REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 13/09/2021
CUENTA, N° 63

DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70X2021000007 - AA70E2021000018

Visto el escrito presentado en fecha 03 de setiembre de 2021 por la abogada Yalira Granda, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 14.920, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO KOROL HUL, titular de la cédula de identidad N° V-4.141.169, parte accionante, mediante la cual denunció el "evidente acto de desacato a la medida cautelar dictada…", en Sentencia N° 035 de fecha 22 de julio de 2021 por esta Sala Electoral; en consecuencia se acuerda abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida solicitud, el cual se iniciará con la copia certificada del presente auto. Igualmente, a los fines de conformar el cuaderno separado se ordena expedir copia certificada del escrito libelar, de la Sentencia N° 035 dictada en fecha 22 de julio de 2021, del escrito de solicitud de desacato de fecha 03 de septiembre de 2021, conjuntamente con dos (02) anexos que acompañan dicho escrito marcados con las letras "A" y "B"; en ese orden.

Visto el escrito presentado en fecha 03 de setiembre de 2021 por la abogada Yalira Granda, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 14.920, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ANTONIO KOROL HUL, titular de la cédula de identidad N° V-4.141.169, parte accionante, mediante la cual denunció a la Sala Electoral del "evidente acto de desacato a la medida cautelar dictada…", en Sentencia N° 035 de fecha 22 de julio de 2021 por esta Sala Electoral, se designa ponente a la Magistrada GRISELL LOPEZ QUINTERO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2018000048

Por recibido oficio N° 21.879 de fecha 12 de julio de 2018, emanado del tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, mediante el cual remite acción de amparo constitucional, interpuesto por los ciudadanos EZEQUIEL DAVID MUÑOZ FARIÑA, JOSÉ GREGORIO RONDÓN GUZMÁN, ESTEFANY DEL CARMEN BALANTA MARTÍNEZ, FÉLIX ARMANDO GÓMEZ Y LEOMAR VALDEZ, en su condición de autoridades del Centro de Estudiantes del Instituto Pedagógico de Maturín estado Monagas, asistidos por el abogado RONALD CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.099, contra la Comisión Electoral designada por el Consejo Directivo de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y el Instituto Pedagógico "Antonio Lira Alcalá de Maturín".

Vista la diligencia de fecha 13 de septiembre de 2021 presentada por la abogada Antonieta de Gregorio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.990, actuando en su carácter de Fiscal Octavo del Ministerio Público, mediante la cual solicitó diferimiento de la audiencia constitucional, se acuerda fijar el referido acto para el día martes veintiséis (26) de octubre de 2021, a las diez y treinta (10:30 a.m.), para la realización del mismo.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2018000048

Por recibido oficio N° 21.879 de fecha 12 de julio de 2018, emanado del tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, mediante el cual remite acción de amparo constitucional, interpuesto por los ciudadanos EZEQUIEL DAVID MUÑOZ FARIÑA, JOSÉ GREGORIO RONDÓN GUZMÁN, ESTEFANY DEL CARMEN BALANTA MARTÍNEZ, FÉLIX ARMANDO GÓMEZ Y LEOMAR VALDEZ, en su condición de autoridades del Centro de Estudiantes del Instituto Pedagógico de Maturín estado Monagas, asistidos por el abogado RONALD CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.099, contra la Comisión Electoral designada por el Consejo Directivo de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y el Instituto Pedagógico "Antonio Lira Alcalá de Maturín".

La abogada Antonieta de Gregorio inscrita en el Inpre abogado bajo el N° 35.990, actuando en su carácter de Fiscal Octavo del Ministerio Público, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2021000026

Visto el escrito presentado en fecha 16 de agosto de 2021, por el ciudadano MIGUEL RESPLANDOR SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.368.164, actuando en su condición de tesorero y candidato a la reelección al cargo de Tesorero de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU), asistido por el abogado Juan Argüello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.198, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra "… los vicios de la Asamblea Extraordinaria celebrada del día 10 de junio del año 2021 y las irregularidades de la comisión electoral de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria sobre postulaciones y demás vicios en el proceso ...", se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU)

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.191, librado a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU), recibido por el ciudadano Marcos Brito, Presidente ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó del auto de fecha 16 de agosto de 2021.


SENTENCIA
1. AA70E2017000119

Por recibido en fecha 04 de diciembre de 2017, Oficio N° J3/2017/1074, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual se remitió expediente contentivo de la solicitud de convocatorias a elecciones interpuesta por el abogado JUAN CARLOS DÍAZ DÁVILA, actuando en nombre propio y representación de los ciudadanos CESAR ENRIQUE RODRÍGUEZ BARAZARTE, MELQUIADES JOSÉ MÉNDEZ GRATEROL, ALEXANDER GREGORIO CASTELLANOS, GONZALO ANTONIO LOPEZ, JAVIER DE JESUS ARRIECHE VELIZ, DANIEL ANTONIO PEREZ Y ELIO RAFAEL TORREALBA JUSTO, invocando sus condición de miembros del SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS BOLIVARIANO DE LA EMPRESA DEFORMACIONES PLÁSTICAS DE METALES C.A. (SINTRABOLDPM).

SENTENCIA N° 039. MAGISTRADO PONENTE: DR. MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. La Sala declaró: PRIMERO: El ABANDONO DEL TRÁMITE por parte del abogado Juan Carlos Díaz Dávila, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos César Enrique Rodríguez Barazarte, Melquiades José Mendez Graterol, Alexander Gregorio Castellanos, Gonzalo Antonio López, Javier De Jesús Arrieche Veliz, Daniel Antonio Pérez y Elio Rafael Torrealba Justo, identificados ut supra, quienes actúan en su condición de trabajadores activos afiliados al Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Bolivarianos de la Empresa Deformaciones Plásticas de Metales C.A. (SINTRABOLDPM), en el presente procedimiento. SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMENTO de solicitud de convocatoria a elecciones de las autoridades del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Bolivarianos de la Empresa Deformaciones Plásticas de Metales C.A. (SINTRABOLDPM).


2. AA70E2018000059

La ciudadana JESSICA BELLO BARRETO, de la cédula de identidad N° V- 20.705.796, en su condición de Presidenta de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad de Carabobo, interpuso acción de amparo constitucional contra las autoridades del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo.

SENTENCIA N° 038. MAGISTRADO PONENTE: DR. MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. La Sala declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes de rectificación, aclaratoria y ampliación de la sentencia de esta Sala número 102 del 27 de noviembre de 2018, presentada por la abogada Elenitza Moya Cabrera, actuando en su carácter de representante judicial de la Universidad de Carabobo.


3. AA70E2020000003

Los ciudadanos JOSÉ LUIS ESQUECHE CASTAÑEDA, ANTONIO SOUSA MARTINS MOREIRA, JOSÉ FRANKLYN ACEVEDO, titulares de la cédula de identidad N° V-13.138.446, V-6.919.748, V-9.247.015, con el carácter de presidente de la sociedad mercantil CREACIONES JOSFI C.A., representante de FUNDICIÓN NUNO C.A. y BLOQUERA JOSE ACEVEDO F.P, respectivamente , MARTA CRISTINA ZAPATA HERNÁNDEZ y MARÍA FRANCIA CARMONA CAMPOS, titulares de la cédula de identidad N° V-12.761.499 y V-16.332.261, respectivamente, todos accionistas de la asociación civil Club Campestre Paracotos asistido por el abogado Sabino Garban Flores, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 22.933 interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la asociación civil Club Campestre Paracotos 2020-2022.

SENTENCIA N° 040. MAGISTRADO PONENTE DRA. GRISELL LÓPEZ QUINTERO. La Sala declaró: PRIMERO: Reconoce la representación judicial del abogado José León Tovar Michelena, solo como apoderado del ciudadano CARLOS ORLANDO GUEDEZ PACHECO, quien hoy funge como Secretario de la Comisión Electoral del Club Campestre Paracotos. SEGUNDO: ADMITE la intervención de los ciudadanos MARTHA NAKARY GONZÁLEZ, MINERVA YISET RODRÍGUEZ, MIGUEL ESTEBÁN GODOY y LUISA MOSQUEDA BERNAL, con el carácter de "terceros verdaderas partes". TERCERO: Declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Electoral con Amparo Cautelar interpuesto. CUARTO: ANULA las decisiones dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, del 14 de diciembre de 2019. QUINTO: DESESTIMA la solicitud de la parte recurrente de establecer cuál Comisión Electoral va a regir el presente proceso electoral.


4. AA70E2021000014

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ GÓMEZ, titular de las cédula de identidad N° V-5.302.792, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación de Karate Do del estado Miranda y de la Fundación Shury Ryu de Venezuela, asistido por el abogado Alirio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.768, interpuso "…RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD…" conjuntamente con medida cautelar innominada "…contra la írrita Convocatoria de Asamblea General Eleccionaria de nuevas autoridades de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO para el periodo 2021-2025 y del ilegal Cronograma Electoral, publicados en el Diario de circulación nacional en fecha 31 de mayo de 2021…"

SENTENCIA N° 037. MAGISTRADA PONENTE: DRA. INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. La Sala declaró: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar innominada. 2. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto. 3. IMPROCEDENTE la solicitud cautelar innominada. 4. ACUMULA DE OFICIO la presente causa a la contenida en el Expediente AA70-E-2021-000010, por ser ésta la que previno, con fundamento en los artículos 51 y 52 en su ordinal 4°, del Código de Procedimiento Civil.


La Presidenta,
Indira Alfonzo Izaguirre
La Secretaria,
Intiana López Pérez