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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 48
Viernes, 16 de marzo de 2018
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Control de la Legalidad 18-072
La ciudadana YOSMAR COROMOTO NOWAK ARVELO, asistida por la abogada KATIUSKA ISABEL GALINDEZ DATICA presentaron escrito solicitando que se declare inadmisible el recurso, para ser agregado al juicio que sigue ANDRÉS GUILLERMO ANTONIO MARÍA CLARET LOSSADA LOSSADA contra YOSMAR COROMOTO NOWAK ARVELO. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Apelación Agraria 11-085
La abogada ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN, presentó escrito solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN (FINCA LA PRADERA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 10-1080
La abogada ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN, presentó escrito solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN (FINCA LA PRADERA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 15-592
La abogada ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN, presentó escrito solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN (FINCA LA PRADERA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). Ponente: Dr EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Agraria 15-593
La abogada ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN, presentó escrito solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN (FUNDO LA PRADERA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 18-164
El abogado GERMÁN A. GARCÍA FLORES, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue OSCAR GUSTAVO TREJO MUÑOZ contra BANCO CENTRAL DE VENEZUELA y OTRO. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 18-123
El abogado GERMÁN A. GARCÍA FLORES, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MARILUX ROMERO DE ALBARRAN contra FRANCISCO DI BENEDETTO Y OTRA. Ponente: Dr.
Exp. N° Apelación Laboral 18-144
El abogado GUSTAVO I. NIETO M., presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue SANFORD BRANDS VENEZUELA contra GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA, DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), ADSCRITA AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PROTECCIÓN DEL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO. CASO: REINA MERCEDES BARRIOS RANGEL. Ponente: Dr.
OFICIOS RECIBIDOS
Exp. N° 17-926
Se recibió Oficio N° FTSJ-3-2018-0078 de fecha quince (15) de marzo de 2018, emanado del Ministerio Público (Fiscalía Tercera para actuar ante la Sala Plena y las Salas de Casación y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), constante de un (1) folio útil (Escrito de Aceptación de Exequátur). Para ser agregado al expediente, en el juicio que sigue ALEJANDRO VALENTIN RUÍZ CABALLERO. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJCIA MONSALVO.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 16-0977
En horas de despacho del día de hoy dieciséis (16) de marzo de 2018, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Por cuanto me trasladé el día nueve (9) de marzo de 2018, a la calle 1, casa N° 152, urbanización El Centro, Municipio Girardot, Maracay, Estado Aragua, Venezuela, según Boleta de Notificación dirigido al ciudadano GONZALO ANTONIO GAMEZ GALLEGO en su carácter de demandado recurrente, informo que una vez en la dirección señalada, no se encontró persona alguna en el inmueble. Descripción: calle ciega, portón amarillo con negro y blanco, casa de una sola planta, fachada verde con rejas negras. Es por lo que consigno como negativa la misma, constante de dos (02) folios útiles.
El Alguacil,
RAFAEL A. RENGIFO VERENZUELA.
En el día de hoy, dieciséis (16) de marzo de 2018, en horas de despacho, el Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de dos (2) folios útiles. Agréguese al expediente.
Exp. N° 16-0977
En horas de despacho del día de hoy dieciséis (16) de marzo de 2018, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Por cuanto me trasladé el día nueve (9) de marzo de 2018, a la calle Turiamo, Edificio Turiamo, urbanización El Bosque, piso 2, apartamento 2B, Municipio Girardot, Maracay, Estado Aragua, Venezuela, según Boleta de Notificación dirigido al ciudadano FREDDY JESÚS GAMEZ GALLEGOS, en su carácter de demandado recurrente, Informo que en la dirección señalada, le hice entrega de la Boleta de Notificación, a la ciudadana ELIZABETH JOSEFINA ZAMBRANO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-8.814.386 en su condición de conserje. La cual revisó en todo su contenido manifestando que lo recibía conforme, procediendo a firmarla. Es por lo que consigno la misma, con la firma de recibido, constante de un (01) folio útil.
