REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 13/03/2024
CUENTA, N° 48

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2015001280

Efraín Durán Castro contra Acto Administrativo de fecha 24/09/2014, reunión N° 587-14, dictado por el Instituto Nacional de Tierras (INTI).

RECEPCIÓN DE OFICIO.
Se deja constancia que en el día de hoy 13 de marzo de 2024, siendo las 11:16 am, se recibió OFICIO N° 33-2024, remitido por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, contentivo de escrito de "solicitud de entrega de diligencia de impulso procesal", presentado por el profesional del Derecho JOSÉ ENRIQUE PERNÍA SÁNCHEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 81.981, constante de un (01) folio útil y dieciséis (16) folios útiles de anexos.


2. AA60S2018000521

Elcy Mercedes Sánchez Martínez actuando en nombre propio y en representación de sus hijos S.J.R.S., y J.A.R.S., contra Francisco Fernando Ramos Álvarez.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-2370062, con el profesional del Derecho ADRIÁN GARCÍA, identificado con el inpreabogado Nro. 45.498, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 08 de marzo de 2024.


3. AA60S2019000101

PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., contra PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA contentiva de acto Denegatorio Tácito de fecha 24/03/2015, dictada por el Presidente del Instituto Nacional Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), que determinó la Ilegalidad del Procedimiento de la Gestión del Delegado de Prevención, emitido por la empresa Pepsico Alimentos, S.C.A., emanada de la PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PROTECCIÓN DEL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO. Terceros Interesados: Juan José Bolívar Liendo, Rafael Rodríguez Saureca, José Rafael Esparragoza Estrada y Capriles Alberto Godoy.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
se ha recibido de la profesional del Derecho LYNNE HOPE GLASS, identificada con el inpreabogado Nro. 80.188, quien manifestó ser apoderada judicial de PEPSICO ALIMENTOS S.C.A., el siguiente documento: Diligencia solicitando decisión y consigna copia simple de documento poder, constante de un (01) folio útil y cinco (05) folios útiles de anexos.


4. AA60S2021000078

Elcy Mercedes Sánchez Martínez y de sus hijos José Alejandro Ramos Sánchez y Santiago José Ramos Sánchez contra Linzay Naybe Ramos Álvarez, Soley Ramón Ramos Álvarez Y Michel Paúl Ramos Álvarez.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho ÁNGEL YRIGOYEN, identificado con el inpreabogado Nro. 29.133, quien manifestó ser apoderado judicial de ELCY MERCEDES SÁNCHEZ MARTÍNEZ, el siguiente documento: Diligencia solicitando copias certificadas de la sentencia N° 228 de fecha 06-06-2023, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


5. AA60S2022000221

Luis Hernández García y Yajaira Coromoto Sánchez De García contra Eduardo José Oviedo Meneses.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho EDUARDO OVIEDO, identificado con el inpreabogado Nro. 92.851, actuando en nombre y representación propia, el siguiente documento: Diligencia solicitando "declare perecido el presente recurso de casación y se condene en costas a la parte demandante", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


6. AA60S2023000119

Omar Enrique García Bolívar contra Despacho de Abogados Miembros De Dentons, S.C; (antes denominada despacho de abogados miembros de Macleod Dixon, S.C; y posteriormente despacho de abogados miembros de Norton Rose Fulbraight, S.C.); y Norton Rose Fulbright, ELP.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-2323089, con el profesional del Derecho VÍCTOR ALBERTO DURÁN NEGRETE, identificado con el inpreabogado Nro. 51.163, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 01 de marzo de 2024.


7. AA60S2023000119

Omar Enrique García Bolívar contra Despacho de Abogados Miembros De Dentons, S.C; (antes denominada despacho de abogados miembros de Macleod Dixon, S.C; y posteriormente despacho de abogados miembros de Norton Rose Fulbraight, S.C.); y Norton Rose Fulbright, ELP.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0416-6061501, con el profesional del Derecho EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR, identificado con el inpreabogado Nro. 86.971, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 01 de marzo de 2024.


8. AA60S2023000119

Omar Enrique García Bolívar contra Despacho de Abogados Miembros De Dentons, S.C; (antes denominada despacho de abogados miembros de Macleod Dixon, S.C; y posteriormente despacho de abogados miembros de Norton Rose Fulbraight, S.C.); y Norton Rose Fulbright, ELP.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-3263697, con el profesional del Derecho ANDRÉS CARRASQUERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.070, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 01 de marzo de 2024.


9. AA60S2023000187

Isabel Darauche Candil, Miriam Darauche De Acosta, Nancy Darauche Kandil, Guacira Darauche de González, Miguel Eduardo Mora Darauche hijo del de cujus Janay Darauche Kandil (†), y el adolescente (D.A.M.D.) hijo del de cujus Aida Darauche Candis (†), representado legalmente por su padre Hilario José Montenegro Echenique contra La Elegancia San Juan, C.A.; y solidariamente el ciudadano Francisco José López, en su condición de Director.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho HÉCTOR ALFREDO LUNA, identificado con el inpreabogado Nro. 13.287, quien manifestó ser apoderado judicial de LA ELEGANCIA SAN JUAN, C.A., el siguiente documento: Escrito "desistiendo del recurso de casación", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


10. AA60S2023000195

María Eugenia Izquierdo Hernández contra Especialidades Dollder, C.A.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0412-2301957, con la profesional del Derecho Aixa Añez Pichardi, identificada con el inpreabogado Nro. 117.122, en carácter de apoderada judicial de la parte demandada en el presente asunto -sociedad mercantil ESPECIALIDADES DOLLDER, C.A.-, a fin de informarle el contenido de la sentencia Nro. 0014 proferida por esta Sala en fecha 1° de marzo de 2024.


11. AA60S2023000251

Zaida Beatriz Sánchez de Pérez contra Inversiones Gran Brasa, C.A.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0414-4607955, con la profesional del Derecho ANA SABRINA SALCEDO SALCEDO, identificada con el inpreabogado Nro. 129.223, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 08 de marzo de 2024.


12. AA60S2023000251

Zaida Beatriz Sánchez de Pérez contra Inversiones Gran Brasa, C.A.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0412-2434818, con el profesional del Derecho EDUARDO DELSOL, identificado con el inpreabogado Nro. 7.086, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 08 de marzo de 2024.


13. AA60S2023000336

Richard Alexander López Castrillo contra Asociación Civil Izcaragua Contry Club.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0416-4236377, con el profesional del Derecho GABRIEL ANTONIO ESCALONA PINEDA, identificado con el inpreabogado Nro. 157.123, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 01 de marzo de 2024.


14. AA60S2023000336

Richard Alexander López Castrillo contra Asociación Civil Izcaragua Contry Club.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0424-1969730, con el profesional del Derecho WILDER MÁRQUEZ ROMERO, identificado con el inpreabogado Nro. 145.571, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandado recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 01 de marzo de 2024.


15. AA60S2024000007

Solicitante: Agropecuaria Agua Santa, C.A

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0246-4322788, con el Dr. Leonardo Rosales -Juez Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a fin de informarle el contenido de la sentencia Nro. 0034 proferida por esta Sala en fecha 13 de marzo de 2024.


16. AA60S2024000103

Orialys Beltrán de Leni contra Rosalía Esposito de Leni y Mario Leni Esposito.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho CARLOS ENRIQUE SIFONTES BRITO, identificado con el inpreabogado Nro. 33.212, quien manifestó ser apoderado judicial de ROSALÍA ESPOSITO DE LENI y MARIO LENI ESPOSITO, el siguiente documento: Escrito de formalización, sin expediente recibido por esta Sala a la fecha de su presentación, contra la sentencia de fecha 20-02-24, dictada por el Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en el expediente BCOB-R-2023-000007, cuyas partes son: ORIALYS BELTRÁN DE LENI contra ROSALÍA ESPOSITO DE LENI y MARIO LENI ESPOSITO, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2024000104

Cargill Venezuela, S.R.L. contra Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) del Ministerio Del Poder Popular Para La Protección Del Proceso Social De Trabajo. Tercero Interesado: Jairo Segundo Yedra.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha trece (13) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el alfanumérico T8S/081/2024, de fecha nueve (9) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), procedente del Tribunal Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por DEMANDA DE NULIDAD sigue la Sociedad Mercantil CARGILL VENEZUELA, S.R.L contra la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD y SALUD DE LOS TRABAJADORES (GERESAT) DISTRITO CAPITAL Y VARGAS, órgano desconcentrado del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL) constante dos (02) piezas principales de trescientos sesenta (360) y veintiséis (26) folios útiles, respectivamente, así como, un (1) cuaderno de medidas de seis (6) folios útiles. Se deja constancia que el expediente mencionado en su pieza número uno (1) presenta tachaduras en su foliatura, sin embargo, consta auto en los folios noventa y siete (97) y el veintitrés (23) de la pieza dos (2), donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


2. AA60S2024000105

Jean Carlos García Sojo e Hilario Geonel Decline Ruiz contra Comercial Moncloa, C.A., y Beneficiadora de Cacao y Café y Tradercocoa, C.A.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha trece (13) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el alfanumérico TS2°/109/2024, de fecha veintidós (22) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), procedente del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del RECURSO DE HECHO, seguido por la parte demandada, todo ello, en ocasión al juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguen los ciudadanos JEAN CARLOS GARCÍA SOJO y HILARIO GEONEL DELCINE RUÍZ contra las sociedades mercantiles COMERCIAL MONCLOA, C.A., BENEFICIADORA DE CACAO Y CAFÉ Y TRADERCOCOA, C.A., constante una (1) pieza de diez (10) folios útiles. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


3. AA60S2024000106

Álvaro Luis Alvarado Oropeza, Cimaru Adonay Blanco, Roberto Stefan Franich Oestersek, Clelia Solange Jiménez Rivero, Benson Javier Mendoza Zuñiga, Ronny Daniel Méndez Giménez, Derwin Javier Noguera Vivas, Wilmer Domingo Oviedo Rivero, Raimyr Javier Ramírez Velásquez, Eduardo Ramón Reyes Fuentes y Héctor José Vizcaya Ochoa contra Vitalim, C.A y Molinos Venezolanos, C.A. (MOLVENCA).

NOTA DE ENTRADA.
En fecha trece (13) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el número 0665-2023, de fecha veintisiete (27) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), emanado del Juzgado Superior Accidental (397°) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, sede San Felipe, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE DIFERENCIAS DE BENEFICIOS LABORALES siguen los ciudadanos CIMARU ADONAY BLANCO, ROBERTO STEFAN FRANICH OESTERSEK, BENSON JAVIER MENDOZA ZUÑIGA, DERWIN JAVIER NOGUERA VIVAS, WILMER DOMINGO OVIEDO RIVERO, EDUARDO RAMÓN REYES FUENTES, HÉCTOR JOSÉ VIZCAYA OCHOA, RAIMYR JAVIER RAMÍREZ VELÁSQUEZ, RONNY DANIEL MÉNDEZ GIMÉNEZ, ÁLVARO LUIS ALVARADO OROPEZA y CLELIA SOLANGE JIMENEZ RIVERO contra las entidades de trabajo VITALIM, C.A., y MOLINOS VENEZOLANOS, C.A. (MOLVENCA), constante de cuatro (04) piezas principales de trescientos cincuenta y ocho (358), trescientos veinticuatro (324), trescientos veintinueve (329) y doscientos doce (212) folios útiles, respectivamente, así como dos (02) sobres contentivo de discos compactos (CD´S). Se deja constancia de la presencia en el expediente de tachaduras en sus foliaturas, a excepción de la pieza principal número uno (01), sin embargo, consta auto en el folio doscientos ocho (208) de la pieza principal número cuatro (04), donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Asimismo, en sus piezas principales números uno (01) y dos (02), no se encuentran tachadas algunas foliaturas que no corresponden, ya que dichos folios están conformados por copias simples. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


4. AA60S2024000107

Víctor José Camacaro Castillo, Anaemili Carmen de las Rosas Bolívar, Nelson José Escobar, Rosa Elena Linarez Mendoza, Yorlanis Yeraldin Meléndez Almao, Nicolás Diomar Parra Osorio, Pablo Enrique Quintero Díaz y Belkis Maribel Valderrama Velásquez contra las sociedades mercantiles Vitalim, C.A. y Molinos Venezolanos, C.A. (MOLVENCA).

NOTA DE ENTRADA.
En fecha trece (13) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el número 0705-2023, de fecha trece (13) de octubre de dos mil veintitrés (2023), emanado del Juzgado Superior Accidental (401°) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, sede San Felipe, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE DIFERENCIAS DE BENEFICIOS LABORALES siguen los ciudadanos JONNY PASTOR VALERA, RODOLFO ANTONIO RÍOS BRACHO, DANNY JAVIER LEÓN QUIÑONEZ, CARMELO MÉNDEZ, NOEL ENRIQUE PACHECO MELÉNDEZ, EVORGELIO MENDOZA, JETSON JOSÉ DAVID LÓPEZ GONZÁLEZ, ROSENDA MARIA CASTILLO LADINO, MARIA MERCEDES DUARTE PATIÑO, LIBET YUDITT OVIEDO ALVARENGA, ERLIN LILIBETH SUÁREZ FRANCO, VÍCTOR DOMINGO CASTILLO QUERALES, EDGAR ERNESTO HERNÁNDEZ ESTEVES, MAIROBY ESCALONA HERNÁNDEZ, LUIS NICANOR SOTO TROCEDE y DEGNIS MERCEDES CALVETTE DE ÁLVAREZ contra las entidades de trabajo VITALIM, C.A., y MOLINOS VENEZOLANOS, C.A. (MOLVENCA), constante de cinco (05) piezas principales de trescientos cuarenta y cinco (345), doscientos cincuenta (250), doscientos cincuenta y dos (252), doscientos setenta y cuatro (274) y ciento cincuenta y tres (153) folios útiles, respectivamente, así como dos (02) sobres contentivo de discos compactos (CD´S). Se deja constancia de la presencia en el expediente de tachaduras en sus foliaturas, sin embargo, consta auto en el folio ciento cincuenta (150) de la pieza principal número cinco (05), donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


AUTOS PUBLICADOS
1. AA60S2015000629

Tomás Enrique Moreno Calogero contra Greceleides Barreto Maita y otros.

AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
Se dictó auto que certifica el cómputo de los veinte (20) días continuos otorgados a las partes para la formalización y contestación del recurso de casación de conformidad con lo establecido en los artículos 489-D y 489-E de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


2. AA60S2023000326

Esmeralda Judith Álvarez de Mendoza y Luis Antonio Granado Figuera contra Doménico Tomás Messina D´Ambrosio y otros, representantes de la sociedad mercantil Procesadora Piedras Azules PROPACA, C.A.

AUTO QUE ACUERDA CORREO ESPECIAL.
Se dictó auto en el cual se acuerda la solicitud de la abogada Mary Eugenia López Abreu, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil PROCESADORA PIEDRAS AZULES PROPACA C.A., en cuanto a la remisión del expediente a su tribunal de origen a través de una agencia de encomiendas.


3. AA60S2023000327

Roberto José Lares Lleras contra Providencia Administrativa, oficio N° GM-0005-2023, de fecha 06 de enero de 2023, contentiva de la declaración de la nulidad absoluta de la Certificación Medica Ocupacional N° CMO: MIR-0562-2021, de fecha 17/05/2021, emitida al trabajador Roberto José Lares Lleras, dictada por la Gerencia Estadal de la Seguridad y Salud de los Trabajadores del Estado Miranda, (GERESAT- Miranda) órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo. Beneficiario del Acto Administrativo: Roberto José Lares Lleras.

AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
Se dictó auto que certifica el cómputo de los diez (10) días de despacho a que se contrae el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.


4. AA60S2023000412

Argenis Antonio Pérez Rivera contra Inversiones G y P, C.A., Suministros y Servicios Rodigras, C.A. y los ciudadanos Augusto Rodríguez Da Silva, María Gabriela García Lugo, Luis José Peña Lafaurie y Alfonso Ricardo Peña Lafaurie.

AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
Se dictó auto en el cual se dejó constancia del lapso para la formalización y de contestación del recurso de casación anunciado, conforme a lo previsto en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


5. AA60S2023000438

Rosys Carolina Ortuño Cordero contra Robert Tofix Pérez Ávila.

AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
Se dictó auto que certifica el cómputo de los veinte (20) días continuos otorgados a las partes para la formalización y contestación del recurso de casación de conformidad con lo establecido en los artículos 489-D y 489-E de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


6. AA60S2023000485

Luis Javier Pinto Belandria contra Anaís Josefina Oviedo Gutiérrez.

AUTO QUE ACUERDA EXPEDIR COPIAS CERTIFICADAS.
Se dictó auto que acuerda expedir dos (02) juego de copias certificadas de la decisión N° 0008, proferida por esta Sala de Casación Social en fecha 27 de febrero de 2024.


7. AA60S2024000006

Elena Castillo Rangel contra la sociedad mercantil Grabados Nacionales, C.A.

AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
Se dictó auto que certifica el cómputo de los veinte (20) días continuos otorgados a las partes para la formalización y contestación del recurso de casación de conformidad con lo establecido en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


8. AA60S2024000010

Walter Esleider Perdomo Camacho y Roxana Calderón Castro contra Empaquetadora De Alimentos Lácteos AAA Empalact, C.A.

AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
Se dictó auto que certifica el cómputo de los veinte (20) días continuos otorgados a las partes para la formalización y contestación del recurso de casación de conformidad con lo establecido en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


9. AA60S2024000017

Ángelo Monachino Figueroa contra Ana Carel Perestrelo Rodríguez madre de la niña A.K.M.P.

AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
Se dictó auto que certifica el cómputo de los veinte (20) días continuos otorgados a la parte para la formalización del recurso de casación de conformidad con lo establecido en el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, más el término de la distancia si fuere el caso.


10. AA60S2024000020

José Rafael Rodríguez contra Planta de Hielo Terepaima, C.A.

AUTO DE CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO.
Se dictó auto en el cual se dejó constancia del lapso para la formalización y de contestación del recurso de casación anunciado, conforme a lo previsto en los artículos 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


11. AA60S2024000078

Mattias Krull contra Julius Baer Invest, LTD, Julius Baer Holding, LTD, Bank Julius Bar & CO. AG, y Julius Baer Consultores, S.A.

AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITOS DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente los dos ESCRITOS DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ORDENA agregar a los autos dos ESCRITOS DE FORMALIZACIÓN presentados por ante esta Sala de Casación Social, en fecha 23 y 27 de febrero de 2024, contentivos de tres (03) folios útiles y sus vueltos, sin anexos, respectivamente. Agréguese y cúmplase.


12. AA60S2024000081

Ferney Landinez Rueda contra Inversiones Soria 1402, C.A., y Grupo Ferrara, C.A.

AUTO QUE ORDENA AGREGAR EL ESCRITO DE FORMALIZACIÓN.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ORDENA agregar a los autos el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN presentado por ante esta Sala de Casación Social en fecha 27 de febrero de 2024, en tres (03) folios útiles y sus vueltos, sin anexos. Agréguese y cúmplase.


13. AA60X2022000001 - AA60S2021000139

Solicitud de Avocamiento presentada por la ciudadana Gabriela Yeiret Mijares Pacheco

AUTO QUE CIERRA EL CUADERNO DE MEDIDAS. Auto que dicta el cierre del cuaderno de medidas.


PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS
1. AA60S2021000018

GRUPO SOUTO, C.A. contra PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA contenido en Sesión ORD 961-18, Punto de Cuenta n° 12 de fecha 14 de junio de 2018, que anula el Acto Administrativo aprobado en Sesión ORD-784-17 de fecha 16 de mayo de 2017, Punto de Cuenta n° 11010232857, que Anuló el Título de Garantía y Permanencia socialista agraria y Carta de Registro Agraria n° 88543917RAT0000441, otorgada a favor del ciudadano JOSÉ LUIS CHÁVEZ RODRÍGUEZ, en fecha 23 de mayo de 2014, sobre un lote de terreno denominado "GRANJA REJUMA 620", ubicado en el sector Tucupido, parroquia Yrbana Bejuma, Municipio Bejuma del estado Carabobo, ambos dictados por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE AGRICULTURA Y TIERRAS.

SENTENCIA N° 032.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada Valentina Lara Rebolledo, plenamente identificada en autos, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil GRUPO SOUTO C.A., contra la sentencia del 21 de octubre de 2020, dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado de origen.


2. AA60S2023000085

Luis Francisco Millán contra Banco Mercantil, C.A., Banco Universal.

SENTENCIA N° 033.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: PROCEDENTE LA SEGUNDA FASE DEL AVOCAMIENTO. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA Y SE DEJA SIN EFECTO JURÍDICO ALGUNO, todas las actuaciones habidas en la causa principal a partir del día diez (10) de mayo de dos mil veintidós (2.022) inclusive. TERCERO: SE REPONE la presente causa al estado de NOTIFICACIÓN DE LAS PARTES, para continuar con la sustanciación del proceso y se proceda a la fijación de la AUDIENCIA PRELIMINAR. CUARTO: SE ORDENA dar estricto cumplimiento a la orden de sustanciación de este proceso judicial dada en este fallo, al Juez que corresponda conocer del mismo. QUINTO: Finalmente LA SALA ADVIERTE a los funcionarios públicos señalados como involucrados en este proceso, que el incumplimiento de lo aquí decidido y ordenado, dará lugar a multa equivalente hasta doscientas (200) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar, en conformidad con lo estatuido en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.- NO SE HACE IMPOSICIÓN DE COSTAS PROCESALES, A LAS PARTES CONTENDIENTES, dada la naturaleza excepcional del presente fallo y del procedimiento. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado en este fallo. Remítase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión territorial y sede en la ciudad de Puerto Ordaz, a los fines de que dé cumplimiento a las órdenes dadas en esta sentencia.


3. AA60S2024000007

Solicitante: Agropecuaria Agua Santa, C.A

SENTENCIA N° 034.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la solicitud de avocamiento presentada por la sociedad mercantil AGROPECUARIA AGUA SANTA, C.A., representada por la apoderada judicial María Elena Acedo Ramírez, SEGUNDO: SE ADMITE la solicitud de avocamiento interpuesta por la sociedad mercantil AGROPECUARIA AGUA SANTA, C.A., respecto de la causa: JSAG-768-2023; la cual se encuentra en el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico; TERCERO: Se decreta medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la sentencia dictada e1 14 de diciembre de 2023 por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico; CUARTO: SE ORDENA al juzgado, ya mencionado, la suspensión inmediata del curso de la causa y se prohíbe la realización de cualquier actuación procesal en el expediente so pena de nulidad, salvo aquella que de manera expresa le ordene esta Sala; QUINTO: SE ORDENA al prenombrado juzgado la remisión inmediata de la totalidad de las actuaciones judiciales concernientes en el referido expediente. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase con lo ordenado.


DESPACHOS
1. AA60S2023000228

Alfonso Rivas & CÍA. C.A. contra Providencia Administrativa, expediente N° ARA-07-IE-12-0477, de fecha 26 de agosto de 2020, contentiva de la Certificación de Enfermedad Ocupacional N° CMO: ARA-0899-2020, y contra Providencia Administrativa contentiva del Informe Pericial N° OFSS-ARA-CI-0148-2022, de fecha 16/12/2022, ambas dictadas dictada por la Gerencia Estadal de la Seguridad y Salud de los Trabajadores del Estado Aragua, (GERESAT- ARAGUA) órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo. Beneficiario del Acto Administrativo: Harold Alberto Laurens Osorio.

REMISIÓN DEL EXPEDIENTE.
Se libró oficio mediante el cual se ordena remitir el expediente al Juez Coordinador del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay.


2. AA60S2023000326

Esmeralda Judith Álvarez de Mendoza y Luis Antonio Granado Figuera contra Doménico Tomás Messina D´Ambrosio y otros, representantes de la sociedad mercantil Procesadora Piedras Azules PROPACA, C.A.

REMISIÓN DEL EXPEDIENTE.
Se libró oficio mediante el cual se ordena remitir el expediente al Juez Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Maturín.


3. AA60S2023000326

Esmeralda Judith Álvarez de Mendoza y Luis Antonio Granado Figuera contra Doménico Tomás Messina D´Ambrosio y otros, representantes de la sociedad mercantil Procesadora Piedras Azules PROPACA, C.A.

OFICIO DE PARTICIPACIÓN.
Se libró oficio mediante el cual se ordena participar al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia Transitoria en el Estado Delta Amacuro, con sede en Maturín.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles