REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 01/11/2022
CUENTA, N° 168

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2021000079

Jonhys Altagracia Silva Torres contra Comercial Campo Agrícola C.A., y otros. Tercero Interesado: Manuel Rojas Yánez.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho CARLOS ANDRÉS PÉREZ OCHOA, identificado con el inpreabogado Nro. 69.957, quien manifestó ser apoderado judicial de COMERCIAL CAMPO AGRÍCOLA C.A., JOSÉ EVELIO GÓMEZ PLASENCIA y otros, el siguiente documento: Diligencia mediante la cual solicita se declare sin lugar el presente recurso de casación, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


2. AA60S2021000114

Carlos Luis Guevara Jurado, Anabel Zamora Palavicini y L.C.G.Z. (sujeto de protección) contra Asociación Civil "Escuela Campo Alegre".

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho ALBERTO RAMOS GUERRERO, identificado con el inpreabogado Nro. 67.963, quien manifestó ser apoderado judicial de CARLOS LUIS GUEVARA JURADO, ANABEL ZAMORA PALAVICINI y LUÍS CARLOS GUEVARA ZAMORA, el siguiente documento: Escrito mediante el cual solicita se fije nueva oportunidad para que tenga lugar la celebración de la audiencia, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.


3. AA60S2022000248

Miriam Yusmayra López Pérez contra Comercial Malueri, C.A.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho ELIANA PAULINA RODRÍGUEZ PERDOMO, identificada con el inpreabogado Nro. 142.657, quien manifestó ser apoderada judicial de COMERCIAL MALUERI, C.A., el siguiente documento: Diligencia mediante la cual solicita se designe ponente, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


4. AA60S2022000290

Trinita Amanda Lilue Álvarez en nombre y representación de su hijo (H.R.C.L.), contra Fernando José Cáceres Aranda y subsidiariamente contra los ciudadanos Félix Miguel Cáceres Aranda y Mildred Cristina Aranda De Cáceres.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la ciudadana TRINITA AMANDA LILUE ÁLVAREZ, quien actúa en nombre y representación de su hijo (H.R.C.L.), debidamente asistida por la profesional del Derecho FANNY VERDE FUENTES, identificada con el inpreabogado Nro. 36.014, el siguiente documento: Diligencia mediante la cual solicita se produzca un análisis urgente de la presente causa y sea admitido el recurso de control de la legalidad interpuesto, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.


5. AA60S2022000307

Cristóbal Daniel Rivas Guzmán contra Cruz Roja Venezolana.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho ALEXIS ANTONIO FEBRES CHACOA, identificado con el inpreabogado Nro. 17.069, quien manifestó ser apoderado judicial de CRUZ ROJA VENEZOLANA, el siguiente documento: Escrito de contestación, constante de cuatro (04) folios útiles, sin anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2022000308

Yudermi Naiby Ruiz Hernández contra María Alejandra Mancini Sánchez y otros.

RECEPCIÓN DE CÓMPUTO.
Se deja constancia que en el día de hoy 01 de noviembre de 2022, siendo las 12:36 pm, se ha recibido vía correo electrónico scs.secretaria@tsj.gob.ve, Certificación de días de despacho y no despacho, emanado por el Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, constante de cinco (05) folios útiles, sin anexos.


2. AA60S2022000341

Jean Carlos del Valle Brazón Gómez, Rubén Darío Gil Quijije, José Antonio Delion Utrera, Ronald Argenis Ruiz Sanz, Jonathan José Gil Quijije y Eleazar Eduardo Sanz González contra Cervecería Polar, C.A.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha primero (1°) de noviembre de dos mil veintidós (2022), se recibió oficio signado con el alfanumérico TS-944-2022, de fecha veintiuno (21) de octubre de dos mil veintidós (2022), emanado del Tribunal Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por DEMANDA POR PAGOS DE SALARIOS CAÍDOS Y DEMÁS BENEFICIOS DEJADOS DE PERCIBIR Y OBLIGACIÓN DERIVADAS DE LA RELACIÓN LABORAL siguen los ciudadanos JEAN CARLOS DEL VALLE BRAZÓN GÓMEZ, RUBÉN DARÍO GÍL QUIJIJE, ROGER MAYWIL MENA MARCANO, JOSÉ ANTONIO DELION UTRERA, RONALD ARGENIS RUÍZ SANZ, YONATHAN LEE RIVERO, JONATHAN JOSÉ GIL QUIJIJE, ADRIANO SEGUNDO SUÁREZ MISAT, JESÚS ROBERTO MEJÍAS MIJARES, JESÚS FRANK LEONARDO MILLANO MILANO y ELEAZAR EDUARDO SANZ GÓNZALEZ contra la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR, C.A., constante de tres (03) piezas principales de trescientos veintiséis (326), doscientos cuarenta y seis (246) y ciento once (111) folios útiles, respectivamente, así como un (01) cuaderno de recaudos de doscientos veintiséis (226) folios útiles y un (01) sobre contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que en el cuaderno de recaudo existe una dualidad de foliatura a partir del folio 59, por cuanto fuero incorporado al mismo unos anexos identificados desde la letra A hasta la F, los cuales ya foliados, asimismo dicha foliatura no fue tachada y sobre ella riela la foliatura correlativa correcta. Por otra parte, se deja constancia que no consta auto donde se haga la salvedad de dicha situación constatada. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


3. AA60S2022000342

Lilian Elizabeth Martin Cortes contra Javier Antonio Cuello Peralta.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha primero (01) de noviembre de dos mil veintidós (2022), se recibió oficio signado con el número 127-2022, de fecha veintiocho (28) de octubre de dos mil veintidós (2022), emanado del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, sede Los Teques, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por “ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA” sigue la ciudadana LILIAN ELIZABETH MARTIN CORTES contra el ciudadano JAVIER ANTONIO CUELLO PERALTA, constante de cinco (05) piezas principales de ciento ochenta y uno (181), ciento noventa y ocho (198), doscientos cincuenta y nueve (259), doscientos catorce (214) y doscientos treinta (230) folios útiles, respectivamente, más un (01) cuaderno de inhibición de cincuenta y seis (56) folios útiles. Se deja constancia que el expediente mencionado presenta tachaduras en sus foliaturas, sin embargo, constan autos en los folios doscientos cincuenta y siete (257) de la pieza principal número tres (03), folio doscientos uno (201) de la pieza principal número cuatro (04) y folio doscientos veintiocho (228) de la pieza principal número cinco (05), donde se hacen las salvedades corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


4. AA60S2022000343

José Senobio Malavé contra Transportes Nacionales C.A. (TRANACA), solidariamente Saer Khalil Sallom, Marwam Salloum Abboud, Aadel Aaref el Maarawi, Mervat Stambuly de Salloum y Jorge Najib Salloum Nassim.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha primero (1°) de noviembre de dos mil veintidós (2022), se recibió oficio signado con el alfanumérico JST4-45-2022, de fecha veintiuno (21) de octubre de dos mil veintidós (2022), emanado del Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JOSÉ SENOBIO MALAVÉ contra la sociedad mercantil TRANSPORTES NACIONALES, C.A. (TRANACA) y solidariamente contra los ciudadanos SAER KHALIL SALLOUM, MARWAM SALLOUM ABBOUD, AADEL AAREF EL MAARAWI, MERVAT STAMBULY DE SALLOUM y JORGE NAJIB SALLOUM NASSIM, constante de cinco (05) piezas principales de ciento cuarenta y siete (147), doscientos veinticinco (225), doscientos veintisiete (227), doscientos treinta y cuatro (234) y ciento noventa y nueve (199) folios útiles, respectivamente, asimismo, dos (02) cuadernos de recaudos cuatrocientos sesenta y seis (466) y cuatrocientos diecinueve (419) folios útiles, en su orden, así como cinco (05) sobres contentivos de discos compactos (CD´S). Se deja constancia que el expediente mencionado en su pieza principal número cinco (05) presenta tachaduras en su foliatura, sin embargo, consta auto en el folio número ciento noventa y tres (193) de la mencionada pieza, donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS
1. AA60S2022000013

Marcos Antonio Briceño Istúriz contra Providencia Administrativa N° 0007/2016 de fecha 27/01/2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios José Félix Ribas, Santos Michelena, Revenga, Tovar y Bolívar, sede en la Victoria, Estado Aragua, expediente N° 037-2011-01-00882, que declara sin lugar el reenganche y restitución de la situación jurídica infringida del ciudadano Marcos Antonio Briceño Istúriz.

SENTENCIA N° 212.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por la apoderada judicial del ciudadano Marcos Antonio Briceño Isturiz, parte actora en la causa sub examine, contra el auto del 11 de octubre de 2021, dictado por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, mediante el cual declaró inadmisible el recurso de casación ejercido contra el fallo definitivo dictado el 17 de septiembre de 2021. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y continúese con la tramitación del recurso de control de la legalidad ejercido.


2. AA60S2022000013

Marcos Antonio Briceño Istúriz contra Providencia Administrativa N° 0007/2016 de fecha 27/01/2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios José Félix Ribas, Santos Michelena, Revenga, Tovar y Bolívar, sede en la Victoria, Estado Aragua, expediente N° 037-2011-01-00882, que declara sin lugar el reenganche y restitución de la situación jurídica infringida del ciudadano Marcos Antonio Briceño Istúriz.

SENTENCIA N°213.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial del ciudadano MARCOS ANTONIO BRICEÑO ISTURIZ, contra la sentencia emanada del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, en fecha 17 de septiembre de 2021. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


3. AA60S2022000015

Elilida Beatriz Jiménez contra Antonio José Ramos Azuaje.

SENTENCIA N° 214
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada, ciudadano ANTONIO JOSÉ RAMOS AZUAJE, contra el auto proferido, por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, el 26 de octubre de 2021. SEGUNDO: FIRME el auto recurrido. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


4. AA60S2022000103

Cervecería Polar, C.A., contra Providencia Administrativa n° ANZ/084/2017, de fecha 24 de octubre de 2017 y notificada a mi representada en fecha ocho (08) de noviembre de 2017, por medio de la cual declaró con lugar la propuesta de sanción contenida en expediente signado con el número ANZ/080/2017, propuesta en contra de mi representada Cervecería Polar, C.A., emitida por la Gerencia Estadal de la Seguridad y Salud de los Trabajadores del Estado Aragua (GERESAT-ANZOATEGUI), órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social del Trabajo.

SENTENCIA N° 215
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: PROCEDENTE la consulta obligatoria SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada por el Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 11 de febrero de 2020, que declaró con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la empresa Cervecería Polar C.A. y, en consecuencia, anuló el acto administrativo impugnado contenido en la providencia administrativa Nro. ANZ/084/2017, emanado por la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Anzoátegui-Sucre y Nueva Esparta (GERESAT-ANZOATEGUI-SUCRE-NUEVA ESPARTA), adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). TERCERO: FIRME el acto administrativo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, a los efectos legales consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen ya mencionado.


5. AA60S2022000218

Héctor Ricardo Bracho Martínez actuando en su nombre y en representación de su hija L.C.B.M., contra Linoska Beatriz Molina Álvarez.

SENTENCIA N° 216.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, dictada el 2 de junio de 2022, la cual queda FIRME. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


6. AA60S2021000154

Solicitante: Lennys Alicia Sanabria de Oropeza.

SENTENCIA N° 217.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: ACEPTA LA COMPETENCIA, declinada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia n° 0449 de fecha 16 de septiembre de 2021, en consecuencia se declara competente para conocer de la presente solicitud de avocamiento. SEGUNDO: INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada por la representación judicial de la ciudadana LENNYS ALICIA SANABRIA DE OROPEZA relativo al juicio de nulidad de venta de un inmueble. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese, archívese el expediente y remítase copia del fallo al Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Apure, sede San Fernando de Apure.


7. AA60S2022000183

Giovanni Alberto Calzadilla Villarroel, Carlos Eduardo González, Adrián Arturo Salazar Martínez y Edwuar José Zerpa Martínez contra la Estación De Servicios Escorpión C.A.

SENTENCIA N° 218.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, la sociedad mercantil ESTACIÓN DE SERVICIOS ESCORPIO, C.A., contra de la sentencia publicada por el Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en fecha 11 de abril del año 2022. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada, a los fines legales consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


8. AA60S2016000481

Héctor Rogelio Alarcón contra Providencia Administrativa N° 281-2014 de fecha 31/03/2014, expediente administrativo 001-2013-01-01313, emanada de la Inspectoría del Trabajo de la Ciudad de Acarigua estado Portuguesa, por la máxima autoridad del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social. Tercero Interesado: Central Azucarero Portuguesa, C.A.

SENTENCIA N° 219
La Sala de Casación Social declara: IMPROPONIBLE EN DERECHO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del ciudadano Héctor Rogelio Alarcón, contra la decisión de fecha 18 de marzo de 2016, dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de la causa.


9. AA60S2022000162

Manuel José Meneses, Luis Manuel Mata Cariaco, Marelys Del Valle Meneses Villazana y Diomarys Yandilin Meneses Rivero contra Expreso la Guayanesa C.A.

SENTENCIA N° 220.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de las partes demandantes MANUEL JOSÉ MENESES, LUIS MANUEL MATA CARIACO, MARELYS DEL VALLE MENESES VILLAZANA y DIOMARYS YANDILIN MENESES RIVERO, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, en fecha 7 de abril de 2022. SEGUNDO: SE ANULA la anterior decisión. TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos incoada por los ciudadanos MANUEL JOSÉ MENESES y LUIS MANUEL MATA CARIACO, en contra de la demandada EXPRESOS LA GUAYANESA C.A.; asimismo, se declara SIN LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos incoada por las ciudadanas MARELYS DEL VALLE MENESES VILLAZANA y DIOMARYS YANDILIN MENESES RIVERO contra la precitada empresa demandada. CUARTO: SE ORDENA a la demandada antes mencionada a cancelar a los accionantes, los conceptos y montos que se especifican en la motiva del presente fallo y las que resulten de la experticia complementaria del fallo. No hay condenatoria en costas del recurso de casación, dada la índole de la decisión y en virtud de que no hubo vencimiento total tampoco procede la condenatoria en costas del proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


10. AA60S2022000019

C.A. Azuca, (antes denominada Central Carora) contra Providencia Administrativa contentiva de la Certificación Médica N° 086/15 de fecha 04 de marzo de 2015, la cual declaró como una Enfermedad ocupacional agravada con ocasión al trabajo, certificando la Discapacidad Parcial Permanente, a favor del ciudadano Pulio Andreson Colombo, emitida por la Gerencia Estadal de la Seguridad y Salud de los Trabajadores de los Estados Lara, Trujillo y Yaracuy (GERESAT), órgano desconcentrado del Instituto Nacional De Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo.

SENTENCIA N° 221.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil C.A. AZUCA., contra la sentencia de fecha 27 de noviembre de 2019, proferida por el Juzgado Superior Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara; SEGUNDO: CONFIRMA el referido fallo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines legales consiguientes. No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.


AUTOS DE DESIGNACIÓN DE PONENTES
1. AA60S2022000026

Ricardo Paúl Vandini Moreno, Daniel Enrique Méndez Villasmil y Jorge Alejandro Urdaneta Prado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


2. AA60S2022000031

Juan Manuel Rodríguez Mendoza, Oscar Alexander Contreras Moreno y Yuraniz Vanessa Medina de Colina contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa que sigue Juan Manuel Rodríguez Mendoza, Oscar Alexander Contreras Moreno y Yuraniz Vanessa Medina de Colina contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.


3. AA60S2022000068

Olibeth Chiquinquirá Colina y Angélica María Machado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa que sigue Olibeth Chiquinquirá Colina y Angélica María Machado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.


4. AA60S2022000070

Daniele Vittorio Satti Bertoncini y Nixón José Paredes Palencia contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa que sigue Daniele Vittorio Satti Bertoncini y Nixón José Paredes Palencia contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.


5. AA60S2022000071

Reynaldo José Pérez Mavarez y Nayrody Beda López Aparicio contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA. Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa que sigue Reynaldo José Pérez Mavarez y Nayrody Beda López Aparicio contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.


6. AA60S2022000082

María Milagros Carmona y Edixon Jesús Ysea contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa que sigue María Milagros Carmona y Edixon Jesús Ysea contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.


7. AA60S2022000093

Kendryk Alexander Torres Belandria y Nerio Ramón Rincón Morán contra Servicios Halliburton De Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa que sigue Kendryk Alexander Torres Belandria y Nerio Ramón Rincón Morán contra Servicios Halliburton De Venezuela, S.A.


8. AA60S2022000094

Luis Enrique Ramírez Baralt y Barhencir Cárdenas Moreno contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa que sigue Luis Enrique Ramírez Baralt y Barhencir Cárdenas Moreno contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.


9. AA60S2022000095

Héctor Jesús Martínez Oquendo y Rubén Darío Rodríguez Urdaneta contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa que sigue Héctor Jesús Martínez Oquendo y Rubén Darío Rodríguez Urdaneta contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.


10. AA60S2022000096

Rafael Alfonso Devis Hernández y Luis José Machado Medina contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual El Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


11. AA60S2022000120

Ricardo Urrutia Godoy y Danilo Enrique Villalobos Fernández contra Servicios Halliburton De Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual El Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


12. AA60S2022000121

Anderson Enrique Gutiérrez Meléndez y Tomy Alfred González contra Servicios Halliburton De Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual El Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


13. AA60S2022000129

Freddy Alonso Torres Jiménez y Luis Norberto Nieto López contra Servicios Halliburton De Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual El Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


14. AA60S2022000132

Maikel Quintero y Javier David Biegas Moreno contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual El Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


15. AA60S2022000154

Javier Alexander Luzardo Gutiérrez y Gregoria Josefina Robertis contra servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual El Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


16. AA60S2022000155

Albin Luis Ferrer Pozo y Johann José García García contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual El Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


17. AA60S2022000156

Oney Edilmar Suárez Urdaneta y Alfredo José Bermúdez Marín contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual El Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


18. AA60S2022000157

Jesús Enrique Salas Gil y Ángel Antúnez contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA.
Se dictó auto mediante el cual El Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


19. AA60S2022000178

Diorman Calles y Deivi Ordaz contra Servicios Halliburton De Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


20. AA60S2022000179

Jesús Manuel Falcón y Alejandro Pulgar contra Servicios Halliburton De Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


21. AA60S2022000186

Julio Montes de Oca García y José Leonardo Romero Rodríguez contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


22. AA60S2022000191

Richard José Arteaga Pérez, José Luis León Molero y José Martín Córdova Moreno contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


23. AA60S2022000198

Javier Joaquín Ballen Hernández y Daniela del Valle Pérez González contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


24. AA60S2022000200

Richard Andrés Valdivieso Sánchez y Daniel Antonio Rodríguez Colmenárez contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


25. AA60S2022000201

Manuel Salvador Marín y Yoendes Manuel García López contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


26. AA60S2022000203

Raúl Fernando Jiménez Mármol y Jorge Luis Robortella Justo contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


27. AA60S2022000204

Jhonny José Gutiérrez Núñez y Edwards Eugenio Mora Sánchez contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

RESERVA DE PONENCIA
Se dictó auto mediante el cual el Presidente de la Sala de Casación Social, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, se RESERVA la ponencia de la causa.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles