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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 27/02/2018 | |
CUENTA, N° 26 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70E2018000018 |
El ciudadano Alejandro José Aguilera Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 16.068.302, aludiendo el carácter de Secretario General encargado de la Organización con fines políticos MOVIMIENTO ECOLÓGICO DE VENEZUELA, asistido por el abogado José Francisco Contreras, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 28.766, interpuso recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral. |
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Se recibio recurso contencioso electoral de nulidad. |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2018000017 |
La abogada OLGA MELÉNDEZ, "actuando en nombre propio, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar y Medida Cautelar Innominada de suspensión de efectos contra la Circular del Consejo Nacional Electoral de fecha 09 de febrero de 2018, dirigida a las Misiones Diplomáticas y Consulares de la Republica Bolivariana de Venezuela acreditadas en el exterior". |
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SOLICITUD DE ANTEDECENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se Libró Oficio N° 18.068. Asimismo, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitudes cautelares, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designó ponente al Magistrado CHRISTIAN ZERPA, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y las solicitudes cautelares. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2016000025 |
el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.693.579, invocado el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, inscrito en el Inpreabogado N° 102.453, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato "y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical", pautado para el día 06 de abril de 2016. |
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CARTELES. Visto que en fecha 26 de febrero de 2018, fue recibido el oficio N° 065-18 de fecha 24 de enero de 2018, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guácara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 15 de noviembre de 2017, mediante la cual se ordenó notificar la Sentencia N° 193 dictada en fecha 09 de noviembre de 2017 y del auto dictado en fecha 15 de noviembre de 2017, en la que se evidenció la imposibilidad de cumplir en su totalidad con la notificación encomendada, esta Sala, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación |
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2. | AA70E2017000115 |
La abogada Isvelia Yalixza Ojeda, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 102.458, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ANGEL ARQUIMEDES FERNÁNDEZ CORREA, titular de la cédula de identidad N° 13.756.282, invocando su condición de "postulante por iniciativa propia al cargo de Alcalde de Municipio del Municipio Los Guayos del estado Carabobo, para el proceso electoral a celebrarse el 10 de diciembre de 2017", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra "los actos y omisiones y las vías de hecho emanados de la Junta Municipal Electoral MP. Los Guayos del Estado (sic) Carabobo…" |
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CARTELES. Visto que en fecha 26 de febrero de 2018, fue recibido el oficio N° 038-2018 de fecha 23 de enero de 2018, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 28 de noviembre de 2017, mediante la cual se ordenó notificar la Sentencia N° 200 dictada en fecha 23 de noviembre de 2017, en la que se evidenció la imposibilidad de cumplir en su totalidad con la notificación encomendada, esta Sala, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2016000052 |
Por oficio N° 0900-527 de fecha 31 de mayo de 2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió Acción de Amparo Constitucional con solicitud de medida cautelar interpuesta por el ciudadano MILTON JESÚS RAMÍREZ TORRES, titular de la cédula de identidad 4.373.007, contra de los "hechos, actos u omisión, originados por los ciudadanos que conforman la Comisión Electoral de Regular el Proceso de Elecciones que se realizaran en fecha 29 de mayo de 2016 (…) en lo que respecta a la participación de postulación de plancha a la elección de la junta directiva del Condominio Urbanización Villa Roca III". |
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El abogado Theoskar Obregon, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°111.533, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Milton Jesus Ramirez Torres, titular de la cedula N° 4.373.007, presentó diligencia mediante la cual retiró las copias certificadas de la sentencia N° 182. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2015000084 |
JORGE GONZÁLEZ DAMAS, NAIBETH CHIRGUITA LEMUS, CARLOS RODRÍGUEZ YERVES, LUIS ANGULO ORTEGA, LEOBARDO TOVAR AMADOR, LUIS VILORIA ARIAS, JULIO LARA BELLO, JHONNY GONZÁLEZ, YOEL SERRANO ARA, JHONNY BERAZA VARGAS, SAEL GOLINDANO HERNÁNDEZ, TOMÁS RODRÍGUEZ FIGUERA, ABELARDO VALLEJO RODRÍGUEZ, ANOTNIO ALCALÁ RODRÍGUEZ, ANNIEL RODRÍGUEZ ROJAS, JOSÉ CABRERA AYALA, YUBERT ACOSTA JAIMES, LIZAIDA HEREDIA BASTARDO y RONNIEL ROJAS BORRAS, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA) "por NEGARSE a incorporar a mis representados como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer sus derechos al sufragio en las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato 2015-2018, convocadas para el 29 de junio de 2015. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-722, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos JORGE GONZÁLEZ DAMAS, NAIBETH CHIRGUITA LEMUS, CARLOS RODRÍGUEZ YERVES, LUIS ANGULO ORTEGA, LEOBARDO TOVAR AMADOR, LUIS VILORIA ARIAS, JULIO LARA BELLO, JHONNY GONZÁLEZ, YOEL SERRANO ARA, JHONNY BERAZA VARGAS, SAEL GOLINDANO HERNÁNDEZ, TOMÁS RODRÍGUEZ FIGUERA, ABELARDO VALLEJO RODRÍGUEZ, ANTONIO ALCALÁ RODRÍGUEZ, ANNIEL RODRÍGUEZ ROJAS, JOSÉ CABRERA AYALA, YUBERT ACOSTA JAIMES, LIZAIDA HEREDIA BASTARDO y RONNIEL ROJAS BORRAS (parte accionante), a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana y al Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SITRACOMSIGUA), el fallo Nº 191 dictado por esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017. |
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2. | AA70E2015000106 |
Los ciudadanos ADAN CEDEÑO PÉREZ, MARCOS CORNIEL, ESMIL VÉLIZ, GERSON VERDE, JOUSEL RIVAS, ALBERTO ORTIZ, JESÚS DANIEL PÉREZ, GUSTAVO RIVERO, WUINKENFIL BORRAS y SIXTO VELÁSQUEZ, invocando la condición de trabajadores activos del COMPLEJO SIDERÚRGICO DE GUAYANA, C.A. (COMSIGUA), y afiliados al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA), asistidos por el abogado Richard Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.266, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA) por "NEGARSE a incorporarnos como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer nuestros derechos al sufragio en las elecciones de la junta directiva del sindicato 2015-2018 convocadas para el pasado 29 de junio de 2015". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-721 librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos Adán Cedeño Pérez, Marcos Corniel, Esmil Véliz, Gerson Verde, Jousel Rivas, Alberto Ortiz, Jesús Daniel Pérez, Gustavo Rivero, Wuinkenfil Borras y Sixto Velásquez (parte accionante) asimismo notificar a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA), parte accionada, del contenido del fallo Nº 190 dictado por esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017. |
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3. | AA70E2015000117 |
ROBERTO JOSÉ CAMPERO REYES, titular de la cédula de identidad N° 7.236.940, invocando el carácter de afiliado a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistido por el abogado José Clemente Hernández Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 183.219, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Nacional y Regional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-719, librado al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de practicar la notificación al ciudadano Roberto José Campero Reyes (parte accionante), del fallo N° 108 dictado por esta Sala Electoral en fecha 20 de julio de 2017. |
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4. | AA70E2016000025 |
el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.693.579, invocado el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, inscrito en el Inpreabogado N° 102.453, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato "y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical", pautado para el día 06 de abril de 2016. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-714 librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano ARQUIMEDES SEQUERA (parte recurrente), a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario del Sindicato ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), de la Sentencia N° 193 de fecha 09 de noviembre de 2017 y del auto de fecha 15 de noviembre de 2017. |
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5. | AA70E2017000090 |
Por recibido oficio N° J5-SME-311.2017 de fecha 15 de junio de 2017, emanado del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO, titulares de las cédulas de identidad Nos. 50.031.377, 9.249.794 y 11.491.114, respectivamente, actuando en su condición de Docentes en función de Director y Directivos Principales del Sindicato Unitario del estado Táchira (S.U.M.A), asistidos por el abogado Romel J. Sánchez Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.930, para que ordene la suspensión del cronograma electoral del mencionado Sindicato. Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 07 de junio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer del recurso conten |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-718 librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO (parte recurrente), de la Sentencia N° 196 de fecha 09 de noviembre de 2017 y del auto de fecha 15 de noviembre de 2017. |
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6. | AA70X2017000017 - AA70E2017000038 |
El abogado Tulio Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 152.982, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Maria Elena Bujan Tato, José Antonio Villaro Arteaga, Reina Chiquinquira Romero Rojas, Yamir José Bracho Preciado y Cristian Armando Grandon Ortiz (parte recurrida), presentó escrito mediante el cual apeló la sentencia N° 139 de fecha 10 de agosto de 2017. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-727, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta de Condominio del Complejo de CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB (parte recurrida), de la Sentencia N° 197 dictada en fecha 09 de noviembre de 2017. |
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7. | AA70X2017000018 - AA70E2017000034 |
El abogado Héctor José Silva Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.976, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación de Baloncesto del estado Carabobo, presentó escrito mediante el cual se opuso a la medida cautelar acordada mediante sentencia N° 95 dictada por esta Sala Electoral en fecha 04 de julio de 2017. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-729, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la ASOSIACION DE BALONCESTO DEL ESTADO CARABOBO, de la Sentencia Nº 199 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017. |
La Presidenta, | |
Indira Maira Alfonzo Izaguirre | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |