REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 03/12/2020
CUENTA, N° 57

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2020000020

El ciudadano RAFAEL ANTONIO UZCÁTEGUI, titular de la cédula de identidad N° V-648.703, aludiendo su condición de Miembro de la Dirección Nacional del Partido Patria Para Todos, asistido por el abogado José Alberto Reyes García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 287.640, contra la Dirección Nacional del Partido Patria Para Todos.

Recepción del escrito de solicitud de convocatoria a elecciones


2. AA70E2020000021

El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.602, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUDIMAR LEAL, JOEL LUGO, CARLOS SÁNCHEZ y otros, titulares de la cedula de identidad N° V-15.808.268, V-17.333.730, V-10.996.848, respectivamente, alegado su condición de socios de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros del estado Zulia (CATRAJUP), interpuso amparo constitucional con solicitud de medida cautelar, contra las " actuaciones realizada por la Comisión Provisoria de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros del Estado Zulia (CATRAJUP) y contra la conducta omisiva de la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA) y de la Comisión Electoral Ad Hoc, designada el 23 de noviembre de 2018.

Recepción del escrito de amparo con solicitud de medida cautelar


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2020000020

El ciudadano RAFAEL ANTONIO UZCÁTEGUI, titular de la cédula de identidad N° V-648.703, aludiendo su condición de Miembro de la Dirección Nacional del Partido Patria Para Todos, asistido por el abogado José Alberto Reyes García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 287.640, contra la Dirección Nacional del Partido Patria Para Todos.

PONENTE: se designó ponente al Magistrado (a) MALAQUIAS GIL RODRIGUEZa los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la presente solicitud de convocatoria a elecciones.


2. AA70E2020000021

El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.602, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUDIMAR LEAL, JOEL LUGO, CARLOS SÁNCHEZ y otros, titulares de la cedula de identidad N° V-15.808.268, V-17.333.730, V-10.996.848, respectivamente, alegado su condición de socios de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros del estado Zulia (CATRAJUP), interpuso amparo constitucional con solicitud de medida cautelar, contra las " actuaciones realizada por la Comisión Provisoria de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros del Estado Zulia (CATRAJUP) y contra la conducta omisiva de la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA) y de la Comisión Electoral Ad Hoc, designada el 23 de noviembre de 2018.

PONENTE: Se designó ponente al Magistrado FANNY MARQUEZ CORDERO, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2020000001

El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 43.928, con el objeto de "impugnar y solicitar La Nulidad de las elecciones parciales celebradas por la Asociación que presido el día 3 de Diciembre de este año 2019.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos CARMEN ROSA TELLERIA DE HERNANDEZ, ENRIQUE STEIN, NELSON RAFAEL MARTINEZ CAZORLA, CARMEN FILOMENA LAYA DE MARCANO, PERLA ERNESTINA MOLINA SOTO, ALCIDES EVARIO SALCEDO DUARTE, JAIRO JOSE ALVAREZ JIMENEZ, ANGEL AUGUSTO LAGARDERA MELENDEZ, MILENA MARIA CUSTODIO DE MUJICA, LEONELL JOSE MUJICA GUIWLE, RAFAEL GUERRA LIENDO, JOSE MANUEL VERAMENDI, JESUS DOMINGO DIAZ RAMIREZ, JOSE LUCAS LARA, VICTOR RAMON BASABE, AYARI MARRERO y FERNANDO FRANCISCO DE COROMOTO IRADY PELLICER, mediante el cual se le notificó la admisión del recurso contencioso electoral.


2. AA70E2020000001

El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 43.928, con el objeto de "impugnar y solicitar La Nulidad de las elecciones parciales celebradas por la Asociación que presido el día 3 de Diciembre de este año 2019.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos EDUARDA MONTOYA, MAIGUALIDA SUAREZ, CRISTIAN GIL, ANA LORETO, DANILO GUERRA, YUDITH RENGIFO, ALEJANDRO LÓPEZ, MARÍA GARCÍA, LUIS ARIAS, ARGELIA ROJAS, GUILLERMO TORRES, MARISOL PEÑA, DANIEL URBÁEZ, MARÍA ACEVEDO, TARCISO GONZÁLEZ, OLIDE JIMÉNEZ y MARÍA PACHECO, mediante el cual se le notificó la admisión del recurso contencioso electoral.


3. AA70E2020000001

El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 43.928, con el objeto de "impugnar y solicitar La Nulidad de las elecciones parciales celebradas por la Asociación que presido el día 3 de Diciembre de este año 2019.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN NACIONAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE (ANJUPEN), EN SUS SEDES REGIONALES DE LOS ESTADOS MIRANDA, LA GUAIRA, EL DISTRITO CAPITAL - MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR, ZULIA, TÁCHIRA, MÉRIDA,AMAZONAS, BOLÍVAR, BARINAS, ANZOÁTEGUI, CARABOBO, NUEVA ESPARTA, APURE, FALCÓN, DELTA AMACURO, MONAGAS, SUCRE, TRUJILLO, PORTUGUESA, YARACUY, COJEDES, LARA Y GUÁRICO, mediante el cual se le notificó la admisión del recurso contencioso electoral.


4. AA70E2020000001

El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 43.928, con el objeto de "impugnar y solicitar La Nulidad de las elecciones parciales celebradas por la Asociación que presido el día 3 de Diciembre de este año 2019.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos a los ciudadanos RAMÓN SUCRE, JOSE ENRIQUE TACORONTE DIAZ, DORA MACHADO, ORLANDO JOSE RAMIREZ, ANIBAL PEREZ, MODESTO ARMANDO SUAREZ, ANTONIO AMARAL ESCALONA, PEDRO MIGUEL SINZA, NEYDY JOSEFINA CARRASQUERO, RODRIGO GILBERTO SOJO, JHONY ALFREDO CALLENDER UGUETO, MARIA LIGIA ROJAS, HECTOR JOSE VELAZCO MENDEZ, OSCAR ALEXCI HERNANDEZ GARCIA, OBDULIA MARGARITA LOPEZ AGUILAR y TOMAS ANTONIO DIAZ IBARRA, mediante el cual se le notificó la admisión del recurso contencioso electoral.


5. AA70E2020000003

Los ciudadanos JOSÉ LUIS ESQUECHE CASTAÑEDA, ANTONIO SOUSA MARTINS MOREIRA, JOSÉ FRANKLYN ACEVEDO, titulares de la cédula de identidad N° V-13.138.446, V-6.919.748, V-9.247.015, con el carácter de presidente de la sociedad mercantil CREACIONES JOSFI C.A., representante de FUNDICIÓN NUNO C.A. y BLOQUERA JOSE ACEVEDO F.P, respectivamente , MARTA CRISTINA ZAPATA HERNÁNDEZ y MARÍA FRANCIA CARMONA CAMPOS, titulares de la cédula de identidad N° V-12.761.499 y V-16.332.261, respectivamente, todos accionistas de la asociación civil Club Campestre Paracotos asistido por el abogado Sabino Garban Flores, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 22.933 interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la asociación civil Club Campestre Paracotos 2020-2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos SABINO GARBAN FLORES, FRANCISCO PAOLINI AGUAIS, CLAUDIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, JOSEFINA ARIAS RANGEL, EZEQUIEL HERNANDO CARRILLO, MARIO ALBERTO BRAVO, YULER ESTHIVENT SOJO RADA, JESÚS SALVADOR ESPINOZA, JORGE SIMMONDS JARUFFE, JAMIL FERNANDO VÁSQUEZ, ELI ENRIQUE MARTÍNEZ TOVAR, LUIS SARABIA HERNÁNDEZ, MARIO GARCÍA, JULIO ABAD PEÑA, ANTONIO SAM, EDUARDO REVETE, JAVIER URBANO, JOSÉ MONTILLA, JUAN MONTILLA, ELIAS HERRERA, JOSÉ FERNÁNDEZ, MIGUEL GUÍA, REINALDO FLORES, JUAN VARGAS, ALBERTO CÁCERES, ALEXIS GARCIA, ALBERTO GUTIÉRREZ, ERNESTO UZCATEGUI, JENNIFER MATOS, ROSHIRLEY VALDIVIESO y TULIO BRICEÑO, en su condición de postulados a los diferentes cargos que conforman la Junta Directiva de la Asociación Civil sin fines de lucro "Club Campestre Paracotos", mediante el cual se le notificó la sentencia N° 016 de fecha 08 de octubre de 2020.


6. AA70E2020000019

Los ciudadanos TIBISAY JOSEFINA CHÁVEZ CHÁVEZ, LEONEL MATHOS, EDGAR ENRIQUE RODRÍGUEZ, TAREK MUSA, y REINALDO PEREIRA, titulares de la cédula de identidad N°, V- 7.892.137, V-11.611.101, V-14.583.057, V-14.652.248 y V-10.098.461, actuando por el partido político Unidad Popular Venezolana, asistidos por el abogado Yoel Ernesto Castillo Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 197.567, interpusieron acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada, contra la "CONDUCTA OMISIVA DE FALTA DE PRONUNCIAMIENTO Y TRÁMITE OPORTUNO del cuerpo de rectores del Consejo Nacional Electoral".

Vista la Sentencia Nº 049 dictada por la Sala Electoral en fecha 03 de diciembre de 2020, se acordó notificar al accionante. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese boleta.
Finalmente, se señala que cumpliendo con lo ordenado en la sentencia N° 049 de fecha 03 de diciembre de 2020, se procedió a remitir el expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2019000029

El abogado Francisco José González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.993, actuando en representación de los ciudadanos JOSÉ MARÍA FIGUERA MATA, JOSÉ MIGUEL ACENSO, JOSÉ HERNAN DURÁN, ERIS QUINTANA y otros, titulares de la cédula de identidad N° V-9.273.766, V-8.358.826, V15.632.096, V 10.523.475, respectivamente, aludiendo el carácter de afiliados del Sindicato Nacional Obrero Venezolano de la Industria de la Construcción, Ferroviarios, Conexos y Afines de la República Bolivariana de Venezuela ( SOVICA), interpuso solicitud de convocatoria a elecciones contra el referido sindicato.

El abogado Raúl Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 190.118, actuando en el carácter de Miembro del Sindicato Nacional de Obreros de la Industria de la Construcción Ferroviaria, Conexos y Afines (SOVICA), presentó escrito mediante efectúa pedimentos y consignó anexos.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2016000080

La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.

La abogada Sargis Ligmer Villarroel Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.668, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó diligencia mediante el cual consigna actuaciones relacionadas con la presente causa.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2018000052

La abogada Gloria Margarita Amaro Figueredo, actuando en su propio nombre y en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LINO ANTONIO OJEDA MUJICA, BELKYS ODILLIA GIORDANELLI LÓPEZ, ALEXANDER RAMÓN LUJAN CHIRINOS, JOEL ARQUÍMEDES GUTIÉRREZ y OSWALDO BERLÍN RODRÍGUEZ LEGÓN, en su condición de "socios activos de la ASOCIACION CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), y candidatos para la elección de la Junta Directiva de la mencionada Caja de Ahorro para el periodo 2018-2021", interpusieron recurso contencioso electoral contra la "elección de la Comisión Electoral Principal de la referida Caja de Ahorro, electa en fecha 11 de mayo de 2018, y del proceso electoral realizado por dicha Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia de la precitada Caja de ahorro, para el periodo 2018-2021, cuyo acto de votación se realizó el 13 de julio del año en curso".

El ciudadano Alguacil consignó Original del Oficio Nº 20.148, librado al Juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), debido a que las notificaciones de la comisión fueron recibidas a las puertas de este alto Tribunal, mediante el cual se le notificó del auto de fecha 02 de diciembre de 2020.


2. AA70E2018000052

La abogada Gloria Margarita Amaro Figueredo, actuando en su propio nombre y en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LINO ANTONIO OJEDA MUJICA, BELKYS ODILLIA GIORDANELLI LÓPEZ, ALEXANDER RAMÓN LUJAN CHIRINOS, JOEL ARQUÍMEDES GUTIÉRREZ y OSWALDO BERLÍN RODRÍGUEZ LEGÓN, en su condición de "socios activos de la ASOCIACION CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), y candidatos para la elección de la Junta Directiva de la mencionada Caja de Ahorro para el periodo 2018-2021", interpusieron recurso contencioso electoral contra la "elección de la Comisión Electoral Principal de la referida Caja de Ahorro, electa en fecha 11 de mayo de 2018, y del proceso electoral realizado por dicha Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia de la precitada Caja de ahorro, para el periodo 2018-2021, cuyo acto de votación se realizó el 13 de julio del año en curso".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 20.150, librado a los MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA ASOCIACION CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), PERIODO 2018-2021, recibido por la abogada Luz Marina Sala González, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 282.106, apoderada judicial del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó del auto de fecha 02 de diciembre de 2020.


3. AA70E2018000052

La abogada Gloria Margarita Amaro Figueredo, actuando en su propio nombre y en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LINO ANTONIO OJEDA MUJICA, BELKYS ODILLIA GIORDANELLI LÓPEZ, ALEXANDER RAMÓN LUJAN CHIRINOS, JOEL ARQUÍMEDES GUTIÉRREZ y OSWALDO BERLÍN RODRÍGUEZ LEGÓN, en su condición de "socios activos de la ASOCIACION CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), y candidatos para la elección de la Junta Directiva de la mencionada Caja de Ahorro para el periodo 2018-2021", interpusieron recurso contencioso electoral contra la "elección de la Comisión Electoral Principal de la referida Caja de Ahorro, electa en fecha 11 de mayo de 2018, y del proceso electoral realizado por dicha Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia de la precitada Caja de ahorro, para el periodo 2018-2021, cuyo acto de votación se realizó el 13 de julio del año en curso".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 20.149, librado a los MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA ASOCIACION CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), PERIODO 2018-2021, recibido por la abogada Luz Marina Sala González, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 282.106, apoderada judicial del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó del auto de fecha 02 de diciembre de 2020.


4. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 20.109, librado al Presidente de la Federación Venezolana de Futbol (FVF), recibido por el ciudadano Laureano González, Presidente Encargado, ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó del auto de fecha 02 de noviembre de 2020.


5. AA70X2020000004 - AA70E2020000008

El abogado JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, titular de la cédula de identidad N° V- 2.457.398 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7318, actuando en nombre propio interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la convocatoria la de la Asamblea Electoral de la Federación Venezolana de Futbol (F.V.F) "CONVOCATORIA ESTA QUE PERSIGUE DECIDIR 'SOBRE LA SOLICITUD DE REVOCATORIA DE MANDATO' (…) y de su CAMARA DE RESOLUCION DE DISPUTA (CRD-FVF)"

El ciudadano Alguacil consignó boleta Original, librada al ciudadano José Eladio Quintero Marquina inscrito en el Inpreabogado N°7.318, recibida por el ciudadano José Eladio Marquina, inscrito en el Inpreabogado N°7.318, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 024 de fecha 20 de octubre de 2020.


6. AA70X2020000004 - AA70E2020000008

El abogado JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, titular de la cédula de identidad N° V- 2.457.398 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7318, actuando en nombre propio interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la convocatoria la de la Asamblea Electoral de la Federación Venezolana de Futbol (F.V.F) "CONVOCATORIA ESTA QUE PERSIGUE DECIDIR 'SOBRE LA SOLICITUD DE REVOCATORIA DE MANDATO' (…) y de su CAMARA DE RESOLUCION DE DISPUTA (CRD-FVF)"

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 20.107, librado a los Miembros del Comité de Regularización de la Federación Venezolana de Futbol (FVF), recibido por el ciudadano Laureano González, Presidente, ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 024 de fecha 20 de octubre de 2020.


SENTENCIA
1. AA70E2020000019

Los ciudadanos TIBISAY JOSEFINA CHÁVEZ CHÁVEZ, LEONEL MATHOS, EDGAR ENRIQUE RODRÍGUEZ, TAREK MUSA, y REINALDO PEREIRA, titulares de la cédula de identidad N°, V- 7.892.137, V-11.611.101, V-14.583.057, V-14.652.248 y V-10.098.461, actuando por el partido político Unidad Popular Venezolana, asistidos por el abogado Yoel Ernesto Castillo Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 197.567, interpusieron acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada, contra la "CONDUCTA OMISIVA DE FALTA DE PRONUNCIAMIENTO Y TRÁMITE OPORTUNO del cuerpo de rectores del Consejo Nacional Electoral".

SENTENCIA N° 049. MAGISTRADA PONENTE: CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS. La Sala declaró: 1.INCOMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional con solicitud cautelar innominada, interpuesta por los ciudadanos HÉCTOR GONZÁLEZ, ANDRY DÍAZ, TAREK MUSA, YESENIA CARBAJAL y EDGAR ENRIQUE RODRÍGUEZ MOGOLLÓN, alegando actuar "por el partido político Unidad Popular Venezolana", asistidos por el abogado Yoel Ernesto Castillo Núñez, identificados, contra "la CONDUCTA OMISIVA DE FALTA DE PRONUNCIAMIENTO Y TRÁMITE OPORTUNO del cuerpo de rectores del Consejo Nacional Electoral", por la presunta violación del artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 2. DECLINÓ en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el conocimiento de la acción de amparo constitucional con solicitud cautelar innominada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 numeral 22 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.


El Presidente,
Malaquías Gil Rodríguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez