REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 11/04/2019
CUENTA, N° 39

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2017000017

EL ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".

Visto que en fecha 18/03/2019, fue recibido el oficio N° 0033-2019, de fecha 15/03/2019, consignado por el ciudadano Yoiner José Urrieta, designado en fecha 15/03/2019, por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, como correo especial a los fines de remitir las resultas de las notificaciones ordenadas por esta Sala en fecha 25/02/2019, asimismo se observa, que mediante diligencia presentada en fecha 10 de abril de 2019, por el abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, apoderado judicial de la parte recurrente, solicitó se libre cartel por cartelera a los fines de notificar a los miembros de la Comisión Electoral SUTPGSCEDA, este Juzgado acuerda librar cartel .


2. AA70E2017000017

EL ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".

AUTO DE CORRECIÓN DE FOLIATURA


3. AA70E2017000108

La ciudadana EGDIMAR DE JESÚS RUÍZ MORENO, actuando con el carácter de representante de los atletas ante la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Potencia, debidamente asistida por el abogado José Gregorio Padrino Barberi, interpuso recurso contencioso electoral en contra "de la elección de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Potencia, realizada el pasado 17 de julio de 2017, hasta el 23 de agosto de 2017".

Vista la Sentencia N° 019 dictada por esta Sala Electoral en fecha 11 de abril de 2019, se acordó notificar a la ciudadana EGDIMAR DE JESÚS RUÍZ MORENO (parte recurrente) y a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Potencia (parte recurrida), Junta Directiva, Consejo Contralor y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Potencia, al Instituto Nacional del Deporte y al Ministerio Público. Así mismo se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), se libraron boleta y oficios Nros 19-0106, 19-107, 19-108, 19-109, 19-110,19-111 y 19-112.


4. AA70E2018000062

Los ciudadanos JOSÉ CANELONES y RAFAEL VILLEGAS PARRA, titulares d e3la cedula de identidad Nros. V- 6.867.745 y V- 9.211.364, respectivamente, en su condición de socios activos de la Caja de Ahorro y Prevención Social del Ministerio del Poder Popular Para la Infraestructura (CAPREMINFRA), asistidos por los abogados Liliana Domínguez Flores y Eddi Argenis Olivares, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 172.549 y 144.630, interpusieron "RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, CONTRA LAS ELECCIONES REALIZADAS EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2018, ORGANIZADAS POR LA COMISION ELECTORAL PRINCIPAL (CEP) DE CAPREMINFRA destinadas a elegir la Junta Directiva integrada por el Consejo de Administración, consejo de Vigilancia y Delegados de dicha sociedad para el periodo 2019-2021".

NOTIFICACIÓN: Vista la Sentencia Nº 020 dictada por la Sala Electoral en fecha 11 de abril de 2019, en consecuencia se acordó notificar a la parte recurrente y a la Comisión Electoral, al Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorro y Prevención Social del Ministerio del Poder Popular Para la Infraestructura (CAPREMINFRA), Electa para el periodo 2019-2021 y la Saliente periodo 2014-2018, a la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Pública, a la Procuraduría General de la Republica y al Ministerio Público. Se libró Boleta y Oficios Nros. 19.116, 19.117, 19.118, 19.119, 19.120 y 19.121. Asimismo se acordó notificar a todos los delegados regionales electos, a los candidatos y postulados y a los candidatos electos de las Subcomisiones Regionales, y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, se acordó librar carteles.


5. AA70E2019000002

El Abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado N° 14.696, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos, SOLANGE DEL VALLE NÚÑEZ MEDINA, CARLOS ALEJANDRO NÚÑEZ FUENMAYOR, PEDRO EDGAR MAS Y RUBI CAMPOS y JEAN CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad Nros. V-7.665.576, V-18.311.750, V-7.842.588 y V- 19.099.827, respectivamente, en su condición de postulados a candidatos a Concejales del Municipio Santa Rita del estado Zulia, interpuso recurso contencioso electoral, con solicitud de amparo cautelar contra "actos electorales viciados de nulidad absoluta que afectan la validez de los resultados emitidos por las Mesas Electorales (…) además de otros vicios que infectan de nulidad absoluta todo el proceso electoral para la elección de los concejales y concejalas del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, en los comicios celebrados el pasado domingo nueve (9) de diciembre de 2018."

NOTIFICACIÓN: Vista la Sentencia Nº 017 dictada por la Sala Electoral en fecha 11 de abril de 2019, en consecuencia se acordó notificar a la parte recurrente, al Consejo Nacional Electoral (CNE) y al Ministerio Publico. Se libraron Boleta y oficios Nros. 19.114 y 19.115. Asimismo se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de realizar las mencionadas notificaciones. Se Libró Oficio N° 19.113 y Despacho. Igualmente, se acuerda además notificar del contenido de la referida a todos los Candidatos Postulados a los cargos de Concejales Lista y Nominales del Concejo del Municipio Santa Rita del estado Zulia, y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, Se acordó librar carteles por cartelera.


6. AA70X2019000001 - AA70E2018000033

Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el periodo 2018-2020 de la referida caja de ahorro".

NOTIFICACIÓN: Vista la Sentencia N° 018 dictada en fecha 11 de abril de 2019, mediante la cual esta Sala Electoral declaró IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada presentada en fecha 22 de enero de 2019 por el abogado Estuardo Elías Sempertiguez, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Rodolfo Luis Quijada Marval, identificados, en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra "(…) las elecciones realizadas por la Comisión Electoral para la conformación de los Consejos de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de CAFUCAMIDE correspondientes al periodo 2018-2020 (…)", se acuerda notificar al ciudadano RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en su carácter de asociado de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE). Se libró Boleta.


7. AA70X2019000002 - AA70E2018000033

Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el periodo 2018-2020 de la referida caja de ahorro".

NOTIFICACION: Vista la Sentencia N° 021 dictada en fecha 11 de abril de 2019, mediante la cual esta Sala Electoral declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de enero de 2019, por el ciudadano Rodolfo Luis Quijada Marval, asistido por el abogado Estuardo Elias Sempertiguez, contra el auto de admisión de pruebas dictado el 16 de enero de 2019, en el expediente AA70-E-2018-000033, únicamente "en lo referente a la inadmisión de la exhibición del documento consistente del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Delegados y Delegadas N° 66 de fecha 21 de julio de 2017, debidamente protocolizada por ante el Registro Público correspondiente", se acuerda notificar al ciudadano RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en su carácter de asociado de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE). Se libró Boleta.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2016000080

La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.

El abogado Crispin Nicolàs Nùñez, inscrito en el Inpreabogado Nº 93.444, actuando con el caràcter de apoderado judicial de la recurrente, mediante el cual presentò consideraciones relacionadas con la presente causa.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2018000008

El abogado Sergio Urdaneta, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano EZEIRO MARQUINA RAMÍREZ, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra los actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación del Alcalde del Municipio Arzobispo Chacón del estado Mérida de fecha 11 de diciembre de 2017, emanados de la Junta Municipal Electoral del referido Municipio.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.032, librado al ciudadano Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor), a los fines de notificar el auto de fecha 11 de febrero de 2019.


2. AA70E2018000050

Por recibido Oficio N° 18.0456, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remitió expediente signado con el número AA50-T-2017-001131, contentivo de la acción de amparo interpuesta por el abogado JUAN JOSÉ TOVAR ARIAS, inscrito en Inpreabogado bajo el Nro. 46.978, contra la Junta Electoral Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.063, librado al Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del estado Guárico (Distribuidor), a los fines de notificar el auto de fecha 25 de febrero de 2019.


3. AA70E2019000008

El ciudadano JESÚS CAMPOS SAAVEDRA, titular de la cédula N° V 9.794.927, actuando con el carácter de candidato a Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados de la Defensa Pública CADP, asistido por los abogados Rafael Luciano Pérez Moochett y Pedro Rafael Luciano Pérez Sosa, inscritos en el bajo inpreabogado N° 27.064 y 252.068, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con medida de amparo cautelar, contra "el proceso eleccionario realizado para elegir a las nuevas autoridades (miembros del Consejo de Administración, y del Consejo de Vigilancia, Principales y Suplentes) de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados de la Defensa Pùblica - CADP" para el periodo de gestión 2018-2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.091, librado para los ciudadanos DULCE M. MEDINA M, MAIKEL TOVAR y NELLY BOLÍVAR, miembros de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados de la Defensa Pública, el mismo fue recibido por el ciudadano Maikel Tovar (Vice-presidente de la Comisión Electoral) del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 25 de marzo de 2019


4. AA70E2019000009

Los ciudadanos OLGA PÉREZ, JOSÉ CONTRERAS, JOSÉ SANZ, LUZ GUERRERO y GERMAN DÍAZ CASTRO, titulares de las cédulas de identidad N° 12.561.348, 17.557.665, 13.537.033,12.374.388 y 7.529.188, respectivamente, actuando con el carácter de candidatos y candidatas al proceso eleccionario de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados de la Defensa Pública CADP, asistido por los abogados Rafael Luciano Pérez Moochett y Pedro Rafael Luciano Pérez Sosa, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 27.064 y 252.068, respectivamente, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral con medida de amparo cautelar, contra "el proceso eleccionario realizado para elegir a las nuevas autoridades (miembros del Consejo de Administración, y del Consejo de Vigilancia, Principales y Suplentes) de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados de la Defensa Pública - CADP" para el periodo de gestión 2018-2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.092, librado para los ciudadanos DULCE M. MEDINA M, MAIKEL TOVAR y NELLY BOLÍVAR, miembros de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados de la Defensa Pública, el mismo fue recibido por el ciudadano Maikel Tovar(Vice-presidente de la Comisión Electoral) del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 25 de marzo de 2019.


SENTENCIA
1. AA70E2017000108

La ciudadana EGDIMAR DE JESÚS RUÍZ MORENO, actuando con el carácter de representante de los atletas ante la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Potencia, debidamente asistida por el abogado José Gregorio Padrino Barberi, interpuso recurso contencioso electoral en contra "de la elección de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Potencia, realizada el pasado 17 de julio de 2017, hasta el 23 de agosto de 2017".

SENTENCIA N° 019. MAGISTRADO PONENTE: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. LA SALA DECLARÓ: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral contra "...de la elección de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Potencia, realizada desde el pasado 17 de julio de 2017, hasta el 23 de agosto de 2017...", en el marco del proceso para elegir a las autoridades de dicha Federación correspondiente al periodo 2017-2021. En consecuencia, se ordena el ARCHIVO del presente expediente.


2. AA70E2018000062

Los ciudadanos JOSÉ CANELONES y RAFAEL VILLEGAS PARRA, titulares d e3la cedula de identidad Nros. V- 6.867.745 y V- 9.211.364, respectivamente, en su condición de socios activos de la Caja de Ahorro y Prevención Social del Ministerio del Poder Popular Para la Infraestructura (CAPREMINFRA), asistidos por los abogados Liliana Domínguez Flores y Eddi Argenis Olivares, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 172.549 y 144.630, interpusieron "RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, CONTRA LAS ELECCIONES REALIZADAS EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2018, ORGANIZADAS POR LA COMISION ELECTORAL PRINCIPAL (CEP) DE CAPREMINFRA destinadas a elegir la Junta Directiva integrada por el Consejo de Administración, consejo de Vigilancia y Delegados de dicha sociedad para el periodo 2019-2021".

SENTENCIA N° 020. MAGISTRADA PONENTE: FANNY MÁRQUEZ CORDERO. LA SALA DECLARÓ: 1.- DECLARA SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medidas cautelares innominadas por los ciudadanos JOSÉ CANELONES y RAFAEL VILLEGAS, en su invocada condición de asociados de la Caja de Ahorro y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), asistidos por los abogados Liliana Domínguez y Eddi Argenis Olivares, contra el proceso electoral cuyo acto de votación fue realizado en fecha 28 de noviembre de 2018, mediante el cual fue elegida la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorro, para el período 2019-2021. 2.- ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto. 3.- IMPROCEDENTES las medidas cautelares innominadas solicitadas por ser evidente el carácter constitutivo de la pretensión, lo cual va en contra de la naturaleza preventiva de la protección cautelar.


3. AA70E2019000002

El Abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado N° 14.696, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos, SOLANGE DEL VALLE NÚÑEZ MEDINA, CARLOS ALEJANDRO NÚÑEZ FUENMAYOR, PEDRO EDGAR MAS Y RUBI CAMPOS y JEAN CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad Nros. V-7.665.576, V-18.311.750, V-7.842.588 y V- 19.099.827, respectivamente, en su condición de postulados a candidatos a Concejales del Municipio Santa Rita del estado Zulia, interpuso recurso contencioso electoral, con solicitud de amparo cautelar contra "actos electorales viciados de nulidad absoluta que afectan la validez de los resultados emitidos por las Mesas Electorales (…) además de otros vicios que infectan de nulidad absoluta todo el proceso electoral para la elección de los concejales y concejalas del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, en los comicios celebrados el pasado domingo nueve (9) de diciembre de 2018."

SENTENCIA N° 017. MAGISTRADA PONENTE: INDIRA MAIRA ALFONSO IZAGUIRRE. LA SALA DECLARÓ: 1. COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, por el abogado Alexy Palmar Castillo, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos SOLANGE DEL VALLE NÚÑEZ MEDINA, CARLOS ALEJANDRO NÚÑEZ FUENMAYOR, PEDRO EDGAR MAS Y RUBI CAMPOS y JEAN CARLOS GONZALEZ GONZÁLEZ, alegando la condición de candidatos en el proceso electoral para la elección de concejales de fecha 09 de diciembre de 2018, contra los "(...) actos electorales viciados de nulidad absoluta que afectan la validez de los resultados emitidos por las mesas electorales (…)" (negrillas del original). 2. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto. 3. IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, por cuanto no se evidencia el fumus boni iuris constitucional.


4. AA70X2019000001 - AA70E2018000033

Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el periodo 2018-2020 de la referida caja de ahorro".

SENTENCIA N° 018. MAGISTRADA PONENTE: INDIRA MAIRA ALFONSO IZAGUIRRE. LA SALA DECLARÓ: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada presentada en fecha 22 de enero de 2019 por el abogado Estuardo Elías Sempertiguez, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Rodolfo Luis Quijada Marval, identificados, en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra "(…) las elecciones realizadas por la Comisión Electoral para la conformación de los Consejos de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de CAFUCAMIDE correspondientes al periodo 2018-2020 (…)".


5. AA70X2019000002 - AA70E2018000033

Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el periodo 2018-2020 de la referida caja de ahorro".

SENTENCIA N° 021. MAGISTRADO PONENTE: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. LA SALA DECLARÓ: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de enero de 2019, por el ciudadano Rodolfo Luis Quijada Marval, asistido por el abogado Estuardo Elias Sempertiguez, contra el auto de admisión de pruebas dictado el 16 de enero de 2019, en el expediente AA70-E-2018-000033, únicamente "en lo referente a la inadmisión de la exhibición del documento consistente del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Delegados y Delegadas N° 66 de fecha 21 de julio de 2017, debidamente protocolizada por ante el Registro Público correspondiente".


La Presidenta,
Indira Maira Alfonzo Izaguirre
La Secretaria
Intiana López Pérez