abril de 2017, siendo infructuosa la notificación de la ciudadana MARÍA ALEJANDRA ARIAS LÓPEZ. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a los ciudadanos antes citados, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que conforme a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  15-0711

 

SE HACE SABER:

 

                A la ciudadana MARÍA ALEJANDRA ARIAS LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número 15.424.323, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la conforme a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  15-0976

 

Vista la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO el cuatro (4) de agosto de 2017, en su carácter de Alguacil de esta Sala, la cual se transcribe en su parte pertinente: “…informo que una vez en la  dirección señalada, al edificio no se pudo entrar por ser de difícil ingreso, por no poseer intercomunicador ni timbre, descripción del inmueble, edificio de color rojo, rejas marrón, de 9 pisos aproximadamente, detrás de el Teatro Municipal. Es por lo que consigno como negativa la misma…”. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano GREGORIO JESÚS SUBERO BORRERO, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que conforme a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  15-0976

 

SE HACE SABER:

 

                Al ciudadano GREGORIO JESÚS SUBERO BORRERO, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  16-1002

 

Concluida como ha sido la sustanciación de la causa seguida por C.A. CIGARRERA BIGOTT SUCS, y EX TRABAJADORES, bajo signado N° AA60-S-2016-001002, nomenclatura de esta Sala, y habiendo pasado al estado de dictar sentencias correspondientes a cada uno de los acuerdos transaccionales celebrados; en aras de salvaguardar el orden procesal y amparado bajo el contenido del artículo 14, numeral 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena expedir por Secretaría copias certificadas de cada una de las referidas decisiones judiciales, con la finalidad de ser incorporadas a la pieza principal del expediente instaurado con el objeto de conocer del avocamiento solicitado, vista la necesidad de insertar cada sentencia original en la pieza anexa concerniente a su causa de inicio, a fines de ser remitidas a los juzgados correspondientes.-

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo de los veinte (20) días del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, correspondiente en el siguiente expediente:

 

AA60-S-2017-000771

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo de los veinte (20) días del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, incluyendo el término de la distancia correspondiente en los siguientes expedientes:

 

AA60-S-2017-000953

AA60-S-2017-000919

AA60-S-2017-000938

AA60-S-2017-000900

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo de los veinte (20) días del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la sentencia 758 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del veintiuno (21) de julio del año 2010, incluyendo el término de la distancia correspondiente en los siguientes expedientes:

 

AA60-S-2017-000939

AA60-S-2017-000816

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo de los veinte (20) días del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, incluyendo el término de la distancia correspondiente en el siguiente expediente:

 

AA60-S-2017-000921

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo de los veinte (20) días del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y la sentencia 758 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del veintiuno (21) de julio del año 2010, incluyendo el término de la distancia correspondiente en el siguiente expediente:

 

AA60-S-2017-000923

 

 

Exp. N°  16-0210

 

SE HACE SABER:

 

             A la ciudadana CLAUDIA PECCHIO VINCENTI o a su apoderada judicial LESBIA ROSA MARQUEZ FUENMAYOR, con domicilio procesal: Avenida Universidad, esquinas de Traposo a Chorro, edificio Centro Empresarial, piso 10, oficina B, El Silencio, Caracas, teléfonos: 0212.543.32.86, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia número 1176, del ocho (8) de diciembre del año 2017, declaró: “ CONCEDE FUERZA ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, respecto a la disolución del vinculo conyugal existente entre los ciudadanos CLAUDIA PECCHIO VINCENTI y JUAN CARLOS PÉREZ SOTO, a la sentencia N° 2012-104413 dictada en fecha 31 de mayo de 2006, por la Corte del Circuito del Onceavo Circuito Judicial del Condado de Miami Dade del estado de Florida, Estados Unidos de América”. Notificación que se hace a los fines legales pertinentes.

 

 

Exp. N°  16-0210

 

SE HACE SABER:

 

            Al ciudadano JUAN CARLOS PÉREZ SOTO o a su apoderado judicial EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, teléfono: 0414.203.59.14, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia número 1176, del ocho (8) de diciembre del año 2017, declaró: “ CONCEDE FUERZA ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, respecto a la disolución del vinculo conyugal existente entre los ciudadanos CLAUDIA PECCHIO VINCENTI y JUAN CARLOS PÉREZ SOTO, a la sentencia N° 2012-104413 dictada en fecha 31 de mayo de 2006, por la Corte del Circuito del Onceavo Circuito Judicial del Condado de Miami Dade del estado de Florida, Estados Unidos de América”. Notificación que se hace a los fines legales pertinentes.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTICINCO (25) DE ENERO DEL AÑO 2018.

Recurso de Casación Exp. N° 17-593

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario Temporal de la Sala Dr. JESÚS RAFAEL MILLÁN SALINAS y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha diecinueve (19) de mayo de 2017, proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana HAITELL GUERRA DE FLORES contra la sociedad mercantil LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO KIMAR C.A., y solidariamente contra el ciudadano ISRAEL ELÍAS HERNÁNDEZ CASTILLO. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Fran Marcelo Acosta Torrealba, inscrito en el Inpreabogado con el número 54.367, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte actora recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTICINCO (25) DE ENERO DEL AÑO 2018.

Recurso de Casación Exp. N° 15-124

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario Temporal de la Sala Dr. JESÚS RAFAEL MILLÁN SALINAS y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el segundo piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha siete (7) de enero del año 2015, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con ocasión del juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL sigue el ciudadano ANTONIO JOSÉ RINCÓN VELÁSQUEZ contra la sociedad mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A., hoy MARITIME CONTRACTORS DE VENEZUELA, S.A.  A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado José Antonio Graterol Diepa, inscrito en el Inpreabogado con el número 239.166, en representación de la parte demandada recurrente. La parte demandante y su representación judicial no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTICINCO (25) DE ENERO DEL AÑO 2018.

Recurso de Casación Exp. N° 15-961

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario Temporal de la Sala Dr. JESÚS RAFAEL MILLÁN SALINAS y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el segundo piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce del mediodía (12:00 m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha dos (02) de julio de 2015, emanada del Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS sigue el ciudadano FERNANDO JOSÉ SUÁREZ AGUILAR contra las sociedades mercantiles IBM DE VENEZUELA, S.A., y E-POWER OUTSOURCING, S.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Tayruma Josefina Garay Peña, inscrita en el Inpreabogado con el número 104.941, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se encuentra presente la abogada Gabriela Leonor Longo Velásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 130.518, en representación de la parte demandada. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la representante judicial de la parte accionada, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los  Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTICINCO (25) DE ENERO DEL AÑO 2018.

Recurso de Casación Exp. N° 16-997

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario Temporal de la Sala Dr. JESÚS RAFAEL MILLÁN SALINAS y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el segundo piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta de la tarde (12:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de octubre de 2016, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con ocasión del juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA POR DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE sigue el ciudadano CARLOS JAVIER BETANCOURT CESÍN contra la sociedad mercantil  SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, C.A., y como tercero interesado SEGUROS CATATUMBO, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Luis Daniel Atienza Clavier, inscrito en el Inpreabogado con el número 128.670, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se encuentra presente el abogado César Alejandro Montes Gil, inscrito en el Inpreabogado con el número 264.692,  representante judicial de la parte demandada. No se encuentra presente la representación judicial del tercero interesado. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa el representante judicial de la parte accionada, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTICINCO (25) DE ENERO DEL AÑO 2018.

Recurso de Casación Exp. N° 17-481

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario Temporal de la Sala Dr. JESÚS RAFAEL MILLÁN SALINAS y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el segundo piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las una y treinta de la tarde (01:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha cuatro (4) de mayo de 2017, proferida por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JOSÉ ALEXANDER EL SEIKALI MELGAREJO contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRETCHT, S.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Belkys Moraima Chacón Gómez, inscrita en el Inpreabogado con el número 121.714, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los Magistrados si desean formular preguntas. En este sentido, la Magistrada Dra. Marjorie Calderón interrogó a la abogada Belkys Moraima Chacón Gómez, quien contestó oportunamente. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala informa que los Magistrados consideraron necesario diferir el acto para el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente a este recurso para el día jueves ocho (8) de febrero del año 2018. Hora: una de la tarde (01:00 p.m.), sin necesidad de notificación puesto que las partes se encuentran a derecho. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

DESPACHOS

 

Exp. Nº17-0439: Oficio de Remisión Nº 0069/Oficio de Participación Nº0070

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

 

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MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                             ________________________________

                                                             JESÚS RAFAEL MILLÁN SALINAS

 

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