REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 23/11/2023
CUENTA, N° 206

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2022000259

Lisa Clared Carrillo Poblador contra Dennys Danilo Pirela Urquijo.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho ALI MACARIO RIVAS, identificado con el inpreabogado Nro. 177.034, quien manifestó ser apoderado judicial de LISA CLARED CARRILLO POBLADOR, el siguiente documento: Escrito solicitando pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.-


2. AA60S2022000340

Johnathan Jesús Irady Zambrano, a favor de su hija N.I.G., contra Ana Virginia González

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA
Se ha recibido del profesional del Derecho LUIS RAFAEL OQUENDO ROTONDARO, identificado con el inpreabogado Nro. 19.610, quien manifestó ser apoderado judicial de ANA GONZÁLEZ, a favor de su hija N.I.G., el siguiente documento: Diligencia consignando escrito de oposición al escrito de fecha 18-10-2023, constante de cinco (05) folios útiles, sin anexos.


3. AA60S2023000010

Miriam Baloa de Quijada y Ramón Antonio Baloa Chirino contra Juan Carlos Orribo Garrido.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho RAMÓN ANTONIO BALOA CHIRINO, identificado con el inpreabogado Nro. 17.1347, actuando en nombre y representación propia, el siguiente documento: Diligencia ratificando "diligencia de fecha 08-02-2023", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


4. AA60S2023000039

Eulogia Ulacio González en su condición de Coordinadora General de la Asociación Civil Campesino José Leonardo Chirino contra Agropecuaria Barimisagua, C.A., y Agropecuaria Yaracuibare, C.A., representadas por el ciudadano Jacobo Darío Salas Romert en su condición de representante judicial.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de las profesionales del Derecho BETTY BEATRIZ QUEVEDO LASALA y BERKY GUZMÁN MONTESDEOCA, identificadas con los inpreabogados Nros. 37.655 y 36.602, respectivamente, quienes manifestaron ser apoderadas judiciales de ASOCIACIÓN CIVIL CAMPESINO JOSÉ LEONARDO CHIRINO, el siguiente documento: Escrito ratificando la solicitud de instalación de la mesa de conciliación, con "extrema urgencia", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


5. AA60S2023000062

Mayra Alejandra Quintero Spinelli contra Harold Jesús Licciardino Soriano.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del ciudadano HAROLD JESÚS LICCIARDINO SORIANO, debidamente asistido por los profesionales del Derecho ANTONIO MENDOZA CAMPOS y KARLA GONZÁLEZ VALERA, identificado con el inpreabogado Nro. 124.349 y 72.937, el siguiente documento: Escrito solicitando copias certificadas, constante de un (01) folio útil y un (01) folio útil de anexo.-


6. AA60S2023000062

Mayra Alejandra Quintero Spinelli contra Harold Jesús Licciardino Soriano.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del ciudadano HAROLD JESÚS LICCIARDINO SORIANO, debidamente asistido por los profesionales del Derecho ANTONIO MENDOZA CAMPOS y KARLA GONZÁLEZ VALERA, identificados con los inpreabogados Nros. 124.349 y 72.937, respectivamente, el siguiente documento: Escrito solicitando "aclaratoria de la parte dispositiva del fallo", constante de dos (02) folios útiles y tres (03) folios útiles de anexos.


7. AA60S2023000312

Betania Abreu Bastidas contra Farmacia Industrial Valencia Sur, C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho FRANCISCO GIL HERRERA, identificado con el inpreabogado Nro. 97.215, quien manifestó ser apoderado judicial de FARMACIA INDUSTRIAL VALENCIA SUR C.A, el siguiente documento: Escrito de alegatos y consigna original de documento poder, constante de cuatro (04) folios útiles y tres (03) folios útiles de anexos.-


8. AA60S2023000355

Andueza García y Juan Carlos Rodríguez directores de la empresa Agropecuaria La Galería, C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO, identificado con el inpreabogado Nro. 29.566, quien manifestó ser apoderado judicial de JESÚS ENRIQUE ANDUEZA GARCÍA, AGROPECUARIA LA GALERIA, C.A., ELADIO MANUEL FIGUEREDO y JUAN CARLOS RODRÍGUEZ SALAZAR, el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de dieciséis (16) folios útiles, sin anexos.


9. AA60S2023000411

Comercializadora Snacks, S.R.L. contra Providencia Administrativa de fecha 15/01/2021, contentiva de Certificación Médica Ocupacional S/N, que declaró enfermedad de origen ocupacional que ocasionó una Discopatía Parcial y Permanente a la ciudadana Jaqueline Josefina Páez Olivera, dictada por Gerencia Estadal de la Seguridad y Salud de los Trabajadores del Distrito Capital y Estado La Guaira (GERESAT), del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho VÍCTOR DURÁN NEGRETE, identificado con el inpreabogado Nro. 51.163, quien manifestó ser apoderado judicial de COMERCIALIZADORA SNACKS S.R.L, el siguiente documento: Escrito de fundamentación de la apelación, constante de nueve (09) folios útiles y seis (06) folios útiles de anexos.-


10. AA60S2023000418

Maribel Cuberos Armijo contra Laboratorios Elmor, S.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO
Se ha recibido de los profesionales del Derecho ALEXIS GARCÍA y HAMILTON RODRÍGUEZ PHILIPPS, identificados con los inpreabogado Nros. 188.837 y 72.569, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de MARIBEL CUBEROS ARMIJO, el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de seis (06) folios útiles y tres (03) folios útiles de anexos.


11. AA60S2023000434

Angielin José Ramírez Toro contra Petreven Servicios y Perforaciones Petroleras, C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho JESÚS BOANEGRE MARTÍNEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 93.852, quien manifestó ser apoderado judicial de ANGIELIN JOSÉ RAMÍREZ TORO, el siguiente documento: Escrito de contestación, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.-


12. AA60S2023000441

Juan Vicente Duque Labrador, Nelson David Contreras Delgado, Daniel de Jesús Centeno, Omar José Veliz Rivas, Luis Ramón Terán Yépez, Juan Alberto Rodríguez Sánchez, Anselmo Avendaño Escalona, Ángel Gustavo Castillo Mejías, José Gregorio Maldonado Araujo, Alirio Ernesto Ramírez Casanova, Milver Jesús Quintero Salcedo, Davison José García Maldonado, Jesús Ramón Figuera Méndez, José Antonio Angulo, José Ramón Díaz, Pablo José Paz Vargas, Lorenzo Antonio Giménez, Humberto Edilio Gil, Sergio Enrique Heredia Blanco, Santiago Fontalvo Ariza Lunior Alberto Saravia Millán y José Adelis Delgado contra Coca Cola Femsa de Venezuela, S.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, identificado con el inpreabogado Nro. 84.455, quien manifestó ser apoderado judicial de COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A, el siguiente documento: Escrito de contestación, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.-


13. AA60S2023000468

Federico José Harris Calvo contra Moto Delicias C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO
Se ha recibido de la profesional del Derecho MÓNICA ISABEL PARRA FINOL, identificada con el inpreabogado Nro. 40.703, quien manifestó ser apoderada judicial de MOTO DELICIAS C.A., el siguiente documento: Escrito de formalización, sin expediente recibido por esta Sala a la fecha de su presentación, contra la sentencia de fecha 27-10-2023, dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el expediente HP01-R-2023-000063P, cuyas partes son FEDERICO JOSÉ HARRIS CALVO contra MOTO DELICIAS C.A., constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.


14. AA60S2023000469

Henry José Cobis Infante contra Condominio Gran Bazar.

RECEPCIÓN DE ESCRITO
Se ha recibido del profesional del Derecho RODOLFO JOSÉ HAYDE DALTON, identificado con el inpreabogado Nro. 30.883, quien manifestó ser apoderado judicial de HENRY JOSÉ COBIS INFANTE, el siguiente documento: Escrito de formalización, sin expediente recibido por esta Sala a la fecha de su presentación, contra la sentencia de fecha 27-10-2023, dictada por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el expediente VP01-R-2023-000055-P, cuyas partes son HENRY JOSÉ COBIS INFANTE contra CONDOMINIO GRAN BAZAR, constante de un (01) folio útil sin nexos.


15. AA60X2022000003 - AA60S2022000130

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho GERARDO HENRIQUEZ CARABAÑO, identificado con el inpreabogado Nro. 36.225, quien manifestó ser apoderado judicial de ARMIN ALFREDO ARTEAGA ATENCIO, ERNESTO LUIS CASSARINO MAIGUA, JORGE ANTONIO CHIARELLI ARAUJO, MARÍA MERCEDES DELGADO COLMENAREZ, ANIBAL JOSÉ FLORES, NICOLÁS VLADIMIR FRANCO SILVA, MARGY CAROLINA GUERRA CHACÓN, ALEX ASUNCIÓN LEÓN SILVA, JESÚS MANUEL MARCANO NOVARRO, MEDDIZ JOSÉ MEDRANO DÍAZ, SANTIAGO RAMÓN MENDOZA GUILLERMO, KARINA JOSEFINA TORRES MALLONEY, YACSILBER JOSÉ URBINA BANDRES, LUIS ALBERTO YNFANTE JARAMILLO, MANLIO JOSÉ PORCELLI GARCÍA, EVELYN CRISTINA RUÍZ ALDANA y OTROS y de la profesional del Derecho AIXA AÑEZ PICHARDI, identificada con el inpreabogado Nro. 117.122, quien manifestó ser apoderado judicial de YPERGAS, S.A., el siguiente documento: Escrito de transacción, constante de dieciséis (16) folios útiles y ciento cuatro (104) folios útiles de anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2023000452

Asociación Civil International School Of Monagas contra Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de municipio Maturín del estado Monagas.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el alfanumérico JS1-2023-00230, de fecha veintisiete (27) de octubre de dos mil veintitrés (2023), emanado del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, sede los Teques, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por “DISCONFORMIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO” sigue la ASOCIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL SCHOOL OF MONAGAS contra CONSEJO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DEL ESTADO MONAGAS, MUNICIPIO MATURÍN, constante de cuatro (04) piezas principales de doscientos quince (215), doscientos treinta y nueve (239), ciento sesenta y nueve (169) y cincuenta y nueve (59) folios útiles, respectivamente, más dos (02) cuadernos de medidas de doscientos cincuenta y cinco (255) y ciento setenta y tres (173) folios útiles, en su orden. Se deja constancia que el expediente presenta tachaduras en sus foliaturas, lo cual consta autos en las piezas principales número tres (03) y cuatro (04) en los folios ciento veintitrés (123) y treinta y seis (36), respectivamente, donde se hacen las salvedades corrigiendo dichas enmiendas, sólo de las piezas antes mencionadas. Por otra parte, existe error de foliatura en la pieza principal número uno (01), a partir del folio ciento ochenta y ocho (188), exclusive, razón por la cual se altera la correlatividad de los folios subsiguientes. Todo ello se constató mediante el conteo manual a través del funcionario receptor adscrito a esta Secretaría. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


AUTOS PUBLICADOS
1. AA60S2016000062

Ferretería Pepino, S.A. contra Acto Administrativo N° 0678-2011, de fecha 01/02/2011, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Falcón, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). Caso: Julio César Molleda.

ERROR MATERIAL DE SENTENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se corrige error material en sentencia nº 484 publicada el 20 de noviembre de 2023, toda vez que, en la dispositiva del fallo se identificó los años de la independencia y federación como: "212º de la Independencia y 163° de la Federación.", cuando lo correcto es "213º de la Independencia y 164° de la Federación.". Téngase tal salvedad en el dispositivo. Queda de esta manera subsanado el error en referencia.


2. AA60S2019000285

José Livorio Guedez Escalona contra Emilia Ramona Vargas y otras.

ERROR MATERIAL DE SENTENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se corrige error material en sentencia nº 485 publicada el 20 de noviembre de 2023, toda vez que, en la dispositiva del fallo se identificó el año de la independencia como: "212º de la Independencia", cuando lo correcto es "213º de la Independencia". Téngase tal salvedad en el dispositivo. Queda de esta manera subsanado el error en referencia.


3. AA60S2022000185

Emilio Ramón Carrasquel Barreto contra Pittsburgh Associates.

ERROR MATERIAL EN SENTENCIA.
Se dictó auto que subsana error material involuntario en la sentencia, al señalarse "Años: 211° de la Independencia y 162° de la Federación", respectivamente, cuando se trata de 213° de la Independencia y 164° de la Federación; en consecuencia, deberá leerse: “Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación”. Téngase tal salvedad en el dispositivo del fallo. Queda de esta manera subsanado el error en referencia.


4. AA60S2023000205

Rubén Héctor Reyes contra Cristel Dayana Bello Alvarado.

ERROR MATERIAL DE SENTENCIA.
Se dictó auto que corrige error material involuntario en la dispositiva del fallo al ordenarse la notificación, cuando ésta no corresponde, pues lo conducente es la remisión y su participación; en consecuencia, tal desacierto se subsana en los términos siguientes: "Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen". Téngase tal salvedad en el dispositivo del fallo. Queda de esta manera subsanado el error en referencia.


5. AA60S2023000251

Zaida Beatriz Sánchez de Pérez contra Inversiones Gran Brasa, C.A.

AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día jueves treinta (30) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). Hora: doce del mediodía (12:00 m.).


6. AA60S2023000300

Héctor Antonio Parra Meza contra Distribuidora de Carne Andricarnes, C.A.

AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día jueves treinta (30) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). Hora: once de la mañana (11:00 a.m.).


7. AA60S2023000311

Vanessa Andreína Calderón Delgado contra Promociones Attdrys, C.A. y Grupo Rch, C.A.

AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día jueves siete (07) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023). Hora: diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.).


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles