REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 29/11/2019
CUENTA, N° 149

DILIGENCIA EN
1. AA70E2019000030

Las ciudadanas LUZ IRIARTE CARTAYA, SOLEDAD MÉNDEZ MONTILLA, YURAIMA PEREIRA DE TIRADO, MARÍA CAROLINA DÍAZ LANDAETA, y otras, titulares de la cedula de identidad N° V 3.015.028, V-3663.761, v-4.824.652, V- 6.917.323, respectivamente, actuando en nombre propio y en su condición de vecinos de San Luis, en la urbanización El Cafetal, municipio Baruta del estado Miranda, asistidas por los abogados Nilyan Santana Longa y Ricardo López Velasco, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 47.037 y 35.852, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los miembros de la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización San Luis (ASOSANLUIS).

La abogada Nilyan Santana Longa inscrita en el inpreabogado bajo los N° 47.037, actuando en nombre propio y como apoderada de los accionantes presentó diligencia mediante la cual solicitó se decrete el decaimiento del interés en el presente procedimiento.


2. AA70E2019000030

Las ciudadanas LUZ IRIARTE CARTAYA, SOLEDAD MÉNDEZ MONTILLA, YURAIMA PEREIRA DE TIRADO, MARÍA CAROLINA DÍAZ LANDAETA, y otras, titulares de la cedula de identidad N° V 3.015.028, V-3663.761, v-4.824.652, V- 6.917.323, respectivamente, actuando en nombre propio y en su condición de vecinos de San Luis, en la urbanización El Cafetal, municipio Baruta del estado Miranda, asistidas por los abogados Nilyan Santana Longa y Ricardo López Velasco, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 47.037 y 35.852, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los miembros de la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización San Luis (ASOSANLUIS).

La abogada Nilyan Santana Longa inscrita en el inpreabogado bajo los N° 47.037, actuando en nombre propio y como apoderada de los accionantes presentó diligencia mediante la cual desiste de la Acción de Amparo Constitucional.


La Presidenta,
Indira Maira Alfonzo Izaguirre
La Secretaria,
Intiana López Pérez