ESCRITOS Y DILIGENCIAS |
1. |
AA60S2022000061
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Pierre Salame Ajami contra Verónica Tescari Solano.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido, vía correo electrónico institucional scs.secretaria@tsj.gob.ve, del profesional del Derecho WILLIAM MEDINA, identificado con el inpreabogado Nro. 119.683, quien manifestó ser apoderado judicial de VERÓNICA TESCARI SOLANO, desde el correo williamr22@hotmail.com, el siguiente documento: Escrito desistiendo del recurso, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.
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2. |
AA60S2022000084
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Gladys Yelitza Amaya Matos contra la Jueza Dra. Joselyn Fernández Amoroso, titular del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho DANIEL BUVAT DE LA ROSA, identificado con el inpreabogado Nro. 34.421, quien manifestó ser apoderado judicial de GLADYS YELITZA AMAYA MATOS, el siguiente documento: Diligencia mediante la cual solicita a la Sala se sirva declarar concluida la sustanciación del presente recurso, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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3. |
AA60S2022000130
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Armin Alfredo Arteaga Atencio, Ernesto Luis Cassarino Maigua, Jorge Antonio Chiarelli Araujo, María Mercedes Delgado Colmenarez, Anibal José Flores, Nicolás Vladimir Franco Silva, Margy Carolina Guerra Chacón, Alex Asunción León Silva, Jesús Manuel Marcano Novarro, Meddiz José Medrano Díaz, Santiago Ramón Mendoza Guillermo, Manlio José Porcelli García, Evelyn Cristina Ruíz Aldana, Karina Josefina Torres Malloney, Yacsilber José Urbina Bandres y Luís Alberto Ynfante Jaramillo contra Repsol Venezuela, S.A., Total Oil and Gas Venezuela B.V S.A, Inepetrol, S.A. y Otepi Inversiones, S.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho FRANCISCO SEIJAS RUIZ, identificado con el inpreabogado Nro. 39.677, quien manifestó ser apoderado judicial de JORGE ANTONIO CHIARELLI ARAUJO, el siguiente documento: Escrito mediante el cual se da por notificado del mismo y solicita se notifique a las empresas demandadas, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.
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4. |
AA60S2022000283
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Cristina Victoria Croce Romero, Ana Carolina Croce Romero, Carmen Victoria Croce Romero, María Antonieta Croce Romero y Enedina Irma Llashag Cerda contra Vito Eduardo Croce Romero Y Lesbia del Carmen Romero de Croce.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del ciudadano VITO EDUARDO CROCE ROMERO, quien actúa en nombre y representación propia, identificado con el inpreabogado Nro. 54.923, el siguiente documento: Diligencia mediante la cual solicita se le expidan copias certificadas, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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5. |
AA60S2022000299
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Arturo Celestino Soto Loreto contra Banco Provincial, S.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho ANDRÉS RAMÍREZ DÍAZ, identificado con el inpreabogado Nro. 8.442 quien manifestó ser apoderado judicial del BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL el siguiente documento: Escrito mediante el cual solicita se desestime el Recurso de Hecho ejercido, constante de cinco (05) folios útiles y diecinueve (19) folios útiles de anexos.
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6. |
AA60S2022000299
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Arturo Celestino Soto Loreto contra Banco Provincial, S.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho ANDRÉS RAMÍREZ DÍAZ, identificado con el inpreabogado Nro. 8.442 quien manifestó ser apoderado judicial de BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL el siguiente documento: Escrito mediante el cual consigna documento poder, constante de un (01) folio útil y cuatro (4) folios útiles de anexos.
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7. |
AA60S2022000336
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José Gregorio Lárez Michelli contra Cervecería Regional, C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho JAIRO GUTIÉRREZ, identificado con el inpreabogado Nro. 30.350, quien manifestó ser apoderado judicial de JOSÉ GREGORIO LÁREZ MICHELLI, el siguiente documento: Escrito de contestación, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.
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8. |
AA60S2022000352
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Carmen Yelitza Velásquez García contra Denny Francisco Gil Millán. Tercero Forzoso: Liz Luz Monroy.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho PEDRO EZEQUIEL LÓPEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 118.090, quien manifestó ser apoderado judicial de DENNY FRANCISCO GIL MILLÁN, el siguiente documento: Escrito mediante el cual solicita pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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9. |
AA60S2022000353
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Andrés Arturo Álvarez Herrera contra Enid Beatriz Méndez Ríos.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho EDITH HERNÁNDEZ SARABIA, identificada con el inpreabogado Nro. 616, quien manifestó ser apoderada judicial de ANDRÉS ARTURO ÁLVAREZ HERRERA, el siguiente documento: Escrito de alegatos en contra del recurso de control de la legalidad ejercido, constante de dos (02) folios útiles y tres (03) folios útiles de anexos.
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10. |
AA60S2022000361
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María Alejandra Villegas Macias contra Ángel Horacio Betancourt Guédez.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la ciudadana MARÍA ALEJANDRA VILLEGAS MACÍAS, titular de la cédula de identidad número V-12.026.048, debidamente asistida por la profesional del Derecho CARMEN CECILIA CASTILLO VARGAS, identificada con el inpreabogado Nro. 269.271, el siguiente documento: Escrito de formalización, sin expediente recibido por esta Sala a la fecha de su presentación, contra la sentencia de fecha 14-10-2022, dictada por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Valencia, en el expediente PROV-R-2022-00025, cuyas partes son: MARÍA ALEJANDRA VILLEGAS MACÍAS contra ÁNGEL HORACIO BETANCOURT GUEDEZ, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.
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OFICIOS RECIBIDOS |
1. |
AA60S2022000360
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Carmen Victoria Vázquez Jaimes madre del adolescente (V.M.F.V.), contra Antonio Luis Fichera Martínez.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha dieciséis (16) de noviembre de dos mil veintidós (2022), se recibió oficio signado con el número 146/2022, de fecha once (11) de noviembre de dos mil veintidós (2022), emanado del Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por RESTITUCIÓN DE CUSTODIA, sigue la ciudadana CARMEN VICTORIA VÁZQUEZ JAIME, en representación de su hijo V.M.F.V -identidad que se omite según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes- contra el ciudadano ANTONIO LUIS FICHERA MARTÍNEZ, constante de dos (02) piezas principales de doscientos noventa y seis (296) y treinta y ocho (38) folios útiles, respectivamente, más un (01) cuaderno separado de anexo de escrito de pruebas de doscientos seis (206) folios útiles y un (01) sobre contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que el expediente mencionado en su pieza principal número uno (01) y cuaderno separado de anexo de escrito de pruebas presentan tachaduras en sus foliaturas, lo cual no consta auto donde se hagan las salvedades corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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AUTOS PUBLICADOS |
1. |
AA60S2022000232
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Vicente Herrera Bernal contra Asociación Civil Centro Gallego de Puerto la Cruz.
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AUTO QUE ORDENA OFICIAR AL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE).
Se dictó auto que ordena oficiar al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que remita copia certificada del acta de defunción del ciudadano Vicente Herrera Bernal.
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PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS |
1. |
AA60S2021000122
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Jazmine Milena Gómez, Robert Efren Díaz Rojas y Erwin Jesús Finol García contra las sociedades mercantiles Clínica Sanatrix, C.A., Grupo Médico Simón Lustgarten, C.A., y solidariamente a los ciudadanos Julio Alfredo Ochoa Carrasquel, Bernardo Mirabal Fuente, Daniel Antonio Onay Mekel, Karen María Velázquez y Carlos Alberto Álvarez Barreto.
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SENTENCIA N° 246.
La Sala de Casación Social declara: Se ORDENA notificar, a través de los medios telemáticos conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a la Dra. Leticia Morales, Presidenta del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro de lapso de tres (3) días de despacho, de cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
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2. |
AA60S2022000032
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Antonio José Juárez Hernández contra C.A. Cervecería Regional.
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SENTENCIA N° 247
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación anunciado por el ciudadano Antonio José Juárez Hernández contra la sentencia dictada en fecha 8 de noviembre de 2021, por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto. SEGUNDO: FIRME el fallo recurrido. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas al recurrente. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto, a los fines legales subsiguientes. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen, supra identificado.
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3. |
AA60S2022000030
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Henry Liscano Ruíz contra Providencia Administrativa de fecha 12/12/2018, expediente N° MIR-29-IA16-0595 y MIR 29-IE16-1166, mediante la cual se determina que la naturaleza laboral de la presunta enfermedad ocupacional y accidente sufrido por el ciudadano Henry Liscano Ruíz, no reúnen elementos necesarios para certificarse como enfermedad ocupacional contraída o agravada con ocasión al trabajo, ni como secuelas de un accidente de trabajo, emanada de la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Miranda (GERESAT-MIRANDA), órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
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SENTENCIA N° 248
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO DE LA APELACIÓN, con relación al accidente de trabajo alegado por el ciudadano Henry Liscano Ruíz; SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido contra la decisión de fecha 30 de noviembre de 2021, dictada por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en lo que respecta a la enfermedad ocupacional alegada por el referido ciudadano; TERCERO: SE REVOCA la decisión recurrida; CUARTO: NULO el acto administrativo recurrido, en cuanto a la enfermedad ocupacional. Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial antes mencionada, a los efectos legales consiguientes.
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4. |
AA60S2022000163
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Marcis Carolina Gil Lucart actuando en nombre y representación de sus hijas G.A.D.G.G. y C.V.D.G.G. contra Panadería y Pastelería Las Colinas, C.A.
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SENTENCIA N° 249.
La Sala deCasación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia emanada del Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, dictada el 21 de marzo de 2022, la cual queda FIRME. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
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5. |
AA60S2022000108
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Virginia Carolina Blanco Reyes contra Luis Ernesto Dorrego Salomón.
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SENTENCIA N° 250.
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte actora, ciudadana Virginia Carolina Blanco Reyes, ampliamente identificada en autos, contra la sentencia dictada el 21 de enero de 2022, por el Juzgado Superior Accidental de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de acción mero declarativa de reconocimiento de unión estable de hecho incoada por la ciudadana Virginia Carolina Blanco Reyes contra el ciudadano Luís Ernesto Dorrego Salomón, con una vigencia comprendida desde el 9 de febrero de 2011 hasta el 3 de marzo de 2018. No hay condenatoria en costa, dada la naturaleza de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
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6. |
AA60S2022000022
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Francisco Javier Anderson Rojas contra Terrazas Steak House, C.A.
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SENTENCIA N° 251.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la referida decisión TERCERO: CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la empresa demandada recurrente. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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OFICIOS DE LA SALA |
1. |
AA60S2022000232
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Vicente Herrera Bernal contra Asociación Civil Centro Gallego de Puerto la Cruz.
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OFICIO DIRIGIDO AL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE).
Se libró oficio dirigido al Consejo Nacional Electoral (CNE), con atención a la Oficina de Registro Civil y Electoral.
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