El Alguacil,
RAFAEL A. RENGIFO VERENZUELA.
En el día de hoy, dieciséis (16) de marzo de 2018, en horas de despacho, el Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de un (1) folio útil. Agréguese al expediente.
Exp. N° 16-0977
En horas de despacho del día de hoy dieciséis (16) de marzo de 2018, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Por cuanto me trasladé el día nueve (9) de marzo de 2018, a la calle Mariño Sur, casa N° 152, Barrio San Ignacio, Galpón 209, Municipio Girardot, Maracay, estado Aragua, Venezuela, según Boleta de Notificación dirigida a la sociedad mercantil I.P.C INSTALACIONES, C.A. parte demandada recurrente; informo que una vez en la dirección señalada se localiza un inmueble de pared blanca, portón azul, sin aviso, al lado de la Farmacia Ariyany al frente de la Agencia de Lotería Facilito, contrastándose que no se encontraba persona alguna en la propiedad y evidenciándose deterioro y estado de abandono, en tal sentido, me trasladé al inmueble situado al lado, signado con los números 208 y 207, me entrevisté con la ciudadana Aracelis Arévalo, quien se identificó con el número de Cédula de Identidad N° V-15.991.993, trabajadora de la Farmacia Ariyany, informándome que en dicho inmueble desde hace mucho tiempo se encuentra abandonado. Es por lo que consigno como negativa la misma, constante de dos (02) folios útiles.
El Alguacil,
RAFAEL A. RENGIFO VERENZUELA.
En el día de hoy, dieciséis (16) de marzo de 2018, en horas de despacho, el Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de dos (2) folios útiles. Agréguese al expediente.-
Exp. N° 15-0236
En horas de despacho del día de hoy dieciséis (16) de marzo de 2018, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Que el día siete (7) de marzo de 2018 a las 1:15 pm, se presentó ante la secretaría de esta digna Sala el ciudadano Dr. WILLIAM ALBERTO RAMOS AGUILAR, titular de la cédula de identidad N° V- 6.236.578, Defensor Público Tercero (3°), con competencia para actuar ante las Sala Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, quien actúa por designación de esta Sala, en representación del ciudadano MATTHIAS CHRISTIAN MARKS, portador del Pasaporte Alemán N° 6618017, se le hizo entrega de la Boleta de Notificación, la cual revisó en todo su contenido manifestando que la recibía conforme, procediendo a firmarla. Es por lo que consigno el misma, constante de un (01) folio útil.
El Alguacil,
RAFAEL A. RENGIFO VERENZUELA.
En el día de hoy, dieciséis (16) de marzo de 2018, en horas de despacho, la Secretaria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de un (1) folio útil. Agréguese al expediente.-
Exp. N° 16-0999
Esta Sala de Casación Social, acuerda diferir la audiencia correspondiente al presente recurso, fijada para el día martes diecisiete (17) de abril de este año, una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.); para el día martes veinticuatro (24) de abril del año dos mil dieciocho (2018). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 18-0021
Esta Sala de Casación Social, acuerda diferir la audiencia correspondiente al presente recurso, fijada para el día martes diecisiete (17) de abril de este año, una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.); para el día martes veinticuatro (24) de abril del año dos mil dieciocho (2018). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0830
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diecisiete (17) de abril del año dos mil dieciocho (2018). Hora: una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0794
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diecisiete (17) de abril del año dos mil dieciocho (2018). Hora: diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 04-0764
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de celebración del acto oral de informes correspondiente al presente recurso, pautada de conformidad con lo establecido en el artículo 197 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, fijada para el día miércoles cuatro (04) de abril del año dos mil dieciocho (2018). Hora: diez minutos de la mañana (10:00 a.m.) Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 13-1103
En atención a la sentencia dictada por esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, número 1255 del trece (13) de diciembre del año 2017, con relación a la notificación de la partes, se ordena librar boletas de notificación a los comuneros de la sucesión de JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ CAÑIZALEZ, parte actora, así como a la sociedad mercantil UNIMIN DE VENEZUELA S.C.S., en la persona de sus representantes judiciales. De igual modo se ordena librar oficio de notificación a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Asimismo se comisiona suficientemente al Juzgado Superior Agrario del Estado Trujillo a los fines de practicar la notificación de la parte actora. Líbrese las bolistas y el oficio correspondiente.
Exp. N° 13-1103
SE HACE SABER:
Al los comuneros de la sucesión del ciudadano JOSÉ FELIPE MARQUEZ CAÑIZALEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad V- 2.683..324, ciudadanos HILVIA MARQUEZ DE BENITES, AMELIA MARQUEZ SAAVEDRA, RODOLFO MARQUEZ SAAVEDRA, HUGO MARQUEZ SAAVEDRA, AMPARO MARQUEZ DE GODOY, ROSARIO MARQUEZ DE MEJIAS, JOSÉ FELIPE MARQUEZ PEÑA, CARLOS EDUARDO MARQUEZ COLS E IRENE CÁCERES DE MURESANO, titulares de las cédulas de identidad números V- 1.926.326, 2.688.978, 3.213.044, 3.215.626, 2.683.612, 3.216.827, 5.792.003, 5.778.203 y 251.340, personalmente o en cualquiera de sus apoderados judiciales, abogado LEONARDO BALBAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.168, con domicilio procesal en: Urbanización Los Mukas, Quinta Vista Hermosa, Sector Seminario, vía Monumento La Paz, Trujillo Estado Trujillo, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación en la decisión número 1255 del trece (13) de diciembre del año 2017, la cual declaró: “ PRIMERO: INADMISIBLE la medida cautelar Innominada peticionada por ante esta Sala de Casación Social por la parte demandante… SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada… TERCERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora… CUARTA: SE CONFIRMA la sentencia recurrida… QUINTO: se ordena la notificación de las partes…”, todo ello con ocasión al juicio que por NULIDAD DE DESLINDE CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR IMNOMINADA sigue que por la sucesión del ciudadano JOSÉ FELIPE MARQUEZ CAÑIZALEZ contra la sociedad mercantil UNIMIN DE VENEZUELA S.C.S. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 13-1103
SE HACE SABER:
Al los comuneros de la sucesión del ciudadano ANTONIO MARQUEZ VILLEGAS, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad V- 964.495, ciudadanos CARMEN BRÍGIDA BALBAS DE MARQUEZ, ENRIQUE MARQUEZ SALAS, NELSON MARQUEZ SALAS, MERY MARQUEZ SALAS, JOSÉ FELIPE ANTONIO MARQUEZ SALAS, ANTONIO RAFAEL MARQUEZ BALBAS, ISABEL BEATRIZ MARQUEZ BALBAS, JOSÉ FELIPE MARQUEZ BALBAS, LEONARDO ALBERTO MARQUEZ BALBAS Y MÓNICA ELENA MARQUEZ BALBAS, titulares de las cédulas de identidad números V- 583.372, 3.933.876, 4.420.359, 4.750.190, 3.933.875, 4.939.008, 8.530.481, 8.180.518, 6.503.385 y 9.947.920, personalmente o en cualquiera de sus apoderados judiciales, abogado LEONARDO BALBAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.168, con domicilio procesal en: Urbanización Los Mukas, Quinta Vista Hermosa, Sector Seminario, vía Monumento La Paz, Trujillo Estado Trujillo, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación en la decisión número 1255 del trece (13) de diciembre del año 2017, la cual declaró: “ PRIMERO: INADMISIBLE la medida cautelar Innominada peticionada por ante esta Sala de Casación Social por la parte demandante… SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada… TERCERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora… CUARTA: SE CONFIRMA la sentencia recurrida… QUINTO: se ordena la notificación de las partes…”, todo ello con ocasión al juicio que por NULIDAD DE DESLINDE CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR IMNOMINADA sigue que por la sucesión del ciudadano JOSÉ FELIPE MARQUEZ CAÑIZALEZ contra la sociedad mercantil UNIMIN DE VENEZUELA S.C.S. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 13-1103
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil UNIMIN DE VENEZUELA, S.C.S., en cualquiera de sus apoderados judiciales, abogados RAMÓN ALVINS SANTIS, JUAN CARLOS PRO RISQUEZ, VICTORINO TEJERA, BERNARDO WALLIS, HENRY TORREALBA ARAQUE, ISABEL BELLO, NORAH CHAFARDET, MIRLA SANTIAGO O DAIRY MEJIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.304, 41.184, 66.383, 81.406, 107.269, 117.854, 99.384, 53.982 y 36.648, con domicilio procesal en: Avenida Blandin, La Castellana, Centro San Ignacio, Torre Copérnico, Piso 8, Despacho de Abogados Miembros de Macleod Dixon, S.C. hoy Despacho de Abogados Miembros de Norton Rose, s.c., Nnorton Rose l..LP y Norton Rose E.L.P, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación en la decisión número 1255 del trece (13) de diciembre del año 2017, la cual declaró: “…PRIMERO: INADMISIBLE la medida cautelar Innominada peticionada por ante esta Sala de Casación Social por la parte demandante… SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada… TERCERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora… CUARTA: SE CONFIRMA la sentencia recurrida… QUINTO: se ordena la notificación de las partes…”, todo ello con ocasión al juicio que por NULIDAD DE DESLINDE CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR IMNOMINADA sigue que por la sucesión del ciudadano JOSÉ FELIPE MARQUEZ CAÑIZALEZ contra la sociedad mercantil UNIMIN DE VENEZUELA S.C.S. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 13-1103
El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en la ciudad de Trujillo.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sucesión de los ciudadanos JOSÉ FELIPE MARQUEZ CAÑIZALEZ y ANTONIO MARQUEZ VILLEGAS, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dicha notificación deberá realizarse en las siguientes direcciones:
- Urbanización Los Mukas, Quinta Vista Hermosa, Sector Seminario, vía Monumento La Paz, Trujillo Estado Trujillo.
Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
Exp. N° 14-0900
Dando cumplimiento a la decisión N° 1857, de fecha 18 de diciembre de 2014, dictada por la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, en donde se sentó con carácter vinculante, el criterio según el cual: “En los casos en los cuales existan dilaciones excesivas que generen inseguridad respecto a la celebración de la audiencia oral y pública ante la Sala de Casación Social, se debe notificar a las partes para la reanudación del juicio” y atendiendo la disposición contenida en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, por razón de la interrupción del íter procedimental materializado en la presente causa, se ordena la notificación del ciudadano ENRIQUE JOSÉ BETANCOURT, titular de la cédula de identidad número V-12.063.343, parte actora, así como a la sociedad mercantil ZARA VENEZUELA S.A, parte demandada, para que una vez que conste en autos la última de las mismas, la Sala fijará por auto separado la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública a la que hace alusión el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Exp. N° 14-0900
SE HACE SABER:
Al ciudadano ENRIQUE JOSÉ BETANCOURT titular de la cédula de identidad número V-12.063.343, o en cualesquiera de sus apoderados judiciales, MIGUEL ÁNGEL PUENTES URGILÉS, JORGE ISAAC MENCIA URDANETA, MAYRALEJANDRA PÉREZ REGALADO, NATTY LILIBETH GONCALVES PEREIRA y MANUEL SALAS ARANGUREN , inscritos en el Inpreabogado bajo los números 227.447, 125.490, 82.456, 124.691 y 67.084, con domicilio procesal: Avenida principal de Los Chorros, calle ciega Los Cerritos, Quinta Ben, Los Chorros, Caracas, teléfonos 0414.278.93.32 (Miguel Puentes), que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados a partir de la constancia en autos de la última de las notificaciones de las partes, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES sigue ENRIQUE JOSÉ BETANCOURT contra ZARA VENEZUELA S.A, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 14-0900
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil ZARA VENEZUELA S.A, o en cualesquiera de sus apoderados judiciales, JOSÉ GREGORIO CESTARI PAUL, WALTER JOSÉ RODRÍGUEZ BARRADAS, MARÍA ISABEL BERMÚDEZ ARENDS, ANELAY SÁNCHEZ GONZÁLEZ, LARISSA ELENA CHACÍN JIMÉNEZ, ROSANA CRISTINA COLMENARES FERNANDEZ, ANNY KARINA RONDÓN NARVAEZ, CLAUDIO JOSÉ SANDOVAL VELÁSQUEZ, EUSEBIO ARENDS RAMOS, NAYBELIS COROBA DURÁN, ISABELLA NUÑEZ, JUAN CARLOS PRÓ-RÍSQUEZ, VÍCTOR ALBERTO DURÁN NATERA, ESTHER CECILIA BLONDET SERFATY, YANET CRISTINA AGUIAR DA SILVA, NORAH CHAFARDET GRIMALDI, VALENTINA ALBARRÁN LUTTINGER, MARÍA PATRICIA JIMÉNEZ GARCÍA, MARÍA GABRIELA VICENT ALLENDE, EIRYS DEL VALLE MATA MARCANO, REINALDO GUILARTE LAMUÑO, EVELYN CRISTINA CARRIZO CHOURIO, FABIANA BENAIM MENDOZA, MARÍA DE LOS ÁNGELES GONZÁLEZ CALLES, CARLOS DAVID NUNES GÓMES y DIEGO JOSÉ BUSTILLOS CORNEJO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 66.111, 80.590, 90.493, 92.355, 119.736, 148.989, 109.670, 135.386, 199.774, 85.870, 205.153, 41.184, 51.163, 70.731, 76.526, 99.384, 178.146, 195.194, 216.532, 76.888, 84.455, 120.215, 129.943, 145.284, 154.751 y 164.805, con domicilio procesal: Despacho de abogados miembros de Norton Rose Fulbright S.C. Centro San Ignacio, Torre Copérnico, piso 8, avenida Blandín, La Castellana, Caracas, teléfono: 0212.276.00.08, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados a partir de la constancia en autos de la última de las notificaciones de las partes, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES sigue ENRIQUE JOSÉ BETANCOURT contra ZARA VENEZUELA S.A, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 14-1524
Dando cumplimiento a la decisión N° 1857, de fecha 18 de diciembre de 2014, dictada por la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, en donde se sentó con carácter vinculante, el criterio según el cual: “En los casos en los cuales existan dilaciones excesivas que generen inseguridad respecto a la celebración de la audiencia oral y pública ante la Sala de Casación Social, se debe notificar a las partes para la reanudación del juicio” y atendiendo la disposición contenida en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, por razón de la interrupción del íter procedimental materializado en la presente causa, se ordena la notificación del ciudadano DANIEL JOSÉ MILLÁN FLEITAS, titular de la cédula de identidad número V-12.879.442, parte actora, así como a la sociedad mercantil GRUPO SOUTO C.A, parte demandada, para que una vez que conste en autos la última de las mismas, la Sala fijará por auto separado la oportunidad para la celebración la audiencia, a la que hace alusión el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo, se comisiona suficientemente al Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y al Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo a los fines de que practique las notificaciones ordenadas. Líbrense las boletas y los oficios correspondientes.
