ESCRITOS Y DILIGENCIAS |
1. |
AA60S2021000022
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Solicitante: Edgardo Magliocchi Rincón.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0416-6313578, con el profesional del Derecho TUTANKAMEN HERNÁNDEZ ROJAS, identificado con el inpreabogado Nro. 66.792, quien se identificó como apoderado judicial de la parte solicitante, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 21 de abril de 2023.
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2. |
AA60S2021000023
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Solicitante: Edgardo Magliocchi Rincón.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0416-6313578, con el profesional del Derecho TUTANKAMEN HERNÁNDEZ ROJAS, identificado con el inpreabogado Nro. 66.792, quien se identificó como apoderado judicial de la parte solicitante, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 21 de abril de 2023.
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3. |
AA60S2021000184
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Suddelina del Carmen Salinas Blanco, Alexis José Salinas Blanco y Milagros Josefina Salinas Blanco contra Mireya del Valle Alcalá Romero y Daniel Enrique Arrieta Alcalá.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MERNODYS DEL CARMEN YDROGO GUERRERO, identificada con el inpreabogado Nro. 37.289, quien manifestó ser apoderada judicial de MIREYA DEL VALLE ALCALA ROMERO y DANIEL ENRIQUE ARRIETA, el siguiente documento: Escrito solicitando pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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4. |
AA60S2022000034
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Omar José Quijada Marcano contra Cervecería Polar, C.A., Planta de Oriente.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-6793975, con la profesional del Derecho FRANCIS MARTZ FERNÁNDEZ MATERÁN, identificada con el inpreabogado Nro. 199.234, quien se identificó como apoderada judicial de la parte demandada recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 21 de abril de 2023.
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5. |
AA60S2022000034
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Omar José Quijada Marcano contra Cervecería Polar, C.A., Planta de Oriente.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-7950521, con el ciudadano OMAR JOSÉ QUIJADA MARCANO, identificado con la cédula de identidad Nro. V-8.268.209, quien se identificó como parte demandante, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 21 de abril de 2023.
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6. |
AA60S2022000271
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Marinel Breto quien actúa en nombre y en representación de su sobrino J.A.G.B., hijo del de cujus Nelsy Josefina Breto (†) contra Sabrina Durvelle Vegas y Giselth Gutiérrez Gámez.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-4315414, con la ciudadana GISELTH GUTIÉRREZ GÁMEZ, identificada con la cédula de identidad número V-5.748.576, quien se identificó como parte demandada, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 12 de abril de 2023.
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7. |
AA60S2022000367
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Solicitante: Joccline Gabriela Godoy Colmenárez.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho TAMARA MARÍA SALAZAR CASTELO, identificada con el inpreabogado Nro. 150.336, quien actúa en nombre y representación propia, el siguiente documento: Escrito consignando copia certificada de Acusación, constante de un (01) folio útil y cuarenta y seis folios útiles de anexos.
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8. |
AA60S2022000368
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Jhonny Alberto Matute Chaparro contra Universal de Seguros, C.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho JHONNY ALBERTO MATUTE CHAPARRO, identificado con el inpreabogado Nro. 118.915, quien actúa en nombre propio, el siguiente documento: Diligencia solicitando se fije audiencia, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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9. |
AA60S2023000043
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María Teresa Moreno, Fiorela Gregoria Torrealba, Luis Carlos Pérez Bastardo, Rosy Mar Brito Rangel, Víctor Enrique Cabeza Fajardo y Nora Elsy Arroyave Patiño contra Nicolás Fernando Corrales Corrales, Marcella María Díaz, Marianella rubio delgado, Juan Carlos Corrales Corrales, Marlon adrian Duque Velásquez, Comercializadora Jimecar, C.A., Perfumería el Cristo Vive, CA., El Surtidor de la Belleza, C.A., y Distribuidora de Productos Fashion Colores, C.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho ANTONIO RAFAEL ZAPATA, identificado con el inpreabogado Nro. 129.714, quien manifestó ser apoderado judicial de MARÍA TERESA MORENO, FIORELA GREGORIA TORREALBA, LUIS CARLOS PÉREZ BASTARDO, ROSY MAR BRITO RANGEL, VÍCTOR ENRIQUE CABEZA FAJARDO y NORA ELSY ARROYAVE PATIÑO, el siguiente documento: Diligencia solicitando a la Sala recabe el expediente principal, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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10. |
AA60S2023000124
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Carmen Alida García Quintero, Dominga Alberta García, Alfredo García Quintero, Osbaldo García Quintero y Jabier Alexis García Quintero contra María Marbella García Quintero.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del ciudadano OSBALDO GARCÍA QUINTERO debidamente asistido por el profesional del Derecho JOSÉ LA CRUZ USECHE, identificado con el inpreabogado Nro. 24.458, el siguiente documento: Diligencia otorgando poder Apud Acta, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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11. |
AA60S2023000155
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Adriana Carolina Briceño Bustamante contra Rafael Mata.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho YOLVIS MORENO GARCÍA, identificado con el inpreabogado Nro. 241.851, quien manifestó ser apoderado judicial de ADRIANA CAROLINA BRICEÑO BUSTAMANTE, el siguiente documento: Escrito de formalización, sin expediente recibido por esta Sala a la fecha de su presentación, contra la sentencia de fecha 20-03-2023, dictada por el Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con sede en Puerto Ordaz, en el expediente FP11-R-2023-000011, cuyas partes son: ADRIANA CAROLINA BRICEÑO BUSTAMANTE contra RAFAEL MATA, constante de seis (06) folios útiles y dos (02) folios útiles de anexos.
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OFICIOS RECIBIDOS |
1. |
AA60S2023000153
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María José Mejías contra la sociedad mercantil Maquinarias el Llanerito, C.A.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha veintiuno (21) de abril de dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el número 11/23, de fecha treinta (30) de marzo de dos mil veintitrés (2023), emanado del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, sede Barinas, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana MARÍA JOSÉ MEJÍAS BALZA contra la sociedad mercantil MAQUINARIAS EL LLANERITO, C.A., constante de una (01) pieza principal de ciento cuarenta y ocho (148) folios útiles, así como dos (02) sobres contentivo de discos compactos (CD´S). Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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AUTOS PUBLICADOS |
1. |
AA60S2021000022
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Solicitante: Edgardo Magliocchi Rincón.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia para la presentación de informes en la solicitud de exequatur interpuesta, para el día jueves veintisiete (27) de abril del año dos mil veintitrés (2023). Hora: doce del mediodía (12:00 m.).
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2. |
AA60S2021000023
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Solicitante: Edgardo Magliocchi Rincón.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual acuerda fijar la audiencia para la presentación de informes en la solicitud de exequatur interpuesta, para el día jueves veintisiete (27) de abril del año dos mil veintitrés (2023). Hora: doce y diez minutos de la tarde (12:10 p.m.).
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3. |
AA60S2022000034
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Omar José Quijada Marcano contra Cervecería Polar, C.A., Planta de Oriente.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día jueves veintisiete (27) de abril del año dos mil veintitrés (2023). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.).
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4. |
AA60S2023000136
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Arnoldo José Alvarado Gutiérrez contra la sociedad mercantil Transporte CG, C.A.
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN EN EL EXPEDIENTE.
Se dictó auto mediante el cual se ordenó agregar al expediente ESCRITOS DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ORDENA agregar a los autos el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN presentado por ante esta Sala de Casación Social en fecha 10 de abril de 2023, en tres (3) folios útiles y sus vueltos sin anexos. Agréguese y cúmplase.
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PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS |
1. |
AA60S2022000034
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Omar José Quijada Marcano contra Cervecería Polar, C.A., Planta de Oriente.
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SENTENCIA N° 153.
La Sala de Casación Social declara: CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, entra la causa en estado de fijación de audiencia, que se fijará por auto separado. Publíquese y regístrese.
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2. |
AA60S2021000150
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Solicitante: Alexander Enrique Graterol Alarcón actuando en nombre propio y representación de su hija (V.A.G.G).
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SENTENCIA N° 154.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE LA SEGUNDA FASE DEL AVOCAMIENTO; SEGUNDO: Se ORDENA levantar la suspensión de la medida preventiva de régimen de convivencia familiar, ordenada mediante sentencia interlocutoria de fecha 29/06/2022, en el cuaderno de medidas de tal institución familiar, signado con el alfanumérico JI42-X-2021-000062 (nomenclatura interna del Tribunal de origen); TERCERO: la REANUDACIÓN de la medida preventiva de régimen de convivencia familiar, fijado mediante sentencia interlocutoria de fecha 17 de diciembre de 2020; CUARTO: La REMISIÓN del expediente correspondiente al asunto principal signado bajo la nomenclatura JP41-V-2021-000259, contentivo de la demanda de régimen de convivencia familiar, con el cuaderno separado de la solicitud de medida preventiva de régimen de convivencia familiar signado con el N° JI42-X-2021-000062, así como el expediente N° JP41-X-2021-000021 contentivo de la medida preventiva anticipada de custodia provisional; el expediente N°JP41-V-2021-000490 (acumulado al asunto principal), cuaderno separado de inhibición del Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, signado con el Nro. JI42-X-2021-000183-SJ; cuaderno separado de recusación contra el Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, signado con el Nro. JI42-X-2021-000176-SJ; cuaderno separado de apelación signado con el Nro. JP41-R-2022000002; cuaderno de apelación signado con el Nro. JP41-R-2022-000004, a los fines de la prosecución de la causa principal y las incidencias que fueron suspendidas temporalmente por esta Sala, mediante sentencia N° 173, de fecha 11 de octubre de 2022, la cual declaró la admisió de la primera fase del avocamiento. QUINTO: SE NIEGA la solicitud de medida preventiva de prohibición de salida del país de la niña V.A.G.G. de nueve (9) años de edad (cuya identidad se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Dada la naturaleza especial y extraordinaria del avocamiento, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Guárico con sede en San Juan de los Morros. Particípese de esta remisión a los Juzgados de origen, a los fines legales consiguientes.
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3. |
AA60S2022000399
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Alberto José Santos Monsalve contra Gases Santos Compañía Anónima (GASSAN, C.A.).
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SENTENCIA N° 155.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal, en fecha 25 de noviembre del año 2022. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia recurrida. TERCERO: SIN LUGAR la demanda. Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen.
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