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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 13/04/2021 | |
CUENTA, N° 20 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70X2021000001 - AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551 e inscrita en el inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020. |
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CUADERNO SEPARADO por oposición a la medida cautelar acordada |
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2. | AA70X2021000001 - AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551 e inscrita en el inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020. |
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Apertura de Cuaderno Separado |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2020000017 |
El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol. |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 01 de marzo de 2021, se designó ponente al Magistrado MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2017000003 |
El ciudadano ENRIQUE JOSÉ RIVAS ESPINOZA, aludiendo su condición de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Fútbol "Bolivariano Sport Club", asistido por el abogado Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" y la COMISIÓN ELECTORAL" de la Asociación de Fútbol del estado Sucre. |
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Vista la Sentencia N° 010 dictada en fecha 18 de marzo de 2021, se acordó notificar al ciudadano Enrique José Rivas Espinoza (recurrente) y a la Comisión Electoral de la Asociación de Fútbol del estado Sucre (parte recurrida). De igual forma, se acuerda notificar al Instituto Nacional del Deporte, así como al Ministerio Público. Se remite copia certificada de la referida sentencia y del presente auto. Líbrense Boleta y Oficios. |
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2. | AA70E2018000033 |
Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en su carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el periodo 2018-2020 de la referida caja de ahorro". |
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Vista la Sentencia N° 008 dictada en fecha 18 de marzo de 2021, mediante la cual esta Sala Electoral declaró: el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso electoral. En consecuencia esta Sala acuerda notificar a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUMIDE), al Consejo de Administración y al Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorro. Se libró Oficios. |
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3. | AA70E2018000060 |
La abogada Mariandry Faneitte Hidalgo, titular de la cédula de identidad N° V-15.230.507, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.824, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos VÍCTOR ALEXANDER GUTIÉRREZ PÉREZ y REMUALDO ANTONIO SEGUERI LINAREREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.964.967 y 12.849.209, respectivamente, interpuso "DEMANDA DE NULIDAD CONTRA LAS CERTIFICACIONES Y REGISTRO DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN DE LA ENTIDAD DE TRABAJO MONDELEZ VZ C.A". |
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Visto que en fecha 05 de febrero de 2020, se libró oficio N° 20.015, al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, (DISTRIBUIDOR), a los fines de notificar los ciudadanos PEDRO PIÑA, MAGDALENA ROMERO, DARLING GONZÁLEZ, DULCE ÁLVAREZ, RICARDO PÉREZ, YAMILIN LÓPEZ, EDWAR MARTÍNEZ, GISELA DÍAZ, ROBERTH LEAL, LILIANA VILLEGAS, RICHARD CASTRO, FREDDY SIRA, MARÍA MENDOZA y JUAN CEGARRA, del auto de admisión dictado en fecha 18 de noviembre de 2019, y visto igualmente que hasta la presente fecha no consta en autos las resultas de la misma, este Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en aras de darle continuidad a la presente causa, acuerda ratificar dicha comisión. Se Libró Oficio. |
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4. | AA70E2019000008 |
El ciudadano JESÚS CAMPOS SAAVEDRA, actuando con el carácter de candidato a Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados de la Defensa Pública CADP, asistido por los abogados Rafael Luciano Pérez Moochett y Pedro Rafael Luciano Pérez Sosa, interpuso recurso contencioso electoral con medida de amparo cautelar, contra "el proceso eleccionario realizado para elegir a las nuevas autoridades (miembros del Consejo de Administración, y del Consejo de Vigilancia, Principales y Suplentes) de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados de la Defensa Pública - CADP" para el periodo de gestión 2018-2021. |
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CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en los autos dictados en fechas 20 de mayo de 2019 y 20 de febrero de 2020, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos. |
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5. | AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551 e inscrita en el inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020. |
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CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en los autos dictados en fechas 15 y 18 de marzo de 2021, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos. |
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6. | AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551 e inscrita en el inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020. |
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CONSTANCIA DE CUADERNO SEPARADO: En fecha 13 de abril de 2021, se deja constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la oposición a la medida cautelar solicitada en fecha 15 de marzo de 2021, por el ciudadano CESAR DAVID GONZÁLEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.594.454, actuando en este oportunidad en su condición de DIRECTOR EJECUTIVO NACIONAL de la ASOCIACIÓN CIVIL DE SCOUTS DE VENEZUELA, debidamente asistido por el abogado WILFREDO BOLIVAR, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 123.624, el cual plantea "mediante el cual manifestamos nuestro derecho de ejercer oposición (¿) a la medida cautelar acordada", cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2021-000001. |
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7. | AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551 e inscrita en el inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020. |
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APERTURA DE CUADERNO SEPARADO |
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8. | AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551 e inscrita en el inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020. |
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APERTURA DE PIEZA III |
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9. | AA70E2021000003 |
El abogado ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titular de la cédula de identidad N° V-2.915.688 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 54.288 aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación de Tenis del estado Miranda, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra "un irregular proceso electoral iniciado por un grupo de personas que contrarias a derecho, se han constituido ilegalmente como miembros de nuestra Asamblea General, y que a través de un hecho público, notorio y comunicacional, han designado una írrita Comisión Electoral y convocado a un acto de votación a celebrarse el día 20 de febrero de 2021 para elegir nuevas autoridades para el periodo 2021-2025". |
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Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, a los fines de verificar que consten en autos las notificaciones de Ley, así como el vencimiento del lapso de tres (03) días de despacho, que le fueron otorgados a los Miembros integrantes de la Asociación de Tenis del estado Miranda, para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, así como verificada la notificación del Instituto Nacional del Deporte y transcurrido el lapso de ocho (08) días hábiles, para que se entienda consumada su notificación, y proceder a librar el cartel de emplazamiento , se acordó notificar a los Miembros de la Asamblea General de la Asociación de Tenis del estado Miranda, del auto dictado en fecha 10 de febrero de 2021, y a los MIEMBROS DIRECTIVOS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE TENIS DEL ESTADO MIRANDA, de la Sentencia N° 001. |
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10. | AA70X2021000001 - AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551 e inscrita en el inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020. |
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AUTO DE PRUEBAS: Se admitieron e inadmitieron las pruebas promovidas por la parte oponente. |
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11. | AA70X2021000001 - AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551 e inscrita en el inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020. |
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ARTICULACIÓN PROBATORIA De conformidad con lo previsto en el artículo 187 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se abre articulación probatoria de tres (03) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y evacuen las pruebas que consideren pertinentes. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2019000011 |
El ciudadano MAURICIO ENRIQUE TORRES RUÍZ, actuando con el carácter de Presidente del Consejo Directivo de la ASOCIACIÓN TRUJILLANA DE FUTBOL, electo, proclamado y juramentado por la Comisión Regional Electoral, el 02 de marzo de 2019, asistido por los abogados Lorenzo Roberto Santana Gómez y Elizabeth del Carmen Lugo Monsalve, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efecto del mencionado acto, contra " LA DECISIÓN EMITIDA POR LA COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE FUTBOL, DE FECHA 09 DE ABRIL DE 2019." |
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El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia solicitando pronunciamiento |
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2. | AA70E2020000017 |
El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol. |
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El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédula de identidad N° V-7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carillo, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 48.923, presentó diligencia mediante la cual efectuó pedimento relacionado al presente asunto. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70X2020000001 - AA70E2020000004 |
El ciudadano YANI ANTONIO CAPUZZI CARAFA, titular de la cédula de identidad N° V-9.967.613, actuando en nombre propio y con el carácter de Gerente General del Club Deportivo Anzoátegui, asistido por la abogada Elena Mundaray, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 289.369, interpuso recurso contencioso electoral y amparo cautelar, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva , Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Liga Venezolana de Voleibo, que se llevara a cabo el 31 de enero de 2020. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta Original, librada a la abogada Vestalia Rafaela Tovar Medina, que fuera firmada por la abogada Vestalia Rafaela Tovar Medina, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 126.793, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°028 de fecha 21 de octubre de 2020. |
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2. | AA70X2020000002 - AA70E2020000004 |
El ciudadano YANI ANTONIO CAPUZZI CARAFA, titular de la cédula de identidad N° V-9.967.613, actuando en nombre propio y con el carácter de Gerente General del Club Deportivo Anzoátegui, asistido por la abogada Elena Mundaray, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 289.369, interpuso recurso contencioso electoral y amparo cautelar, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva , Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Liga Venezolana de Voleibo, que se llevara a cabo el 31 de enero de 2020. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta Original, librada a la abogada Vestalia Rafaela Tovar Medina, que fuera firmada por la abogada Vestalia Rafaela Tovar Medina, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 126.793, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°029 de fecha 21 de octubre de 2020. |
El Presidente (E), | |
Malaquías Gil Rodríguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |