REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 17/05/2018
CUENTA, N° 68

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2018000040

El ciudadano CARLOS RAMÓN PAREDES GARRIDO, titular de la cédula de identidad N° V- 6.581.898, invocando su condición de integrante del Comité de Contraloría Social del Sistema de Justicia Judicial, asistida por la abogada Martha josefina Riategui Villamizar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 237.949, interpuso "amparo constitucional con medida cautelar de suspensión de las elecciones regionales del 10 de mayo de 2018".

Recepción de escrito de acción de amparo constitucional con medida cautelar de suspencion.


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2018000037

El ciudadano RAFAEL UZCATEGUI, en su carácter de Coordinador General del PROGRAMA VENEZOLANO DE EDUCACIÓN ACCIÓN EN DERECHOS HUMANOS, asistido por los abogados ERIC CARLOS PATIÑO, JUDERKIS AGUILAR y JOYFFER BRICEÑO, interpuso "recurso contencioso electoral con medida cautelar contra el proceso electoral cuyo acto de votación se estará realizando el 20 de mayo de 2018, y se refiera a las elecciones para elegir al Presidente de la República".

SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se libro Oficio Nº. 18.238. Asimismo, se designó ponente: Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a quien se le remite el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud de medida cautelar formulada.


2. AA70E2018000038

El ciudadano MANUEL BATISTA y JUAN RAMÍREZ, titulares de la cédula de identidad Nros. V-9.405.870 y V- 26.899.475, respectivamente, alegando su condición de trabajadores de la empresa COMPLEJO SIDERURGICO NACIONAL, S.A. (SIDETUR PLANTA VALENCIA), y de afiliados al SINDICATO MOVIMIENTO SOCIALISTA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA SIDERURGICA DDEL TURBIO S.A. "SIDETUR PLANTA VALENCIA", asistidos por el abogado Domingo Alberto Tovar Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 187.288, interpusieron "amparo constitucional a los fines de que esta sala ordene el proceso electoral para la renovación de las autoridades del referido sindicato".

PONENTE: Se designa ponente: Magistrado MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión de la acción de amparo constitucional interpuesta.


3. AA70E2018000039

El ciudadano CLAUDIO FERMÍN, titular de la cédula de identidad N° V- 3.224.351, en su condición de Jefe de Campaña del Candidato de la oposición democrática Henri Falcón, asistido por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Julio Alejandro Pérez Graterol, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 28.575 y 78.826, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral en contra de las "omisiones de actuación del CONSEJO NACIONAL ELECTRAL de permitir la instalación de los puntos de apoyo político conocidos como puntos rojos o punto tricolor".

SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se libro Oficio Nº. 18.239. Asimismo, se acordó asumir el asunto como ponencia conjunta, a los fines del pronunciamiento respecto a la admisión del recurso y la solicitud de medida cautelar formulada.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2018000039

El ciudadano CLAUDIO FERMÍN, titular de la cédula de identidad N° V- 3.224.351, en su condición de Jefe de Campaña del Candidato de la oposición democrática Henri Falcón, asistido por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Julio Alejandro Pérez Graterol, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 28.575 y 78.826, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral en contra de las "omisiones de actuación del CONSEJO NACIONAL ELECTRAL de permitir la instalación de los puntos de apoyo político conocidos como puntos rojos o punto tricolor".

NOTIFICACIÓN: Vista la Sentencia N° 52 dictada por esta Sala Electoral, en fecha 17 de mayo de 2018, se acordó notificar al ciudadano CLAUDIO FERMÍN, (parte recurrente), al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, (parte recurrida), al ciudadano NICOLAS MADURO MOROS, a los ciudadanos JAVIER BERTUCCI CARRERO y REINALDO QUIJADA CERVONI, y al MINISTERIO PÚBLICO. Líbrese Boletas, Carteles y Oficios Nros. 18.240 y 18.241.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2016000011

Los ciudadanos Ignacio Ávila Guerra, Alfredo Ramón Gutiérrez Tovar y Jesús Rivera, titulares de las cédulas de identidad Nroz. V.-9.482.546, V.-4.461.890 y V.-3.971.597 respectivamente, actuando en su carácter de Candidatos a la Presidencia del Consejo de Administración y Asociados a la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, presentaron Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con la Medida Innominada de Amparo Cautela contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, celebrada en fecha 12 de junio de 2015.

Los ciudadana ANA MARÍA PÉREZ MONASTERIOS, titular de la cédula de identidad N° V- 12.911.371, en su condición de Presidenta de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, asistido en este acto por el abogado José Gregorio Talavera, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.362, presentó diligencia mediante la cual consignó documentación relacionada con el presente asunto.


SENTENCIA
1. AA70E2014000001

ROLANDO VAN GRIEKEN, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la "…Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, por haber convocado (…) a elecciones de dicha Asociación…", cuyo acto de votación se fijó para el 29 de enero de 2014

SENTENCIA N° 46. MAGISTRADO PONENTE: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. La Sala declaró: 1-PROCEDENTE la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia número 96 de fecha 10 de abril de 2014. 2-ORDENA la EJECUCIÓN INMEDIATA de la sentencia número 96 de fecha 10 de julio de 2014. 3-Se ADVIERTE a la Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de los Andes (A.E.U.L.A), que de no dar cumplimiento de la sentencia número 96 del 10 julio de 2014, se le aplicaran las sanciones establecidas en los artículos 121 y 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.


2. AA70E2014000044

JORGE LUIS PADRÓN ÁLVAREZ y EUCLIDES AZOCAR, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "…la decisión adoptada por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental 'Simón Bolívar' (…) al convocar a elegir al invitado permanente del personal administrativo y técnico de la USB, ante los Consejos Directivos de la Universidad Simón Bolívar y de la sede del Litoral y hacer el llamado a elegir un número menor de representantes del personal administrativo...", cuyo acto de votación se fijó para el día 19 de junio de 2014.

SENTENCIA N° 45. MAGISTRADO PONENTE: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. La Sala declaró: PRIMERO: CON LUGAR el presente recurso contencioso electoral ejercido por los ciudadanos Jorge Luis Padrón Álvarez y Euclides Azocar, identificados ut supra, en su carácter de personal administrativo jubilado de la Universidad Nacional Experimental Simón Bolívar (USB), asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, SEGUNDO: NULO el Boletín N° IPE-01/2014 contentivo de la convocatoria a elecciones del invitado permanente del personal administrativo y técnico de la universidad nacional experimental Simón Bolívar y de la sede del litoral y de los representantes de los empleados administrativos en la asamblea universitaria de dicha casa de estudios, así como todos los actos subsiguientes respecto de ese mismo proceso por lo cual se ordena a la referida Comisión Electoral mantener la suspensión del proceso TERCERO: RATIFICA el dispositivo cuarto de la sentencia número 216 de fecha 03 de diciembre de 2015, en el c


3. AA70E2015000050

La ciudadana CARMEN TOVAR, invocando su condición de asociada a la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso de elección de los miembros principales y delegados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA).

SENTENCIA N° 50. MAGISTRADA PONENTE: FANNY MÁRQUEZ CORDERO. La Sala declaró: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de declaratoria de desacato de la Sentencia N° 170 de fecha 5 de agosto de 2016, dictada por esta Sala Electoral, en virtud de que la misma quedó sin efecto producto de la Sentencia N° 78 dictada por la misma Sala, el 31 de mayo de 2016, mediante la cual se resolvió el asunto debatido en los expedientes Nros. AA70-E-2015-000071, AA70-E-2015-000080 y AA70-E-2015-000093. 2.- ORDENA abrir una articulación probatoria de ocho (8) días y notificar a la a Comisión Electoral Ad-Hoc designada por la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA), a fin de que presente dentro de dicho lapso escrito de defensa, pruebas o lo que considere pertinente en relación con los hechos y la solicitud de declaratoria de desacato incoada en su contra por la no publicación del cronograma electoral.


4. AA70E2016000070

Los ciudadanos LENIN FUENTES, NAIL BETANCOURT, ELKER NOHEMI LÓPEZ, JOSÉ GUITAN y OSWALDO BATISTA, titular de la cédula de identidad Nos. 15.844.021, 6.869.656, 6.267.656, 5.602.256 y 4.436.155, respectivamente, aludiendo la cualidad de Presidente de la Comisión Electoral Principal, Presidente del Consejo de Administración, Secretaria del Consejo de Administración, Presidente del Consejo de Vigilancia y Vicepresidente del Consejo de Vigilancia, respectivamente, de la Asociación Civil de Caja de Ahorros de los Obreros del Ministerio de Infraestructura (CADO-MINFRA), interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de los efectos contra los actos administrativos contenidos en las Providencias Administrativas emanadas de la Superintendencia de Cajas de Ahorros de fecha 17 de agosto de 2016 signada con el N° 001-2016; Acta de fecha 19 de agosto de 2016 y acto administrativo N° 001-2016 de fecha 26/8/2016

SENTENCIA N° 49. MAGISTRADO PONENTE: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. La Sala declaró: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto en fecha 27 de septiembre de 2016, por los ciudadanos LENIN FUENTES, NAIL BETANCOURT, ELKER NOHEMI LÓPEZ, JOSÉ GUITAN y OSWALDO BATISTA, asistidos por los abogados Luis Armando García Sanjuán y Daniel Ramón Iglesias, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 10.851 y 37.197. SEGUNDO: NULA el Acta S/N de fecha 19 de agosto de 2016 levantada en la sede de la Superintendencia de Cajas de Ahorro.TERCERO: La NULIDAD PARCIAL del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 003-2016 de fecha 26 de agosto de 2016, solo en cuanto a "…Asumir el control, supervisión, fiscalización e inspección, durante el desarrollo o etapas del Proceso Electoral, desde el nombramiento de una 'nueva' COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL y


5. AA70E2017000097

El ciudadano YORMAN ALI ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 15.690.103, actuando en su carácter de Presidente y Delegado de la Asociación de Ajedrez del estado Portuguesa, miembro de la Asamblea General de la Federación Venezolana de Ajedrez, asistido por la abogada Ingrid Reyez Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, en contra "de los Estatutos y el Reglamento Electoral de la Federación, además, las Convocatorias vinculadas a la designación de la Comisión Electoral y del Acto de Asamblea Eleccionaria de la Federación, y por ende, todo el Proceso Electoral de la Federación que concluirá con el acto de votación en fecha 20 de agosto de 2017".

SENTENCIA N° 47. MAGISTRADA PONENTE: JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. La Sala declaró: La Sala ORDENÓ a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Ajedrez, en atención a lo establecido en el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil, que consignen en el expediente las Actas de las Asambleas Extraordinarias en las que se aprobó el Estatuto y el Reglamento Electoral de la Federación debidamente modificado y protocolizado, así como las actas del proceso electoral de la Federación 2017-2021, relacionadas con el presente recurso contencioso electoral interpuesto contra "los Estatutos y el Reglamento Electoral de la Federación, además las Convocatorias vinculadas a la designación de la Comisión Electoral y del Acto de Asamblea Eleccionaria de la Federación, y por ende, todo el Proceso Electoral de la Federación que concluirá con el acto de votación en fecha 20 de agosto de 2017 (sic)", en un tiempo perentorio de tres (3) días de despacho, contados a partir


6. AA70E2017000121

El ciudadano JOSÉ GREGORIO RUIZ, titular de la cedula de identidad N° V- 5.153.464, venezolano mayor de edad, asistidos por los abogados LYLI LÓPEZ y FRANCISCO VILLAFAÑE, inscritos en el Inpreabogado Nros. 55.546 y 186.022, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y media de suspensión de efectos, "contra el acto de votación de la elección municipal celebrada el 10 de diciembre de 2017, en el Municipio San Diego del Estado Carabobo, para el periodo constitucional 2017-2022. Efectuada por el Consejo Nacional Electoral, por estar viciada de NULIDAD ABSOLUTA, al ser producto de la manipulación, presión e intimidación de la votación libre y secreta de los electores del Municipio San Diego del Estado Carabobo".

SENTENCIA N° 44. MAGISTRADO PONENTE: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir "Recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar" solicitada el 13 de diciembre de 2017, por el ciudadano José Gregorio Ruiz, asistido los abogados, Lyli López y Francisco J. Villafañe M, todos identificados, contra "el acto de votación de la Elección Municipal celebradas el pasado 10 de Diciembre de 2017, en el Municipio San Diego del Estado Carabobo, para el período constitucional 2017-2022, efectuada por el Consejo Nacional Electoral, por estar viciado de NULIDAD ABSOLUTA, al ser producto de la manipulación, presión e intimidación, de la votación libre y secreta de los electores del Municipio San Diego del Estado Carabobo" (Mayúsculas del original). SEGUNDO: ADMITE el recurso contencioso electoral. TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar.


7. AA70E2018000012

Por recibido oficio N° 18-0008 de fecha 09 de enero de 2018, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Marítimo del Segundo Circuito del estado Bolívar, mediante el cual remite "demanda de nulidad" presentada por el ciudadano YORMAN HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 10.934.527, invocando su condición de de Asociado y Presidente de la Asociación de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar , asistido en este acto por los abogados, Jhonny Cedeño, José Sarache Marin y José Agustini Terán, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 121.633, 92.503 y 53.231, respectivamente, contra el proceso de elecciones de la Junta Directiva del Periodo 2017-2019 de la referida Cámara de Comercio.

SENTENCIA N° 48. MAGISTRADO PONENTE: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. La Sala declaró: PRIMERO.- ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA que le hiciera el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en fecha 09 de enero de 2018 y, en consecuencia, se declara COMPETENTE para conocer y decidir el presente recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el "...PROCESO DE ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL PERIODO 2017-2019 DE LA CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL ESTADO BOLIVAR, [y, por consiguiente contra el] ciudadano DAVID BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Puerto Ordaz, Estado Bolívar, y cedula de identidad nro.12.359.690, en su carácter de presidente designado en el acto objeto de nulidad en este acto, según proclamación realizada por la comisión electoral en fecha 16-6-17 y juramentado en


8. AA70E2018000019

El ciudadano MIGUEL UBETO, aludiendo el carácter de atleta especialidad del ciclismo, asistido por el abogado José Luis Ramey Gutiérrez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso de elecciones de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Ciclismo, celebrada el pasado 23 de febrero de 2017.

SENTENCIA N° 42. MAGISTRADA PONENTE: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. La Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, por el ciudadano MIGUEL UBETO, alegando la condición de atleta en la especialidad de ciclismo, asistido por el abogado Raúl José Luis Ramey, contra el "(...) proceso de elecciones de la Junta Directiva, Consejos de Honor y Contralor de la 'FEDERACIÓN VENEZOLANA DE CICLISMO' celebrado por la Comisión Electoral el 23 de FEBRERO de 201[8] (...)" (negrillas del original y corchetes añadidos). 2. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto. 3. IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, por cuanto no se evidencia el fumus boni iuris constitucional.


9. AA70E2018000032

El abogado Francisco Javier López Mercado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.203, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ COROMOTO LEAL, MARCOS DAVID CHACON SALAS, JOSÉ CARLOS ORONEL ÁLVAREZ, LUIS EDGARDO RAMÍREZ BRICEÑO, JUCELYS MARGARITA PÉREZ CHACIN, ILIANA CAROLINA TRUJILLO ASTUDILLO, ÁLVARO ENRIQUE GUERRERO, JUAN DE DIOS PERDOMO LARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 8.572.543, V-17.042.651, V- 11.842.719, V- 7.370.126, V- 14.628.794, V- 19.277.364, V- 23.423.542, y V- 12.928.011, respectivamente, y otros mas, en su condición de trabajadores activos y afiliados de Sindicato de Trabajadores de la Empresa Operador Logístico Agrícola. C.A. SINTRAOLACA, interpone solicitud de convocatoria a elecciones para la elección de la Junta Directiva del referido Sindicato.

SENTENCIA N° 51. MAGISTRADA PONENTE: FANNY MÁRQUEZ CORDERO. La Sala declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer y decidir la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por el abogado Francisco López, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JUAN DE DIOS PERDOMO LARA, ALEXIS ANTONIO GARCÍA TORRES, EDWARD JOSÉ GUTIÉRREZ GUERRA, MOISÉS DAVID LOYO FERNÁNDEZ y FRANCISCO ANTONIO SANGRONIS SÁNCHEZ, todos identificados anteriormente, quienes alegan su condición de afiliados al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA OPERADOR LOGÍSTICO AGRÍCOLA, C.A. (SINTRAOLACA) relacionada con la renovación de los miembros de la Junta Directiva de la referida organización sindical. 2.- ADMITE la solicitud interpuesta y ACUERDA su tramitación por el procedimiento instituido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante Sentencia N° 7 de fecha 1° de febrero de 2000, en concordancia con las disposiciones de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garant


10. AA70E2018000039

El ciudadano CLAUDIO FERMÍN, titular de la cédula de identidad N° V- 3.224.351, en su condición de Jefe de Campaña del Candidato de la oposición democrática Henri Falcón, asistido por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Julio Alejandro Pérez Graterol, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 28.575 y 78.826, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral en contra de las "omisiones de actuación del CONSEJO NACIONAL ELECTRAL de permitir la instalación de los puntos de apoyo político conocidos como puntos rojos o punto tricolor".

SENTENCIA N° 52. PONENCIA CONJUNTA. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar innominada por el ciudadano CLAUDIO FERMÍN, actuando con la condición de "(…) JEFE DE CAMPAÑA del candidato de la Oposición Democrática HENRI FALCÓN (…)", asistido por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Julio Alejandro Pérez Graterol, contra "(…) las Omisiones de Actuación del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (…) de permitir la instalación de los puntos de apoyo político conocidos como Puntos Rojos o Puntos Tricolor (...)" en el proceso electoral a celebrarse el 20 de mayo de 2018 (destacado del original). SEGUNDO: ADMITE el recurso contencioso electoral. TERCERO: IMPROCEDENTE las solicitudes cautelares innominadas contenidas al inicio del libelo en los particulares 1 y 3, por cuanto se refiere a hechos futuros e inciertos, que no pueden considerarse ni siquiera como una amenaza real o inminente de transgre


11. AA70X2018000002 - AA70E2018000028

El abogado Alirio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.768, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana FABIANA ROSA ALFONZO BELLO, titular de la cédula de identidad N° V- 11.850.022, presentó escrito mediante el cual solicitó medida cautelar.

SENTENCIA N° 43. MAGISTRADA PONENTE: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. La Sala declaró: En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada presentada en fecha 10 de abril de 2018 por el abogado Alirio Arias Altamira, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Fabiana Rosa Alfonzo Bello, identificados, invocando la condición de "Presidenta de la Asociación de Esgrima del Barinas y Miembro de la Asamblea General de la Federación Venezolana de Esgrima", en el recurso contencioso electoral interpuesto contra la Comisión Electoral de la referida organización federativa y el Instituto Nacional de Deportes (IND).


La Presidenta,
Indira Maira Alfonzo Izaguirre
La Secretaria,
Intiana López Pérez