REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 06/08/2018
CUENTA, N° 110

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2018000050

Por recibido Oficio N° 18.0456, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remite expediente signado con el número AA50-T-2017-001131, contentivo de la acción de amparo interpuesta por el abogado JUAN JOSÉ TOVAR ARIAS, inscrito en Inpreabogado bajo el Nro. 46.978, contra la Junta Electoral Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico.

Recepción de escrito de acción de amparo


2. AA70E2018000051

El ciudadano NOEL ÁLVAREZ CAMARGO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.764.087, en su condición de Coordinador Nacional del Movimiento de la Organización Política "GENERACIÓN INDEPENDIENTE (GENTE)", asistido por el abogado JESÚS CRISTÓBAL RANGEL RACHADELL, titular de la cédula de identidad N° V- 6.520.332, é inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, quien también actúa en su propio nombre en su carácter de miembro coordinador de la Mesa Ejecutiva Nacional, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, en "contra de la decisión del Consejo Nacional Electoral contenida en el Aviso Oficial de Renovación de nomina de inscritos organizaciones con fines políticos nacionales", en el que es mencionada la referida organización con fines políticos.

Se recibió recurso contencioso electoral con amparo cautelar.


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2018000050

Por recibido Oficio N° 18.0456, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remite expediente signado con el número AA50-T-2017-001131, contentivo de la acción de amparo interpuesta por el abogado JUAN JOSÉ TOVAR ARIAS, inscrito en Inpreabogado bajo el Nro. 46.978, contra la Junta Electoral Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico.

PONENTE: se designó ponente al Magistrado Dr. MALAQUÍAS GIL RODÍGUEZ a los fines del pronunciamiento correspondiente.


2. AA70E2018000051

El ciudadano NOEL ÁLVAREZ CAMARGO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.764.087, en su condición de Coordinador Nacional del Movimiento de la Organización Política "GENERACIÓN INDEPENDIENTE (GENTE)", asistido por el abogado JESÚS CRISTÓBAL RANGEL RACHADELL, titular de la cédula de identidad N° V- 6.520.332, é inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, quien también actúa en su propio nombre en su carácter de miembro coordinador de la Mesa Ejecutiva Nacional, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, en "contra de la decisión del Consejo Nacional Electoral contenida en el Aviso Oficial de Renovación de nomina de inscritos organizaciones con fines políticos nacionales", en el que es mencionada la referida organización con fines políticos.

Visto el escrito presentado en fecha 02 de agosto de 2018, por el ciudadano NOEL ÁLVAREZ CAMARGO, en su condición de Coordinador Nacional del Movimiento de la Organización Política "GENERACIÓN INDEPENDIENTE (GENTE)", asistido por el abogado JESÚS CRISTÓBAL RANGEL RACHADELL, quien también actúa en su propio nombre en su carácter de miembro coordinador de la Mesa Ejecutiva Nacional, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, en "contra de la decisión del Consejo Nacional Electoral contenida en el Aviso Oficial de Renovación de nomina de inscritos organizaciones con fines políticos nacionales", en consecuencia, se acordó solicitar al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE), los antecedentes administrativos y el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Esta Sala Electoral designó ponente a la Magistrada INDIRA MAIRA


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2016000002

La abogada Astrid Herrera, titular de la cédula de identidad N° 18.359.888, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 194.399, actuando en representación de la Asociación Civil TRANSPARENCIA VENEZUELA, interpuso recurso contencioso electoral contra la negativa tácita del Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta al recurso jerárquico interpuesto el 30 de noviembre de 2015 mediante el cual se solicitó pronunciamiento sobre la denuncia introducida ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento en fecha 3 de noviembre de 2015, por el uso de publicidad y propaganda electoral en cuentas de la red social twitter de instituciones públicas del Estado.

Vista la Sentencia N° 81 dictada en fecha 01 de agosto de 2018 mediante la cual esta Sala Electoral declaró: 1. Su COMPETENCIA para decidir el recurso contencioso electoral interpuesto por la abogada Astrid Herrera, actuando con el carácter de representante judicial de la Asociación Civil TRANSPARENCIA VENEZUELA, contra "(…) la negativa tácita del Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta al Recurso Jerárquico interpuesto el 30 de noviembre de 2015 (…) mediante el cual se solicitó pronunciamiento sobre la denuncia introducida ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento en fecha 3 de noviembre de 2015 (…)". 2. SIN LUGAR el recurso contencioso electoral. En tal sentido, esta Sala acuerda notificar a la Asociación Civil Transparencia Venezuela (parte recurrente), al Consejo Nacional Electoral (parte recurrida) y al Ministerio Público. Líbrese Boleta y Oficios.


2. AA70E2016000076

El ciudadano EUDIS FELIPE GIROTT, aludiendo el carácter de afiliado y miembro del comité ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela (FUTPV), asistido por el abogado José Rafael Rangel Aguiar, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida de amparo cautelar contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela de fecha 13 de septiembre de 2016.

CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos la notificación ordenada, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 07 de noviembre de 2016, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.


3. AA70E2017000080

Por recibido Oficio N° 487-17 de fecha 19 de junio de 2017, emanado del Juzgado Superior Primero Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos por el ciudadano ROBERTO ÁNGEL BULA GONZÁLEZ, asistido por el abogado Jesús Barrios, contra la Junta Directiva del Colegio de Licenciados de Administración del estado Zulia (CLADEZ), "para que convenga en la Nulidad Absoluta de la Convocatoria [de fecha 28 de octubre de 2015] por no haberse cumplido, con los requerimientos formales establecidos, tanto en la Ley que rige la materia, como en el Estatuto de los Colegios."

Dando cumplimiento a la Sentencia dictada N° 135 dictada por esta Sala en fecha 10 de agosto de 2017, mediante la cual la Sala no aceptó la competencia y se trasladó el conflicto a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se libró Oficio N° _____, anexo al cual se remite a la referida Sala Plena, constante de ciento cuarenta y ocho (148), y la segunda pieza con trece (13) folios útiles, las actuaciones contenidas en el expediente.


4. AA70E2017000091

La ciudadana IRAIMA MALAVÉ, en su carácter de Presidenta de la Asociación de Fisicoculturismo y Fitness del estado Anzoátegui, asistida por el abogado JESÚS RAMÓN MALAVÉ, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con medida cautelar de amparo, contra el proceso eleccionario 2017-2021, realizado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Físico Culturismo y Fitness, en fecha 22 de julio de 2017.

Vista la Sentencia N° 83 dictada en fecha 01 de agosto de 2018 mediante la cual esta Sala Electoral declaró: la INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA del recurso contencioso electoral. En tal sentido, esta Sala acuerda notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness (FVFC), al Instituto Nacional del Deporte, y al Ministerio Público. Asimismo, se acordó notificar a las Asociaciones Regionales y demás miembros integrantes de la Asamblea General, al Consejo de Honor, al Consejo Contralor, a los representantes de Atletas, a los representantes de entrenadores y a los representantes de jueces de la (FVFC) y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, se acuerda librar carteles. oficios


5. AA70E2018000017

La abogada OLGA MELÉNDEZ, "actuando en su propio nombre y como apodera judicial de los ciudadanos ELVIA MARTÍNEZ MARIAMELIA DELGADO GHERSI, DIEGO AYALA, y JUAN RAFAEL PULIDO, invocando su condición de electores en el extranjero, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar y medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra la Circular del Consejo Nacional Electoral de fecha 09 de febrero de 2018, dirigida a las Misiones Diplomáticas y Consulares de la Republica Bolivariana de Venezuela acreditadas en el exterior".

CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos la notificación ordenada, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 26 de abril de 2018, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.


6. AA70E2018000033

Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar en contra del "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el periodo 2018-2020 de la referida caja de ahorro".

Visto que en el auto de fecha 26 de julio de 2018, por error material involuntario, se indicó que el lapso para entender por notificada a la Procuraduría General de la República era de treinta (30) días hábiles, siendo lo correcto que dicho lapso es de treinta (30) días continuos, mediante el presente auto se corrige el error material, en consecuencia, téngase como notificada a la Procuraduría General de la República, vencidos los treinta (30) días continuos, contados a partir de que consten en autos las notificaciones ordenadas, tal y como lo establece el artículo 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2015000050

La ciudadana CARMEN TOVAR, invocando su condición de asociada a la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso de elección de los miembros principales y delegados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA).

La abogada Johana Márquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 274.320, presento diligencia mediante la cual consignó anexos


2. AA70E2015000057

El ciudadano JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ RINCÓN, asistido por el abogado Claudio Bata Gallardo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: "PRIMERO: Se reconocen las autoridades de la organización con fines políticos nacional INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), electos en la Convención Nacional de Comités Operativos Regional, es celebrada el 25 de mayo de 2013, para el periodo de seis (06) años desde 2013 hasta 2019…".

El abogado Claudio Bata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.561, presento diligencia mediante la cual retiró copias certificadas solicitadas en fecha 18 de julio de 2018.


3. AA70E2018000031

Los ciudadanos JOSÉ MONTILLA CONTRERAS, EDGAR RODRÍGUEZ CARVAJAL Y DOUGLAS GONZÁLEZ, asistidos en este acto por el abogado Roberto Ali Colmenares, mediante la cual interpusieron "recurso contencioso electoral de nulidad por razones de inconstitucionalidad o ilegalidad, conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos periodo 2018-2020; por sus actos u omisión y abuso de derecho en el proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva y Suplentes de la referida Asociación.

La abogada Carolina Ortega Celis, inscrita en el Inpreabogado BAJO EL n° 107.223, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual retiró las copias certificadas solicitadas en fecha 22 de mayo de 2018.


OFICIOS RECIBIDOS EN
1. AA70E2018000007

Por recibido Oficio N° JS-002-000056 de fecha 09 de enero de 2018, emanado del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante la cual remitió recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados MAURICIO IVÁN VALENCIA OCAMPO Y ROSA ANGÉLICA DÍAZ GUERRERO, actuando en su carácter de apoderados judiciales de las entidades de trabajo FARMACIA POLICLINICA C.A., POLICLINICA TACHIRA C.A., FUNTE DE SODA POLICLINICA TACHIRA C.A., y POLICLINICA TACHIRA HOSPITALIZACION C.A, contra el "auto N° 2016-0501 de fecha 23 de febrero de 2016, dictado por el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (R.N.O.S) del Ministerio del Proceso Social del Trabajo".

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha, Oficio N° 3190-288 de fecha 18 de julio de 2018, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 26 abril de 2018, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.


2. AA70E2018000011

Los ciudadanos ÓSCAR RAMÓN FIGUERA GONZÁLEZ y REGULO REINA, invocando el primero su condición de Secretario General de la Organización Política, Partido Comunista de Venezuela (PCV) y el segundo como candidato de la Alcaldía del Municipio Libertador del estado Monagas por el mencionado partido político, asistidos por el abogado Juan Rafael Perdomo, inscrito en el Inpreabogado 912, interpusieron recurso contencioso electoral contra el acto de proclamación del ciudadano Miguel Antonio Presilla como Alcalde del referido Municipio.

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha, Oficio N° 140/18 de fecha 31 de julio de 2018, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 10 de julio de 2018, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.


3. AA70E2018000019

El ciudadano MIGUEL UBETO, aludiendo el carácter de atleta especialidad del ciclismo, asistido por el abogado José Luis Ramey Gutiérrez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso de elecciones de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Ciclismo, celebrada el pasado 23 de febrero de 2017.

RECEPCIÓN DE COMISISÓN: Por recibido en esta misma fecha, Oficio N° 3190-284 de fecha 17 de julio de 2018, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 28 de mayo de 2018, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.


4. AA70E2018000019

El ciudadano MIGUEL UBETO, aludiendo el carácter de atleta especialidad del ciclismo, asistido por el abogado José Luis Ramey Gutiérrez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso de elecciones de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Ciclismo, celebrada el pasado 23 de febrero de 2017.

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha, Oficio N° 0.298/2018 de fecha 12 de julio de 2018, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 28 de mayo de 2018, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.


5. AA70E2018000048

Por recibido oficio N° 21.879 de fecha 12 de julio de 2018, emanado del tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, mediante el cual remite acción de amparo constitucional, interpuesto por los ciudadanos EZEQUIEL DAVID MUÑOZ FARIÑA, JOSÉ GREGORIO RONDÓN GUZMÁN, ESTEFANY DEL CARMEN BALANTA MARTÍNEZ, FÉLIX ARMANDO GÓMEZ Y LEOMAR VALDEZ, titulares de la cédula de identidad Nros. 22.974.265, 20.917.512, 20.648.338, 13.813.120 y 19.700.064, en su condición de autoridades del Centro de Estudiantes del Instituto Pedagógico de Maturín estado Monagas, asistidos por el abogado RONALD CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.099, contra la Comisión Electoral designada por el Consejo Directivo de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y el Instituto Pedagógico "Antonio Lira Alcalá de Maturín".

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha, Oficio N21.885 de fecha 06 de agosto de 2018, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, anexo al cual remitió comisión signada bajo el N° 18830 remitida bajo oficio N° 13.369 de fecha 11.07.2018, constante de ocho (08) folios proveniente del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Barbará de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2016000011

Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR Y JESÚS RIVERA, actuando en su carácter de Candidatos a la Presidencia del Consejo de Administración y Asociados a la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, presentaron recurso contencioso electoral conjuntamente con la medida innominada de amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, celebrada en fecha 12 de junio de 2015.

El ciudadano Alguacil Consigna copia del Oficio Nº 18.374, librado para el ciudadano DANIEL DÍAZ. Presidente de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°75 de fecha 11-07-2018.


2. AA70E2018000002

El ciudadano ENRIQUE SÁNCHEZ, invocando su condición de candidato al cargo de Tesorero del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro del Personal del Ministerio Público, asistido en este acto por las abogadas Rosa Guevara y Zuleima Martínez, interpuso recurso contencioso electoral contra el acto eleccionario realizado para elegir las nuevas autoridades de la referida caja de ahorro, para el periodo 2017-2020.

El ciudadano Alguacil Consigno copia del Oficio Nº 18.223, librado para el ciudadano Reinaldo Muñoz Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, el cual me fue recibido por la ciudadana Joselin Ramírez Asistente Jurídico de la Gerencia General de Litigio, mediante el cual se le notificó de de la Sentencia N°35 de fecha 16-04-2018.


3. AA70E2018000002

El ciudadano ENRIQUE SÁNCHEZ, invocando su condición de candidato al cargo de Tesorero del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro del Personal del Ministerio Público, asistido en este acto por las abogadas Rosa Guevara y Zuleima Martínez, interpuso recurso contencioso electoral contra el acto eleccionario realizado para elegir las nuevas autoridades de la referida caja de ahorro, para el periodo 2017-2020.

El ciudadano Alguacil Consigno copia del Oficio Nº 18.222, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, mediante el cual se notifico de la Sentencia Nº 35 de fecha 16-04-2018.


4. AA70E2018000049

Los ciudadanos EDUARDO RAMÓN CONTRERAS BERNAL, ROMAN MEJÍAS, MILENA QUINTERO PATIÑO, GERALDO CLOSIER y DANIEL USECHE ORTIZ, asistidos por el abogado LUIS MIGUEL LABRADOR HERNÁNDEZ, en su condición de candidatos a los diferentes cargos de la junta Directiva de la Caja de Ahorro de la Policía Nacional (CAPOLNAC) para el periodo 2018-2021, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida de amparo cautelar en contra de las elecciones de la referida caja de ahorros realizadas en fecha 04 de julio de 2018.

El ciudadano Alguacil Consigna copia del Oficio Nº 18.399, librado para los ciudadanos ROGER GARCÍA, DARÍO ROMERO y OSMARY GUERRA. MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORRO DE LA POLICÍA NACIONAL (CAPOLNAC), mediante el cual se le notificó de escrito interpuesto.


La Presidenta,
Indira Maira Alfonzo Izaguirre
La Secretaria,
Intiana López Pérez