ESCRITOS Y DILIGENCIAS |
1. |
AA60S2022000315
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Pedro segundo Molinos Rincones contra Agropecuaria La Isla, C.A. (AGOISLA) y Leonardo Castellanos Dumez.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho MANUEL ERASMO GÓMEZ ROJAS, identificado con el inpreabogado Nro. 36.671, quien manifestó ser apoderado judicial de PEDRO SEGUNDO MOLINOS RINCONES, el siguiente documento: Escrito de observaciones, constante de cuatro (04) folios útiles, sin anexos.
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2. |
AA60S2023000110
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Sandy Gabriela Arocha Peña contra Simón José de Sousa Jardín.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho HENRY SERRANO, identificado con el inpreabogado Nro. 83.830, quien manifestó ser apoderado judicial de SIMÓN JOSÉ DE SOUSA JARDÍN, el siguiente documento: Escrito mediante el cual solicita copias simples de la sentencia dictada por el tribunal superior y realiza observaciones, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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3. |
AA60S2023000111
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Enyoly Drubaska Orta Piñera, Juan José Blanco García, Adriana Josefina Chirinos Rengifo, Edgar Alexander Isturiz Garrido y Enemecio Tortoza contra la sociedad mercantil Izcaragua Country Club, C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho DORYS DANIELA MÁRQUEZ VEROES, identificada con el inpreabogado Nro. 88.416, quien manifestó ser apoderada judicial de IZCARAGUA COUNTRY CLUB, A.C., el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.
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4. |
AA60S2023000118
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Miguel Antonio Arnáez Márquez contra Clínica de Especialidades Médico Quirúrgicas, C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho HÉCTOR LEÓN ESCALONA GONZÁLEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 94.815, quien manifestó ser apoderado judicial de MIGUEL ANTONIO ARNÁEZ MÁRQUEZ, el siguiente documento: Escrito de formalización, sin expediente recibido por esta Sala a la fecha de su presentación, contra la sentencia de fecha 28-02-2023, dictada por el Tribunal Superior del Trabajo del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto UP11-R-2022-000029, cuyas partes son: MIGUEL ANTONIO ARNÁEZ MÁRQUEZ contra CLÍNICA DE ESPECIALIDADES MÉDICO QUIRÚRGICAS, C.A., constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.
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OFICIOS RECIBIDOS |
1. |
AA60S2023000034
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Franklyn Enrique González Cabello contra la sociedad mercantil Bohai Drilling Service Sucursal Venezuela, S.A.
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RECEPCIÓN DE CÓMPUTO.
Se deja constancia que en el día de hoy 27 de marzo de 2023, siendo la 09:40 am, se recibió vía correo electrónico institucional scs.secretariatsj@gmail.com, OFICIO N° 2023-063, remitido por el Tribunal Segundo Superior del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, sede Maturín, a través del correo coordinacionlaboralmonagas@gmail.com, y que será agregado a la presente causa a solicitud del Juzgado de Sustanciación de la Sala, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.
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2. |
AA60S2023000100
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Mery de Jesús Bastidas Ascanio, Alexandra Carolina Ledezma Bastidas y Mónica Ledezma Bastidas contra Carlos Coromoto Ledezma Velásquez.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha veintisiete (27) de marzo del dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el alfanumérico JC41OFO2023000008, de fecha tres (03) de marzo del dos mil veintitrés (2023), emanado del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, sede San Juan de los Morros, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por DESALOJO siguen las ciudadanas MERY DE JESÚS BASTIDAS ASCANIO, ALEXANDRA CAROLINA LEDEZMA BASTIDAS y MÓNICA LEDEZMA BASTIDAS en representación de su hermana F.S.L.A., (identidad que se omite según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), contra el ciudadano CARLOS COROMOTO LEDEZMA VELÁZQUEZ constante de dos (02) piezas principales de ciento ochenta y siete (187) y de ciento treinta y tres (133) folios útiles, respectivamente, Se deja constancia que el expediente mencionado en su pieza principal número uno (01) presenta tachaduras en sus foliaturas, lo cual no consta auto donde se hagan las salvedades corrigiendo dichas enmiendas, por otra parte, existe un error en su foliatura a partir del folio setenta y cinco (75), lo cual se constató por medio del contéo manual de la misma por el funcionario adscrito a esta secretaría. Asimismo, se deja constancia, que el expediente mencionado se encuentran en franco deterioro en gran parte de sus folios. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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3. |
AA60S2023000117
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Gabriel Antonio Trompiz Rodríguez contra Providencia Administrativa signada con el N° 001-2021, expediente N° 049-2019-001-00373, de fecha 10 de febrero de 2021, que declaró la caducidad de la solicitud de reenganche y pago de salarios dejados de percibir, dictada por la Inspectora del Trabajo de los Municipios Juan José Mora y Puerto Cabello del Estado Carabobo. Tercero Interesado: Molinos Nacionales, C.A. (MONACA).
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha veintisiete (27) de marzo de dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el alfanumérico JS4-PC-2023-000002, de fecha tres (03) de febrero de dos mil veintitrés (2023), emanado del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por DEMANDA DE NULIDAD sigue el ciudadano GABRIEL ANTONIO TROMPIZ RODRÍGUEZ contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO y JUAN JOSÉ MORA DEL ESTADO CARABOBO y como tercero interesado la entidad de trabajo MOLINOS NACIONALES, C.A. (MONACA), constante de tres (03) piezas principales de cuatrocientos cuarenta y siete (447), cuarenta (40) y setenta y nueve (79) folios útiles, respectivamente, así como un (01) sobre contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que el expediente mencionado en su pieza principal número uno (01) presenta tachaduras en sus foliaturas, sin embargo, consta auto al folio doscientos cuarenta (240) de dicha pieza, donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Asimismo, en dicho oficio de remisión omiten mencionar las piezas principales y los folios respectivos que la conforman. Por otra parte, en la pieza principal número tres (03), no se encuentran tachadas las foliaturas que no corresponden, específicamente desde el folio número diecisiete (17) hasta el folio veintidós (22) y desde el folio veinticuatro (24) hasta el folio veintinueve (29), ya que dichos folios están conformados por copias certificadas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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AUTOS PUBLICADOS |
1. |
AA60S2022000271
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Marinel Breto quien actúa en nombre y en representación de su sobrino J.A.G.B., hijo del de cujus Nelsy Josefina Breto (†) contra Sabrina Durvelle Vegas y Giselth Gutiérrez Gámez.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día jueves veinte (20) de abril del año dos mil veintitrés (2023). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.).
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2. |
AA60S2022000361
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María Alejandra Villegas Macías contra Ángel Horacio Betancourt Guédez.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día jueves veinte (20) de abril del año dos mil veintitrés (2023). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.).
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3. |
AA60S2022000367
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Solicitante: Joccline Gabriela Godoy Colmenarez.
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AUTO QUE ORDENA LIBRAR OFICIO.
Se dictó auto que ordena librar oficio a la Coordinadora del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
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PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS |
1. |
AA60S2022000378
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Rafael Ramón Daboin, Alexander Aguirre Peña, Jhoan Antonio Andrade Viloria y Esmeiro Antonio Leal Rios contra Coca Cola Femsa De Venezuela, S.A.
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SENTENCIA N° 083.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., contra la sentencia de fecha 4 de noviembre de 2022, emanada del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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OFICIOS DE LA SALA |
1. |
AA60S2022000367
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Solicitante: Joccline Gabriela Godoy Colmenarez.
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OFICIO DIRIGIDO A LA GACETA JUDICIAL.
Se libró oficio dirigido a la Gaceta Judicial
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2. |
AA60S2022000367
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Solicitante: Joccline Gabriela Godoy Colmenarez.
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OFICIO DIRIGIDO A LA COORDINACIÓN DE LOPNNA DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Se libró oficio a la Coordinadora del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Se libró oficio
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