REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 20/07/2020
CUENTA, N° 51

OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2020000038

Marco Gusvan Malkoc Gamarra Y Mate Roberto Malkoc Gamarra contra Providencia Administrativa N° EXT 267-16, de fecha 1/12/2016, donde decide otorgar Carta de Registro Agrario Simple N° 120101-RS003-2016, en favor de Agropecuaria Los Tramojos, C.A

NOTA DE ENTRADA.
Se recibió en fecha 20 de julio del 2020, vía correo electrónico, comunicación proveniente del Juzgado Superior Agrario del circunscripción Judicial del Estado Guárico, constante de dos (02) folios útiles.-


2. AA60S2020000038

Marco Gusvan Malkoc Gamarra Y Mate Roberto Malkoc Gamarra contra Providencia Administrativa N° EXT 267-16, de fecha 1/12/2016, donde decide otorgar Carta de Registro Agrario Simple N° 120101-RS003-2016, en favor de Agropecuaria Los Tramojos, C.A

NOTA DE ENTRADA.
Se recibió en fecha 20 de julio del 2020, vía correo electrónico, escrito de solicitud de medida, presentado por el ciudadano MATE ROBERTO MALKOC GAMARRA, debidamente asistido por la profesional del derecho Yngrid Aquino, constante de once (11) folios útiles, sin anexos.-


AUTOS PUBLICADOS
1. AA60S2020000038

Marco Gusvan Malkoc Gamarra Y Mate Roberto Malkoc Gamarra contra Providencia Administrativa N° EXT 267-16, de fecha 1/12/2016, donde decide otorgar Carta de Registro Agrario Simple N° 120101-RS003-2016, en favor de Agropecuaria Los Tramojos, C.A

AUTO QUE ORDENA EJECUCIÓN DE MEDIDA CAUTELAR.
Se dictó auto en el cual se ordenó la ejecución de la medida cautelar innominada de Protección Agroalimentaria.


PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS
1. AA60S2018000252

José Domingo García Moreno contra José Alexander Peña Moreno.

SENTENCIA N° 038.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial del codemandado-reconveniente, el ciudadano JOSÉ ALEXANDER PEÑA MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-12.464.451, contra el fallo de fecha 7 de marzo de 2018, del Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. SEGUNDO: SE ANULA, el auto de admisión de fecha 15 de marzo de 2017. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado remitente.


2. AA60S2018000401

Agropecuaria Carpene, C.A. contra Gerardo Ramón Rodríguez Rojas.

SENTENCIA N° 039.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho intentado por la parte demandante, sociedad mercantil AGROPECUARIA CARPENE, C.A., contra el auto de fecha 5 de junio 2018, dictado por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, que negó la admisión del recurso de casación anunciado contra la sentencia de fecha 24 de mayo 2018, dictada por el referido Juzgado; SEGUNDO: SE REVOCA dicho auto; y, TERCERO: SE ADMITE el recurso extraordinario de casación anunciado por la parte actora. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. Publíquese, regístrese y remítase el presente expediente al Juzgado de Sustanciación de la Sala, a los fines de que se continúe con la tramitación de los recursos de casación anunciados por ambas partes.


3. AA60S2019000291

Jairo Gómez Alvarado contra Inversiones NOS, C.A. (Restaurant Casa Farruco) y otra.

SENTENCIA N° 040.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: declara: CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de junio del año 2019. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen. La presente decisión no la firma el Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ porque no estuvo presente en la audiencia pública y contradictoria correspondiente, por motivos justificados.


DESPACHOS
1. AA60S2020000038

Marco Gusvan Malkoc Gamarra Y Mate Roberto Malkoc Gamarra contra Providencia Administrativa N° EXT 267-16, de fecha 1/12/2016, donde decide otorgar Carta de Registro Agrario Simple N° 120101-RS003-2016, en favor de Agropecuaria Los Tramojos, C.A

OFICIO REMITIENDO COMISIÓN PARA EJECUCIÓN DE MEDIDA AL JUZGADO SUPERIOR.
Se libró oficio al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico.


2. AA60S2020000038

Marco Gusvan Malkoc Gamarra Y Mate Roberto Malkoc Gamarra contra Providencia Administrativa N° EXT 267-16, de fecha 1/12/2016, donde decide otorgar Carta de Registro Agrario Simple N° 120101-RS003-2016, en favor de Agropecuaria Los Tramojos, C.A

OFICIO AL COMANDO REGIONAL DE LA GUARDIA NACIONAL.
Se libró oficio al Comando Regional de la Guardia Nacional - estado Guárico.


3. AA60S2020000038

Marco Gusvan Malkoc Gamarra Y Mate Roberto Malkoc Gamarra contra Providencia Administrativa N° EXT 267-16, de fecha 1/12/2016, donde decide otorgar Carta de Registro Agrario Simple N° 120101-RS003-2016, en favor de Agropecuaria Los Tramojos, C.A

OFICIO AL MINISTERIO PÚBLICO.
Se libró oficio al Fiscal Superior del Ministerio Público del estado Guárico.


La Presidenta,
Marjorie Calderón Guerrero
La Secretaria,
María Luisaurys Vásquez Quintero