ESCRITOS Y DILIGENCIAS |
1. |
AA60S2014001212
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Cruz Lorenzo Sánchez Paredes contra Cervecería Polar, C.A.P. Planta Los Cortijos.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de EDGLE DESIREE SÁNCHEZ GÓMEZ, titular de la cédula de identidad número V- 16.273.261, asistida por los profesionales del Derecho ROSALBA JOSEFINA DASILVA y HENRY JOHN CASTRO GÓMEZ, identificados con los inpreabogados Nros. 113.916 y 115.940, respectivamente, el siguiente documento: Diligencia consignando poder, constante de un (01) folio útil y tres (03) folios útiles de anexos.
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2. |
AA60S2021000087
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Felipe Nery Siso Cárdenas y Gertrud Karoline Esche.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho AURORA MICAELA OJEDA HERNÁNDEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 62.679, quien manifestó ser apoderada judicial de CELESTE MARBILA ALDANA VEGAS, el siguiente documento: Escrito solicitando copia certificada de la sentencia 240-21 de fecha 30-11-2021, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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3. |
AA60S2021000105
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Solicitante: Marjorie Luis Díaz.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho LUIS MARCANO LÓPEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 112.711, quien manifestó ser Fiscal del Ministerio Público, el siguiente documento: Escrito de opinión fiscal, constante de veintiuno (21) folios útiles, sin anexos.
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4. |
AA60S2021000153
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Enedina de la Cruz Chacón Roa contra C.A. Cervecería Regional.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho VÍCTOR RAUL RON RANGEL, identificado con el inpreabogado Nro. 127.968, quien manifestó ser apoderado judicial de CERVECERÍA REGIONAL C.A., el siguiente documento: Diligencia consignando copia simple de poder ad effectum videndi, constante de un (01) folio útil y cuatro (04) folios útiles de anexos.
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5. |
AA60S2022000035
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Herik Gerardo Sayago Villa contra Cervecería Polar, C.A. (Planta Modelo)
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del ciudadano HERIK GERARDO SAYAGO VILLA, debidamente asistido por el profesional del Derecho ÁNGEL EMIRO RINCÓN MÁRQUEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 163.636, el siguiente documento: Diligencia exponiendo la causa de su incomparecencia a la audiencia celebrada el día de hoy martes 09/05/2023, constante de un (01) folio útil y un (01) folio útil de anexo.
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6. |
AA60S2022000035
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Herik Gerardo Sayago Villa contra Cervecería Polar, C.A. (Planta Modelo)
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de HERIK GERARDO SAYAGO VILLA, titular de la cédula de identidad número V-18.988.980, debidamente asistido por el profesional del Derecho ÁNGEL EMIRO RINCÓN MÁRQUEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 163.636, el siguiente documento: Diligencia consignando poder Apud Acta, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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7. |
AA60S2022000347
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Luis Antonio Bernal Rangel, Almidio José Trujillo, Jorge Valentín Rojas Álvarez, Nicair de Jesús Alfonzo Sanabría, César Enrique Alonso Andrea, Damaso Palacio Blanco, Wilber Enrique Quintana Montero, Ramón Julián Barrios Azuaje, José Rafael Veramendi Rodríguez, Néstor Epifanío Albarrán Rojas, Hugo Miguel Villahermosa Contreras, Américo Ramón Castillo Jiménez, Rafael Antonio García, Naudy José Flores, José Luis Pereira Macías contra Compañía Venezolana de Cerámicas (VENCERAMICA).
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, identificado con el inpreabogado Nro. 84.455, quien manifestó ser apoderado judicial de COMPAÑÍA VENEZOLANA DE CERÁMICAS, C.A. (VENCERÁMICA)., el siguiente documento: Diligencia solicitando pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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8. |
AA60S2022000400
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Eddy Rubén Verenzuela contra Inés María López Manieri.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de EDDY RUBÉN VERENZUELA, titular de la cédula de identidad número V- 7.196.483, en representación de sus hijas F.A.V.L. y M.V.V.L., asistido por la profesional del Derecho SANDRA CAROLINA ROMERO MEDINA, identificada con el inpreabogado Nro. 196.097, el siguiente documento: Escrito consignando datos de la parte demandada para su notificación, constante de un (01) folio útil y tres (03) folios útiles de anexos.-
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9. |
AA60S2023000003
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Paola Andrea Castellano Gómez contra Elías Jesús Valero Vásquez.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho ROSA MARÍA CASTELLANOS, identificada con el inpreabogado Nro. 65.639, quien manifestó ser apoderada judicial de PAOLA ANDREA CASTELLANOS GÓMEZ, el siguiente documento: Escrito de contestación, constante de tres (03) folios útiles y tres (03) folios útiles de anexos.
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10. |
AA60S2023000171
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Celeste Marbila Aldana Vegas actuando en su propio nombre y en representación de los derechos e intereses de su hijo (L.F.A.V.), contra Felipe Nery Siso Cárdenas y Gertrud Karoline Esche de Siso.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho AURORA MICAELA OJEDA HERNÁNDEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 62.679, quien manifestó ser apoderada judicial de CELESTE MARBILA ALDANA VEGAS, el siguiente documento: Escrito en el cual solicita sea admitido el recurso de Control de Legalidad, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.
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OFICIOS RECIBIDOS |
1. |
AA60S2023000165
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Kira Kari Sociedad Civil contra Bananera Venezolana, C.A. Terceros Coadyuvantes: Oficina Técnica Armando Capriles C.A., Sociedad Mercantil Inversiones 271091 C.A. e inversiones Selirpac C.A.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha nueve (09) de mayo de dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el alfanumérico JSA-0055/2023, de fecha doce (12) de abril de dos mil veintitrés (2023), emanado del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, sede San Felipe, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por DEMANDA DE NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS y DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD MERCANTIL sigue KIRA KARI, SOCIEDAD CIVIL contra la sociedad mercantil C.A. BANANERA VENEZOLANA y como terceros coadyuvantes OFICINA TÉCNICA ARMANDO CAPRILES, C.A., SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES 271091, S.A., e INVERSIONES SELIRPAC, C.A., constante de cuatro (04) piezas principales de ciento cincuenta y cinco (155), doscientos noventa y seis (296), doscientos cincuenta (250) y doscientos dieciséis (216) folios útiles, respectivamente, tres (03) cuadernos de medidas de doscientos cincuenta y dos (252), doscientos veinticinco (225) y ciento veintinueve (129) folios útiles, en su orden, un (01) cuaderno separado de catorce (14) folios útiles, un (01) cuaderno de incidencias de diez (10) folios útiles, un (01) cuaderno de recusación de diecisiete (17) folios útiles, más un (01) sobre contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que el expediente mencionado, fue entregado en la Unidad de Alguacilazgo de esta Secretaría por la ciudadana EMPERATRIZ MARIEL RAMÍREZ ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-25.359.422, quien manifestó ser Alguacil adscrita al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, sede San Felipe, siguiendo instrucciones de la ciudadana DANIMAR CHIQUINQUIRÁ MOLERO ANDRADE, Jueza del Juzgado supra mencionado, para el traslado del mismo hasta la ciudad de Caracas, a pesar de que no consta en autos su nombramiento de correo especial. Asimismo, se anexa copia de la cédula de identidad de la prenombrada Alguacil, a los fines legales consiguientes. or otra parte, dicho expediente, en sus piezas principales número uno (01), dos (02), tres (03) y sus cuadernos de medidas, presentan tachaduras en sus foliaturas, sin embargo, constan autos en los folios doscientos noventa y seis (296) de la pieza principal número dos (02) y folio ciento setenta y ocho (178) de la pieza principal número tres (03), donde se hacen las salvedades corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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2. |
AA60S2023000174
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José Juan Vidal Blanco contra Cristina del Carmen Calvo Pérez madre del adolescente (S.N.V.C.).
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha nueve (09) de mayo de dos mil veintitrés (2023), se recibió oficio signado con el número 64/2023, de fecha veintiocho (28) de abril de dos mil veintitrés (2023), emanado del Tribunal Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por DIVORCIO POR DESAFECTO sigue el ciudadano JOSÉ JUAN VIDAL BLANCO contra la ciudadana CRISTINA DEL CARMEN CALVO PÉREZ, constante de una (01) pieza principal de cincuenta y tres (53) folios útiles, así como un (01) sobre contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que el expediente mencionado, presenta tachaduras en sus foliaturas, lo cual no consta auto donde se haga la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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AUTOS PUBLICADOS |
1. |
AA60S2022000318
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Oscar Rafael Martínez contra Cervecería Polar, C.A.
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AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
Se dictó auto que certifica el cómputo de los veinte (20) días continuos otorgados a las partes para la formalización y contestación del recurso de casación de conformidad con lo establecido en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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2. |
AA60S2022000387
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Dolis Gisela Rodríguez Escobar contra Doliska Thaimaribelyz Hurtado de Salas, Leidy Yasmín Hurtado López, Ramón Arcadio Hurtado López y Carmen Leopoldina Rivas en representación de su hija adolescentes N.d. L.A. H. R.
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AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
En acatamiento a los artículos 489-D y 489-E de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, certifica el lapso correspondiente para la consignación de los escritos de FORMALIZACIÓN Y CONTESTACIÓN del Recurso Extraordinario de Casación.
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ACTAS DE AUDIENCIA |
1. |
AA60S2014001212
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Cruz Lorenzo Sánchez Paredes contra Cervecería Polar, C.A.P. Planta Los Cortijos.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. En consecuencia, 2) se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas al recurrente. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
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2. |
AA60S2021000105
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Solicitante: Marjorie Luis Díaz.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: el Presidente de la Sala informa que la causa entrará en estado de sentencia. Se declara terminado el acto. Se ordena levantar y publicar la presente Acta y agregar al expediente grabación en disco compacto de audio y video. Terminó, se leyó y conformes firman. Es todo.
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3. |
AA60S2021000153
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Enedina de la Cruz Chacón Roa contra C.A. Cervecería Regional.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. En consecuencia, 2) se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas al recurrente. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
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4. |
AA60S2022000035
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Herik Gerardo Sayago Villa contra Cervecería Polar, C.A. (Planta Modelo)
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas al recurrente. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto.
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5. |
AA60S2022000258
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Doris Contreras contra Yoconda Carolina Gutiérrez Sánchez, Yane Irama Gutiérrez Fernández y Norbella Yulitza Gutiérrez Sánchez.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: el Presidente de la Sala, informa que los Magistrados de la Sala consideran necesario diferir el dispositivo oral de la sentencia correspondiente a este recurso para el día jueves veinticinco (25) de mayo de 2023. Hora: once y veinticinco minutos de la mañana (11:25 a.m.), sin necesidad de notificación puesto que las partes se encuentran a derecho.
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