REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 05/02/2019
CUENTA, N° 14

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2017000003

El ciudadano ENRIQUE JOSÉ RIVAS ESPINOZA, aludiendo su condición de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Fútbol "Bolivariano Sport Club", asistido por el abogado Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" y la COMISIÓN ELECTORAL" de la Asociación de Fútbol del estado Sucre.

RESERVA DE PRUEBAS: la ciudadana Elena Mundaray, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 289.369, en su carácter de apoderada judicial del recurrente, consignó escrito de promoción de pruebas, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordena reservar el escrito consignado hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.


2. AA70E2018000033

Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el periodo 2018-2020 de la referida caja de ahorro".

PRORROGA DE EVACUACION: Vista la diligencia presentada en fecha 5 de febrero de 2019 por el ciudadano Rodolfo Luis Quijada Marval, titular de la cédula de identidad Nº V-5.083.706, inscrito en el Inpreabogado con el Nª 82.529, mediante la cual solicita se prorrogue el lapso de evacuación de pruebas, este Juzgado, a los fines de garantizar el derecho a la defensa de las partes, así como el debido proceso, acuerda prorrogar el lapso de evacuación de pruebas por diez (10) días de despacho contados a partir del día de despacho siguiente al de hoy, a los fines de que en dicho plazo sean recibidos los resultados de la exhibición documental requerida y la comisión librada el 16 de enero de 2019. Ello de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.


3. AA70E2019000001

El ciudadano LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN, titular de la cédula de identidad N° 4.145.286, invocando el carácter de Vocero Principal de los Pensionados Vitalicios de PDVSA Occidente y aspirante a candidato a la Dirección Regional de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, asistido por el abogado Carlos Alberto Guerrero Quintana, Defensor Público Provisorio Segundo ante la Sala Electoral, inscrito en el inpreabogado N° 57.988 interpone Acción de Amparo Constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera.

Vista la Sentencia Nº 001 dictada en fecha 22 de enero de 2019, esta Sala acuerda notificar al ciudadano LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN, titular de la cédula de identidad N° 4.145.286 (parte accionante), a los fines de que de cumplimiento a lo solicitado mediante sentencia, además este Juzgado le informa que vencido el lapso de cuarenta y ocho (48) horas (lapso que debe entenderse como de dos días), dispondrá de un lapso como término de la distancia que será de ocho (8) días que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Boleta.
Se acuerda comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte accionante.


4. AA70E2019000002

El Abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado N° 14.696, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos, SOLANGE DEL VALLE NÚÑEZ MEDINA, CARLOS ALEJANDRO NÚÑEZ FUENMAYOR, PEDRO EDGAR MAS Y RUBI CAMPOS y JEAN CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad Nros. V-7.665.576, V-18.311.750, V-7.842.588 y V- 19.099.827, respectivamente, en su condición de postulados a candidatos a Concejales del Municipio Santa Rita del estado Zulia, interpuso recurso contencioso electoral, con solicitud de amparo cautelar contra "actos electorales viciados de nulidad absoluta que afectan la validez de los resultados emitidos por las Mesas Electorales (…) además de otros vicios que infectan de nulidad absoluta todo el proceso electoral para la elección de los concejales y concejalas del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, en los comicios celebrados el pasado domingo nueve (9) de diciembre de 2018."

Por recibido en esta misma fecha escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral suscrito por la abogada Sargis Ligmer Villarroel Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.668, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, se acuerda agregar al expediente judicial el referido escrito, la copia del poder que la acredita para actuar como apoderada judicial del mencionado Órgano Electoral, así como los recaudos que lo acompañan por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2018000033

Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el periodo 2018-2020 de la referida caja de ahorro".

El ciudadano RODOLFO QUIJADA, titular de la cédula de identidad número 8.083.706, (parte recurrente) asistido por el abogado Estuardo Elías Sempertiquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.599, presentó escrito mediante el cual solicitó la devolución de las fotocopias certificadas originales.


2. AA70E2018000051

El ciudadano NOEL ÁLVAREZ CAMARGO, en su condición de Coordinador Nacional del Movimiento de la Organización Política "GENERACIÓN INDEPENDIENTE (GENTE)", asistido por el abogado JESÚS CRISTÓBAL RANGEL RACHADELL, quien también actuó en su propio nombre en su carácter de miembro coordinador de la Mesa Ejecutiva Nacional, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, en "contra de la decisión del Consejo Nacional Electoral contenida en el Aviso Oficial de Renovación de nomina de inscritos organizaciones con fines políticos nacionales", en el que es mencionada la referida organización con fines políticos.

El ciudadano NOEL ALVAREZ, titular de la cédula de identidad número 5.764.087, asistido por el abogado Luis Lopez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.994, presentó escrito mediante el cual otorgó poder Apud Acta al abogado asistente.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2018000033

Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el periodo 2018-2020 de la referida caja de ahorro".

El ciudadano RODOLFO QUIJADA, titular de la cédula de identidad número 8.083.706, (parte recurrente) asistido por el abogado Estuardo Elías Sempertiquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.599, presentó diligencia mediante la cual solicitó prórroga de diez dias habiles.


2. AA70E2018000051

El ciudadano NOEL ÁLVAREZ CAMARGO, en su condición de Coordinador Nacional del Movimiento de la Organización Política "GENERACIÓN INDEPENDIENTE (GENTE)", asistido por el abogado JESÚS CRISTÓBAL RANGEL RACHADELL, quien también actuó en su propio nombre en su carácter de miembro coordinador de la Mesa Ejecutiva Nacional, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, en "contra de la decisión del Consejo Nacional Electoral contenida en el Aviso Oficial de Renovación de nomina de inscritos organizaciones con fines políticos nacionales", en el que es mencionada la referida organización con fines políticos.

El ciudadano NOEL ALVAREZ, titular de la cédula de identidad número 5.764.087, asistido por el abogado Luis Lopez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.994, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado del auto de fecha 29 de enero de 2019.


La Presidenta,
Indira Maira Alfonzo Izaguirre
La Secretaria
Intiana López Pérez