REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 14/11/2019
CUENTA, N° 140

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2017000021

El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 130.893, 197.526 y 272.187, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos BENNY DAVID FLORES RÍOS, MARIO DINO SCIORTINO, ANDREINA ALEJANDRA ALAYON, ÁNGEL CUSTODIO NADALES y JULIA COROMOTO CONCEPCIÓN, mediante el cual se les notificó que este Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en fecha 23 de octubre de 2019, dictó auto mediante la cual admitió parcialmente el recurso contencioso electoral.


2. AA70E2017000021

El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 130.893, 197.526 y 272.187, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos nos YRIS SUAREZ, RUBÉN CRESPO, RAÚL HERNÁNDEZ y GERSON ALBERTO PAVÓN, mediante el cual se les notificó que este Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en fecha 23 de octubre de 2019, dictó auto mediante la cual admitió parcialmente el recurso contencioso electoral


3. AA70E2017000021

El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 130.893, 197.526 y 272.187, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos FRANCISCO RODRÍGUEZ, JAVIER UMBRÍA, RICHARD RODRÍGUEZ y ALLEN PÉREZ, mediante el cual se les notificó que este Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en fecha 23 de octubre de 2019, dictó auto mediante la cual admitió parcialmente el recurso contencioso electoral


4. AA70E2017000021

El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 130.893, 197.526 y 272.187, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ZULME ANTONIETA ARTEAGA, mediante el cual se les notificó que este Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en fecha 23 de octubre de 2019, dictó auto mediante la cual admitió parcialmente el recurso contencioso electoral.


5. AA70E2017000021

El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 130.893, 197.526 y 272.187, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos MARCO A. ROCHA, LORENA RODRÍGUEZ, NOHELIZABETH HERRERA, ROBERT ENRIQUE PÉREZ Y GABRIEL BOLÍVAR, mediante el cual se les notificó que este Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en fecha 23 de octubre de 2019, dictó auto mediante la cual admitió parcialmente el recurso contencioso electoral


6. AA70E2017000021

El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 130.893, 197.526 y 272.187, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos IRAIMA PASTORA RIVAS, JULIO CESAR LARA, JOSÉ LUIS ANTABI y BRILGGITT BERMÚDEZ, mediante el cual se les notificó que este Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en fecha 23 de octubre de 2019, dictó auto mediante la cual admitió parcialmente el recurso contencioso electoral


7. AA70E2017000021

El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 130.893, 197.526 y 272.187, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ENRIQUE REYES, mediante el cual se les notificó que este Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en fecha 23 de octubre de 2019, dictó auto mediante la cual admitió parcialmente el recurso contencioso electoral.


8. AA70E2017000021

El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 130.893, 197.526 y 272.187, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los Clubes de Fútbol FUCEVA, CASA ITALIA, UCV ARAGUA, CF, SAN IGNACIO, ATLETICO LA VICTORIA, REAL VICTORIA, MAGDALENO FC., ATLETICO MARACAY, ESCUELITA FC., SPORTING CRISTAL FÚTSAL, ESTUDIANTES DE ARAGUA, DEPORTIVO GUERREROS F.C, BRAVOS DE AMERICA, GOLAZO FC., ATLETICO BOLIVAR, POR POLIFUTBOL FC., LA PICA II FC., LA TRINIDAD FC., SPORT MARITIMO, LIDERES SPORT, EFA, RAGUA FUTOBOL SALA, mediante el cual se les notificó que este Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en fecha 23 de octubre de 2019, dictó auto mediante la cual admitió parcialmente el recurso contencioso electoral


9. AA70E2017000096

Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de miembros fundadores y autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR) "por la violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR)".

INFORMES DIFERIDOS Visto el auto de fecha 17 de octubre de 2019, mediante el cual se fijó el acto de informes para el día martes diecinueve (19) de noviembre de 2019, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), este Juzgado acuerda diferir el referido acto para el día miércoles veinte (20) de noviembre de 2019, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), para la realización del mismo.


10. AA70E2017000102

Por recibido Oficio N° 664-201, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante el cual remitió escrito contentivo de acción de amparo constitucional interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadano ANGEL RAMIRO PULGAR ARAUJO, MARIA ELENA BRICEÑO JIMENEZ y JOSÉ ANTONIO RAMOS QUERALES, asistidos por el abogado Carlos Alberto Mendoza Torres, contra "el acto electoral celebrado el 5 de julio de 2017, en las instalaciones del Velódromo 'Héctor Alvarado' en la ciudad de Barquisimeto del Estado (sic) Lara, que escogió de manera viciada las autoridades que dirigían la Asociación de Ciclismo del Estado (sic) Lara para el periodo 2017-2021"

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ÁNGEL RAMIRO PULGAR ARAUJO, MARÍA ELENA BRICEÑO JIMÉNEZ y JOSÉ ANTONIO RAMOS QUERALES, mediante el cual se les notificó la sentencia N° 178 de fecha 10 de octubre de 2017.


11. AA70E2017000104

Los ciudadanos LUIS GABRIEL GARCÍA, EDWIN REINALDO CHIVICO, actuando con el carácter de dirigentes deportivos de la Asociación de Boxeo del Distrito Capital, debidamente asistidos por el abogado Julio Alejandro Bracho Rodríguez, interpusieron recurso contencioso electoral contra el proceso electoral para elegir a las autoridades Junta Directiva, Consejo de Honor y Concejo Contralor de la mencionada Asociación de Boxeo.

DIFERIMIENTO Visto el auto de fecha 22 de octubre de 2019, mediante el cual se fijó el acto de informes para el día 10 de diciembre de 2019, este Juzgado acuerda diferir el referido acto para el día martes (10) de diciembre de 2019, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para la realización del mismo.


12. AA70X2017000002 - AA70E2017000002

El abogado Hernán Darío Gómez Mercado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.480, en su carácter de apoderado judicial del la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual ratificó la solicitud de amparo cautelar.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos NICOLÁS SUÁRES DELGADO, LARA RODRÍGUEZ NAGGER EDUARDO, FRANCO FASCIANA AZOCAR, MIGUEL LUIS GAMARGO, ANDRÉS BRITO ESPAÑA, JOSÉ LUIS DANGLAD, JESÚS MANUEL ALVARADO, ELY LUCIDIO MORAN MORAN, WILSON SOTO, HÉCTOR ROJAS y TELMO MIGUEL MORENO mediante el cual se les notificó la sentencia N° 25 de fecha 23 de marzo de 2017.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2019000027

Por recibido oficio N° 2019-0742, de fecha 24 de septiembre de 2019, emanado del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante el cual remitió recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el abogado José Antonio Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 227.901, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titular de la cédula de identidad N° V 2.915.688, en su condición de de Delegado de la Asociación de Tenis del estado Miranda contra la Federación Venezolana de Tenis.

El abogado José Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 227.901, actuando en el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante la cual efectuó pedimentos.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2017000088

El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, actuando en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpone recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra "del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)...".

La abogada Judith Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.720, actuando en el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante el cual dió respuesta de articulación probatoria.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2016000023

Por oficio N° PH220F02016000167 de fecha 17 de febrero de 2016, el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Laboral del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua, remitió el expediente N° PP21-N-2015-000117, contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Reinaldo Romero Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.834, actuando en su carácter de apoderado judicial de las Sociedades Mercantiles FARMACIA EL AVILA, C.A., FARMACIA LA VENEZOLANA DE ACARIGUA, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO ARAURE, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO SANTA TERESITA, C.A., FARMACIA LA GOAJIRA, S.R.L., FARMACIA VICTORIA, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO CENTRO, C.A., y FARMACIA FARMAENCUENTRO LLANO MALL, C.A., interpone demanda de nulidad contra las elecciones efectuadas por la Unión Sindical Bolivariana de Trabajadores que prestan Servicios para la Entidad de Trabajo FARMAENCUENTRO C.A., (USBTRAFARMAENPORT).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.332, librado para el ciudadano Juez Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante el cual se le notificó del auto de fecha 10 de octubre de 2019.


2. AA70E2017000021

El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 130.893, 197.526 y 272.187, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.334, librado para el ciudadano Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), mediante el cual se le notificó del auto de fecha 23 de octubre de 2019.


3. AA70E2019000002

El Abogado Alexy Palmar Castillo, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos, SOLANGE DEL VALLE NÚÑEZ MEDINA, CARLOS ALEJANDRO NÚÑEZ FUENMAYOR, PEDRO EDGAR MAS Y RUBI CAMPOS y JEAN CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ, en su condición de postulados a candidatos a Concejales del municipio Santa Rita del estado Zulia, interpuso recurso contencioso electoral, con solicitud de amparo cautelar contra "actos electorales viciados de nulidad absoluta que afectan la validez de los resultados emitidos por las Mesas Electorales (…) además de otros vicios que infectan de nulidad absoluta todo el proceso electoral para la elección de los concejales y concejalas del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, en los comicios celebrados el pasado domingo nueve (9) de diciembre de 2018.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.310, librado para el ciudadano Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), mediante el cual se le notificó del auto de fecha 07 de octubre de 2019.


4. AA70E2019000017

Por recibido Oficio N° 0900-464, de fecha 12 de julio de 2019, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente signado con el N° KP02-O-2019-000037, contentivo de la acción de amparo interpuesta por los DIEGO ARMANDO PÉREZ PÉREZ Y HÉCTOR JOSÉ PEÑA PORTILLO, titulares de la cédula de identidad N° V-20.642.635 y V 20.924.203, respectivamente, asistidos por el abogado Edgar Becerra, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 126.031, contra los miembros del Consejo Electoral Estudiantil Central para la Elección de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad CentrolOccidental Lisandro Alvarado, en virtud de la declinatoria de competencia que hiciere el Juzgado remitente.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.318, librado para el ciudadano Juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó del auto de fecha 07 de octubre de 2019.


5. AA70E2019000017

Por recibido Oficio N° 0900-464, de fecha 12 de julio de 2019, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente signado con el N° KP02-O-2019-000037, contentivo de la acción de amparo interpuesta por los DIEGO ARMANDO PÉREZ PÉREZ Y HÉCTOR JOSÉ PEÑA PORTILLO, titulares de la cédula de identidad N° V-20.642.635 y V 20.924.203, respectivamente, asistidos por el abogado Edgar Becerra, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 126.031, contra los miembros del Consejo Electoral Estudiantil Central para la Elección de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad CentrolOccidental Lisandro Alvarado, en virtud de la declinatoria de competencia que hiciere el Juzgado remitente.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.320, librado para el ciudadano JUEZ (a) DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, mediante el cual se le notificó del auto de fecha 07 de octubre de 2019.


6. AA70E2019000025

Por recibido oficio N° 19-229, de fecha 04 de julio de 2019, mediante el cual el Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa del estado Bolívar, sede Puerto Ordaz, remitió expediente por declinatoria de competencia del recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO BOLIVAR contra el acto administrativo de fecha 12 de marzo de 2019 emanado de la CAMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO GRAN SABANA DEL ESTADO BOLIVAR, donde fue aprobado la ausencia absoluta del Alcalde Emilio González, y se designo como Alcalde encargado al ciudadano Alejandro Barreto Charmelo, asimismo la nulidad del acto administrativo de fecha 13 de junio de 2019 y la nulidad del acuerdo N° 04-2019, dictado por la referida Cámara Municipal.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.307, librado para el ciudadano Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Gran Sabana del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), mediante el cual se le notificó del auto de fecha 07 de octubre de 2019.


La Presidenta,
Indira Maira Alfonzo Izaguirre
La Secretaria,
Intiana López Pérez