REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 02/12/2022
CUENTA, N° 191

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2018000035

Ligia Mercedes Alcalá de Colina contra Providencia Administrativa dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), que otorgó garantía de permanencia y carta de registro Agrario N° 111396992013RDGP238365, de fecha 25-09-2013, N° 545-13 a favor del ciudadano Gerardo Urdaneta Alcalá.

NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de la notificación vía telefónica sobre la fijación de audiencia.


2. AA60S2018000035

Ligia Mercedes Alcalá de Colina contra Providencia Administrativa dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), que otorgó garantía de permanencia y carta de registro Agrario N° 111396992013RDGP238365, de fecha 25-09-2013, N° 545-13 a favor del ciudadano Gerardo Urdaneta Alcalá.

NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de la notificación vía telefónica sobre la fijación de audiencia.


3. AA60S2021000089

Heidy Lorena Florez Martínez contra Ramón Alberto Chacón Moncada.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía correo electrónico, a la dirección; joseroman.sanchezzambrano@gmail.com, dirigida al abogado José Román Sánchez Zambrano, inscrito en el inpreabogado N° 46.702, relacionada con la fijación de audiencia.


4. AA60S2021000089

Heidy Lorena Florez Martínez contra Ramón Alberto Chacón Moncada.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía telefónica con el abogado José Luis Agüero Carrillo, inscrito en el inpreabogado N° 146.635, relacionada con la fijación de audiencia.


5. AA60S2022000023

Gilberto Rincón Bruzual contra Y & V Ingeniería y Construcción, C.A.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía telefónica con la abogada María Fernanda Andara, inscrita en el inpreabogado N° 296.958, relacionada con la fijación de audiencia.


6. AA60S2022000023

Gilberto Rincón Bruzual contra Y & V Ingeniería y Construcción, C.A.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía telefónica con el abogado Francisco José Seijas, inscrito en el inpreabogado N° 39.677, relacionada con la fijación de audiencia.


7. AA60S2022000033

Recusante: Agropecuaria Khisma, C.A. Recusado: Simón Antonio Ramírez Díaz.

CONSIGNACIÓN DE DILIGENCIA DEL ALGUACIL.
En horas de despacho del día de hoy dos (2) de diciembre de dos mil veintidós (2022), comparece ante esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano YANLUIS EFRAÍN BOTTINI SUÁREZ, en su condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: en fecha primero (1°) de diciembre de dos mil veintidós (2022), siendo las 11:12 a.m., se recibió a través del correo S.C.S.SECRETARIA@TSJ.GOB.VE, sentencia de fecha veintidós (22) de julio de dos mil veintiuno (2021), del Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, expediente KP02-X-2021-000003, en formato docx, que se remitió anexo, la cual fue enviada por la Jueza, ciudadana KARINA LISBETH NIEVES MARTÍNEZ. Es por lo que consigno el mismo, constante de once (11) folios útiles.


8. AA60S2022000054

Karen Del Rosario Montilla Sánchez contra Hely Enrique Palencia Sevilla.

NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de la notificación vía telefónica sobre la fijación de audiencia.


9. AA60S2022000109

Juan Tomas Adames Rojas contra Municipio Iribarren del Estado Lara en Órgano de la Alcaldía.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
En el día de ayer 1 de diciembre de 2022, siendo las 3:30 pm, se ha recibido vía correo electrónico institucional scs.secretariatsj@gmail.com, del profesional del Derecho JUAN TOMÁS ADAMES ROJAS, identificado con el inpreabogado Nro. 240.671, quien actúa en nombre y representación propia, desde el correo electrónico jumes152@hotmail.com, el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de seis (06) folios útiles y seis (06) folios útiles de anexos.


10. AA60S2022000174

Jesús Rafael Arteaga Méndez actuando en su propio nombre y en representación legal de su hijo (M.R.A.R.) contra Mina Elena Randisi Moreti.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho YURIMAR ELENA PEÑA, identificada con el inpreabogado Nro. 102.785, quien manifestó ser apoderada judicial de MINA ELENA RANDISI MORETTI, el siguiente documento: Diligencia mediante la cual informa la retención indebida del niño Matías, por parte de Jesús Arteaga, constante de un (01) folio útil y tres (03) folios útiles de anexos.


11. AA60S2022000174

Jesús Rafael Arteaga Méndez actuando en su propio nombre y en representación legal de su hijo (M.R.A.R.) contra Mina Elena Randisi Moreti.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho YURIMAR PEÑA, identificada con el inpreabogado Nro. 102.785, quien manifestó ser apoderada judicial de MINA ELENA RANDISI MORETI, el siguiente documento: Escrito mediante el cual solicita la corrección del auto de audiencia de fecha 08 de noviembre de 2022, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


12. AA60S2022000175

Juan Carlos Marcano González contra Servicio Panamericano de Protección, C.A.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía telefónica con el abogado José Ricardo Aponte, inscrito en el inpreabogado N° 44.438, relacionada con la fijación de audiencia.


13. AA60S2022000175

Juan Carlos Marcano González contra Servicio Panamericano de Protección, C.A.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía telefónica con la abogada Solanda Hernández Meneses, inscrita en el inpreabogado N° 105.177, relacionada con la fijación de audiencia.


14. AA60S2022000211

Mario Vacondio contra Centro Cerámico Hola C.A. Terceros Intervinientes: Antonio Martín Pérez y Nicola Brenca Pepe.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho JENNY PATRICIA SÁNCHEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 123.635, quien manifestó ser apoderada judicial de MARIO VACONDIO, el siguiente documento: Diligencia mediante la cual solicita sea remitido el presente expediente, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


15. AA60S2022000223

María Alejandra D´Angelo Ramírez, en representación de su hija I.R.D´A. contra Ivanhoe Jesús Rujana Torres.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía telefónica con la ciudadana María Alejandra D´Angelo Ramírez, titular de la cédula de identidad V-15.917.385, relacionada con la fijación de audiencia.


16. AA60S2022000223

María Alejandra D´Angelo Ramírez, en representación de su hija I.R.D´A. contra Ivanhoe Jesús Rujana Torres.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía telefónica con la abogada Eucarina Yoelimar Lugo de Jordán, inscrita en el inpreabogado N° 67.621, relacionada con la fijación de audiencia.


17. AA60S2022000232

Vicente Herrera Bernal contra Asociación Civil Centro Gallego de Puerto la Cruz.

NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de la notificación vía telefónica sobre la fijación de audiencia.


18. AA60S2022000242

Oliver Emiro Molina Rujano contra Dorila Del Carmen Carrero de Berbesi, Walter Iyorbich Berbesi Carrero, Deiyor Alejandro Berbesi Flores, Delia Yaneira Flores Luna (viuda del de cujus y en representación de sus hijos M.A.B.F. y P.G.B.F.), y Paul Gerald Berbesi Carrero.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía telefónica con la abogada Martha Virginia Gilles Redondo, inscrita en el inpreabogado N° 35.371, relacionada con la fijación de audiencia.


19. AA60S2022000242

Oliver Emiro Molina Rujano contra Dorila Del Carmen Carrero de Berbesi, Walter Iyorbich Berbesi Carrero, Deiyor Alejandro Berbesi Flores, Delia Yaneira Flores Luna (viuda del de cujus y en representación de sus hijos M.A.B.F. y P.G.B.F.), y Paul Gerald Berbesi Carrero.

(28/11/2022) NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de comunicación vía telefónica con la abogada Mayle Carolina Molina Rujano, inscrita en el inpreabogado N° 104.661, relacionada con la fijación de audiencia.


20. AA60S2022000244

María Augusta Torres Villavicencio contra Embajada de la República del Ecuador en Venezuela.

NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de la notificación vía telefónica sobre la fijación de audiencia.


21. AA60S2022000244

María Augusta Torres Villavicencio contra Embajada de la República del Ecuador en Venezuela.

NOTA DE CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA.
Se deja constancia de la notificación vía telefónica sobre la fijación de audiencia.


22. AA60S2022000292

Karim Desireé Fernández Scott contra Sergio Rafael Gil García.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho BILLY PADILLA, identificado con el inpreabogado Nro. 101.533, quien manifestó ser apoderado judicial de KARIN DESIREÉ FERNÁNDEZ SCOTT, madre de los adolescentes V.A.G.F. y S.G.G.F., el siguiente documento: Escrito mediante el cual solicita que el demandado sea notificado a su correo electrónico y a su número telefónico, a los fines de la contestación del Recurso de Control de la Legalidad, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


23. AA60S2022000373

Víctor Julio Sanjuán Cabeza, Leonardo José Maldonado Rosales y Elvis José Díaz Pedron contra Metal INC C.A. y solidariamente Isamar Acosta.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de los profesionales del Derecho PERMINIO VILLARROEL MALAVÉ y JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ MORALES, identificados con los inpreabogados Nros. 4.831 y 34.464, respectivamente, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de METAL INC C.A., el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2022000303

Gustavo Enrique Jerez contra Venezolana de Inversiones y Construcciones Clerico, C.A. (VINCCLER, C.A.).

NOTA DE ENTRADA.
En fecha dos (02) de diciembre de dos mil veintidós (2022), se recibió oficio signado con el número 72/2022, de fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil veintidós (2022), emanado del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, sede Trujillo, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano GUSTAVO ENRIQUE JEREZ, contra la sociedad mercantil, VENEZOLANA DE INVERSIONES y CONSTRUCIONES CLERICO, C.A., (VINCCLER), constante de tres (03) piezas principales, que se describen de la siguiente manera: la pieza uno (01), desde el folio (01) al folio doscientos veinte (220), la pieza dos (02), desde el folio doscientos veintiuno (221) al folio trescientos veinte seis (326), y la pieza tres (03) desde el folio (01) al folio (48), así como tres (03) sobres contentivos de discos compactos (CD). Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


2. AA60S2022000385

María Eugenia Rojas Alonzo contra Confitería El Loro San Fernando, C.A.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha dos (02) de diciembre de dos mil veintidós (2022), se recibió oficio signado con el alfanumérico TS-0020-22, de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintidós (2022), emanado del Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, sede San Fernando de Apure, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana MARÍA EUGENIA ROJAS ALFONZO contra la sociedad mercantil CONFITERÍA EL LORO SAN FERNANDO, C.A., constante de dos (02) piezas principales de doscientos quince (215) y sesenta y uno (61) folios útiles, respectivamente, así como dos (02) sobres contentivo de discos compactos (CD´S). Se deja constancia que el expediente mencionado en su pieza principal número uno (01) presenta tachaduras en sus foliaturas, sin embargo, consta auto en el folio setenta y seis (76) de dicha pieza, donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


AUTOS PUBLICADOS
1. AA60S2022000187

Pietro Francesco Vigilanza Cingari, Ly Yeung Sing León Li y José Manuel Lorenzo Peña en representación de la red familiar "FUNDO EL EDEN" contra la Alcaldía y el Consejo Municipal del Municipio Libertador del Estado Carabobo. Tercero Interesado: Sociedad mercantil Transcool MMLX C.A.

AUTO DE ADMISIÓN DE PRUEBAS.
Se dictó auto que se pronuncia con respecto a las pruebas promovidas ante esta Sala de Casación Social.


2. AA60S2022000187

Pietro Francesco Vigilanza Cingari, Ly Yeung Sing León Li y José Manuel Lorenzo Peña en representación de la red familiar "FUNDO EL EDEN" contra la Alcaldía y el Consejo Municipal del Municipio Libertador del Estado Carabobo. Tercero Interesado: Sociedad mercantil Transcool MMLX C.A.

AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia de presentación oral de los informes, para el día jueves ocho (08) de diciembre del año dos mil veintidós (2022). Hora: diez y cincuenta y cinco minutos de la mañana (10:55 a.m.).


PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS
1. AA60S2022000130

Armin Alfredo Arteaga Atencio, Ernesto Luis Cassarino Maigua, Jorge Antonio Chiarelli Araujo, María Mercedes Delgado Colmenarez, Anibal José Flores, Nicolás Vladimir Franco Silva, Margy Carolina Guerra Chacón, Alex Asunción León Silva, Jesús Manuel Marcano Novarro, Meddiz José Medrano Díaz, Santiago Ramón Mendoza Guillermo, Manlio José Porcelli García, Evelyn Cristina Ruíz Aldana, Karina Josefina Torres Malloney, Yacsilber José Urbina Bandres y Luís Alberto Ynfante Jaramillo contra Repsol Venezuela, S.A., Total Oil and Gas Venezuela B.V S.A, Inepetrol, S.A. y Otepi Inversiones, S.A.

SENTENCIA N° 271
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SU COMPETENCIA para decretar de oficio el avocamiento, respecto de todas las demandas que actualmente cursan por motivo de indemnización por terminación anticipada de contrato de obra y otros conceptos laborales entre los ex trabajadores de la empresa YPERGAS, S.A., en su condición de patrono y de las sociedades mercantiles TOTAL OIL AND GAS VENEZUELA B.V., REPSOL VENEZUELA, S.A., OTEPI INVERSIONES, S.A, e INEPETROL, S.A., cuyos expedientes cursan ante el Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: se ordena la SUSPENSIÓN inmediata del curso de las causas tramitadas ante los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución, Juicio y Superiores del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contentivas de las demandas por motivo de indemnización por terminación anticipada de contrato de obra y otros conceptos laborales interpuestas por los ex trabajadores de la empresa YPERGAS, S.A., contra ésta, en su condición de patrono y las sociedades mercantiles TOTAL OIL AND GAS VENEZUELA B.V., REPSOL VENEZUELA, S.A., OTEPI INVERSIONES, S.A, e INEPETROL, S.A. y se PROHÍBE la realización de cualquier actuación procesal en los referidos expedientes, so pena de nulidad. TERCERO: se SOLICITA al Presidente del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, recabar de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, Juicio y Superiores del Trabajo de esa Circunscripción Judicial, todas las demandas de indemnización por terminación anticipada de contrato de obra y otros conceptos laborales entre los ex trabajadores de la empresa YPERGAS, S.A., en su condición de patrono y de las sociedades mercantiles TOTAL OIL AND GAS VENEZUELA B.V., REPSOL VENEZUELA, S.A., OTEPI INVERSIONES, S.A, e INEPETROL, S.A., y ordenar la remisión inmediata de cada uno de los expedientes a esta Sala deCasación Social. CUARTO: se ORDENA a la Secretaría de esta Sala, que conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y a la sentencia N° 236 del 30 de noviembre de 2021, dictada por esta Sala, notifique de la presente decisión a través de los medios telemáticos, al Presidente del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que tome todas y cada una de las medidas pertinentes en razón de la presente decisión, así como al Procurador General de la República, sin menoscabo de que simultáneamente se les remitan los oficios correspondientes. Publíquese y regístrese. Líbrese oficio al Presidente del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de solicitar la remisión de los referidos expedientes y al Procurador General de la República.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles