REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 26/11/2024
CUENTA, N° 210

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2021000118

Sonia del Carmen Chacón Calzadilla.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0412-3097031, con la profesional del Derecho Marigle Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 177.626, en su condición de Defensora Pública , facultada para actuar ante este Máximo Órgano Jurisdiccional, donde se le impone del contenido del auto Nro. 1543 publicado en fecha 25 de noviembre de 2024, proferido por el Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social.


2. AA60S2023000195

María Eugenia Izquierdo Hernández contra Especialidades Dollder, C.A.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho ERNESTO GERÓNIMO BORGA, identificado con el inpreabogado Nro. 93.547, quien manifestó ser apoderado judicial de MARÍA EUGENIA IZQUIERDO HERNÁNDEZ, el siguiente documento: Diligencia solicitando tres (3) juegos de copias certificadas de la sentencia de fecha 29 de octubre 2024, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


3. AA60S2023000207

Lajos Jorge Jesús Belso Mocosos en beneficio de sus hijos (E.L.B.R; y L.E.B.R.), contra Yuneira Rodríguez Díaz.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la ciudadana YUNEIRA RODRÍGUEZ DÍAZ, debidamente asistida por la profesional del Derecho RAIZA ISABEL GONZÁLEZ PÉREZ, identificada con el inpreabogado Nro. 120.776, quien manifestó ser Defensora Pública, el siguiente documento: Diligencia aportando dirección, constante de un (01) folio útil y un (01) folio útil de anexo.


4. AA60S2023000207

Lajos Jorge Jesús Belso Mocosos en beneficio de sus hijos (E.L.B.R; y L.E.B.R.), contra Yuneira Rodríguez Díaz.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho RAIZA ISABEL GONZÁLEZ PÉREZ, identificada con el inpreabogado Nro. 120.776, quien manifestó ser Defensora Pública de YUNEIRA RODRÍGUEZ DÍAZ, el siguiente documento: Escrito de informe, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.


5. AA60S2024000172

Okarina Inmaculada Suárez Núñez, Omarilys Inmaculada Suárez Núñez y Omar Ricardo Suárez Núñez contra Osmary Crist Goncalves Meneses madre de los niños (E.S.S.G, O.S.S.G, y V.E.S.G.).

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MERCEDES MARIA ROJAS HERMOSO, identificada con el inpreabogado Nro. 133.890, quien manifestó ser apoderada judicial de OKARINA INMACULADA SUÁREZ NUÑEZ, OMARILYS INMACULADA SUÁREZ NUÑEZ y OMAR RICARDO SUÁREZ NUÑEZ, el siguiente documento: Escrito desistiendo del recurso, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


6. AA60S2024000273

Jorge Luis Ronchetti González contra Gold Data, C.A.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho CARLOS MENDOZA GUZMÁN, identificado con el inpreabogado Nro. 116906, quien manifestó ser apoderado judicial de GOLD DATA, C.A., el siguiente documento: Diligencia solicitando copias certificadas, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


7. AA60S2024000320

Ana Lucila Zambrano Sandoval contra José Alexander Rosales Moreno.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho RAIZA ISABEL GONZÁLEZ PÉREZ, identificada con el inpreabogado Nro. 120.776, quien manifestó ser Defensora Pública de JOSÉ ALEXANDER ROSALES MORENO, el siguiente documento: Escrito de informe, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.


8. AA60S2024000513

Belquis Coromoto Calzadilla Villanueva, madre del niño C.A.S.C., contra Miryam Yolanda López de Seguías, Nabila Seguías López, Naiby Leandra Seguías López y Mirya Del Mar Seguías López (Sucesión Carlos Seguías Bitar).

RECEPCIÓN DE OFICIO.
Se deja constancia que en fecha 26 de noviembre de 2024, siendo la 3:29 pm, se recibió, vía correo electrónico scs.secretariatsj@gmail.com, OFICIOS N° JS1-2024-0114 y CCJP-2024-0365, remitido por el Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, sede Maturín, contentivo de CÓMPUTO, desde el correo coord.lopnnamonagas@gmail.com, constante de seis (06) folios útiles, sin anexos.


9. AA60S2024000561

Rosa María Betancourt "única heredera del ciudadano Benyer Eduardo Betancourt (†)" y Pedro José Flores Peña contra Inversiones Hidromaticos 6L90E, C.A. y solidariamente a Francisco Antonio Piña Gainze y Jeannet Xiomara Sánchez de Gutiérrez.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho NURY GARCIA SÁNCHEZ, identificada con el inpreabogado Nro. 95.666, quien manifestó ser apoderada judicial de ROSA MARÍA BETANCOURT (única heredera del de cujus BENYER EDUARDO BETANCOURT), el siguiente documento: Escrito de contestación, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.


10. AA60S2024000603

Solicitante: César Gerardo Escobar Espinoza.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del ciudadano CÉSAR GERARDO ESCOBAR ESPINOZA, debidamente asistido por el profesional del Derecho DAVID RICARDO CARRIZALEZ GUALTA, identificado con el inpreabogado Nro. 263.076, el siguiente documento: Escrito de solicitud de Avocamiento en materia Agraria, constante de treinta y cinco (35) folios útiles y cuatrocientos cuarenta y siete (447) folios útiles de anexos.


11. AA60S2024000604

Ana Gabriela Sánchez Calderón contra Angymar Monsalve García.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho JAIRO ALI ESPINOZA, identificado con el inpreabogado Nro. 251.741, quien manifestó ser apoderado judicial de ANA GABRIELA SÁNCHEZ CALDERÓN, el siguiente documento: Escrito de formalización, sin expediente recibido por esta Sala a la fecha de su presentación, contra la sentencia de fecha 31/10/2024, dictada por el Tribunal Superior del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Estado Barinas, en el expediente EP11-R-2024-000017, cuyas partes son: ANA GABRIELA SÁNCHEZ CALDERÓN contra ANGYMAR MONSALVE GARCÍA, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.


12. AA60S2024000605

Marleth Sofía Luna Mora contra Cáceres Bayona JMDGG, F.P.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho JAIRO ALI ESPINOZA, identificado con el inpreabogado Nro. 251.741, quien manifestó ser apoderado judicial de MARLETH SOFÍA LUNA MORA, el siguiente documento: Escrito de formalización, sin expediente recibido por esta Sala a la fecha de su presentación, contra la sentencia de fecha 06/11/2024, dictada por el Tribunal Superior del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Estado Barinas, en el expediente EP11-R-2024-000019, cuyas partes son: MARLETH SOFÍA LUNA MORA contra CÁCERES BAYONA JMDGG, F.P., constante de cuatro (04) folios útiles, sin anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2024000602

Carla Mariana Ramírez Tarazona y Oriana Valentina Ramírez Tarazona contra Kikssy Ramírez Contreras y Flor Isabel Contreras Ramírez.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el alfanumérico JS-275/2024, de fecha cinco (05) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), emanado del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sede San Cristóbal, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por PARTICIÓN sigue la ciudadana MIRYAM TARAZONA SÁNCHEZ contra las ciudadanas KIKSSY RAMÍREZ CONTRERAS y FLOR ISABEL CONTRERAS RAMÍREZ, constante de seis (06) piezas principales de doscientos (200), ciento noventa y nueve (199), ciento noventa y nueve (199), ciento setenta (170), doscientos uno (201) y ciento veinticinco (125) folios útiles, respectivamente, tres (03) cuadernos de medidas de veintinueve (29), diecinueve (19) y ciento treinta y siete (137) folios útiles, respectivamente, un (01) cuaderno de apelación de setenta y siete (77) folios útiles, un (01) cuaderno de inhibición de dieciséis (16) folios útiles, así como un (01) sobre contentivo de disco compacto (CD). Se verifica que se presenta inconsistencia numérica en el oficio de remisión, el cual indica que el cuaderno de medidas número dos (02) está conformado por diez (10) folios útiles, siendo lo correcto, diecinueve (19) folios y el cuaderno de medidas número tres (03) señala que está conformado por ciento ochenta y siete (187) folios útiles, siendo lo correcto, ciento treinta y siete (137) folios. Se deja constancia de la presencia en el expediente de tachaduras en sus foliaturas, a excepción del cuaderno de apelación y el cuaderno de inhibición, sin embargo, constan autos en los folios ciento setenta (170) de la pieza principal número cuatro (04) y folio noventa y siete (97) de la pieza principal número seis (06), donde se hacen las salvedades corrigiendo dichas enmiendas. Asimismo, no se encuentran tachadas algunas foliaturas que no corresponden en sus piezas principalesnúmeros uno (01), dos (02), tres (03) y cuatro (04) y el cuaderno de apelación, ya que dichos folios están conformados tanto por copias simples como por copias certificadas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


ACTAS DE AUDIENCIA
1. AA60S2023000207

Lajos Jorge Jesús Belso Mocosos en beneficio de sus hijos (E.L.B.R; y L.E.B.R.), contra Yuneira Rodríguez Díaz.

ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. En consecuencia, 2) se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y REPONE la causa al estado que el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que resulte competente se pronuncie sobre el fondo del asunto. 4) No hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.


2. AA60S2023000299

Tahís Alejandra Tinedo Díaz y otros contra Asociación Civil "Colegio El Ángel", y solidariamente a los ciudadanos Germán Ladislao Prieto Santos, Angele Beatrice Espuny de Prieto y Denis Ricardo Romero Torres.

ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. En consecuencia, 2) se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.


3. AA60S2024000044

William Rafael Hernández Fernández, Félix Ramón Saes López, Carlos José González, Marco Antonio Gonier, Said De Jesús Rondón Rivas, Hernán De Jesús Vera, Darwin José Hernández Tarife, Jairo Eliecer Palmet González, Pedro José Ramírez Vera, Oxler Rafael Lavady, Marino Desiderio Pérez, Hassael Alberto Varela Olmos, Ronald José Lascano Agrismont, Juan Carlos Abreu Santana y Ricardo José Hernández Fernández contra Tayser Nasser Chanan.

ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CASA DE OFICIO la sentencia recurrida. En consecuencia, 2) se ANULA el fallo impugnado. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara SIN LUGAR la demanda. 4) Se condena en costas en los términos expuestos en el texto íntegro del fallo. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.


4. AA60S2024000092

Karen Eddy Torres Toscano contra Cardón IV, S.A.

ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. En consecuencia, 2) se ANULA PARCIALMENTE la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.


5. AA60S2024000100

Edgar Alberto Parra Chacón contra San Antonio Sport´s Book, C.A.,y solidariamente a la entidad de trabajo Dakhla Occidental Centro Recreativo, y en la persona de sus accionistas Joao Rodrigues Gomes, Mérida Aquinin Murciano, Agustino Gregorio De Abreu Dos Santos, Adelino De Leca Loreto, Miguel Alberto Roye Rondón y Antonio Andrade De Ferreira.

ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. En consecuencia, 2) se CONFIRMA la sentencia recurrida. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.


6. AA60S2024000320

Ana Lucila Zambrano Sandoval contra José Alexander Rosales Moreno.

ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. En consecuencia, 2) se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.


7. AA60S2024000386

Hevert Enrique Araujo Montilla y Mayra Alejandra Navarro Rincón en representación de su hijo, el trabajador hoy fallecido Hevert Alejandro Araujo Montilla (?) contra Beltrán Serrano, C.A., y Alimentos Polar Comercial, C.A.

ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CASA DE OFICIO la sentencia recurrida. En consecuencia, 2) se ANULA el fallo impugnado. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.


8. AA60S2024000408

José Gregorio Laya, César Gerardo Escobar Espinoza, Rafael Emilio Seijas Maluenga, Ángel Samuel Laya, Nirza Duvina Laya Soto, Víctor Jordan Cabrera López, Jakson Salen Escobar Laya, Eduardo José Córdova González, Carlos Eduardo Escobar Espinoza, Jovita Yolanda Espinoza Y Rosa María Laya Fuentes contra la Providencia Administrativa dictada por el Instituto Nacional de Tierras, (INTI), en sesión n° ORD-1398-22, de fecha veinticuatro (24) de agosto de 2022, dictada por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras. Terceros Interesados: Florelia Carvajal Peñaloza Díaz y Carmen Lisbeth Peñaloza Díaz.

ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: En este estado, el Presidente de la Sala informa que la causa entrará en estado de sentencia. Se declara terminado el acto y se ordena levantar y publicar la presente Acta y agregar al expediente grabación en disco compacto de audio y video. Terminó, se leyó y conformes firman.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles