REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 21/07/2021
CUENTA, N° 68

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2008000721

Oswaldo Valdemar Cedeño Rojas contra M.I. Drilling Fluids de Venezuela, C.A. y otra

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho Eva González, identificada con el inpreabogado Nro. 31.376, quien manifestó ser apoderada judicial del ciudadano OSWALDO VALDEMAR CEDEÑO, el siguiente documento: Escrito, solicitando se dicte sentencia, constante de cuatro (04) folios útiles y veinticinco (25) folios útiles de anexos.


2. AA60S2008000721

Oswaldo Valdemar Cedeño Rojas contra M.I. Drilling Fluids de Venezuela, C.A. y otra

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho Eva González, identificada con el inpreabogado Nro. 31.376, quien manifestó ser apoderada judicial del ciudadano OSWALDO VALDEMAR CEDEÑO, el siguiente documento: Diligencia consignando poder especial apud acta, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


3. AA60S2008000721

Oswaldo Valdemar Cedeño Rojas contra M.I. Drilling Fluids de Venezuela, C.A. y otra

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho Eva González, identificada con el inpreabogado Nro. 31.376, quien manifestó ser apoderada judicial del ciudadano OSWALDO VALDEMAR CEDEÑO, el siguiente documento: Diligencia solicitando audiencia, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


4. AA60S2013001156

Compañía Anónima Inversiones Venezolanas Ganaderas, (C.A. INVEGA) HATO ESPINITO contra Acto Administrativo de fecha 01/09/2009, sesión N° 259-09, punto de cuenta N° 312, dictado por el Instituto Nacional de Tierras, (INTI).

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho Laura Páez, identificada con el inpreabogado Nro. 37.954, quien manifestó ser apoderada judicial de la COMPAÑÍA ANÓNIMA INVERSIONES VENEZOLANAS GANADERAS (C.A. INVEGA), el siguiente documento: DILIGENCIA, solicitando se fije audiencia en la presente causa, constante de un (01) folio útil, sin anexos.-


5. AA60S2020000092

Corporación Venezolana de Cultivos del Mar, C.A. (CORPOMAR) contra Inter Sea Farms de Venezuela, C.A. Terceros Interesados: Inversiones y Valores Zuper, C.A., Inversiones Hamaca, C.A., Sea Farms Internacional, C.A., y Guillermo Soto Moreno.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho María Gabriela Urdaneta Reyes, identificada con el inpreabogado Nro. 117342, quien manifestó ser apoderada judicial de CORPORACIÓN VENEZOLANA DE CULTIVOS DEL MAR, C.A. (CORPOMAR), el siguiente documento: Escrito, solicitando aprueben el desistimiento y ordenen el archivo del expediente, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


6. AA60S2021000025

Solicitante: Agroinversiones Los Isleños Lara, C.A.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho Julio Carta, identificado con el inpreabogado Nro. 270.594, quien manifestó ser apoderado judicial de AGROINVERSIONES LOS ISLEÑOS LARA C.A., el siguiente documento: Diligencia, consignando copia simple de la guía emitida por ZOOM INTERNACIONALSERVICES, C.A., constante de un (01) folio útil y dos folios de anexos.


7. AA60S2021000030

Félix Abraham Uzcátegui Hostos contra la sentencia de fecha 19 de diciembre de 2019, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, con ocasión del procedimiento de revisión de obligación de manutención sigue María Del Cristo Rodríguez Ramos a favor de la niña A.U.R. y la adolescente V.U.R. contra Félix Abraham Uzcátegui Hostos.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho Marigle Torres, identificada con el inpreabogado Nro. 177.626, quien manifestó ser la Defensa Pública, el siguiente documento: Diligencia, presentando escrito de contestación, constante de un (01) folio útil y once folios útiles de anexos.-


8. AA60S2021000033

Solicitante: Nelson Edgardo Ruíz.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho Luis Lemus, identificado con el inpreabogado Nro.144.403, quien manifestó ser apoderado judicial de NELSON EDGARDO RUIZ, el siguiente documento: Diligencia, solicitando pronunciamiento del Avocamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.-


9. AA60S2021000054

Cynthia Stefania Reinefeld Zambrano y Gioconda Zambrano Quintero en representación de su hijo Manuel Hiram Reinefeld Zambrano contra Hiram Reinefeld Salvidia cónyuge de la causahabiente Genoveva Ríos De Reinefeld (†) Y Rhynia María Reinefeld Ríos.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho Néstor Rondón, identificado con el inpreabogado Nro.11.134, quien manifestó ser apoderado judicial de CYNTHIA STEFANÍA REINEFELD RÍOS, el siguiente documento: Escrito, solicitando cómputo de los días de despacho del Tribunal Superior, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


10. AA60S2021000057

ENRIQUE VALERIO BOLÍVAR URBANI en representación de sus hijos adolescentes M.E.B.U. y G.B.U. contra ROYMARI URBINA PACHECO.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho Jaizquibell Quintero, identificada con el inpreabogado Nro. 87.939, quien manifestó ser apoderada judicial de ROYMARI URBINA PACHECO, el siguiente documento: Escrito consignando copias simples DE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES, constante de dos (02) folios útiles, tres (03) folios útiles de anexos.-


11. AA60S2021000064

Claudia Susana Cisneros Fontanals, en su condición de heredera legítima, forzosa y testamentaria del ciudadano (†) Oswaldo Jesús Cisneros Fajardo.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho Mario Sergio Villegas, identificado con el inpreabogado Nro. 305.209, quien manifestó ser apoderado judicial de la ciudadana CLAUDIA SUSANA CISNEROS FONTANALS, el siguiente documento: Diligencia, solicitando copias simples referente al caso, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS
1. AA60S2019000219

Marino Antonio Pacheco Castellanos contra Providencia Administrativa contentiva de reunión n° 591-14, de fecha 09/10/2014, que otorga el Título de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario n° 21303150714RAT0000880, mediante el cual se otorga la garantía del derecho de permanencia a favor de la ciudadana María Fernanda Pacheco de Serrano, sobre un lote de terreno denominado "Agropecuaria La Fortaleza De Mis Padres", ubicado en el sector Piedras Negras I, asentamiento campesino Piedras Negras, Parroquia Arnoldo Galardón, Municipio Candelaria del estado Trujillo, con una superficie de 28 Ha. Con 2983 m2, emanada del Instituto Nacional de Tierras (INTI), adscrito al Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras.

SENTENCIA N° 071
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: REVOCA la sentencia consultada dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en fecha 7 de mayo de 2018; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por el ciudadano MARINO ANTONIO PACHECO CASTELLANOS, contra el acto administrativo dictado por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), en reunión ORD 591-14 del 9 de octubre de 2014, en el que se aprobó otorgar Título de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario N° 21303150714RAT0000880, a la ciudadana María Fernanda Pacheco de Serrano, sobre un lote de terreno denominado “Agropecuaria La Fortaleza de Mis Padres”, ubicado en el sector Piedras Negras I, asentamiento Campesino Piedras Negras, parroquia Arnoldo Gabaldón, municipio Candelaria del Estado Trujillo, constante de una superficie de veintiocho hectáreas con dos mil novecientos ochenta y tres metros cuadrados (28 ha con 2983m²); TERCERO: FIRME el acto recurrido. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de origen.


2. AA60S2020000080

Molinos Nacionales, C.A. (MONACA) contra Providencia Administrativa n° PA-US-GUA-125-2016, de fecha 15 de enero de 2016, contentiva de propuesta de sanción a la Molinos Nacionales, C.A. Planta de Maíz (Monaca), dictada por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores de Guárico y Apure, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

SENTENCIA N°072
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: PROCEDENTE la consulta; SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en Valle de la Pascua, en fecha 25 de octubre de 2017; TERCERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la empresa MOLINOS NACIONALES, C.A. (MONACA) y, CUARTO: FIRME el acto administrativo impugnado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial correspondiente, a fin de que sea enviado al Tribunal de la causa.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles