ESCRITOS Y DILIGENCIAS |
1. |
AA60S2021000023
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Solicitante: Edgardo Magliocchi Rincón.
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CONSIGNACIÓN DE DILIGENCIA DEL ALGUACIL.
En horas de despacho del día de hoy, veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintitrés (2023), comparece ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano YANLUIS EFRAÍN BOTTINI SUÁREZ, en su condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: el día veintitrés (23) de marzo de dos mil veintitrés (2023) siendo la 1:20 p.m., en virtud de que el abogado CARLOS ALBERTO GUERRERO QUINTANA, titular de la cédula de identidad N° V-8.109.120, en su condición de DEFENSOR PÚBLICO PROVISORIO SEGUNDO, se encontraba presente en los espacios de la Unidad de Atención al Público de la Secretaría de esta digna Sala de Casación Social, le hice entrega de la Boleta de Notificación dirigida a CARLOS ALBERTO GUERRERO QUINTANA y/o MARIGLE TORRES; la cual revisó en todo su contenido manifestando a su vez que la recibía conforme, procediendo a firmarla. Es por lo que consigno la misma, constante de un (01) folio útil.
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2. |
AA60S2021000105
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Solicitante: Marjorie Luis Díaz.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARIGLE SOLEDAD TORRES CALATAYUD, identificada con el inpreabogado Nro. 177.626, quien actúa como Defensora Pública de ALFONSO RAFAEL GARCÍA GALLO BLASINI, el siguiente documento: Escrito de contestación, constante de diez (10) folios útiles, sin anexos.
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3. |
AA60S2021000139
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Gabriela Yeiret Mijares Pacheco, actuando en su nombre y en representación de sus hijos J.P.G.M. y M.V.G.M. contra Pablo Ulises García Pérez.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARÍA EUGENIA AMUNDARAY MARTÍNEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 74.536, quien manifestó ser apoderada judicial de PABLO ULISES GARCÍA PÉREZ, el siguiente documento: Escrito mediante el cual ratifica la petición de adhesión de Avocamiento y solicita el pronunciamiento correspondiente, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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4. |
AA60S2022000002
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Belkys Marisela Jiménez Briceño contra Orlando Esteban Hernández Pérez.
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CONSIGNACIÓN DE DILIGENCIA DEL ALGUACIL.
En horas de despacho del día de hoy veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintitrés (2023), comparece ante esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano YANLUIS EFRAÍN BOTTINI SUÁREZ, en su condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: en fecha veintidós (22) de marzo de dos mil veintitrés (2023), siendo las 3:23 p.m., se recibió a través del correo S.C.S.SECRETARIA@TSJ.GOB.VE, acuse de recibo digitalizado en formato PDF, la ciudadana BELKYS MARISELA JIMENEZ BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° V- 14.185.364, en su carácter de parte demandante, el cual se encuentra firmado y marcado con la impresión dactilar del pulgar derecho. Es por lo que consigno el mismo, constante de dos (2) folios útiles.
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5. |
AA60S2022000002
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Belkys Marisela Jiménez Briceño contra Orlando Esteban Hernández Pérez.
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CONSIGNACIÓN DE DILIGENCIA DEL ALGUACIL.
En horas de despacho del día de hoy veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintitrés (2023), comparece ante esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano YANLUIS EFRAÍN BOTTINI SUÁREZ, en su condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: en fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil veintitrés (2023), siendo las 6:55 p.m., se recibió a través del correo S.C.S.SECRETARIA@TSJ.GOB.VE, comisión digitalizada y acuse de recibo en formato PDF, suscrito por el Juez Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto, ciudadano DIMAS ROBERTO RODRÍGUEZ MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° V-16.215.667., dejando constancia por medio de la misma, que fue notificado el ciudadano ORLANDO ESTEBAN HERNÁNDEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 14.880.341, en su condición de parte demandada. Es por lo que consigno el mismo, constante de nueve (9) folios útiles.
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6. |
AA60S2022000002
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Belkys Marisela Jiménez Briceño contra Orlando Esteban Hernández Pérez.
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CONSIGNACIÓN DE DILIGENCIA DEL ALGUACIL.
En horas de despacho del día de hoy veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintitrés (2023), comparece ante esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano YANLUIS EFRAÍN BOTTINI SUÁREZ, en su condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: en fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil veintitrés (2023), siendo las 6:55 p.m., se recibió a través del correo S.C.S.SECRETARIA@TSJ.GOB.VE, comisión digitalizada y acuse de recibo en formato PDF, suscrito por el Juez Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto, ciudadano DIMAS ROBERTO RODRÍGUEZ MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° V-16.215.667., dejando constancia por medio de la misma, que fue notificada la sociedad mercantil DEKOREA BARQUISIMETO, C.A., en su condición de parte demandada. Es por lo que consigno el mismo, constante de nueve (9) folios útiles.
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7. |
AA60S2022000021
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Andrés Eduardo Yépez Cordero contra Isleyer Coromoto Morales Oropeza.
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CONSIGNACIÓN DE DILIGENCIA DEL ALGUACIL.
En horas de despacho del día de hoy veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintitrés (2023), comparece ante esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano YANLUIS EFRAÍN BOTTINI SUÁREZ, en su condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: en fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil veintitrés (2023), siendo las 7:00 p.m., se recibió a través del correo S.C.S.SECRETARIA@TSJ.GOB.VE, comisión digitalizada y acuse de recibo en formato PDF, suscrito por el Juez Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto, ciudadano DIMAS ROBERTO RODRÍGUEZ MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° V-16.215.667., dejando constancia por medio de la misma, que fue notificado el ciudadano ANDRÉS EDUARDO YÉPEZ CORDERO, titular de la cédula de identidad N° V- 11.880.438, en su condición de parte demandante. Es por lo que consigno el mismo, constante de nueve (9) folios útiles.
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8. |
AA60S2022000027
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Indhira Marcano Maestre actuando en nombre, beneficio e interés de su hija F.C.M., contra Gymmy Gean Cipriani Passanisi.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de los profesionales del Derecho GLENAL GONZÁLEZ y MARÍA ECHARRY, identificados con los inpreabogados Nros. 265.802 y 41.552, respectivamente, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de INDHIRA MARCANO MAESTRE, actuando en nombre, beneficio e interés de su hija F.C.M., el siguiente documento: Diligencia mediante la cual solicitan la remisión del presente expediente a su Tribunal de origen, a través de la empresa de encomiendas MRW, y que se les nombre correo especial, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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9. |
AA60S2022000159
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Agrícola La Urbina, C.A., contra Providencia Administrativa s/n, sesión extraordinaria de directorio N° 010/06, de fecha veinte (20) de abril del año 2006, mediante la cual se acordó revocar el acto administrativo acordado por el directorio de ese instituto en sesión 45-05 de fecha 31 de enero de 2005, y se declaró como tierras ociosos, incultos y baldíos, dos (02) lotes de terrenos denominados "HACIENDA EL PAUJÍ y FUNDO EL HONDÓN" con una superficie de 753 Has. con 9943 m2, y el segundo con una superficie de 1.100 Has, y otorga Carta Agraria a favor de la Asociación Cooperativa Agraria RL, sobre una extensión de 97 Has, parte de mayor extensión del predio denominado EL HONDÓN, ambos ubicados en el mismo Municipio José Rafael Revenga del estado Aragua, dictada por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho FELICIA ESCOBAR VÁSQUEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 39.874, quien manifestó ser apoderada judicial de C.A. AGRÍCOLA LA URBINA, el siguiente documento: Diligencia solicitando dos (02) juegos de copias certificadas de la sentencia 078, de fecha 21 de marzo de 2023, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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10. |
AA60S2022000174
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Jesús Rafael Arteaga Méndez actuando en su propio nombre y en representación legal de su hijo (M.R.A.R.) contra Mina Elena Randisi Moreti.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho YURIMAR ELENA PEÑA, identificada con el inpreabogado Nro. 102.785, quien manifestó ser apoderada judicial de MINA ELENA RANDISI MORETI, el siguiente documento: Escrito consignando copias certificadas del Decreto de Sobreseimiento del Tribunal 45° de Control, constante de un (01) folio útil y siete (07) folios útiles de anexos.
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11. |
AA60S2022000174
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Jesús Rafael Arteaga Méndez actuando en su propio nombre y en representación legal de su hijo (M.R.A.R.) contra Mina Elena Randisi Moreti.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho YURIMAR ELENA PEÑA, identificada con el inpreabogado Nro. 102.785, quien manifestó ser apoderada judicial de MINA ELENA RANDISI MORETI, el siguiente documento: Diligencia dejando constancia del incumplimiento del Régimen de convivencia por parte del ciudadano Jesús Arteaga, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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12. |
AA60S2022000398
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Yoisy Eduvigis Escalona Ojeda actuando en su nombre y en representación de su hijo (R.M.T.E.), contra Pedro Rafael Aristeo Torres González quien actúa en nombre propio y con el carácter de parte demandada.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho PEDRO RAFAEL ARISTEO TORRES GONZÁLEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 48.958, quien actúa en nombre y representación propia, el siguiente documento: Diligencia solicitando pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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13. |
AA60S2023000061
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Ronilda Fermín Zorrilla contra José Luis Díaz Torres.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARÍA EUGENIA AMUNDARAY MARTÍNEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 74.536, quien manifestó ser apoderada judicial de RONILDA FERMÍN ZORRILLA, el siguiente documento: Escrito mediante el cual deja constancia que en los folios 44 y 45 de la segunda pieza del expediente, quedó expresado los argumentos que justifican la nulidad del fallo recurrido de conformidad con el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.
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14. |
AA60S2023000085
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Luis Francisco Millán contra Banco Mercantil, C.A., Banco Universal.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARÍA VERÓNICA ESPINA MOLINA, identificada con el inpreabogado Nro. 75.996, quien manifestó ser apoderada judicial de BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, el siguiente documento: Escrito dándose por notificadas del presente Avocamiento y consignando información relevante para la causa, constante de treinta y ocho (38) folios útiles y trescientos trece (313) folios útiles de anexos.
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15. |
AA60S2023000088
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Yesil Jesús Avendaño, José Rafael Bastardo Cova, Darwin José Carmona Canache, Eliano Castillo, Juan Carlos Colmenares, Jhoannys Javier Gómez Moya, Juan Carlos Moreno Azuaje, José Manuel Osio, Félix Raúl Rivero López, Gerardo Isrrael Rodríguez Parada, Freddy Pastor Sánchez Oviedo, Nelson Enrique Torrealba Peña y Raphael Valero Lárez contra Cervecería Polar C.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARÍA FERNANDA ANDARA LORCA, identificada con el inpreabogado Nro. 296.958, quien manifestó ser apoderada judicial de CERVECERÍA POLAR C.A., el siguiente documento: Diligencia consignando copia simple de documento poder ad effectum videndi, constante de un (01) folio útil y seis (06) folios útiles de anexos.
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16. |
AA60S2023000088
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Yesil Jesús Avendaño, José Rafael Bastardo Cova, Darwin José Carmona Canache, Eliano Castillo, Juan Carlos Colmenares, Jhoannys Javier Gómez Moya, Juan Carlos Moreno Azuaje, José Manuel Osio, Félix Raúl Rivero López, Gerardo Isrrael Rodríguez Parada, Freddy Pastor Sánchez Oviedo, Nelson Enrique Torrealba Peña y Raphael Valero Lárez contra Cervecería Polar C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARÍA FERNANDA ANDARA LORCA, identificada con el inpreabogado Nro. 296.958, quien manifestó ser apoderada judicial de CERVECERÍA POLAR C.A. y, por otra parte, del ciudadano NELSON ENRIQUE TORREALBA PEÑA, titular de la cédula de identidad V-12.303.657, debidamente asistido por la profesional del Derecho YANET BARTOLOTTA, identificada con el inpreabogado Nro. 35.533, el siguiente documento: Escrito transaccional, constante de cinco (05) folios útiles y un (01) folio útil de anexo.
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17. |
AA60S2023000113
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Marlon José Sojo Pantojo contra la sociedad mercantil Cervecería Polar, C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho YANET BARTOLOTTA, identificada con el inpreabogado Nro. 35.533, quien manifestó ser apoderada judicial de MARLON JOSÉ SOJO PANTOJO, el siguiente documento: Escrito de formalización, sin expediente recibido por esta Sala a la fecha de su presentación, contra la sentencia de fecha 03-03-2023, dictada por el Tribunal Primero (1°) Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente AP21-R-2022-000114, cuyas partes son: MARLON JOSÉ SOJO PANTOJO contra CERVECERÍA POLAR, C.A., constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.
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OFICIOS RECIBIDOS |
1. |
AA60S2023000114
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Dora la Rosa Suárez madre de la niña (M.P.la R.), contra Andrés Elías Alfredo Peréz Amundarain.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el número 44/2023, de fecha diecisiete (17) de marzo de dos mil veintitrés (2023), emanado del Tribunal Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD sigue la ciudadana DORA LA ROSA SUÁREZ contra el ciudadano ANDRÉS ELÍAS ALFREDO PÉREZ AMUNDARAIN constante de una (1) pieza principal de ciento veinticuatro (124) folios útiles. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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2. |
AA60S2023000115
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Víctor Manuel Rojas Pardo contra PDVSA Petróleo, S.A .
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el alfanumérico T2S/204/2023, de fecha quince (15) de marzo de dos mil veintitrés (2023), emanado del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL, sigue el ciudadano VÍCTOR MANUEL ROJAS PARDO contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A y como tercero interviniente PDVSA GAS, S.A., constante de cuatro (04) piezas principales de doscientos siete (207), ciento noventa y nueve (199), trescientos sesenta y ocho (368) y ciento tres (103) folios útiles, respectivamente, así como tres (03) cuadernos de recaudos de ciento setenta y nueve (179), ciento cincuenta y cinco (155) y sesenta y cinco (65) folios útiles, en su orden, un cuaderno de conservación de dos (02) folios útiles y un (01) sobre contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que el expediente mencionado en sus piezas principales numero dos (02) y tres (03), asimismo, en el cuaderno de recaudos numero (01) presenta tachaduras en sus foliaturas, lo cual no consta auto donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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3. |
AA60S2023000116
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Elizabeth Coromoto Yance Luces contra Especialidades Quirúrgicas Médanos, C.A.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el número 011-2023, de fecha trece (13) de febrero de dos mil veintitrés (2023), emanado del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Santa Ana de Coro, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana ELIZABETH COROMOTO YANCE LUCES contra la entidad de trabajo ESPECIALIDADES QUIRÚRGICAS MEDANOS, C.A., constante de dos (02) piezas principales de ciento treinta (130) y cincuenta y nueve (59) folios útiles, respectivamente, así como un (01) sobre contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que el expediente mencionado en su pieza principal número uno (01) presenta tachaduras en sus foliaturas, sin embargo, consta auto al folio noventa (90) de dicha pieza, donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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AUTOS PUBLICADOS |
1. |
AA60S2023000084
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Leidi Josefina López Martínez contra Inversiones Bovino Grill, C.A.
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN.
Se dictó auto mediante el cual se ordena agregar a los autos el ESCRITO DE FORMALIZACIÒN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, presentado por ante esta Sala de Casación Social en fecha 07 de marzo de 2023, en tres (3) folios útiles, sin anexos.
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