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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 01/10/2021 | |
CUENTA, N° 72 | |
SENTENCIA | |
1. | AA70E2021000017 |
El ciudadano Carlos Rafael Molinar Cedeño abogado Inpre 78.804 en su condicion de apoderado judicial de la Asociación de Softball del estado Carabobo interpone Amparo Autonomo contra el Instituto Nacional de Deporte y la Federación Venezolana de Softball por reconocer y registar una asociacion de softball paralela en el estado Carabobo. |
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SENTENCIA N° 055. PONENTE: MAGISTRADA INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE. La Sala Declaró: 1. PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional. 2. IMPROCEDENTE la pretensión de la accionante de registro automático, sin que medie el cumplimiento de los trámites y procedimientos establecidos en la Ley para tal efecto. 3. ORDENA al Instituto Nacional del Deporte, en garantía el derecho a la participación, dar respuesta oportuna a las solicitudes o trámites existentes o futuros, relativos a la inscripción, actualización o eliminación del Registro Nacional del Deporte de las organizaciones promotoras de esa disciplina deportiva en las distintas entidades regionales. 4. EXHORTA al Instituto Nacional del Deporte, que dicte en forma expedita y clara los pronunciamientos que correspondan, una vez revisados y conformes, los requisitos exigidos en el ordenamiento jurídico vigente, a los fines de garantizar a los sujetos integrantes el efectivo ejercicio del derecho constitucional a la participa |
La Presidenta, | |
Indira Alfonzo Izaguirre | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |