REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 11/04/2019
CUENTA, N° 69

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1.

ESCRITO RECIBIDO S/N
La abogada Dionelvkys Padrón Canónico presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue EDUARDO PISOS contra MMC AUTOMOTRIZ, C.A. y OTROS. Ponente: Dr.


2.

ESCRITO RECIBIDO S/N
La abogada Adriana Liset Pacheco Calderón presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue GUADALUPE DEL PILAR DÁVILA DE GONZÁLEZ contra MARÍA MORENO. Ponente: Dr.


3. AA60S2017000779

Alfonso Márquez Perales contra Laboratorios La Santé, C.A.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se recibió de la profesional del derecho HADILLI FAUDI GOZZAONI RODRÍGUEZ, identificada con el Inpreabogado número 121.230, quien manifestó ser apoderada judicial de la sociedad mercantil LABORATORIOS LA SANTÉ, C.A., parte recurrente, el siguiente documento: DILIGENCIA, solicitando pronunciamiento en cuanto al desistimiento del procedimiento del accionante, constante de un (01) folio útil.


4. AA60S2018000307

Olegario Díaz Peralta y Kathleen Ann Lillo Díaz

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se recibió de la profesional del derecho LUCYMAR RIVAS ACOSTA, identificada con el Inpreabogado número 26.984 quien manifestó ser apoderada judicial de la parte solicitante, el siguiente documento: DILIGENCIA, constante de un (01) folio útil, solicitando dos (2) juego de copias certificadas de la sentencia 064 de fecha 11 de abril de 2019.


5. AA60S2018000552

Belkis Liliana Betancourt contra Stanhome Panamericana, C.A.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA
Se recibió DILIGENCIA de la profesional del Derecho JETSY MARCANO TORRES, identificada con el inpreabogado Nro. 145.437, quien manifestó ser apoderado judicial de BELKIS LILIANA BETANCOURT, constante de un (01) folio útil, mediante la cual sustituye poder en el profesional de derecho CESAR MARCANO TORRES, en un (01) folio útil.-


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2018000433

Gobernación del estado Aragua en representación de la Corporación de Salud del estado Aragua (Corposalud-Aragua) contra la Providencia Administrativa N° 0458-14 de fecha 3/12/2014, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Aragua, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo. Caso: Rubisels Carolina Flores Farfán.

NOTA DE ENTRADA.
Se recibió en fecha once (11) de abril de 2019, a través de correo electrónico oficio proveniente del JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, constante de un (01) folio útil, el cual se agregó al presente expediente.-


2. AA60S2019000098

INDUSTRIAS INTERCAPS DE VENEZUELA, C.A. contra PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA n° CMO:CAP-0092-2016, expediente N° DIC-19-IE-15-1053, de fecha 24 de agosto de 2016, contentiva de Certificación de Enfermedad Ocupacional y Oficio n° GCV-1192-2016 de fecha 31/10/2016, contentivo de la cuantificación de la indemnización, ambos a favor de la ciudadana GREGORIA DEL CARMEN BRACAMONTE BALZA; emanados de la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES CAPITAL Y VARGAS, DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PROTECCIÓN DEL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO.

NOTA DE ENTRADA
En fecha once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019), se recibió el presente expediente constante de dos (2) piezas de 264 y 27 folios útiles respectivamente y un (1) disco compacto, según oficio Nº 258-2019 de fecha veintiuno (21) de febrero de dos mil diecinueve 2019, procedente del Tribunal Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, sigue la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS INTERCAPS DE VENEZUELA contra EL ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES N° CMO:CAP-0092-2016, DE FECHA 24 DE AGOSTO DE 2016, EMANADO DE LA GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES DISTRITO CAPITAL Y VARGAS "MARÍA ALEJANDRA BOLÍVAR" (GERESAT-CAPITAL Y VARGAS), adscrita AL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL)., se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


3. AA60S2019000099

Israel Alberto García Hernández contra Saraid Yakay Nuñez Prieto

NOTA DE ENTRADA
En fecha once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019), se recibió el presente expediente constante de tres (3) piezas de 202, 203 y 59 folios útiles respectivamente y una (1) pieza de medidas de 8 folios útiles, así como un (1) disco compacto, según oficio Nº 14-19 de fecha doce (12) de febrero de dos mil diecinueve (2019), procedente del Juzgado Superior Primero (1°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede Maracaibo, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO INMOBILIARIO, sigue el ciudadano ISRAEL ALBERTO GARCÍA HERNÁNDEZ contra la ciudadana SARAIS YAKARY NUÑEZ PRIETO, se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo. –


4. AA60S2019000100

Mariana Josefina Aristizabal Maita contra Petrex Sudaméricana Sucursal Venezuela S.A.

NOTA DE ENTRADA
En fecha once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019), se recibió el presente expediente constante de siete (7) piezas, las seis (6) primeras de 1299 folios útiles consecutivos y la séptima (7°) de 40 folios útiles, así como un (1) disco compacto, según oficio Nº 2019-015 de fecha trece (13) de febrero de dos mil diecinueve (2019), procedente del Juzgado Superior Segundo (2°) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con sede en Maturín, en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL, DAÑO MORAL, DAÑO EMERGENTE, LUCRO CESANTE Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana MARIANA JOSEFINA ARISTIZABAL MAITA contra la sociedad mercantil PETREX SUDAMÉRICANA SUCURSAL VENEZUELA, S.A., se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo. –


5. AA60S2019000101

PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., contra PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA contentiva de acto Denegatorio Tácito de fecha 24/03/2015, dictada por el Presidente del Instituto Nacional Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), que determinó la Ilegalidad del Procedimiento de la Gestión del Delegado de Prevención, emitido por la empresa Pepsico Alimentos, S.C.A., emanada de la PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PROTECCIÓN DEL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO. Terceros Interesados: Juan José Bolívar Liendo, Rafael Rodríguez Saureca, José Rafael Esparragoza Estrada y Capriles Alberto Godoy.

NOTA DE ENTRADA
En fecha once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019), se recibió el presente expediente constante de dos (2) piezas de 245 y 70 folios útiles respectivamente, según oficio Nº TS7-0230-2019 de fecha doce (12) de febrero de dos mil diecinueve (2019), procedente del Juzgado Superior Séptimo (7°) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, siguen la sociedad mercantil PEPSICO ALIMENTOS, C.A., contra el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo. –


PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS
1. AA60S2016000426

Víctor Rafael Rodríguez Rodríguez contra Yrma Mercedes Gómez Rauseo

SENTENCIA N° 0065
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: CASA DE OFICIO el fallo dictado en fecha 13 de febrero de 2015, por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara; SEGUNDO: Se ANULA la sentencia referida y todo lo actuado desde el acuerdo alcanzado en la fase de mediación de la audiencia preliminar de fecha 27 de noviembre de 2012, exclusive; y, TERCERO: Se REPONE la causa al estado de que el Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, extensión Barquisimeto, que por distribución le corresponda, apruebe la partición de la comunidad concubinaria acordada por las partes en la mencionada fase de mediación de la audiencia preliminar de conformidad con el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, y fije la oportunidad para el nombramiento del partidor de la comunidad concubinaria formada por los siguientes bienes: a) Un inmueble ubicado en el Barrio José Félix Rivas, Avenida Principal entre 1 y 2, Nro. 426, de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, según consta en documento autenticado por ante la Notaria Tercera de Barquisimeto; y, b) Un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el numero 382 ubicado en la planta octava, piso del Edificio número 3, sector 2, que forma parte de la primera etapa del complejo denominado CENTRO METROPOLITANO JAVIER P.L.T, ubicado en el lugar denominado Molletones, en la Jurisdicción de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del estado Lara, según documento protocolizado en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 13 de junio de 2007, bajo el numero 11 tomo 30 protocolo primero; de conformidad con lo establecido en los artículo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, teniendo siempre presente el Interés Superior del Niño. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. La Magistrada Mónica Gioconda Misticchio Tortorella no firma la presente decisión por cuanto no estuvo presente en la audiencia pública y contradictoria. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, extensión Barquisimeto. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes


2. AA60S2018000332

Laboratorios Leti S.A.V. contra Providencia Administrativa N° 0537-2012, de fecha 20-08-2012, dictada por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (GERESAT-Miranda) "Delegado de Prevención Jesús Bravo", del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo.

SENTENCIA N° 0066
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: PROCEDE la consulta de la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 19 de febrero de 2015, que declaró con lugar la demanda de nulidad incoada por la sociedad mercantil LABORATORIOS LETI, S.A.V., contra el acto administrativo contenido en la Certificación signada con el número 0537-12, del 20 de agosto de 2012 proferido por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MIRANDA, actualmente GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES MIRANDA, órgano desconcentrado del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). SEGUNDO: Se REVOCA el fallo objeto de consulta. TERCERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad incoada por la sociedad mercantil LABORATORIOS LETI, S.A.V., contra el referido acto administrativo CUARTO: FIRME el acto administrativo contenido en la Certificación de enfermedad ocupacional número 0458-12 de fecha 20 de agosto de 2012. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial.


3. AA60S2018000558

Felipe Segundo Castro Oropeza contra Makro Comercializadora, S.A.

SENTENCIA N° 0067
La Sala de Casación Social declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandante recurrente ciudadano FELIPE SEGUNDO CASTRO OROPEZA contra la decisión proferida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy de fecha 17 de octubre de 2017. Se condena en costas a la parte actora recurrente de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese, y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Trabajo arriba identificada, a los fines consiguientes.


DESPACHOS
1. AA60S2016000220

Pepsi-Cola Venezuela, C.A. contra el oficio N° 0290-2012, de fecha 11/07/2012, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda "Delegado de Prevención Jesús Bravo", adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) Tercero Interesado: Pablo Bernardo Campos

REMISIÓN DEL EXPEDIENTE
Se libró oficio mediante el cual se ordena remitir el expediente al Presidenta del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con sede en el Centro Financiero Latino.


2. AA60S2017000105

Ganadera la Candelaria, C.A. contra Inversiones Agroindustriales 1220, C.A.

REMISIÓN DE PARTICIPACIÓN
Se libró oficio mediante el cual se ordena participar al Juez Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo.


3. AA60S2017000105

Ganadera la Candelaria, C.A. contra Inversiones Agroindustriales 1220, C.A.

REMISIÓN DEL EXPEDIENTE
Se libró oficio mediante el cual se ordena remitir el expediente al Juez Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.


4. AA60S2017000856

Estampados Metálicos Nacionales Automotrices, C.A. (EMETALCA) contra la providencia administrativa N° USM/018/2013 de fecha 29 de mayo de 2013, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (DIRESAT-Miranda) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo.

REMISIÓN DEL EXPEDIENTE
Se libró oficio mediante el cual se ordena remitir el expediente a la Presidenta del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.


La Presidenta,
Marjorie Calderón Guerrero
La Secretaria,
Angela María Morana González