REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 30/10/2024
CUENTA, N° 191

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2022000340

Johnathan Jesús Irady Zambrano, a favor de su hija N.I.G., contra Ana Virginia González.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho ESTRELLA RUIZ DE CORRALES, identificada con el inpreabogado Nro. 10.728, quien manifestó ser apoderada judicial de NELLY JOSEFINA ZAMBRANO GUTIERREZ, el siguiente documento: Diligencia ratificando la solicitud de pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
Nota: Se deja constancia que la presente diligencia es presentada por la abogada antes identificada.


2. AA60S2022000340

Johnathan Jesús Irady Zambrano, a favor de su hija N.I.G., contra Ana Virginia González.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho LUIS RAFAEL OQUENDO ROTONDARO, identificado con el inpreabogado Nro. 19610, quien manifestó ser apoderado judicial de ANA VIRGINIA GONZÁLEZ, el siguiente documento: Escrito contestando la solicitud de la contraparte, constante de treinta y cuatro (34) folios útiles, sin anexos.


3. AA60S2022000343

José Senobio Malavé contra Transportes Nacionales C.A. (TRANACA), solidariamente Saer Khalil Sallom, Marwam Salloum Abboud, Aadel Aaref el Maarawi, Mervat Stambuly de Salloum y Jorge Najib Salloum Nassim.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho JOSÉ SENOBIO MALAVE, identificado con el inpreabogado Nro.293.774, actuando en nombre y representación propia, el siguiente documento: Diligencia solicitando se remita el expediente "a través del servicio privado de encomienda ZOOM", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


4. AA60S2022000343

José Senobio Malavé contra Transportes Nacionales C.A. (TRANACA), solidariamente Saer Khalil Sallom, Marwam Salloum Abboud, Aadel Aaref el Maarawi, Mervat Stambuly de Salloum y Jorge Najib Salloum Nassim.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho JOSÉ SENOBIO MALAVE, identificado con el inpreabogado Nro.293.774, actuando en nombre y representación propia, el siguiente documento: Diligencia solicitando se declare inadmisible la solicitud de aclaratoria de sentencia presentada por la parte demandada, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


5. AA60S2022000381

Roberto José Lares Lleras contra MHI Power de Venezuela, C.A, antes denominada MH Power Sistems de Venezuela, C.A, originalmente Hitachi de Venezuela, C.A.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho RAFAEL ANTONIO ALVARADO DORANTES, identificado con el inpreabogado Nro. 39.983, quien manifestó ser apoderado judicial de ROBERTO JOSÉ LARES LLERAS, el siguiente documento: Diligencia ratificando solicitud de pronunciamiento sobre el escrito de fecha 18 de septiembre de 2023, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


6. AA60S2022000393

Diana Carolina Manzo Borges contra Laboratorios Elmor, S.A., subsidiaria de Teva Pharmaceuticals.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho HENRIQUE CASTILLO GALAVÍS, identificado con el inpreabogado Nro. 89.553, quien manifestó ser apoderado judicial de LABORATORIOS ELMOR, C.A., el siguiente documento: Diligencia dejando constancia que no asistirá a la audiencia conciliatoria programada para el 05-11-24, en tal sentido, solicitan se dicte sentencia, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


7. AA60S2023000014

Verónica Guadalupe Badenas Aparicio concubina del de cujus Ubaldo Antonio García Rondón (†) contra Viviana Karolina García Jazpe y María Harelis Del Valle Graterol Rangel en representación legal de sus menores hijos (U.V.G.G, y U.A.G.G.) y el niño U.A.G.B.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARY CARMEN TOVAR PARRA, identificada con el inpreabogado Nro. 141.852, quien manifestó ser apoderada judicial de VIVIANA KAROLINA GARCÍA JAZPE, el siguiente documento: Escrito ratificando solicitud de copias certificadas, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


8. AA60S2023000014

Verónica Guadalupe Badenas Aparicio concubina del de cujus Ubaldo Antonio García Rondón (†) contra Viviana Karolina García Jazpe y María Harelis Del Valle Graterol Rangel en representación legal de sus menores hijos (U.V.G.G, y U.A.G.G.) y el niño U.A.G.B.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARY CARMEN TOVAR PARRA, identificada con el inpreabogado Nro. 141.852, quien manifestó ser apoderada judicial de VIVIANA KAROLINA GARCÍA JAZPE, el siguiente documento: Escrito solicitando se declare extemporánea la petición formulada en fecha 27-05-2024 por la parte recurrente, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


9. AA60S2023000083

Wisney Antonio Esparragoza Ponce y otros contra Cervecería Regional, C.A.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de los profesionales del Derecho PETER LENIN CASTILLO ROJAS, identificado con el inpreabogado Nro. 121.663, quien manifestó ser apoderado judicial de LOS DEMANDANTES RECURRENTES y la profesional del derecho VALERIA CAROLINA VERA CRUZ SUÁREZ, identificada con el inpreabogado Nro. 323.359, quien manifestó ser apoderado judicial de CERVECERÍA REGIONAL, C.A, el siguiente documento: Diligencia solicitando prórroga de la mesa de mediación, presentando original de documento poder ad effectum videndi y consignando copia simple del mismo, constante de un (01) folio útil y cuatro (04) folios útiles de anexos.


10. AA60S2023000169

Daniel Enrique Galindez Natera contra Servicios Lirio Blanco C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho ROSA ELENA ROMERO CORONEL, identificada con el inpreabogado Nro. 40.028, quien manifestó ser apoderada judicial de SERVICIOS LIRIO BLANCO C.A., el siguiente documento: Escrito solicitando se fije audiencia, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


11. AA60S2023000175

Régulo Eduardo Moncada Sayago, Mónica Janneth Moncada Sayago Claudia Patricia Moncada Sayago, Brenda Karin Moncada Navas y Teyre Daniela Moncada Guillén contra la Providencia Administrativa contentiva del título de Garantía de Permanencia Socialista y Carta de Registro Agrario N° 202774137319RAT0009303, de fecha 11/07/2019, en sesión ORD 1149-19, sobre lote de terreno denominado "LA ESPERANZA", ubicado en el sector Capachito, asentamiento campesino sin información, parroquia Capital Cárdenas, municipio Cárdenas del estado Táchira, con una superficie aproximada de 1 ha con 208 m2, dictada por del Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras. BENEFECIARIO DEL ACTO: Marco Antonio Ortiz Liñán. TERCERO OPOSITOR: Yohana Zulay Useche Medina.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de los profesionales del Derecho DIXON ROMERO URBINA y SAMIA HARB AYOUBI, identificados con los inpreabogados Nros. 44.562 y 44.385, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de RÉGULO EDUARDO MONCADA SAYAGO, MÓNICA JANNETH MONCADA SAYAGO, CLAUDIA PATRICIA MONCADA SAYAGO, BRENDA KARIN MONCADA NAVAS y TEYRE DANIELA MONCADA GUILLÉN, el siguiente documento: Diligencia dándose por notificados de la reprogramación de la audiencia para el martes 05 de noviembre de 2024, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


12. AA60S2024000281

Carlos Armando Linares Quintero contra Grecia María Rivas Flores.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho EMY NOREMY RIVERO NUÑEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 103.374, quien manifestó ser apoderada judicial de GRECIA MARÍA RIVAS FLORES, el siguiente documento: Diligencia ratificando la solicitud de dos (02) juegos de "copias certificadas del cuaderno de medida cautelar innominada de protección a la producción agroalimentaria", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


13. AA60S2024000440

Dirsia Beatríz Ladera contra Plaza Hotel, C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del ciudadano ANTONIO FERDINANDO DE FREITAS representante legal de PLAZA HOTEL, C.A, debidamente asistido por el profesional del Derecho JAIRO JOSÉ CONTRERAS GUERRERO identificado con el inpreabogado Nro. 116.732 y el profesional del derecho BONILLA GUILLEN JULIAN ALBERTO, identificado con el inpreabogado Nro. 194.842, quien manifiesta ser apoderado judicial de DIRSIA BEATRIZ LADERA, el siguiente documento: Escrito transaccional, constante de tres (03) folios útiles y cinco (05) folios útiles de anexos.


14. AA60S2024000465

Karim Desiree Fernández Scott contra Sergio Rafael Gil García.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la ciudadana KARIM DESIREE FERNÁNDEZ SCOTT, debidamente asistida por el profesional del Derecho RAUL TORRES BLANCO, identificado con el inpreabogado Nro. 61.698, el siguiente documento: Diligencia consignando copia simple de sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Estado Guárico y copia simple de documento poder otorgado al actual partidor, constante de un (01) folio útil y nueve (9) folios útiles de anexos.


15. AA60S2024000484

Federico José Borras Pavese contra Distribuidora Daniel Vape Shop, C.A., Inversiones Tiendas59, C.A., y solidariamente contra María Graciela Lucca Pérez y Andrés Alberto Lucca Pérez.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho GILBERTO JOSÉ MARTÍNEZ ALFONZO, identificado con el inpreabogado Nro. 69.614, quien manifestó ser apoderado judicial de FEDERICO JOSÉ BORRAS PAVESE, el siguiente documento: Diligencia solicitando grabaciones de audiencias de instancia consignando un pendrive y dos CD compactos, constante de un (01) folio útil y tres (03) folios útiles de anexos contentivo de un (01) pendrive y 2 CD


16. AA60S2024000549

Ronald René Mujica Pérez y José Eleazar Puertas Medina contra Italovenezolano De Construcciones, C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho MARCOS RODRÍGUEZ ARISPE, identificado con el inpreabogado Nro. 53.291, quien manifestó ser apoderado judicial de JOSÉ ELEAZAR PUERTAS MEDINA y RONALD RENÉ MUJICA PÉREZ, el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.


17. AA60S2024000556

Solicitantes: Antonina Piazza de Geyer, Arno Geyer Piazza, Lily Marlen Geyer Piazza y Arlette Marlen Geyer Alarcón.
Contra quien obra: Carmen Luisa García de Geyer.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de los profesionales del Derecho WILLIAM ALBERTO RAMOS AGUILAR y ALBERTO YEPEZ DE DOMINICIS, identificados con los inpreabogados Nros. 85.041 y 99.405, respectivamente, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de ANTONINA PIAZZA DE GEYER, ARNO GEYER PIAZZA, LILY MARLEN GEYER PIAZZA y ARLETTE MARLEN GEYER ALARCÓN, el siguiente documento: Escrito de solicitud de Avocamiento en materia de Protección- Caracas, constante de cincuenta y dos (52) folios útiles y doscientos cuarenta y seis (246) folios útiles de anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2024000557

Irene Romanina Stambouli Lazzereschi, actuando en representación y beneficio de su hijo E.K.S., contra Marisol Solange Sgambatti de Raydan.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el número 187/2024, de fecha veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), emanado del Tribunal Superior Cuarto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (SUBSIDIARIA) sigue la ciudadana IRENE ROMINA STAMBOULI LAZZERESCHI, en representación de su hijo E.K.S., (identidad que se omite según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) contra la ciudadana MARISOL SOLANGE SGAMBATTI DE RAYDAN, constante de una (01) pieza de ciento uno (101) folios útiles y un (01) sobre contentivo de dispositivo de unidad de memoria USB (pendrive). Se deja constancia que en el oficio de remisión mencionado, hace alusión de la remisión de un disco compacto (CD) y lo que realmente se encuentra en el expediente es un dispositivo de unidad de memoria USB (pendrive). Asimismo, presenta tachaduras en sus foliaturas, lo cual no consta auto donde se haga la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Por otra parte, no se encuentran tachadas algunas foliaturas que no corresponden, ya que dichos folios están conformados por copias simples. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


AUTOS PUBLICADOS
1. AA60S2024000079

Solicitantes: Paula Elena Mayaudon Grau y Luis Alipio Márquez Vásquez, representantes legales de la sociedad mercantil Agropecuaria Platanales, C.A., contra quien obra: Tania Shalimar Rodríguez Oviedo, Ítalo Enrique D´Adamo Rondón e Ítalo Alberto D´Adamo Rodríguez.

AUTO QUE ACUERDA INCORPORAR PIEZAS ANEXAS.
Se dictó auto que acuerda incorporar las actuaciones contenidas en los expedientes AA60-S-2024-000080 al expediente AA60-S-2024-000079.


2. AA60S2024000254

Opositora: Mariana Josefina Zambrano de Nóbrega. Solicitante: Gustavo José García Quijada.

AUTO QUE ORDENA NUEVA PIEZA.
Se dictó auto el cual ordena abrir cuaderno separado de inhibición.


3. AA60S2024000266

Agropecuaria Carabali, C.A. contra NKM Soluciones, C.A.

AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordena agregar al expediente ESCRITO DE FORMALIZACIÒN, con el objeto de mantener el orden cronológico de las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, presentado por ante esta Sala de Casación Social en fecha 17 de mayo de 2024, en cinco (05) folios útiles con sus vueltos, más cuarenta y un folios útiles de anexos.


4. AA60S2024000513

Belquis Coromoto Calzadilla Villanueva, madre del niño C.A.S.C., contra Miryam Yolanda López de Seguías, Nabila Seguías López, Naiby Leandra Seguías López y Mirya Del Mar Seguías López (Sucesión Carlos Seguías Bitar).

AUTO QUE ORDENA AGREGAR EL ESCRITO DE FORMALIZACIÓN.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente conforme al artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ORDENA agregar a los autos el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN presentado por ante esta Sala de Casación Social en fecha 14 de octubre de 2024, en tres (03) folios útiles y sus vueltos, sin anexos. Agréguese y cúmplase.


5. AA60S2024000542 - AA60S2024000254

Opositora: Mariana Josefina Zambrano de Nóbrega. Solitante: Gustavo José García Quijada.

AUTO QUE ABRE CUADERNO DE INHIBICIÓN.
Se dictó auto mediante el cual se abre el presente cuaderno de inhibición.


PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS
1. AA60S2019000092

Jorge Ventura Torres Bárcenas contra Instituto Nacional de Tierras (INTI), adscrito al Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras. Beneficiario del Acto Administrativo Recurrente: Agosthino Luis de Barrios.

SENTENCIA N° 486.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS y la representación judicial del ciudadano AGOSTINHO LUÍS DE BARROS, en su carácter de tercero interesado, contra la decisión de fecha 16 de enero de 2019, dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda y Vargas; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de la causa.


2. AA60S2022000374

Alfredo Rafael Natera Barrios, Luis Beltrán Natera Barrios, Juan Cristóbal Natera Barrios y Jorge Luis Natera Barrios en condición de legítimos coherederos de su difunta madre la de cujus Marina Josefina Barrios De Natera (†), contra Luis Beltrán Natera y Carolina Beatríz Natera Barrios.

SENTENCIA N° 487.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia Transitoria en el estado Delta Amacuro, con sede en Maturín, en fecha 24 de octubre de 2022, en la cual declaró inadmisible el recurso de casación. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se condena en costas del recurso a la parte recurrente de hecho. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de la causa.


3. AA60S2023000073

Joseph Francisco Pitter García contra Providencia Administrativa, en sesión N° ORD 1289-20, registrada bajo el N° 1215576820RAT1003344, de fecha 20/01/2022, el cual acordó otorgar titulo de adjudicación y carta de registro agrario, sobre lote de terreno denominado "LA UNIÓN" que se encuentra ubicado en el sector Mar Azul, Parroquia Zaraza, Municipio Pedro Zaraza, estado Guárico, constante de una superficie de (100 Has. con 2015 m2.), dictada por el dictadas por el Directorio del Instituto Nacional De Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras.

SENTENCIA N° 488.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso, contra el acto administrativo dictado por el Directorio Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) en reunión ORD 1289-20, del 27 de noviembre de 2020. SEGUNDO: LA NULIDAD de todos los actos procesales subsiguientes al auto de admisión del recurso contencioso administrativo de nulidad. TERCERO: el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros, el 15 de diciembre de 2022. No hay condenatoria en costas del recurso dada la naturaleza de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal Superior Agrario de origen.


4. AA60S2023000179

José Miguel Reyes López y Carlos Andrés Reyes Sánchez contra María Eusebia Madrid Zambrano, Carla Andreína Reyes Madrid, Carlys Paola Reyes Madrid y Juan Andrés Reyes Madrid.

SENTENCIA N° 489.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la representación judicial de los ciudadanos JOSÉ MIGUEL REYES LÓPEZ y CARLOS ANDRÉS REYES SÁNCHEZ, parte demandante, contra la decisión de fecha 13 de marzo de 2023, dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con competencia Transitoria en el estado Delta Amacuro, con sede en Maturín. SEGUNDO: SE CONFIRMA decisión recurrida. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 242 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario se condena en costas del recurso a la parte recurrente de hecho. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Accidental Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil.


5. AA60S2024000124

Aserradero Taguanes, C.A contra Providencia Administrativa N° COJ-0010-2023, de fecha 24/05/2023, contentiva de Certificación Médica Ocupacional, que declaró el padecimiento de una Enfermedad Ocupacional al ciudadano Wilfran Rafael Colina Mendoza, dictada por la Dirección Estadal De Salud de los Trabajadores del Estado Cojedes (GERESAT-COJEDES), del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo. Beneficiario del Acto Administrativo: Wilfran Rafael Colina Mendoza.

SENTENCIA N° 490.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la entidad de trabajo ASERRADERO TAGUANES C.A., contra la decisión dictada el 16 de enero de 2024 por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con sede en San Carlos. SEGUNDO: FIRME el fallo apelado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado de origen.


6. AA60S2024000130

Claudio Geovanny Dell Andro Arias contra Molinos Nacionales, C.A. (MONACA).

SENTENCIA N° 491.
La Sala de Casación Social declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora ciudadano CLAUDIO GEOVANNY DELL ANDRO ARIAS, contra la sentencia dictada el 6 de febrero de 2024, por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo. Se condena en costas del recurso a la parte actora recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


7. AA60S2024000148

Luis Arnaldo Gallardo Jiménez en representación de la empresa Inversiones el Portachuelo C.A. contra Octavio José Mujica Días y NG Fang Poy Ling.

SENTENCIA N°492.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: declara LA NULIDAD del auto de fecha 18 de diciembre de 2023, mediante el cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo escuchó en ambos efectos la apelación así como todas las actuaciones subsiguientes. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 24 de noviembre de 2023, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, que declaró con lugar la cuestión previa del ordinal 3° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia declaró la nulidad del proceso y extinto el mismo. TERCERO: DECRETA EL DECAIMIENTO del objeto del recurso de hecho ejercido por el abogado Ernesto José Pacheco Saavedra, “actuando en nombre y representación de la empresa INVERSIONES EL PORTACHUELO C.A. ”.Publíquese y regístrese. Notifíquese al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo. Remítase el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la referida Circunscripción Judicial.



8. AA60S2024000180

Ana Rosa Barreto Rodríguez, Deiferson Manuel Muñoz Guerra, Jefersound Xavier Farfán Fuentes, Kelvin Orlando Aguey García, y Carlos Alberto Sosa Salazar contra Inversiones Tex 15775, C.A.

SENTENCIA N°493.
La Sala de Casación Social declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la sociedad mercantil INVERSIONES TEX 15775 C.A contra la sentencia de fecha 13 de marzo de 2024, dictada por el el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción supra mencionada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen ya identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 eiusdem.


9. AA60S2024000181

Yehira Patricia Zambrano Anzola contra Panadería Lirios de Los Valles, C.A.

SENTENCIA N° 494.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana YEHIRA PATRICIA ZAMBRANO ANZOLA, parte actora y la sociedad mercantil PANADERÍA LIRIO DE LOS VALLES, C.A., parte demandada, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: Se da por terminado el proceso. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas del recurso. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto a los fines consiguientes. Particípese de esta decisión al Tribunal Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal.


10. AA60S2024000241

Yirancy del Valle Briceño Azuaje madre de la adolescente (O.M.Q.B.) contra Oscar Miguel Quiroz Berrioz.

SENTENCIA N° 495.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra el fallo dictado el 25 de abril de 2024 por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, de conformidad con el artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, a los fines consiguientes. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo ello conteste con el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


11. AA60S2024000265

Solicitante: Harold Jesús Licciardino Soriano.

SENTENCIA N° 496.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada en fecha 16 de mayo de 2024, por el ciudadano HAROLD JESÚS LICCIARDINO SORIANO, antes identificado, de la causa No. 1524/2022, cursante ante el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay. No hay condenatoria en costas, dada la índole de la presente decisión. Publíquese y regístrese. Agréguese y archívese el expediente.


12. AA60S2024000374

María Carolina Álvarez Meléndez, madre de los niños (V.D.M.A., y J.D.M.A.), contra Rafael David Medina Montes de Oca.

SENTENCIA N° 497.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: ANULA el auto de admisión del recurso de casación de fecha 10 de junio de 2024, dictado por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto; SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la decisión proferida el 30 de mayo de 2024, por el mencionado Tribunal Superior. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza del presente fallo.


13. AA60S2024000542 - AA60S2024000254

Opositora: Mariana Josefina Zambrano de Nóbrega. Solitante: Gustavo José García Quijada.

SENTENCIA N° 498.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la inhibición formulada por el Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, en su condición de Magistrado Presidente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia; SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición presentada; TERCERO: Se ORDENA NOTIFICAR al Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, en su condición de Presidente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.de la decisión de autos, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la publicación del presente fallo; CUARTO: se ORDENA convocar al Magistrado Suplente que corresponda, a los fines de constituir la Sala Accidental respectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Reforma del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide. Publíquese. Notifíquese. Agréguese al expediente. Se ordena insertar copia certificada del presente fallo a la pieza principal. Cúmplase lo ordenado.


14. AA60S2022000343

José Senobio Malavé contra Transportes Nacionales C.A. (TRANACA), solidariamente Saer Khalil Sallom, Marwam Salloum Abboud, Aadel Aaref el Maarawi, Mervat Stambuly de Salloum y Jorge Najib Salloum Nassim.

SENTENCIA N° 499.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 0373, publicada el 7 de agosto de 2024, interpuesta por la abogada Celeste Rodríguez Pinto, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 45.606, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada TRANSPORTES NACIONALES, C.A. (TRANACA). Publíquese, regístrese y agréguese al expediente.


15. AA60S2022000381

Roberto José Lares Lleras contra MHI Power de Venezuela, C.A, antes denominada MH Power Sistems de Venezuela, C.A, originalmente Hitachi de Venezuela, C.A.

SENTENCIA N° 500.
La Sala de Casación Social declara: IMPROPONIBLE EN DERECHO la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 373, publicada el 11 de agosto de 2023, mediante la cual se emitió pronunciamiento acerca de la solicitud de ampliación y aclaratoria requerida de la sentencia N° 233, dictada el 6 de junio de 2023, solicitada por la abogada Elibeth del Valle Milano Dulcey, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil MHI POWER DE VENEZUELA, C.A. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente.


16. AA60S2023000506

Vanessa Alexandra Sardi Valdiviezo contra Ricardo Javier Marques Magariño.

SENTENCIA N° 501.
La Sala de Casación Social declara: PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada Ricardo Javier Márquez Magariño, plenamente identificado en autos, contra la sentencia de fecha 9 de noviembre de 2023, dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de Nacional de Adopción Internacional. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, ello en sujeción a lo previsto en el último aparte del artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


17. AA60S2024000025

Adinson Rafael Guatarama Tabata (representado por su tutora Alida Josefina Tabata Guzmán) contra Midland Oil Tools & Services, C.A.

SENTENCIA N°502.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil MIDLAND OIL TOOLS & SERVICES, C.A., contra la sentencia del 29 de septiembre de 2023, emanada del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en El Tigre. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


18. AA60S2024000036

Solicitante: Digna Isabel Guillén de Prieto. Opositor a la Medida: Edgardo Lenny Santiago Linares.

SENTENCIA N° 503.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: NULO todo lo actuado por ante el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con relación a la solicitud de medida autónoma de protección a la actividad agroalimentaria que planteara la ciudadana DIGNA ISABEL GUILLÉN DE PRIETO; SEGUNDO: SE REVOCA la medida cautelar innominada requerida por la parte demandante, y TERCERO ORDENA que sea el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, el que conozca de la presente solicitud. En razón de la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas del recurso. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida. Particípese al Juzgado Superior de origen.


19. AA60S2024000079

Solicitantes: Paula Elena Mayaudon Grau y Luis Alipio Márquez Vásquez, representantes legales de la sociedad mercantil Agropecuaria Platanales, C.A., contra quien obra: Tania Shalimar Rodríguez Oviedo, Ítalo Enrique D´Adamo Rondón e Ítalo Alberto D´Adamo Rodríguez.

SENTENCIA N° 504.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE LA SEGUNDA FASE de esta la solicitud de avocamiento propuesta por la ciudadana abogada Marbella Espinoza de Arteaga, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 24.501, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil distinguida con la denominación comercial AGROPECUARIA PLATANALES C.A. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación, acumulado en esta causa, propuesto por la demandante AGROPECUARIA PLATANALES C.A., en contra de la decisión dictada por el Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas, en fecha 25 de enero de 2024, que declaró sin lugar el recurso de hecho propuesto por la demandante. TERCERO: Remítanse los expedientes a los tribunales requeridos, a los fines legales consiguientes. No se hace imposición de COSTAS procesales, dada la naturaleza del presente fallo y de este procedimiento.- Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado en este fallo.


20. AA60S2024000188

Solicitante: María Carolina Chapellin Bigott.

SENTENCIA N° 505.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: PROCEDENTE LA SEGUNDA FASE DEL AVOCAMIENTO.-
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DE TODO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE, sustanciado ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, distinguido con el alfanumérico AP51-J-2022-001289P, así como el auto de admisión de la demanda de fecha 23 de febrero de 2022, acta de audiencia única de juicio, de fecha 6 de abril de 2022, sentencia de fecha 8 de abril de 2022, que declaró procedente la demanda de divorcio, así como todas las actuaciones habidas en el expediente y posteriores a la sentencia antes descrita, y se ordena al juez que corresponda por distribución conocer de este caso, se sirva librar los oficios correspondientes, notificando a los entes del Estado interesados, de la nulidad absoluta decretada en este caso. TERCERO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DE TODO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE, decidido ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, distinguido con el alfanumérico AP51-V-2023-005682, contentivo del proceso seguido por homologación de acuerdo de la revisión sobre instituciones familiares.- CUARTO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DE TODO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE, distinguido con el alfanumérico AP51-J-2022-001289-P, decidido en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, contentivo del proceso seguido por invalidación, y sustnciado en apelación en el expediente distinguido con el alfanumérico AP51-R-2024-000540, por el Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, dado que se refiere a la invalidación de la sentencia de divorcio que ya fue declarada nula en este fallo, así como todas las actuaciones referentes al recurso extraordinario de casación propuesto por el apoderado judicial del ciudadano Gustavo Adolfo Mirabal Castro, y del recurso de hecho propuesto en contra de la negativa de admisión de dicho recurso extraordinario, sustanciado ante esta Sala en el expediente distinguido con el alfanumérico AA60-S-2024-000152.- QUINTO: SE ORDENA dar estricto cumplimiento a la orden de sustanciación de este proceso judicial dada en este fallo, a los jueces señalados en el mismo.- SEXTO: LA SALA ADVIERTE a todos los funcionarios públicos señalados en este fallo, que el incumplimiento de lo aquí decidido y ordenado, dará lugar a multa equivalente hasta doscientas (200) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar, en conformidad con lo estatuido en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.- NO SE HACE IMPOSICIÓN DE COSTAS PROCESALES, A LAS PARTES CONTENDIENTES, dada la naturaleza excepcional del presente fallo y del procedimiento.-Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado en este fallo. Remítase los expedientes requeridos al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los fines de que dé cumplimiento a las órdenes dadas en esta sentencia.


