REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 06/05/2019
CUENTA, N° 48

DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2018000059

La ciudadana JESSICA BELLO BARRETO, de la cédula de identidad N° V- 20.705.796, en su condición de Presidenta de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad de Carabobo, interpuso acción de amparo constitucional contra las autoridades del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo.

PONENTE: Visto que constan en autos las notificaciones ordenadas en el auto de fecha 27 de noviembre de 2018, y visto igualmente la solicitud de aclaratoria de la sentencia Nº 102 dictada por esta Sala Electoral en fecha 27 de noviembre de 2018, formulada por la abogada Elenitza Moya, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 139.334, en su carácter de apoderada judicial de la Universidad de Carabobo, se designa ponente a la Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente acción de amparo constitucional.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2019000013

La abogada INDIRA AMARISTA AGUILAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 93.181, actuando en nombre propio y como "promotora del proyecto de iniciativa política Alianza para una Democracia 'ALDEM', Alianza Democrática 'ALDEM' o Alianza Libre y Democrática 'ALDEM'...", interpuso "RECURSO POR ABSTENCIÓN O CARENCIA, en contra del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL".

SOLICITUD DE ANTECEDENTE Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se libró oficio Nros 19-135.


OFICIOS RECIBIDOS EN
1. AA70E2014000079

Los ciudadanos TOMAS GUZMÁN, LIVIA RODRÍGUEZ, ELVIRA PÁEZ Y LISSET COLMENARES, invocando el carácter de miembros de la Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal de San Blas Casco Norte, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los ciudadano Lucrecia Ávila, Adolfredo Malpica, Aida González, Gregoria Zambrano, Paul Morris y Jesús Escalante, respecto a la elección de las autoridades del mencionado Consejo Comunal, cuyo acto de votación se fijó para el día 31-08-2014

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha, Oficio N° 4420-054-19, de fecha 20 de marzo de 2019, emanado del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 26 de noviembre de 2018, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.


2. AA70E2018000045

El abogado TULIO RAFAEL BARRETO, actuando en su propio nombre y representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A, DESARROLLO SAN JORGE C.A. y CENTRO SIETE C.A, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad contra: 1. El Auto-Proclamación de la nueva junta de condominio del centro Comercial Caribbean Plaza, celebrada el día 11 de junio de 2018; 2. La Modificación del Documento de Condómino del Centro Comercial Caribbean Plaza, 3. Consecuente responsabilidad electoral de los miembros de la Junta Directiva de la Junta de Condominio del Centro Comercial Caribbean Plaza; 4. Consecuente responsabilidad electoral de los Co-Propietarios del referido centro comercial.

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha, Oficio N° 092, de fecha 21 de marzo de 2019, emanado del Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 06 de diciembre de 2018, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.


La Presidenta,
Indira Maira Alfonzo Izaguirre
La Secretaria
Intiana López Pérez