REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 30/09/2022
CUENTA, N° 146

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2021000149

William Moisés Nieves Pérez contra Saúl Antonio Tovar Torres y Nairobys Marian Arias Fuenmayor.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho OSWALDO JOSÉ BARONA SALAZAR, identificado con el inpreabogado Nro. 70.358, quien manifestó ser apoderado judicial de WILLIAM MOISÉS NIEVES PÉREZ, el siguiente documento: Diligencia mediante la cual solicita pronunciamiento y consigna copia certificada de acta de apertura y admisión de los hechos, levantada por ante el Tribunal de origen, en fecha 20 de mayo de 2022, constante de dos (02) folios útiles y tres (03) folios útiles de anexos.


2. AA60S2022000229

Pepsi-Cola de Venezuela, C.A. contra Providencia Administrativa de fecha 29/10/2018, contenida en el oficio N° CAP-0156-2018 del expediente N° DIC-19-IA17-0493, emanada de la Gerencia Estadal de Seguridad Y Salud de los Trabajadores del Distrito Capital y Vargas (GERESAT), órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad (INPSASEL), del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo. Beneficiario del Acto Administrativo: Danys Javier Linares Requena.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho GUILLERMO SIMÓN GIBBON POLANCO, identificado con el inpreabogado Nro. 246.695, quien manifestó ser apoderado judicial de PEPSI-COLA DE VENEZUELA C.A, el siguiente documento: Diligencia solicitando la sustanciación del escrito de fundamentación consignado por la demandada recurrente, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2022000308

Yudermi Naiby Ruiz Hernández contra María Alejandra Mancini Sánchez y otros.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha treinta (30) de septiembre de dos mil veintidós (2022), se recibió oficio signado con el alfanumérico TSP-1-22-30, de fecha veintiséis (26) de septiembre de 2022, emanado del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO sigue la ciudadana YUDERMY NAIBY RUÍZ HERNÁNDEZ contra MARÍA ALEJANDRA MANCINI SÁNCHEZ, JESÚS DANIEL MANCINI, ANGÉLICA ALEXANDRA MANCINI y la niña A.S. M. R. identidad que se omite según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, constante de tres (03) piezas principales de cuatrocientos setenta y cinco (475), doscientos veinte (220) y doscientos sesenta y cinco (265) folios útiles, respectivamente. Se deja constancia que el expediente mencionado presenta tachaduras en su foliatura, sin embargo, consta auto en el folio ciento ochenta y seis (186) donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


2. AA60S2022000309

José Francisco González Quijada contra La Asociación Civil Deportivo Táchira Fútbol Club.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha treinta (30) de septiembre de dos mil veintidós (2022), se recibió oficio signado con el alfanumérico JS-037-2022, de fecha veintitrés (23) de septiembre de dos mil veintidós (2022), emanado del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sede San Cristóbal, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ QUIJADA contra la asociación civil DEPORTIVO TÁCHIRA FÚTBOL CLUB, constante de dos (02) piezas principales de ciento treinta y nueve (139) y cincuenta (50) folios útiles, respectivamente, más un (01) cuaderno de apelación de treinta y dos (32) folios útiles. Se deja constancia que en dicho oficio de remisión hace mención a una reproducción audiovisual anexa al expediente, por lo cual de una revisión exhaustiva no se constató la existencia del mencionado material audiovisual. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


AUTOS PUBLICADOS
1. AA60S2021000175

Solicitante: Luis Alonso Lugo. Contra quien obra: Ninoska Leonor Marcano Moreno.

OFICIO DE NOTIFICACIÓN AL SAIME.
Se libró oficio al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) para la remisión de los movimientos migratorios y último domicilio registrado en el país de la ciudadana NINOSKA LEONOR MARCANO MORENO.


2. AA60S2022000019

C.A. Azuca, (antes denominada Central Carora) contra Providencia Administrativa contentiva de la Certificación Médica N° 086/15 de fecha 04 de marzo de 2015, la cual declaró como una Enfermedad ocupacional agravada con ocasión al trabajo, certificando la Discapacidad Parcial Permanente, a favor del ciudadano Pulio Andreson Colombo, emitida por la Gerencia Estadal de la Seguridad y Salud de los Trabajadores de los Estados Lara, Trujillo y Yaracuy (GERESAT), órgano desconcentrado del Instituto Nacional De Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo.

AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO LABORAL.
Se dictó auto mediante el cual se dejó constancia del lapso para la presentación del escrito de fundamentación del recurso en el presente asunto.


3. AA60S2022000135

Mary Luz Giannetti León en nombre y representación del adolescente A.J.C.G., contra Juan Carlos Chourio Moreno.

AUTO QUE ORDENA ABRIR CUADERNO DE INHIBICIÓN.
Se dictó auto que ordenó abrir cuaderno separado de inhibición.


4. AA60S2022000305 - AA60S2022000135

Mary Luz Giannetti León en nombre y representación del adolescente A.J.C.G., contra Juan Carlos Chourio Moreno.

AUTO QUE ABRE CUADERNO SEPARADO DE INHIBICIÓN.
Se dictó auto que abre el presente cuaderno separado de inhibición.


ACTUACIONES DE LA SALA ACCIDENTAL
1. AA60S2015000711

María Alejandra Arias López en representación de su hija contra Julio César Milito López.

OFICIO DE RATIFICACIÓN AL SAIME.
Se libró oficio al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) para la remisión de los movimientos migratorios y último domicilio registrado en el país del ciudadano JULIO CÉSAR MILITO LÓPEZ.


2. AA60S2015000711

María Alejandra Arias López en representación de su hija contra Julio César Milito López.

AUTO QUE ORDENA RATIFICAR OFICIO AL SAIME.
Se dictó auto mediante el cual se ratificó oficio al SAIME, a los fines de solicitar los movimientos migratorios y último domicilio registrado en el país del ciudadano JULIO CÉSAR MILITO LÓPEZ.


3. AA60S2021000165

Agrobotolan C.A. contra providencia administrativa dictada en fecha 12/06/2019, sesión N° ORD-1.150, en la cual se acordó el Título de Adjudicación Socialista de Tierras y Carta de Registro Agrario N°18247123519RATO231809 sobre el lote de terreno S/N de (300Ha con 666921 Mts2), a favor del Consejo Campesino "El Bucare", dictada por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), Órgano desconcentrado del Ministerio Del Poder Popular de Agricultura y Tierras.

AUTO CONCLUSIÓN DE LAPSO PROBATORIO AGRARIO.
Se dictó auto mediante el cual se deja constancia de la preclusión del lapso probatorio.


4. AA60S2021000175

Solicitante: Luis Alonso Lugo. Contra quien obra: Ninoska Leonor Marcano Moreno.

OFICIO DIRIGIDO A LA FISCALÍA.
Se libró oficio que notifica al Fiscal General de la República.


5. AA60S2021000175

Solicitante: Luis Alonso Lugo. Contra quien obra: Ninoska Leonor Marcano Moreno.

OFICIO DIRIGIDO A LA GACETA JUDICIAL.
Se libró oficio que ordena publicar en la Gaceta Judicial el oficio dirigido al Fiscal General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley Orgánica de Reforma del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N°6.684, de fecha 19 de enero de 2022.


6. AA60S2021000175

Solicitante: Luis Alonso Lugo. Contra quien obra: Ninoska Leonor Marcano Moreno.

AUTO DE ADMISIÓN DE EXEQUATUR.
Se dictó auto mediante el cual se admite la solicitud de Exequátur presentada por el abogado Alexander Torres Andrade, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 208.200, actuando como apoderado judicial del ciudadano LUIS ALONSO LUGO, titular de la cédula de identidad V-10.507.757.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles