REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 19/03/2024
CUENTA, N° 52

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2021000018

GRUPO SOUTO, C.A. contra PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA contenido en Sesión ORD 961-18, Punto de Cuenta n° 12 de fecha 14 de junio de 2018, que anula el Acto Administrativo aprobado en Sesión ORD-784-17 de fecha 16 de mayo de 2017, Punto de Cuenta n° 11010232857, que Anuló el Título de Garantía y Permanencia socialista agraria y Carta de Registro Agraria n° 88543917RAT0000441, otorgada a favor del ciudadano JOSÉ LUIS CHÁVEZ RODRÍGUEZ, en fecha 23 de mayo de 2014, sobre un lote de terreno denominado "GRANJA REJUMA 620", ubicado en el sector Tucupido, parroquia Yrbana Bejuma, Municipio Bejuma del estado Carabobo, ambos dictados por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE AGRICULTURA Y TIERRAS.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho OMAIRA DESSIRE PÉREZ ARIAS, identificada con el inpreabogado Nro. 204.531, el siguiente documento: Diligencia solicitando copia certificada de la sentencia N° 032 de fecha 13-03-2024", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


2. AA60S2023000013

Amelia del Valle Juárez Maluenga, Carmen del Valle Maluenga Colmenares y Luis ynes Juárez Maluenga contra el Acto Administrativo que aprobó el Título de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario, N° ORD-582-14, de fecha 02/07/2014, dictadas por el Directorio del Instituto Nacional De Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio Del Poder Popular De Agricultura Y Tierras. Beneficiario del Acto Administrativo: Augusto Cesar Juárez Maluenga.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho MARTIN ALONSO SULBARAN DÍAZ, identificado con el inpreabogado Nro. 286.752, quien manifestó ser apoderado judicial de AMELIA DEL VALLE JUÁREZ MALUENGA, CARMEN DEL VALLE MALUENGA COLMENARES y LUIS YNES JUÁREZ MALUENGA, el siguiente documento: Diligencia dejando constancia de la revisión del expediente y dando impulso procesal", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


3. AA60S2023000269

Amerilup del Valle Mata Díaz quien actúa en nombre propio y en representación de su hijo (M.D.D.M.), hijo del de cujus Manuel Aníbal Díaz Luces (†), contra Centro Único de Ingeniería Ambiental, C.A. y los ciudadanos Gabriel Emmanuel Díaz Ellis, Mariel Lalique Díaz Ellis, Pablo Emilio Gruber Ascanio, Ricardo Abrham Souki Sala Heddine.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0412-8213287, con el profesional del Derecho RUBÉN RODRÍGUEZ LOBO, identificado con el inpreabogado Nro. 75.439, quien manifiesta ser apoderado judicial de la parte demandante, a fin de informarle el contenido de la sentencia Nro. 0035 proferida por esta Sala de Casación Social en fecha 18 de marzo de 2024.


4. AA60S2023000278

Biagio Di Gruccio contra Marie Carolina Siervo.

NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica al número 0212-5098044, con la profesional del Derecho KARLA CARTAGENA, abogada adscrita a la Dirección General de Servicios Jurídicos del Ministerio Público, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 01 de marzo de 2024.


5. AA60S2023000390

Vitale Shopping Center Portuguesa, C.A. contra Providencia Administrativa N° POR 0001-2022, expediente administrativo N° POR-35-IE-18-0230, de fecha 07/12/2021, contentiva de Certificación Médico Ocupacional por Discapacidad Parcial Permanente en la persona de Esteban Segundo Coronel Durán, dictada por el Gerencia Regional de Salud de los Trabajadores del Estado Portuguesa (GERESAT), órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho FRANCISCO JAVIER FRANCO PÉREZ, identificado con el inpreabogado Nro. 14.058, quien manifestó ser apoderado judicial de VITALE SHOPPING CENTER PORTUGUESA, C.A, el siguiente documento: Diligencia solicitando pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


6. AA60S2023000509

Germán Enrique Adrián Gerik contra Instituto Nacional de Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular Para la Agricultura y Tierras. Tercero interesado recurrente: Hugo Enrique Ziegler Blanco.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho BETTY BEATRIZ QUEVEDO LASALA, identificada con el inpreabogado Nro. 37.655, quien manifestó ser apoderada judicial de HUGO ENRIQUE ZIEGLER BLANCO, el siguiente documento: Diligencia solicitando "pronunciamiento sobre la admisión de las pruebas promovidas el 15-02-2024", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


7. AA60S2024000109

Elizabeth Duarte Morales contra GPU Servidores Integrales, C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho PABLO ANDRÉS TRIVELLA, identificado con el inpreabogado Nro. 162.584, quien manifestó ser apoderado judicial de GPU SERVIDORES INTEGRALES C.A., el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.


8. AA60S2024000109

Elizabeth Duarte Morales contra GPU Servidores Integrales, C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho RAMÓN SOLORZANO CONTRERAS, identificado con el inpreabogado Nro. 143.020, quien manifestó ser apoderado judicial de ELIZABETH DUARTE MORALES y de su menor hijo S.A.C.D., el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de tres (03) folios útiles, sin anexos.


9. AA60S2024000122

Sol Teresa Del Corral De Doumat y Abdullah Doumat Duman contra Nitsuga Melina Gutiérrez Pulido, Usmeidi Milagro Navas en representación de su hija (A.S.G.N.), y viuda del de cujus Agustín José Gutiérrez Pulido (†), y Oswalsiree Esther Romero Blanco en representación de su hija (K.G.R).

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la ciudadana USMEIDI MILAGRO NAVAS, debidamente asistida por los profesionales del derecho HUASCAR CASTILLO ROMERO y ARTURO PELLES CARDOZO, identificados con los inpreabogados Nros. 32.785 y 18.489, el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de tres (03) folios útiles y un (01) folio útil de anexos.


10. AA60S2024000126

José Adonay Balestrini Moronta contra Cervecería Polar del Centro, C.A.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho MARIO EDUARDO TRIVELLA, identificado con el inpreabogado Nro. 55.456, quien manifestó ser apoderado judicial de CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO C.A., el siguiente documento: Escrito de "Recurso de Reclamo", constante de tres (03) folios útiles y ciento sesenta y dos (162) folios útiles de anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2024000122

Sol Teresa Del Corral De Doumat y Abdullah Doumat Duman contra Nitsuga Melina Gutiérrez Pulido, Usmeidi Milagro Navas en representación de su hija (A.S.G.N.), y viuda del de cujus Agustín José Gutiérrez Pulido (†), y Oswalsiree Esther Romero Blanco en representación de su hija (K.G.R).

NOTA DE ENTRADA.
En fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el número 060/2024, de fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), emanado del Tribunal Superior Cuarto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por SIMULACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO siguen los ciudadanos SOL TERESA DEL CORRAL DE DOUMAT y ABDULLAH DOUMAT DUMAN contra los ciudadanos NITSUGA MELINA GUTIÉRREZ PULIDO, AGUSTÍN JOSÉ GUTIÉRREZ PULIDO, OSWALSIREE ESTHER ROMERO BLANCO en representación de la adolescente K.G.R., y USMEIDI MILAGRO NAVAS en representación de la niña A.S.G.N., (identidades que se omiten según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), constante de tres (03) piezas principales de doscientos nueve (209), cuarenta y uno (41) y treinta y siete (37) folios útiles, respectivamente, así como dos (02) sobres contentivo de discos compactos (CD´S). Se deja constancia que el expediente mencionado presenta tachaduras en sus foliaturas, en su pieza principal número uno (01), lo cual no consta auto donde se haga la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Asimismo, no se encuentran tachadas algunas foliaturas que no corresponden, en su pieza principal número uno (01), ya que dichos folios están conformados por copias certificadas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


2. AA60S2024000123

Aserradero Taguanes, C.A. contra Prtovidencia Administrativa emanada de la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores del Estado Cojedes (GERESAT COJEDES), órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) del Ministerio Del Poder Popular Para la Protección Del Proceso Social De Trabajo.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el número 0011/2024, de fecha veintinueve (29) de enero de dos mil veinticuatro (2024), emanado del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante el cual remite a esta Sala actuaciones relacionadas con el juicio que por “RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENCIÓN DE EFECTO CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES” sigue la sociedad mercantil ASERRADEROS TAGUANES, C.A., contra la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD y SALUD DE LOS TRABAJADORES (GERESAT-COJEDES), órgano desconcentrado del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), constante de dos (2) piezas descritas de la siguiente manera: un (1) cuaderno de apelación de seis (6) folios útiles y un (1) cuaderno separado de medidas de seis (6) folios útiles. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


3. AA60S2024000124

Aserradero Taguanes, C.A contra Providencia Administrativa N° COJ-0010-2023, de fecha 24/05/2023, contentiva de Certificación Médica Ocupacional, que declaró el padecimiento de una Enfermedad Ocupacional al ciudadano Wilfran Rafael Colina Mendoza, dictada por la Dirección Estadal De Salud de los Trabajadores del Estado Cojedes (GERESAT-COJEDES), del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo. Beneficiario del Acto Administrativo: Wilfran Rafael Colina Mendoza.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el número 0010/2024, de fecha veintinueve (29) de enero de dos mil veinticuatro (2024), emanado del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante el cual remite a esta Sala actuaciones relacionadas con el juicio que por “RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO relacionadas con el DE NULIDAD conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENCIÓN DE EFECTO CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES” sigue la sociedad mercantil ASERRADEROS TAGUANES, C.A., contra la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD y SALUD DE LOS TRABAJADORES (GERESAT-COJEDES), órgano desconcentrado del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), constante de dos (2) piezas descritas de la siguiente manera: un (1) cuaderno de apelación de seis (6) folios útiles y un (1) cuaderno separado de medidas de seis (6) folios útiles. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


4. AA60S2024000125

Jonathan José Venero Sevillay otros contra Estación de Servicios Los Silos, F.P., y a la Sucesión Rodrigues José Eleuterio.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el número 0003/2024, de fecha nueve (09) de enero de dos mil veinticuatro (2024), emanado del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, sede San Carlos, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, siguen los ciudadanos JONATHAN JOSÉ VENERO SEVILLA, JHOSCAR ALBERTO RODRÍGUEZ MONTANO, CHRISTIAN DE JESÚS ARTEAGA MONTANO, JESÚS ALBERTO MONTANO FARÍAS, ELVIS YOEL TERÁN PERAZA, YVÁN ELÍAS VALENZUELA, ZINNIA CAROLINA MONTANO FARÍAS, ANA MARÍA QUIROZ LEDEZMA, MIGUEL ALEJANDRO GIL MONTANO y EDICTA CAROLINA MONTANO LARA contra la entidad de trabajo ESTACIÓN DE SERVICIO LOS SILOS F.P., y LA SUCESIÓN RODRÍGUEZ JOSÉ ELEUTERIO constante de una (01) pieza principal de ciento siete (107) folios útiles, más dos (02) sobres contentivos de discos compactos (CD). Se deja constancia que el expediente presenta tachaduras en sus foliaturas, lo cual consta auto en el folio ciento cuatro (104), donde se hace las salvedades corrigiendo dichas enmiendas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


5. AA60S2024000127

Aserradero Taguanes, C.A contra Providencia Administrativa N° COJ-0009-2023, de fecha 24/05/2023, contentiva de Certificación Médica Ocupacional, que certifica la discapacidad parcial permanente al ciudadano Justiniano Rodríguez Castro, dictada por la Dirección Estadal De Salud de los Trabajadores del Estado Cojedes (GERESAT-COJEDES), del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo. Beneficiario del Acto Administrativo: Justiniano Rodríguez Castro.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el número 0009/2024, de fecha veintinueve (29) de enero de dos mil veinticuatro (2024), emanado del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante el cual remite a esta Sala actuaciones relacionadas con el juicio que por “RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENCIÓN DE EFECTO CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES” sigue la sociedad mercantil ASERRADEROS TAGUANES, C.A., contra la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD y SALUD DE LOS TRABAJADORES (GERESAT-COJEDES), órgano desconcentrado del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), constante de dos (2) piezas descritas de la siguiente manera: un (1) cuaderno de apelación de seis (6) folios útiles y un (1) cuaderno separado de medidas de cinco (5) folios útiles. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


6. AA60S2024000128

Geovanny Alberto Marín Cordovez, Andrés Alonzo Moncada Villarroel, José Manuel Rodríguez Blanco, Ángel Ramón Rodríguez Primera y Franz José Velásquez Butto contra Fibranova, C.A, Oxinova, C.A., y Terranova de Venezuela, S.A.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), se recibió oficio signado con el alfanumérico TS2/049-2023, de fecha veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), emanado del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE AJUSTE SALARIAL siguen los ciudadanos ANDRÉS ALONZO MONCADA VILLARROEL, GEOVANNY ALBERTO MARÍN CORDOVEZ, FRANZ JOSÉ VELÁSQUEZ BUTTO, JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ BLANCO y ÁNGEL RAMÓN RODRÍGUEZ PRIMERA contra las sociedades mercantiles FIBRANOVA C.A., OXINOVA, C.A., y TERRANOVA DE VENEZUELA, S.A., constante de una (01) pieza principal de ciento ochenta y uno (181) folios útiles, así como un (01) sobre contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia de la presencia en el expediente de tachaduras en sus foliaturas, sin embargo, consta auto en el folio ciento setenta y siete (177) de esa pieza, donde se hace la salvedad corrigiendo dichas enmiendas. Asimismo, en dicha pieza principal, no se encuentran tachadas algunas foliaturas que no corresponden, ya que dichos folios están conformados por copias certificadas. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


AUTOS PUBLICADOS
1. AA60S2018000521

Elcy Mercedes Sánchez Martínez actuando en nombre propio y en representación de sus hijos S.J.R.S., y J.A.R.S., contra Francisco Fernando Ramos Álvarez.

AUTO QUE DIFIERE AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria, correspondiente a este recurso, para el día jueves cuatro (04) de abril del año dos mil veinticuatro (2024). Hora: diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.).


2. AA60S2023000188

Milagro del Valle Vergara Martínez, Iván Enrique Martínez Bermúdez, Edgar Alexander Añez Arteaga, Omar Jesús Bello Oñate, Ernesto Miguel Cely Ayala, Neuro Enrique Garcés Toyo y Eduardo Enrique Caldera Bethancourt contra la sociedad mercantil Súper Mezclas San Remo, C.A.

AUTO QUE DIFIERE EL DISPOSITIVO PARA DICTAR SENTENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda diferir la audiencia para dictar dispositivo oral del fallo, correspondiente a este recurso, para el día jueves cuatro (04) de abril del año dos mil veinticuatro (2024). Hora: doce y cuarenta y cinco minutos de la tarde (12:45 p.m.).


3. AA60S2023000353

Arlet Adriana Rodríguez Rumbo contra Construcciones Libertador C.A. Terceros interesados: Fiorella Marian Zoghbi Carbonere, José Maximiliano Zoghbi Carbonere, Omar Arone Zoghbi Carbonere y Jackeline Andreina Terán Guillén representante legal de la sucesión de Omar José Zoghbi Herrera.

AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día jueves cuatro (04) de abril del año dos mil veinticuatro (2024). Hora: diez de la mañana (10:00 a.m.).


4. AA60S2024000067

Yurbis Margarita Martínez Vásquez contra José Ysrrael Cabrera (†). Tercera Interesada: Cándida Rosa Jiménez Espinoza.

AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordena agregar al expediente ESCRITO DE FORMALIZACIÒN, con el objeto de mantener el orden cronológico de las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente conforme al artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, presentado por ante esta Sala de Casación Social en fecha 14 de febrero de 2024, en tres (03) folios útiles, dos (02) de ellos con sus vueltos sin anexos.


5. AA60S2024000076

Marie Elena Colina Sierraalta contra Wilmer Alexis Ramírez Valerio.

AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente conforme al artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes presentado ante esta Sala de Casación Social en fecha 23 de febrero de 2024.


PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS
1. AA60S2021000015

Jennifer Milagros Castillo Rebolledo.

SENTENCIA N° 036.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: PROCEDENTE LA SEGUNDA FASE DEL AVOCAMIENTO SOLICITADO.-SEGUNDO: SE ORDENA dar cumplimiento a las ordenes de sustanciación de los distintos procesos judiciales dada en este fallo, al Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, que corresponda por distribución, a los fines de que UN SÓLO JUEZ CONOZCA, SUSTANCIE Y DECIDA el cúmulo de procesos judiciales e incidencias que estén pendientes y que afectan al niño sujeto de los mismos.- TERCERO: SE ANULA Y DEJA SIN EFECTO JURÍDICO ALGUNO, la decisión dictada por el Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional


2. AA60S2023000203

Williams Rafael Cedeño Urbano contra Tucan Petroleum Services, C.A. Tercero Opositor Solicitante: Ferreoriente El Tigre, C.A.

SENTENCIA N° 037.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: PROCEDENTE LA SEGUNDA FASE DEL AVOCAMIENTO. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA Y SE DEJA SIN EFECTO JURÍDICO ALGUNO, todas las actuaciones habidas en la causa principal a partir del auto de fecha 15 de febrero de 2013, inclusive, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, extensión territorial y sede en la ciudad de El Tigre, en el cual se decretó la ejecución forzosa del monto restante, y decretó embargo ejecutivo sobre bienes de la demandada, con exclusión de la sentencia de esta Sala N° 1290, de fecha 8 de diciembre de 2016, expediente N° 2015-1338. TERCERO: SE REPONE la presente causa al estado de que una vez recibido el expediente en el tribunal de primera instancia, y cumplido el procedimiento previo para la citación de los herederos, SE PROCEDA A LA APERTURA DE UNA INCIDENCIA DE EJECUCIÓN, en conformidad con lo previsto en los artículos 533 y 607 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y se determine en definitiva, si el bien objeto de ejecución es propiedad o no del demandado contra quien pretende obre la ejecutoria, y decidida dicha incidencia se continúe con la tramitación de la causa en los términos que corresponda. CUARTO: SE ORDENA dar estricto cumplimiento a la orden de sustanciación de este proceso judicial dada en este fallo, al Juez de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, extensión territorial y sede en la ciudad de El Tigre, que corresponda por distribución, a quien se ordena siga conociendo del caso, quedando separado del caso el juez del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial. QUINTO: LA SALA ADVIERTE a los funcionarios públicos señalados como involucrados en este proceso, que el incumplimiento de lo aquí decidido y ordenado, dará lugar a multa equivalente hasta doscientas (200) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar, en conformidad con lo estatuido en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. SEXTO: Remítase copia certificada del presente fallo a la Inspectoría General de Tribunales, a los fines legales consiguientes. NO SE HACE IMPOSICIÓN DE COSTAS PROCESALES, A LAS PARTES CONTENDIENTES, dada la naturaleza excepcional del presente fallo y del procedimiento. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado en este fallo. Remítase el expediente al Juez de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, extensión territorial y sede en la ciudad de El Tigre, que corresponda por distribución, a los fines de que dé cumplimiento a las órdenes dadas en esta sentencia. Particípese de la remisión del expediente al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, extensión territorial y sede en la ciudad de El Tigre.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles