REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 11/10/2021
CUENTA, N° 73

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2021000003

El abogado ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titular de la cédula de identidad N° V-2.915.688 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 54.288 aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación de Tenis del estado Miranda, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra "un irregular proceso electoral iniciado por un grupo de personas que contrarias a derecho, se han constituido ilegalmente como miembros de nuestra Asamblea General, y que a través de un hecho público, notorio y comunicacional, han designado una írrita Comisión Electoral y convocado a un acto de votación a celebrarse el día 20 de febrero de 2021 para elegir nuevas autoridades para el periodo 2021-2025".

APERTURA A PRUEBAS: se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


2. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.302.792, con el carácter de miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO, asistido por el abogado en ejercicio, Alirio Arias Altamira, Inpreabogado N° 77.768, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021, suscrita por el ciudadano RAMÓN ARTURO CASTILLO y la ciudadana LEYDA RODRÍGUEZ, presidente y secretaria general de la federación respectivamente, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, para la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación para el periodo 2021-2025".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado Guárico, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 037, de fecha 13 de septiembre del año en curso, respectivamente, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificados.


3. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.302.792, con el carácter de miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO, asistido por el abogado en ejercicio, Alirio Arias Altamira, Inpreabogado N° 77.768, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021, suscrita por el ciudadano RAMÓN ARTURO CASTILLO y la ciudadana LEYDA RODRÍGUEZ, presidente y secretaria general de la federación respectivamente, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, para la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación para el periodo 2021-2025".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado Carabobo, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 037, de fecha 13 de septiembre del año en curso, respectivamente, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificados.


4. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.302.792, con el carácter de miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO, asistido por el abogado en ejercicio, Alirio Arias Altamira, Inpreabogado N° 77.768, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021, suscrita por el ciudadano RAMÓN ARTURO CASTILLO y la ciudadana LEYDA RODRÍGUEZ, presidente y secretaria general de la federación respectivamente, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, para la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación para el periodo 2021-2025".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado Barinas, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 037, de fecha 13 de septiembre del año en curso, respectivamente, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificados.


5. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.302.792, con el carácter de miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO, asistido por el abogado en ejercicio, Alirio Arias Altamira, Inpreabogado N° 77.768, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021, suscrita por el ciudadano RAMÓN ARTURO CASTILLO y la ciudadana LEYDA RODRÍGUEZ, presidente y secretaria general de la federación respectivamente, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, para la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación para el periodo 2021-2025".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado Táchira, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 037, de fecha 13 de septiembre del año en curso, respectivamente, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificados.


6. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.302.792, con el carácter de miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO, asistido por el abogado en ejercicio, Alirio Arias Altamira, Inpreabogado N° 77.768, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021, suscrita por el ciudadano RAMÓN ARTURO CASTILLO y la ciudadana LEYDA RODRÍGUEZ, presidente y secretaria general de la federación respectivamente, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, para la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación para el periodo 2021-2025".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado del Distrito Capital, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 037, de fecha 13 de septiembre del año en curso, respectivamente, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificados.


7. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.302.792, con el carácter de miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO, asistido por el abogado en ejercicio, Alirio Arias Altamira, Inpreabogado N° 77.768, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021, suscrita por el ciudadano RAMÓN ARTURO CASTILLO y la ciudadana LEYDA RODRÍGUEZ, presidente y secretaria general de la federación respectivamente, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, para la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación para el periodo 2021-2025".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado Apure, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 037, de fecha 13 de septiembre del año en curso, respectivamente, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificados.


8. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.302.792, con el carácter de miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO, asistido por el abogado en ejercicio, Alirio Arias Altamira, Inpreabogado N° 77.768, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021, suscrita por el ciudadano RAMÓN ARTURO CASTILLO y la ciudadana LEYDA RODRÍGUEZ, presidente y secretaria general de la federación respectivamente, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, para la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación para el periodo 2021-2025".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado La Guaira, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 037, de fecha 13 de septiembre del año en curso, respectivamente, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificados.


9. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.302.792, con el carácter de miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO, asistido por el abogado en ejercicio, Alirio Arias Altamira, Inpreabogado N° 77.768, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021, suscrita por el ciudadano RAMÓN ARTURO CASTILLO y la ciudadana LEYDA RODRÍGUEZ, presidente y secretaria general de la federación respectivamente, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, para la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación para el periodo 2021-2025".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado Anzoátegui, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 037, de fecha 13 de septiembre del año en curso, respectivamente, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificados.


10. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.302.792, con el carácter de miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO, asistido por el abogado en ejercicio, Alirio Arias Altamira, Inpreabogado N° 77.768, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021, suscrita por el ciudadano RAMÓN ARTURO CASTILLO y la ciudadana LEYDA RODRÍGUEZ, presidente y secretaria general de la federación respectivamente, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, para la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación para el periodo 2021-2025".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado Miranda, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 037, de fecha 13 de septiembre del año en curso, respectivamente, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificados.


11. AA70E2021000042

El ciudadano MIGUEL ANTONIO PIETRO, asistido por el abogado Wilman Molina Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 128.492, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución dictada por el Consejo Nacional Electoral N° 210629-0041 publicada en Gaceta Electoral N° 993 de fecha 15 de septiembre de 2021

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se libró oficio N° 21.213.


12. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la ASOCIACIÓN DE BOXEO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUARICO, interpuso "DEMANDA DE NULIDAD", contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral y sus miembros integrantes que la conforman, de la Federación Venezolana de Boxeo, 2021-2025.


SOLICITUD DE ANTECEDENTES. Se acordó solicitar a la. Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo,, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2017000096

Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de miembros fundadores y autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR) "por la violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR)".

El ciudadano MANUEL RIVAS, titular de la cedula de identidad N° 4.271.152 (recurrente), asistido por el abogado Alferso Sivira, Inscrito en el inpreabogado bajo el N° 78.056, presentó escrito solicitando pronunciamiento.


2. AA70E2020000003

Los ciudadanos JOSÉ LUIS ESQUECHE CASTAÑEDA, ANTONIO SOUSA MARTINS MOREIRA, JOSÉ FRANKLYN ACEVEDO, titulares de la cédula de identidad N° V-13.138.446, V-6.919.748, V-9.247.015, con el carácter de presidente de la sociedad mercantil CREACIONES JOSFI C.A., representante de FUNDICIÓN NUNO C.A. y BLOQUERA JOSE ACEVEDO F.P, respectivamente , MARTA CRISTINA ZAPATA HERNÁNDEZ y MARÍA FRANCIA CARMONA CAMPOS, titulares de la cédula de identidad N° V-12.761.499 y V-16.332.261, respectivamente, todos accionistas de la asociación civil Club Campestre Paracotos asistido por el abogado Sabino Garban Flores, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 22.933 interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la asociación civil Club Campestre Paracotos 2020-2022.

El abogado Sabino Garban Flores, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 22933, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presento diligencia solicitando devolución de originales


3. AA70E2021000013

El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial "Puerto Príncipe", contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ´PROPIETARIOS SOLVENTES´…".

El abogado Luis Mejias. Titular de la C.I. N° 10.482.899, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 64.217, presentó diligencia de alegatos correspondiente a la causa.


4. AA70E2021000033

El ciudadano Carlos Enrique Dallmeier Gauna titula de la cédula de identidad N° 2.930.625 asistido por la abogada Elsa Rojas Alvarez inscrita en el Inpreabogado bajop el N° 15.694, interponen Recurso Contencioso Electoral contra "... el acto juriídico contenido en la resolución numero: 210629-0041 emanada del Consejo Nacional Electoral publicada en la Gaceta Oficial de fecha 26 de julio de 2021, numero 983 ..."

La abogada Sargis Villarroel Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 90.668, con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, presento diligencia y escrito de alegatos para la presente causa.


5. AA70X2021000003 - AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la ciudadana Ana María Villanueva Araviche, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la referida Junta Directiva de la referida Comunidad de Propietarios por "una serie de actos electorales continuos lesivos todos a nuestros derechos que se viene sucediendo desde la designación como miembros de una comisión electoral de forma inconstitucional (…) y por otra parte, contra los actos electorales de nombramiento y proclamación como miembros de una írrita Junta Directiva de la Comunidad de propietarios".

La Abogada Ana Maria Villanueva titular de la C.I. N° 6.226.046 inscrita en el inpreabogado bajo el N°45.313, presentó diligencia dandose por notificada de la Sentercia N°052 de fecha 30 de septiembre de 2021.


La Presidenta,
Indira Alfonzo Izaguirre
La Secretaria,
Intiana López Pérez