Exp. N° 14-1524
SE HACE SABER:
Al ciudadano DANIEL JOSÉ MILLÁN FLEITAS titular de la cédula de identidad número V-12.879.442, o en cualesquiera de sus apoderados judiciales, GUSTAVO ENRIQUE PINEDA, EDDIEZ JOSÉ SEVILLA RODRÍGUEZ y ANA MARÍA AROCHA MERCADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 15.970, 70.023 y 108.049, con domicilio procesal: Urbanización Agua Clara, conjunto 1, casa N° 76, de la ciudad de Araure, Estado Portuguesa, teléfonos 0258.766.47.66 / 0416.339.33.68 (Gustavo Pineda), que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados a partir de la constancia en autos de la última de las notificaciones de las partes, en el juicio que por Calificación de despido sigue DANIEL JOSÉ MILLÁN FLEITAS contra GRUPO SOUTO C.A, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia a la que se refiere el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 14-1524
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil GRUPO SOUTO C.A, o en cualesquiera de sus apoderados judiciales, ALONSO PARIS ARÉVALO, REINALDO PAREDES MENA, MARGARITA ARAGONES DELL’ORSO, KATRINA ALEJANDRA CAZORLA GRACIA, ERIKA LIYEIRA PEÑA CORDERO, VIRGINIA JOSEFINA GAMBOA PÉREZ, ENRIQUE JOSÉ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, RAMÓN ESCOVAR LEÓN, RAMÓN ESCOVAR ALVARADO, JUAN ANDRÉS SUÁREZ OTAOLA, ANDRÉS CARRASQUERO STOLK, JUAN ENRIQUE CROES CAMPBELL y MARITZA MÉNDEZ ZAMBRANO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 119.839, 33.554, 106.029, 106.111, 121.510, 125.334, 111.196, 10.594, 97.073, 105.824, 95.070, 118.723 y 123.647, con domicilio procesal: Urbanización Santa Cecilia, avenida Andrés Eloy Blanco, edificio Caribbean (PROCASA), mezanina, oficinas Departamento Legal Grupo Souto C.A, al frente de la iglesia La Purísima, Valencia, Estado Carabobo, teléfono: 0241.613.62.90, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados a partir de la constancia en autos de la última de las notificaciones de las partes, en el juicio que por Calificación de despido sigue DANIEL JOSÉ MILLÁN FLEITAS contra GRUPO SOUTO C.A, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia a la que se refiere el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 14-1524
El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juez Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Guanare.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano DANIEL JOSÉ MILLÁN FLEITAS. Transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia a la que se refiere el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Urbanización Agua Clara, conjunto 1, casa N° 76, de la ciudad de Araure, Estado Portuguesa.
Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
Exp. N° 14-1524
El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juez Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Valencia.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil GRUPO SOUTO C.A. Transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia a la que se refiere el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Urbanización Santa Cecilia, avenida Andrés Eloy Blanco, edificio Caribbean (PROCASA), mezanina, oficinas Departamento Legal Grupo Souto C.A, al frente de la iglesia La Purísima, Valencia, Estado Carabobo.
Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
DECISIONES DEL DÍA
Número |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
0220 |
17-594 |
Recurso de Casación |
Francisco Javier Morros Castellano contra Vetra Venezuela, C.A. |
Edgar Gavidia Rodríguez |
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte actora ciudadano FRANCISCO JAVIER MORROS CASTELLANO, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 31 de mayo de 2017; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte actora recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. |
0221 |
17-646 |
Recurso de Casación |
Manuel Gayo García contra Edificio Villoria C.A y de manera personal contra los ciudadanos Nelson Villoria, Gisela Villoria y Eleonora Villoria, y de manera solidaria al tercero interviniente Comunidad de Propietarios del Edificio Villoria. |
Edgar Gavidia Rodríguez |
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora, ciudadano MANUEL GAYO GARCÍA, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 8 de noviembre de 2016. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión impugnada. No se condena en costas del recurso al accionante, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. |
DESPACHOS
Exp. Nº17-0096: Oficio participando comisión para notificar Nº0601
Exp. Nº17-0096: Oficio participando comisión para notificar Nº0602
Exp. Nº14-0784: Oficio participando comisión para notificar Nº0605
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
La Secretaria,
____________________________________
ÁNGELA MARÍA MORANA GONZÁLEZ
Sábado, 17 de marzo de 2018
No hubo Despacho.
La Secretaria,
_____________________________________
ÁNGELA MARÍA MORANA GONZÁLEZ
Domingo, 18 de marzo de 2018
No hubo Despacho.
La Secretaria,
_____________________________________
ÁNGELA MARÍA MORANA GONZÁLEZ
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