21. AA60S2024000205

Arnoldo José Figuera Carvajal y Aidde Josefina Chirinos en beneficio del niño A.J.F.E contra Heymi Johanna Estaba Castillo.

SENTENCIA N° 506.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada ciudadana HEYMI JOHANA ESTABA CASTILLO; contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, del 8 de abril de 2024. SEGUNDO: se ANULA el auto de fecha 16 de abril de 2024, emitido por el indicado Juzgado Superior que admitió el aludido recurso de casación. TERCERO: INADMISIBLE el recurso interpuesto por la mencionada parte demandada, de conformidad con el artículo 492 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, deduciendo el verdadero carácter como control de la legalidad, contra la sentencia del 08 de abril de 2024, dictado por el Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional: CUARTO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese, y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes arriba identificada, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado.


22. AA60S2024000228

Mariela Violeta Rodríguez Paredes contra Bonos y Acciones Caracas, C.A., Inversiones 31.996, C.A., Inversiones 31995, C.A., Inversiones 19451, C.A. Cavelba, S.A. y Cavelba Casa de Bolsa, S.A.

SENTENCIA N° 507.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado Leandro Almenar Camacho, apoderado judicial del ciudadano Rafael Alcántara Van Nathan, contra el fallo emanado por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 15 de abril de 2024. SEGUNDO: se REVOCA el fallo recurrido. TERCERO: Se ADMITE el recurso de casación anunciado contra la sentencia proferida por el mencionado juzgado superior en fecha 12 de abril de 2024. Se indica a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 170 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, desde el día siguiente a la publicación del presente fallo empezará a correr el lapso para formalización de veinte (20) días consecutivos, más el lapso de réplica de veinte (20) días, a tenor de lo previsto en los artículos 171 y 172 ejusdem.


23. AA60S2024000311

solicitante: Agropecuaria Tres Ceibas, C.A.

SENTENCIA N° 508.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR  el recurso de hecho propuesto por el Co apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Agropecuaria Tres Ceibas C.A; contra el auto de fecha 16 de mayo de 2024, proferido por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Maracaibo, y con Competencia Territorial en el estado Falcón, que declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte accionante, contra la sentencia del 6 de mayo de 2024. SEGUNDO: SE CONFIRMA, el auto recurrido. Se condena en costas a la parte actora recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de la causa, es decir, el Juzgado Agrario Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, ya identificado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil.


24. AA60S2024000327

Belkis Hidain Romero Aponte contra Cafetería y Tostaduría Kaldi, C.A., y solidariamente a los ciudadanos Sarkis Youssef Boutros y Gianmario José Mastrogiuseppe Serva.

SENTENCIA N° 509.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada la sociedad mercantil CAFETERIA y TOSTADURIA KALDI C.A., contra la decisión de fecha 27 de mayo de 2024, dictada por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: FIRME el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales subsiguientes. Particípese del contenido de esta decisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado.


25. AA60S2024000342

Jesús Manuel Darias Mendoza contra Pedro Carlos Darias Mendoza.

SENTENCIA N° 510.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 22 de mayo de 2024, proferido por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes y con Competencia Territorial en el Municipio Arismendi del estado Barinas, con sede en San Carlos, que declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte accionada, contra la sentencia del 16 de mayo de 2024. SEGUNDO: SE CONFIRMA, el auto recurrido. Se condena en costas a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de la causa, es decir, el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con Sede en San Carlos. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, ya identificado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil.


DESPACHOS
1. AA60S2023000161

Solicitantes: Naudys Francisco Mendoza Mercades y otros. Terceros Opositores: Miriam María Pérez y otro.

REMISIÓN DEL EXPEDIENTE.
Se libró oficio mediante el cual se ordena remitir el expediente al Juez Primero de Primera Instancia Agrario de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Veroes, Sucre, La Trinidad, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe.


2. AA60S2023000161

Solicitantes: Naudys Francisco Mendoza Mercades y otros. Terceros Opositores: Miriam María Pérez y otro.

PARTICIPACIÓN DEL EXPEDIENTE.
Se libró oficio mediante el cual se ordena participar de la decisión al Juez Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles