ESCRITOS Y DILIGENCIAS |
1. |
AA60S2022000026
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Ricardo Paúl Vandini Moreno, Daniel Enrique Méndez Villasmil y Jorge Alejandro Urdaneta Prado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-6793975, con la profesional del Derecho FRANCIS FERNÁNDEZ MATERÁN, identificada con el inpreabogado Nro. 199.234, quien se identificó como apoderada judicial de la parte demandada recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 04 de agosto de 2023.
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2. |
AA60S2022000026
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Ricardo Paúl Vandini Moreno, Daniel Enrique Méndez Villasmil y Jorge Alejandro Urdaneta Prado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0424-6951076, con el profesional del Derecho EDSON CURIEL, identificado con el inpreabogado Nro. 296.843, quien se identificó como apoderado judicial de la parte demandante recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 04 de agosto de 2023.
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3. |
AA60S2022000031
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Juan Manuel Rodríguez Mendoza, Oscar Alexander Contreras Moreno y Yuraniz Vanessa Medina de Colina contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-6793975, con la profesional del Derecho FRANCIS FERNÁNDEZ MATERÁN, identificada con el inpreabogado Nro. 199.234, quien se identificó como apoderada judicial de la parte demandada recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 04 de agosto de 2023.
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4. |
AA60S2022000031
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Juan Manuel Rodríguez Mendoza, Oscar Alexander Contreras Moreno y Yuraniz Vanessa Medina de Colina contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0424-6951076, con el profesional del Derecho EDSON CURIEL, identificado con el inpreabogado Nro. 296.843, quien se identificó como apoderado judicial de la parte demandante recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 04 de agosto de 2023.
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5. |
AA60S2022000031
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Juan Manuel Rodríguez Mendoza, Oscar Alexander Contreras Moreno y Yuraniz Vanessa Medina de Colina contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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RECEPCIÓN DE OFICIO.
Se deja constancia que en el día de ayer 03 de agosto de 2023, siendo la 4:48 pm, se recibió vía correo electrónico institucional scs.secretaria@tsj.gob.ve, oficio TST-2023-010, contentivo de CÓMPUTO, remitido por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Cabimas, el cual será agregado a la presente causa a solicitud del Juzgado de Sustanciación de la Sala, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.
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6. |
AA60S2022000068
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Olibeth Chiquinquirá Colina y Angélica María Machado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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RECEPCIÓN DE OFICIO.
Se deja constancia que en el día de ayer 03 de agosto de 2023, siendo la 4:48 pm, se recibió vía correo electrónico institucional scs.secretaria@tsj.gob.ve, oficio TST-2023-011, contentivo de CÓMPUTO, remitido por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Cabimas, el cual será agregado a la presente causa a solicitud del Juzgado de Sustanciación de la Sala, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.
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7. |
AA60S2022000068
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Olibeth Chiquinquirá Colina y Angélica María Machado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-6793975, con la profesional del Derecho FRANCIS FERNÁNDEZ MATERÁN, identificada con el inpreabogado Nro. 199.234, quien se identificó como apoderada judicial de la parte demandada recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 04 de agosto de 2023.
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8. |
AA60S2022000068
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Olibeth Chiquinquirá Colina y Angélica María Machado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0424-6951076, con el profesional del Derecho EDSON CURIEL, identificado con el inpreabogado Nro. 296.843, quien se identificó como apoderado judicial de la parte demandante recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 04 de agosto de 2023.
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9. |
AA60S2022000070
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Daniele Vittorio Satti Bertoncini y Nixón José Paredes Palencia contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0424-6951076, con el profesional del Derecho EDSON CURIEL, identificado con el inpreabogado Nro. 296.843, quien se identificó como apoderado judicial de la parte demandante recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 04 de agosto de 2023.
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10. |
AA60S2022000070
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Daniele Vittorio Satti Bertoncini y Nixón José Paredes Palencia contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0424-6855556, con el profesional del Derecho CARLOS EDUARDO FUENTES CASTELLANOS, identificado con el inpreabogado Nro. 252.840, quien se identificó como apoderado judicial de la parte demandada recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 04 de agosto de 2023.
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11. |
AA60S2022000130
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Armin Alfredo Arteaga Atencio, Ernesto Luis Cassarino Maigua, Jorge Antonio Chiarelli Araujo, María Mercedes Delgado Colmenarez, Anibal José Flores, Nicolás Vladimir Franco Silva, Margy Carolina Guerra Chacón, Alex Asunción León Silva, Jesús Manuel Marcano Novarro, Meddiz José Medrano Díaz, Santiago Ramón Mendoza Guillermo, Manlio José Porcelli García, Evelyn Cristina Ruíz Aldana, Karina Josefina Torres Malloney, Yacsilber José Urbina Bandres y Luís Alberto Ynfante Jaramillo contra Repsol Venezuela, S.A., Total Oil and Gas Venezuela B.V S.A, Inepetrol, S.A. y Otepi Inversiones, S.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho HADILLI GOZZAONI, identificada con el inpreabogado Nro. 121.230, quien manifestó ser apoderada judicial de REPSOL VENEZUELA, S.A., el siguiente documento: Escrito señalando la "improcedencia de las medidas cautelares solicitadas", constante de seis (06) folios útiles, sin anexos.
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12. |
AA60S2023000023
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José Manuel Carrión Piñero y José Gregorio Castellanos Medina contra Compañía Venezolana de Cerámica, C.A. (VENCERAMICA).
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho BELÉN XIOMARA RAMÍREZ GONZÁLEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 88.534, quien manifestó ser Defensora Pública de JOSÉ MANUEL CARRIÓN PIÑERO y JOSÉ GREGORIO CASTELLANOS MEDINA, el siguiente documento: Escrito consignando revocatoria de defensor privado y acta de asistencia técnica de ambos ciudadanos, constante de un (01) folio útil y tres (03) folios útiles de anexos.-
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13. |
AA60S2023000127
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María Eugenia Marcano Arismendi contra Ingeservice, C.A.
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RECEPCIÓN DE OFICIO.
Se deja constancia que en el día de hoy 04 de agosto de 2023, siendo la 3:47 pm, se recibió vía correo electrónico institucional scs.secretariatsj@gmail.com, oficio 2023-058, contentivo de CÓMPUTO, remitido por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, el cual será agregado a la presente causa a solicitud del Juzgado de Sustanciación de la Sala, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.
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14. |
AA60S2023000205
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Rubén Héctor Reyes contra Cristel Dayana Bello Alvarado.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho BELÉN XIOMARA RAMÍREZ GONZÁLEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 88.534, quien manifestó ser Defensora Pública de RUBÉN HÉCTOR REYES, el siguiente documento: Escrito solicitando "se declare Con Lugar el presente recurso de control de la legalidad y anule la sentencia del Tribunal Superior del Estado Bolivariano de Miranda y ordene la restitución inmediata a favor del niño", constante de cuatro (04) folios útiles y veintiuno (21) folios útiles de anexos.-
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15. |
AA60S2023000301
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Sandra Xiomara Rodríguez Molina actuando en nombre y representación de su hijo S.J.V.R. contra Juan José Vivas Acosta.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho BELÉN XIOMARA RAMÍREZ GONZÁLEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 88.534, quien manifestó ser Defensora Pública de SANDRA XIOMARA RODRÍGUEZ MOLINA, actuando en nombre y representación de su hijo S.J.V.R., el siguiente documento: Escrito consignando "acta de asistencia técnica y solicitando ser notificada para asistir a la audiencia que a bien fije esta Sala", constante de un (01) folio útil y un (01) folio útil de anexo.-
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16. |
AA60S2023000330
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María Claudia Russian Bolívar contra Técnica Marmolera Venezolana, C.A. (TECVEMAR, C.A.) y Granitos del Orinoco, S.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho JULIO CÉSAR GIL JIMÉNEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 77.031, quien manifestó ser apoderado judicial de TÉCNICA MARMOLERA VENEZOLANA, C.A. (TECVEMAR,C.A.), el siguiente documento: Diligencia solicitando "sean devueltos los documentos originales de los poderes", constante de un (01) folio útil, sin anexos.-
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17. |
AA60X2023000003 - AA60S2023000052
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Solicitante: Patricia Schwarzgrubrer López contra Daniel Antonio Otayek
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho EDUARDO JOSÉ HERRERA OCHOA, identificado con el inpreabogado Nro. 37708, quien manifestó ser apoderado judicial de DANIEL ANTONIO OTAYECK, el siguiente documento: Diligencia solicitando "pronunciamiento sobre el reclamo interpuesto en fecha 14-07-2023", constante de un (01) folio útil, sin anexos.-
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OFICIOS RECIBIDOS |
1. |
AA60S2023000333
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Sergi Molina Miralles en representación de los derechos de su hija P.A.M.P. contra Paula Antonietta Puerta Ramírez.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha cuatro (04) de agosto del dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el número 082-2023, de fecha dos (02) de agosto del dos mil veintitrés (2023), emanado del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, sede Los Teques, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por RESTITUCIÓN INTERNACIONAL sigue el ciudadano SERGI MOLINA MIRALLES contra la ciudadana PAULA ANTONIETTA PUERTA RAMÍREZ constante de cinco (05) piezas principales de doscientos cuarenta y tres (243), doscientos diez (210), doscientos ochenta y dos (282), doscientos cincuenta y nueve (259) y ciento treinta y cuatro (134) folios útiles, respectivamente, más un (01) cuaderno de medidas de prohibición de salida del país de tres (03) folios útiles, y un (01) cuaderno de medidas de régimen de convivencia familiar de cuatro (04) folios útiles. Se deja constancia que el expediente en sus piezas principales presenta tachaduras en sus foliaturas, lo cual no consta auto donde se hagan las salvedades corrigiendo dichas enmiendas. Por otra parte, existe un error de foliatura en la pieza principal número cuatro (04) a partir del folio cuarenta y tres (43), exclusive, lo cual, todo ello, se constató por medio del conteo manual de la foliatura por el funcionario adscrito a esta Secretaría. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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2. |
AA60S2023000334
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José Desiderio Albarran Delgado contra los ciudadanos José Rafael Albarrán Montoya, Isabel Teresa Albarrán Montoya, Ángel Gregorio Albarrán Montoya, Carmen Zuleima Albarrán Montoya y Luis Ramón Albarrán Montoya.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha cuatro (04) de agosto de dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el número 177-23, de fecha veintisiete (27) de julio de dos mil veintitrés (2023), emanado del Juzgado Accidental Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo, sede Guanare, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por ACCIÓN DE PARTICIÓN DE BIENES SUCESORALES sigue el ciudadano JOSÉ DESIDERIO ALBARRÁN DELGADO contra los ciudadanos JOSÉ RAFAEL ALBARRÁN MONTOYA, ISABEL TERESA ALBARRÁN MONTOYA, ÁNGEL GREGORIO ALBARRÁN MONTOYA, CARMEN ZULEIMA ALBARRÁN MONTOYA y LUIS RAMÓN ALBARRÁN MONTOYA, constante de dos (02) piezas principales de trescientos setenta y tres (373) y cincuenta y uno (51) folios útiles, respectivamente, un (01) cuaderno de medida de prohibición de enajenar y gravar de ocho (08) folios útiles y un (01) cuaderno de inhibición de dieciséis (16) folios útiles. Se deja constancia de la presencia en el expediente de tachaduras en sus foliaturas, sin embargo, consta auto en el folio número cuarenta y ocho (48) de la pieza principal número dos (02), donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Asimismo, en su pieza principal número uno (01), no se encuentran tachadas algunas foliaturas que no corresponden y esos folios están conformados por copias certificadas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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AUTOS PUBLICADOS |
1. |
AA60S2022000026
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Ricardo Paúl Vandini Moreno, Daniel Enrique Méndez Villasmil y Jorge Alejandro Urdaneta Prado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes veintiséis (26) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). Hora: diez de la mañana (10:00 a.m.).
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2. |
AA60S2022000031
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Juan Manuel Rodríguez Mendoza, Oscar Alexander Contreras Moreno y Yuraniz Vanessa Medina de Colina contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes veintiséis (26) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). Hora: diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.).
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3. |
AA60S2022000033
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Recusante: Agropecuaria Khisma, C.A. Recusado: Simón Antonio Ramírez Díaz.
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ERROR MATERIAL DE SENTENCIA.
Por cuanto en sentencia Nº 329, publicada el 02 de agosto de 2023, correspondiente al expediente signado bajo el alfanumérico AA60-S-2022-000033, conocido por esta Sala en virtud de la incidencia surgida en el juicio de resolución de contrato, se incurrió en error material al señalarse en la fecha de publicación el año "veintitrés (2023)”, cuando lo correcto, es que fue publicada en el año dos mil veintitrés; en consecuencia, deberá tenerse como publicada: “en Caracas a los dos (02) días del mes de agosto del año dos mil veintitrés (2023).” Queda de esta manera subsanado el error en referencia.
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4. |
AA60S2022000068
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Olibeth Chiquinquirá Colina y Angélica María Machado contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes veintiséis (26) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). Hora: once de la mañana (11:00 a.m.).
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5. |
AA60S2022000070
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Daniele Vittorio Satti Bertoncini y Nixón José Paredes Palencia contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes veintiséis (26) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.).
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6. |
AA60S2022000184
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Emilio Ramón Carrasquel Barreto contra Pittsburgh Associates.
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ERROR MATERIAL DE SENTENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se subsana error material al omitirse señalamiento expreso en la nota de publicación; en consecuencia, debe tenerse como incorporada, en los siguientes términos: "Publíquese y regístrese. Remítase al Juzgado de Sustanciación de esta Sala a fin de que se continúe con la tramitación del recurso de casación anunciado."
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7. |
AA60S2022000334
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Ganadería La Pradeña, C.A., contra Providencia Administrativa, sesión N° ORD-1270, de fecha 17 de julio de 2020, en deliberación sobre Punto de Cuenta N° 1011793444, y solicita declarar la nulidad de adjudicación con hojas de seguridad Nos. 2018100164, 2018100165 y 2018100166, aprobadas por el directorio ya identificado, acto administrativo que afecta directamente sobre el predio denominado "HACIENDA LA PALMA", mediante el cual aprobó otorgar Título de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario No. 22334166020RAT0232601, a favor de la ciudadana Hisis Karime Salih Aponte, dictada por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras. Beneficiario del Acto: Hisis Karime Salih Aponte.
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ERROR MATERIAL DE SENTENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se subsana error material al señalarse como año de publicación "veintitrés (2023)", cuando lo correcto, es que fue publicada en el año dos mil veintitrés; en consecuencia, deberá tenerse como publicada: "en Caracas a los dos (02) días del mes de agosto del año dos mil veintitrés (2023).".
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8. |
AA60S2023000025
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Ramón Antonio Valencillo Briceño contra Productos EFE, S.A.
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ERROR MATERIAL DE SENTENCIA.
Por cuanto en sentencia Nº 330 publicada el 02 de agosto de 2023, correspondiente al expediente signado bajo el alfanumérico AA60-S-2023-000025, conocido por esta Sala en virtud del juicio de nulidad de transacción laboral, se incurrió en error material al señalarse en la fecha de publicación el año "veintitrés (2023)”, cuando lo correcto, es que fue publicada en el año dos mil veintitrés; en consecuencia, deberá tenerse como publicada: “en Caracas a los dos (02) días del mes de agosto del año dos mil veintitrés (2023).”. Queda de esta manera subsanado el error en referencia.
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9. |
AA60S2023000272
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Vivir Seguros, C.A.
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AUTO QUE ACUERDA EXPEDIR COPIAS CERTIFICADAS.
Se dictó auto que acuerda expedir un (1) juego de copias certificadas de los folios 115 y siguientes de la pieza N° 2 del expediente, actuaciones presentadas y proferidas por ante esta Sala de Casación Social.
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PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS |
1. |
AA60S2023000202
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Demandantes contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.
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SENTENCIA N° 333
La Sala de Casación Social declara: ACUERDA dar por terminada la Mesa de Mediación instalada. En consecuencia, a los fines de garantizar a las partes la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la consecución de la justicia como fin último del proceso, consagrados en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, encontrándose las mismas a derecho, se ORDENA continuar con la tramitación de cada una las causas anteriormente señaladas. Por tanto, se deberá fijar por auto separado la audiencia que corresponda en Derecho. Agréguese copia certificada del presente auto en cada uno de los casos supra indicados. Se ordena el cierre y archivo del presente cuaderno de mediación. Así se decide. Publíquese y regístrese.
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2. |
AA60S2019000275
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Jhon Manuel Bello contra Vicente Enzo Troisi Petrillo.
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SENTENCIA N° 334.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por el apoderado judicial del ciudadano JHON MANUEL BELLO, contra la decisión de fecha 17 de septiembre de 2019, dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 320 eusdem, aplicable de acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. Particípese de la presente decisión, al Juzgado Superior Agrario de la referida Circunscripción Judicial.
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3. |
AA60S2019000300
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José Carmelo Acero González contra Marco Antonio Acero Manaure y otros.
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SENTENCIA N° 335.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por la representación judicial de la parte actora, ciudadano JOSÉ CARMELO ACERO GONZÁLEZ, contra la decisión definitiva dictada por el Tribunal Superior Accidental Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Sucre, Anzoátegui y Nueva Esparta, con sede en la ciudad de Cumaná del Municipio Sucre del estado Sucre en fecha 21 de octubre de 2019; SEGUNDO: SE CONFIRMA la precitada decisión. Se condena en costas a la parte recurrente, ello de conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Particípese al Juzgado Superior de origen, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil.
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4. |
AA60S2019000307
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Alexander José Valecillos Suárez contra el acto administrativo emanado del directorio del Instituto Nacional De Tierras (INTI), de fecha 14 de mayo de 2013, a través del cual es referido del ente de la administración pública agraria en reunión número 517-13, que aprobó otorgar TÍTULO DE ADJUDICACIÓN SOCIALISTA AGRARIO Y CARTA DE REGISTRO AGRARIO número 2131916112013RAT221643, a favor del ciudadano Luis Alfonso Valecillos Suárez.
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SENTENCIA N° 336.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: PROCEDENTE la consulta obligatoria de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo en fecha 04 de junio de 2018; SEGUNDO: SE ANULA el precitado fallo; TERCERO: INADMISBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por la representación judicial del ciudadano ALEXANDER JOSÉ VALECILLOS SUÁREZ. No hay condenatoria en costas, dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de origen.
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5. |
AA60S2021000169
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José Reinaldo Torres contra Alexdys del Valle Morales y Rafael Alejandro Mata Jiménez.
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SENTENCIA N° 337.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de tercería interpuesta por el abogado JOSÉ REINALDO TORRES, actuando en nombre propio. SEGUNDO: NULO todo lo actuado en la presente incidencia de tercería tramitada ante el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy con sede en San Felipe. Se condena en costas, al ciudadano José Reinaldo Torres, de conformidad con lo previsto en el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por aplicación supletoria conforme a lo previsto en el artículo 452 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Publíquese, regístrese y remítase a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy con sede en San Felipe. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen.
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6. |
AA60S2022000021
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Andrés Eduardo Yépez Cordero contra Isleyer Coromoto Morales Oropeza.
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SENTENCIA N° 338.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte recurrente ciudadana ISLEYER COROMOTO MORALES OROPEZA, contra la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2021, dictada por el Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara; SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido; TERCERO: SE ORDENA la reposición de la causa al estado que el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la referida Circunscripción Judicial, fije la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar en fase de mediación; CUARTO: SE DECRETA medida cautelar innominada de responsabilidad de crianza (custodia) del niño hoy adolescente J.A.Y.M. (cuya identidad se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) a favor de su madre ciudadana ISLEYER COROMOTO MORALES OROPEZA, titular de la cédula de identidad N° V-12.848.530, mientras dure el procedimiento; QUINTO: SE DECRETA cautelar innominada de prohibición de salida del país del niño hoy adolescente J.A.Y.M. (cuya identidad se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); SEXTO: SE ORDENA oficiar a la Policía Migratoria y al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a los fines de dar cumplimiento a la presente decisión. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes.
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7. |
AA60S2023000007
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Florvidia María Laya Mieres contra Elvys José Arbeláez.
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SENTENCIA N° 339
La Sala de Casación Social declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por el ciudadano ELVYS JOSÉ ARBELAEZ, contra la sentencia dictada el 4 de noviembre de 2022, por Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, ello en sujeción a lo previsto en el artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
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8. |
AA60S2023000079
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Carla Epifanía Medina González contra Marjorie Zucoswkis Portillo Ramírez, en su carácter de Jueza del Juzgado Primero Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
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SENTENCIA N° 340
La Sala de Casación Social declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la abogada MARILADYS GONZÁLEZ, contra el auto dictado el 17 de enero de 2023, por el Tribunal Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo, que negó la admisión del recurso de casación. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión y por lo establecido en el artículo 485 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolecentes. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
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9. |
AA60S2023000080
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Carla Epifania Medina González contra Marjorie Zucoswkis Portillo Ramírez, en su carácter de Jueza del Juzgado Primero Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
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SENTENCIA N° 341
La Sala de Casación Social declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la abogada MARILADYS GONZÁLEZ, contra el auto dictado el 17 de enero de 2023, por el Tribunal Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo, que negó la admisión del recurso de casación. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión y por lo establecido en el artículo 485 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolecentes. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
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10. |
AA60S2023000097
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Rafael Augusto Domínguez Sánchez contra Alfarería Internacional, C.A..
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SENTENCIA N° 342
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil ALFARERÍA INTERNACIONAL C.A., contra la sentencia publicada el 17 de enero de 2023, por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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DESPACHOS |
1. |
AA60S2021000159
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Jackson Antonio Osto Solórzano contra Alimentos Polar Comercial C.A. Sucursal Calabozo-Estado Guárico (CA PRO-MESA).
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REMISIÓN DEL EXPEDIENTE.
Se libró oficio mediante el cual se ordena remitir el expediente al Juez Coordinador del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros.
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2. |
AA60S2022000320
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Yessica Carolina Villegas Soler madre de la adolescente (A.C.D.C.P.V.), contra Rafael Antonio Pérez Zaraza.
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REMISIÓN DEL EXPEDIENTE.
Se libró oficio mediante el cual se ordena remitir el expediente al Juez Coordinador del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros.
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ACTUACIONES DE LA SALA ACCIDENTAL |
1. |
AA60S2022000320
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Yessica Carolina Villegas Soler madre de la adolescente (A.C.D.C.P.V.), contra Rafael Antonio Pérez Zaraza.
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AUTO QUE ACUERDA CORREO ESPECIAL.
Se dictó auto en el cual se acuerda la solicitud del abogado Celso Moreno, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Rafael Antonio Pérez Zaraza, en cuanto a la remisión del expediente a su tribunal de origen a través de una agencia de encomiendas.
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