REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 17/02/2022
CUENTA, N° 22

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2015000167

CVG Industria Venezolana de Aluminio, C.A. (CVG VENALUM) solicita interpretación del sentido y alcance del artículo 176 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.076 de fecha 7 de mayo de 2012, según Decreto N° 8938 del 30 de abril de 2012.

CONSIGNACIÓN DE DILIGENCIA DEL ALGUACIL.
Diligencia realizada por el alguacil, oficio N° 48 de fecha ocho (8) de febrero de dos mil veintidós (2022), dirigido al ciudadano Dr. JOSÉ RAMÓN RIVERO, MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. (Notificación positiva)


2. AA60S2015000167

CVG Industria Venezolana de Aluminio, C.A. (CVG VENALUM) solicita interpretación del sentido y alcance del artículo 176 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.076 de fecha 7 de mayo de 2012, según Decreto N° 8938 del 30 de abril de 2012.

CONSIGNACIÓN DE DILIGENCIA DEL ALGUACIL.
Diligencia realizada por el alguacil, oficio N° 46 de fecha ocho (8) de febrero de dos mil veintidós (2022) dirigido al ciudadano DR. JORGE RODRÍGUEZ GÓMEZ PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL. (Notificación positiva)


3. AA60S2015000167

CVG Industria Venezolana de Aluminio, C.A. (CVG VENALUM) solicita interpretación del sentido y alcance del artículo 176 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.076 de fecha 7 de mayo de 2012, según Decreto N° 8938 del 30 de abril de 2012.

CONSIGNACIÓN DE DILIGENCIA DEL ALGUACIL.
Diligencia realizada por el alguacil, oficio N° 47 de fecha ocho (8) de febrero de dos mil veintidós (2022), dirigido al ciudadano Dr. TAREK WILLIAM SAAB, FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA. (Notificación positiva)


4. AA60S2021000157

Jorge José Castellanos Castellanos, Ligia González, Yojhan Miguel Benaventa Mendoza, Flower Ordoñez, Rafael Del Coromoto Pagua Herrera, Luis Bautista Piamo, José Gregorio Tamayo Guaiquirima y Ronnie Charinga Arevalo contra Izcaragua Country Club, A.C.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido vía correo electrónico, por el profesional del Derecho GABRIEL ANTONIO ESCALONA PINEDA, identificado con el inpreabogado Nro. 157.123, quien manifestó ser apoderado judicial de JORGE JOSÉ CASTELLANOS CASTELLANOS, el siguiente documento: Diligencia solicitando se declare perecido el recurso, constante de un (01) folio útil y un (01) folio útil de anexos.


5. AA60S2021000176

Recusante: Donante Pisano Mónaco. Recursado: Juez Ender Rafael Pérez Parra.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido vía correo electrónico institucional de la profesional del Derecho FANNY VERDE FUENTES, identificada con el inpreabogado Nro. 36.014, quien manifestó ser apoderada judicial de DONATO PISANO MONACO, el siguiente documento: Escrito consignando copia del expediente del Tribunal de origen, constante de cuatro (04) folios útiles y treinta y cinco (35) folios útiles de anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2022000037

Héctor José Guerra Moreno contra Cervecería Polar, C.A., Planta Oriente.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha diecisiete (17) de febrero de dos mil veintidós (2022), se recibió el presente expediente constante de tres (03) piezas principales de ciento ochenta y ocho (188), doscientos doce (212) y catorce (14) folios útiles respectivamente, así como dos (02) sobres contentivo de disco compacto (CD), según oficio N° 2021-90, de fecha diez (10) de diciembre de 2021, procedente del Tribunal Primero (1°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona. Se deja constancia que el expediente mencionado en sus piezas principales número uno (01) y número dos (02) presentan tachaduras en su foliatura, lo cual no consta auto donde se haga la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Con motivo del juicio que por BENEFICIO DE JUBILACIÓN ESPECIAL y OTROS CONCEPTOS sigue el ciudadano HÉCTOR JOSÉ GUERRA MORENO contra la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR, C.A. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


AUTOS PUBLICADOS
1. AA60S2021000088

Alba Coromoto Ramírez Castañeda contra Domingo Alcadio Contreras Pérez.

AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes ocho (8) de marzo del año dos mil veintidós (2022). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.).


PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS
1. AA60S2019000143

Federico Ramón Álvarez Barreto actuando en su nombre y representación contra Ana Luisa Parejo Gil.

SENTENCIA N° 006.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada ciudadana ANA LUISA PAREJO GIL contra la sentencia de fecha 14 de febrero de 2019, dictada por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


2. AA60S2017000530

Pepsicola de Venezuela, C.A contra Providencia Administrativa N° 0381-2012, dictada por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Capital y Vargas, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo., de fecha 15 de agosto de 2012, a favor del ciudadano Carlos Adonay Baena Vanegas.

SENTENCIA N° 007
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la representación judicial de la Sociedad Mercantil PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A. (anteriormente denominada Sociedad Productora de Refrescos y Sabores C. A.)., contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 10 de Mayo de 2017; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo apelado y; TERCERO: FIRME el acto administrativo N° 0381-2012, de fecha 15 de agosto de 2012, emitida por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DISTRITO CAPITAL Y VARGAS (DIRESAT) ente adscrito al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), que certificó “Discapacidad parcial permanente del ciudadano Carlos Adonay Baena Vanegas, identificado por “DISCOPATÍA LUMBOSACRA HERNIA DISCAL L4-L5 (CÓDIGO CIE10-M51.0)” enfermedad de origen ocupacional. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles