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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 11/08/2022 | |
CUENTA, N° 100 | |
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2022000033 |
Los abogados MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, quienes alegan actuar la primera en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo en representación de la mencionada compañía, interpusieron demanda contenciosa electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso eleccionario efectuado por la Asamblea de Propietarios del Edificio Mansión Arenas, realizado el 23 de mayo de 2022. |
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PONENTE: Vista la diligencia presentada en fecha 09 de agosto de 2022, por los abogados Marilú Bello Castillo y Ángel Reinaldo Flores Coronel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, mediante la cual solicitaron aclaratoria de la sentencia N° 077, dictada en fecha 28 de julio de 2022, por la Sala Electoral, se designó ponente al Magistrado INOCENCIO FIGUEROA ARIZALETA a los fines de la decisión correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2012000033 |
El ciudadano LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la FEDERACION DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS. |
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Vista la Sentencia N° 089 dictada en fecha 11 de agosto de 2022, se acordó notificar al ciudadano LUÍS JESÚS BOLÍVAR LUGO, parte accionante, al ciudadano FELIPE ALBERTO MOLINA FERRER y al abogado CÉSAR AUGUSTO ARIAS FERNÁNDEZ. Se Libro boletas. Asimismo, se acordó librar oficios dirigidos al Departamento de Sistema de Pago "Taquilla" del Banco Central de Venezuela, a los fines de la cancelación de la Multa impuesta en la citada sentencia los ciudadanos FELIPE ALBERTO MOLINA FERRER y LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO y al abogado CÉSAR AUGUSTO ARIAS FERNÁNDEZ. Se libró oficios Nros. 22-362 y 22.363. |
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2. | AA70E2017000097 |
El ciudadano YORMAN ALI ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 15.690.103, actuando con el carácter de Presidente y Delegado de la Asociación de Ajedrez del estado Portuguesa, miembro de la Asamblea General de la Federación Venezolana de Ajedrez, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los Estatutos y el Reglamento Electoral de la Federación, además, las Convocatorias vinculadas a la designación de la Comisión Electoral y del Acto de Asamblea Eleccionaria de la Federación, y por ende, todo el Proceso Electoral de la Federación que concluirá con el acto de votación en fecha 20 de agosto de 2017. |
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Vista la Sentencia Nº 082 dictada por esta Sala Electoral, en fecha 11 de agosto de 2022, se acordó notificar al ciudadano YORMAN ALI ROJAS, parte recurrente. |
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3. | AA70E2018000054 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, invocando la condición de asociado de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), asistido por el abogado Edgar José Pérez Guaraco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el acto administrativo de denegación de su postulación decretada por la Comisión Electoral Ad Hoc para las elecciones de la referida Caja de Ahorro, periodo 2018-2021. |
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Vista la Sentencia N° 092 dictada por esta Sala Electoral, en fecha 11 de agosto de 2022, se acordó notificar a los ciudadanos CARMEN AYESI TOVAR y PEDRO LUIS MINOTTI MUÑOZ, en su carácter de asociados activos de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, (CAHORMINSA), y a la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida Caja de Ahorros. Se libró boleta y oficio N° 22.364. |
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4. | AA70E2020000006 |
La abogada Nelly Esperanza Escalante, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 53.370, actuando con el carácter de apodera judicial de los ciudadanos CARMEN ROSARIO ACOSTA MONTES y ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titulares de la cédula de identidad N° V-10.271.456 y V-2.915.688, respectivamente, aludiendo el carácter de presidente de la Asociación de Tenis del Estado Aragua y presidente de la Asociación de Tenis del estado Miranda, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral convocado para el día 08 de febrero de 2020 por la comisión electoral de la Federación Venezolana de Tenis. |
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Vista la Sentencia N° 081 dictada en fecha 11 de agosto de 2022 por la Sala Electoral, se acordó notificar a los ciudadanos CARMEN ROSARIO ACOSTA MONTES y ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS (parte recurrente). |
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5. | AA70E2020000010 |
Los ciudadanos LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, JUAN CARLOS TOVAR BOLÍVAR, JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA y AMIR HOMSY MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.355.468, V-13.412.633, V-6.326.509 y V-11.090.565, respectivamente, en su condición de representantes de la organización sindical Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA), representados en este acto por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Segunda (2°), interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones del referido sindicato. |
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Vista la Sentencia N° 091 dictada por la Sala Electoral en fecha 11 de agosto de 2022, se acordó notificar a la parte accionante, a la Junta Directiva del Sindicato De Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA), parte accionada y al Ministerio Público. Se libró boleta de notificación y oficios Nros. 22.376 y 22.377. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios José Félix Rivas y Rafael Revenga del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de practicar las referidas notificaciones. Se libro oficio N° 22.378 y despacho. |
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6. | AA70E2021000006 |
Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral. |
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Vista la Sentencia N° 087 dictada en fecha 11 de agosto de 2022, se acordó notificar la parte recurrente, a la Junta Directiva (Electa), Junta Directiva (Saliente) y a la Comisión Electoral de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro, a los ciudadanos YORMAN TERESA VALERA y FRANKLYN SALAS, en su condición de postulados a los diferentes cargos que conforman la Junta Directiva de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro, a la abogada ELIZABETH VAN SIJTVELV MATAS y al Ministerio Público. Se libró boletas de notificación y oficios N° 22.365, 22.366, 22.367 y 22.368. |
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7. | AA70E2021000008 |
Los ciudadanos Judith Teresa Rodríguez de Altunaga, titular de la cédula de identidad N° V-4.163.251, actuando con el carácter de Representante Principal de las Federaciones Deportivas Venezolanas al Directorio del Instituto Nacional de Deporte, y Presidenta de la Federación Venezolana de Voleibol y Efraín José Velásquez Ramos, titular de la cédula de identidad N° V- 5.133.952, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Dominó, asistidos por los abogados Elena Mundaray, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 289.369 y Gustavo Mijares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 299.799, interpusieron recurso contencioso electoral en conjunto con amparo cautelar contra el proceso electoral del 3 de marzo de 2021 para la elección del nuevo Representante de las Federaciones Deportivas ante el Directorio del Instituto Nacional de Deporte (IND). |
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Vista la Sentencia N° 080 dictada en fecha 11 de agosto de 2022 por la Sala Electoral, se acordó notificar a los ciudadanos JUDITH TERESA RODRÍGUEZ DE ALTUNAGA y EFRAÍN JOSÉ VELÁSQUEZ RAMOS (parte recurrente), a las Federaciones Venezolanas de Atletismo, Tenis de Mesa, Ciclismo, Sumo y Gimnasia (partes recurridas), al Instituto Nacional del Deporte (IND) y al Ministerio Público. Se libró boleta y oficios Nros. 22.351, 22.352, 22.353, 22.354, 22.355, 22.356 y 22.357. |
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8. | AA70E2021000016 |
Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades que habría de ejercer los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023. |
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ACTO DE INFORMES ORALES: Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, y visto que corresponde designar ponente y fijar la fecha para la celebración del acto de informes orales, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado de Sustanciación acordó fijar el auto y la designación del ponente por auto separado. |
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9. | AA70E2021000050 |
El abogado EDUARDO REVETE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, actuando en su propio nombre y asistiendo a los ciudadanos JAVIER URBANO, GUSTAVO MONTILLA y JUAN VARGAS, titulares de las cédulas de identidad N°. V-9.935.373, V-5.738.992 y V- 3.741.528, respectivamente, en su condición de Socios de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la comisión electoral de la referida Asociación Civil, periodo 2020-2022. |
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IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN. |
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10. | AA70E2021000061 |
La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo. |
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Auto de corrección de foliatura. |
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11. | AA70E2021000070 |
Por recibido en fecha 08 de diciembre de 2021, oficio N° 0020, emanado del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, mediante el cual remite expediente contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar incoado por los ciudadanos JOSE GREGORIO TRAVIESO OCHOA, JACISNTO TEODORO PEREZ ROMERO, BELKYS RAMONA MARQUES HERRERA, ELVIA MARIA PADILLA JIMENES, NICOLAS ANTONIO PINTO VILLEGAS Y JAIME RAMON SILVIA MARTINEZ, titulares de la cédulas de identidad N° V-24.243.435, V-6.697.939, V-17.595.011, V-11.746.801, V-14.618.875 y V-10.988.511 respectivamente, en su condición de Concejalas y Concejales del Concejo Municipal del Municipio Ricaurte del estado Cojedes, remisión esta que se efectúa en virtud de la decisión dictada en fecha 06 de diciembre de 2021, conforme a la cual el mencionado Juzgado, se declaró INCOMPETENTE y DECLINÓ su competencia en esta Sala Electoral. |
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Vista la Sentencia N° 083 dictada en fecha 11 de agosto de 2022 por la Sala Electoral, se acordó notificar a la parte recurrente, al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, a los ciudadanos SULENMA PERALES, HILCRIY MARTÍNEZ, ZULAY CASTILLO y PEDRO ARAUJO, en su condición de Concejales del Consejo Municipal del Municipio Ricaurte del estado Cojedes. Asimismo, dando cumplimiento en la citada sentencia se acuerda la remisión del presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró boletas y oficios Nros. 22.360 y 22.361. Igualmente se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ricaurte, de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. (Distribuidor), a los fines de practicar las referidas notificaciones. Se Libró Oficio N° 22.370 y Despacho. |
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12. | AA70E2022000001 |
El abogado EVERETT JOSE SALAZAR BOSSIO titular de la cédula de identidad N°V- 4.704.486 inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.295, actuando en nombre propio, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra el proceso electoral para elegir nuevas autoridades, efectuado el 30-11-2021 y el 15-12-2021 (ambas fechas), realizado por la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, Petroquímica y Carbonífera Nacional (AJIP). |
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Vista la Sentencia N° 085 dictada por la Sala Electoral en fecha 11 de agosto de 2022, se acordó notificar al ciudadano EVERETT JOSÉ SALAZAR BOSSIO, parte accionante. Se libró boleta de notificación. Asimismo, se acordó comisionar al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de que practique la referida notificación. Se libró oficio N° 22.375 y despacho. |
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13. | AA70E2022000013 |
El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad número V-10.257.075, actuando en su carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211, en el Centro Clínico Profesional de Caracas, asistido por el abogado José Antonio Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.006, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral para elegir las nuevas autoridades de la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas, incluyendo la designación y juramentación del Comité Electoral de fecha 03 de febrero de 2022. |
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Vista la Sentencia N° 088 dictada en fecha 11 de agosto de 2022 por la Sala Electoral, se acordó notificar al ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, (parte recurrente), a la Junta Directiva y el Comité Electoral del Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas y al Ministerio Público. Se libró boleta y oficios Nros. 22.358, 22.359 y 22.360. |
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14. | AA70E2022000030 |
Los abogados JULIO CÉSAR HERNÁNDEZ COLMENARES y GUIDO LEONARDO CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.033.786 y V-5.686.017, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 28.446 y 133.535, respectivamente, actuando en sus propios nombres alegando su condición de candidatos de la plancha N° 1, al optar a las Secretarias de Organización y de Profesionales y Técnicos Seccional de la misma, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra las actuaciones materiales de la Comisión Electoral Interna Seccional (CEIS) de Acción Democrática en el estado Táchira, y la decisión de la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN). |
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Vista la Sentencia N° 084 dictada en fecha 11 de agosto de 2022 por esta Sala Electoral, se acordó notificar a los abogados Julio César Hernández Colmenares y Guido Leonardo Contreras, parte recurrente, a la Comisión Electoral Interna Seccional (CEIS) de Acción Democrática en el estado Táchira y a la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN). De igual forma, se acuerda comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor). Se Libró Boleta de notificación y Oficios. |
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15. | AA70X2022000007 - AA70E2021000073 |
El abogado Antonio José Barrios Abab, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ (parte recurrente), interpuso escrito de apelación al auto de admisión de pruebas dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha 27 de junio de 2022. |
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Vista la Sentencia N° 086 dictada por esta Sala Electoral en fecha 11 de agosto de 2022, se acordó notificar al ciudadano JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ (parte recurrente). Se libró boleta de notificación. |
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16. | AA70X2022000008 - AA70E2022000003 |
La abogada Yaritza Valdivieso Rosas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.869, apoderada judicial de la sociedad de comercio Administradora Yuruary, C.A., presentó escrito en fecha 27 de julio de 2022, mediante el cual formula oposición a la extension de los efectos de la medida cautelar acordada mediante sentencia N° 058, dictada en fecha 22 de junio de 2022, por la Sala Electoral de este Máximo Tribunal. |
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Vista la Sentencia N° 090 dictada por esta Sala Electoral en fecha 11 de agosto de 2022, se acordó notificar a la sociedad mercantil ADMINISTRADORA YURUARY, C.A. y a los ciudadanos MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, (parte recurrente). Se Libró boleta de notificación y oficio N° 22.374. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2019000010 |
El ciudadano WILLIAM JOSÉ SANDOVAL CORTÉZ, con el carácter de trabajador activo, asociado, candidato y postulado aspirante en las elecciones a los Consejos de Administración y Vigilancia, como Delegados a la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), Sector Público Registro Numeral 12, asistido por el abogado Humberto Walfredo González Aguirre, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones da los Consejos de Administración y Vigilancia, como de Delegados a la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), celebradas el 26 de febrero de 2019, para el periodo 2019-2022. |
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La ciudadano, Jesús Enrique Colmenares, titular de la cedulas de identidad N° V-4.113.502, en su condición de Presidente del Consejo de Administración y Representante Legal de la Caja de Ahorro de los Empleados Sector Público, asistido por la abogada Ana Mercedes Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.452, presentó diligencia mediante la cual informa a la Sala del cumplimiento de la sentencia N° 052. |
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2. | AA70E2021000031 |
El abogado Wilder Márquez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.571, actuando en su carácter de apoderado judicial de NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A., interpuso demanda de nulidad contra elección de delegados de prevención de la Fábrica El Tocuyo del estado Lara, realizada en fecha 09 de junio de 2021. |
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El abogado Wilder Márquez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.571, actuando en su carácter de apoderado judicial de Nestlé de Venezuela, S.A, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
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3. | AA70E2022000025 |
Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación. |
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Las abogadas Carmen Cardozo y Rosina María Di Giuseppe, inscritas en el Inpreabogado bajo los 35.350 y 300.574, respectivamente, (parte recurrente) presentaron diligencia mediante la cual consignaron cartel de emplazamiento el cual fue publicado en un diario de circulación nacional. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2022000024 |
Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.340, librado al COMITÉ OLÍMPICO VENEZOLANO (COV), recibido por la ciudadana Marianela Gamboa, Administradora ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°070 de fecha 28 de julio de 2022. |
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2. | AA70E2022000028 |
El abogado Williams Enrique Fernández Fuenmayor, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.061, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JENNY CAROLINA GONZÁLEZ MARTORELLI, ALEXIS ANÍBAL GONZÁLEZ PÉREZ, JAVMAR JOSÉ DÍAZ APARCEDO y LUIS EDUARDO RIVEROS MARTÍNEZ, en su carácter de Presidentes de las Asociaciones de Karate Do de los estados Aragua, Yaracuy, Anzoátegui y Nueva Esparta, respectivamente, así como de los ciudadanos ROLANDO VALBUENA GARCÍA, JESÚS ARMANDO PAZOS CASAÑAS, RAYNER JESÚS VÁSQUEZ MADRIZ, BRIAN JOSUÉ GONCALVES MENDES, y otros, actuando los primeros cinco en su condición de Entrenadores y el resto en su condición de Atletas de la Federación Venezolana de Karate Do, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral, para elegir las autoridades de la Federación Venezolana de Karate Do (FVKD) para el período 2021-2025, celebrado en fecha 22 de abril de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.172, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL AD HOC DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO (FVKD), recibida por el ciudadano Williams Mendoza, Director del Dpto. de Participación Ciudadana, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de junio de 2022. |
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SENTENCIA | |
1. | AA70E2012000033 |
El ciudadano LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la FEDERACION DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS. |
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SENTENCIA N° 89 con ponencia del MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, mediante la cual declaró: 1.- IMPROCEDENTE el requerimiento efectuado por el abogado CÉSAR AUGUSTO ARIAS FERNÁNDEZ, actuando apoderado judicial de los ciudadanos FELIPE ALBERTO MOLINA FERRER y LUÍS JESÚS BOLÍVAR LUGO. 2.- IMPONE a los ciudadanos FELIPE ALBERTO MOLINA FERRER y LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO una multa expresada en bolívares equivalente a cien euros (€100), y al abogado CÉSAR AUGUSTO ARIAS FERNÁNDEZ, apoderado judicial de los accionantes, una multa expresada en bolívares equivalente a cincuenta euros (€50), convertidas al tipo de cambio oficial establecido por el Banco Central de Venezuela. |
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2. | AA70E2017000097 |
El ciudadano YORMAN ALI ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 15.690.103, actuando con el carácter de Presidente y Delegado de la Asociación de Ajedrez del estado Portuguesa, miembro de la Asamblea General de la Federación Venezolana de Ajedrez, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los Estatutos y el Reglamento Electoral de la Federación, además, las Convocatorias vinculadas a la designación de la Comisión Electoral y del Acto de Asamblea Eleccionaria de la Federación, y por ende, todo el Proceso Electoral de la Federación que concluirá con el acto de votación en fecha 20 de agosto de 2017. |
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SENTENCIA N° 082 MAGISTRADA PONENTE: CARYSLIA BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ. La Sala Electoral declaró: 1.- SE ADMITE la solicitud por ser tempestiva. 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 040 dictada por la Sala Electoral el 19 de noviembre de 2020. |
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3. | AA70E2018000054 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, invocando la condición de asociado de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), asistido por el abogado Edgar José Pérez Guaraco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el acto administrativo de denegación de su postulación decretada por la Comisión Electoral Ad Hoc para las elecciones de la referida Caja de Ahorro, periodo 2018-2021. |
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SENTENCIA N° 92 con ponencia del MAGISTRADA FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO, mediante la cual declaró: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de ejecución de Sentencia formulada por los ciudadanos Carmen Ayesy Tovar y Pedro Luis Minotti, respecto de la Sentencia N°47 del 30 de septiembre de 2019. 2.- INSTA a la Comisión Electoral Ad Hoc de CAHORMINSA, a que reactive de manera inmediata el proceso electoral el cual deberá desarrollarse por completo dentro de un lapso de sesenta (60) días contínuos contados a partir de la notificación de la presente Decisión. |
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4. | AA70E2020000006 |
La abogada Nelly Esperanza Escalante, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 53.370, actuando con el carácter de apodera judicial de los ciudadanos CARMEN ROSARIO ACOSTA MONTES y ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titulares de la cédula de identidad N° V-10.271.456 y V-2.915.688, respectivamente, aludiendo el carácter de presidente de la Asociación de Tenis del Estado Aragua y presidente de la Asociación de Tenis del estado Miranda, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral convocado para el día 08 de febrero de 2020 por la comisión electoral de la Federación Venezolana de Tenis. |
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SENTENCIA N° 081 MAGISTRADA PONENTE: CARYSLIA BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ. 1.- SE ADMITE la solicitud por ser tempestiva. 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia numero 092, dictada por la Sala Electoral el 9 de diciembre de 2021. |
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5. | AA70E2020000010 |
Los ciudadanos LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, JUAN CARLOS TOVAR BOLÍVAR, JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA y AMIR HOMSY MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.355.468, V-13.412.633, V-6.326.509 y V-11.090.565, respectivamente, en su condición de representantes de la organización sindical Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA), representados en este acto por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Segunda (2°), interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones del referido sindicato. |
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SENTENCIA N° 91 con ponencia del MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, mediante la cual declaró: 1. CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones de (SINTRACER-ARAGUA), 2. - Se ORDENA a la Junta Directiva del aludido Sindicato que dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del presente fallo, convoque a una Asamblea con el objeto de escoger la Comisión Electoral que tendrá a su cargo la realización del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical; ADVIRTIÉNDOSE ASIMISMO, que dicha Junta Directiva únicamente podrá ejercer labores de simple administración hasta tanto tomen posesión las nuevas autoridades. |
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6. | AA70E2021000006 |
Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral. |
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SENTENCIA N° 87 ponente MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, mediante la cual declaró: 1.- ADMITE la intervención de la abogada ELIZABETH VAN SIJTVELV MATAS. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar 3.- LA NULIDAD de la consulta realizada en fecha 2 de febrero de 2021 4.- LA NULIDAD de los actos o actuaciones efectuadas para el conteo de votos, totalización, adjudicación, proclamación o publicación de resultados de la consulta realizada en fecha 2 de febrero de 2021. 5.- ORDENA a los miembros de la Junta Directiva de la Urbanización Lomas de Monteclaro electa para el período inmediato anterior a la elección aquí impugnada, la incorporación provisional en la dirección y el ejercicio de las funciones inherentes a sus respectivos cargos, realizando. 7.- QUEDA SIN EFECTOS JURÍDICOS, el amparo cautelar decretado mediante la sentencia Nro. 018 del 29 de abril de 2021. |
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7. | AA70E2021000008 |
Los ciudadanos Judith Teresa Rodríguez de Altunaga, titular de la cédula de identidad N° V-4.163.251, actuando con el carácter de Representante Principal de las Federaciones Deportivas Venezolanas al Directorio del Instituto Nacional de Deporte, y Presidenta de la Federación Venezolana de Voleibol y Efraín José Velásquez Ramos, titular de la cédula de identidad N° V- 5.133.952, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Dominó, asistidos por los abogados Elena Mundaray, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 289.369 y Gustavo Mijares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 299.799, interpusieron recurso contencioso electoral en conjunto con amparo cautelar contra el proceso electoral del 3 de marzo de 2021 para la elección del nuevo Representante de las Federaciones Deportivas ante el Directorio del Instituto Nacional de Deporte (IND). |
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SENTENCIA N° 080 MAGISTRADA PONENTE: CARYSLIA BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ. La Sala Electoral declaró: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO LITIGIOSO del recurso contencioso electoral, por haber perdido vigencia el hecho o acto impugnado en virtud de la Asamblea del 3 de marzo de 2021, donde un grupo de Federaciones Deportivas procedieron a designar a su nueva representante ante el Directorio del Instituto Nacional del Deporte (IND), en consecuencia se da por terminado el presente juicio. |
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8. | AA70E2021000070 |
Por recibido en fecha 08 de diciembre de 2021, oficio N° 0020, emanado del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, mediante el cual remite expediente contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar incoado por los ciudadanos JOSE GREGORIO TRAVIESO OCHOA, JACISNTO TEODORO PEREZ ROMERO, BELKYS RAMONA MARQUES HERRERA, ELVIA MARIA PADILLA JIMENES, NICOLAS ANTONIO PINTO VILLEGAS Y JAIME RAMON SILVIA MARTINEZ, titulares de la cédulas de identidad N° V-24.243.435, V-6.697.939, V-17.595.011, V-11.746.801, V-14.618.875 y V-10.988.511 respectivamente, en su condición de Concejalas y Concejales del Concejo Municipal del Municipio Ricaurte del estado Cojedes, remisión esta que se efectúa en virtud de la decisión dictada en fecha 06 de diciembre de 2021, conforme a la cual el mencionado Juzgado, se declaró INCOMPETENTE y DECLINÓ su competencia en esta Sala Electoral. |
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SENTENCIA N° 083 MAGISTRADA PONENTE: CARYSLIA BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ. La Sala Electoral declaró: 1.- Que no es COMPETENTE para conocer el presente recurso, en consecuencia, NO ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA, proferida por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, mediante sentencia del 3 de diciembre de 2020. 2.- Se ORDENA la remisión del presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie sobre la solicitud de regulación de competencia formulada de oficio con ocasión a la presente decisión jurisdiccional. 3.- Se ORDENA la remisión de copia certificada de la presente sentencia Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy. |
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9. | AA70E2022000001 |
El abogado EVERETT JOSE SALAZAR BOSSIO titular de la cédula de identidad N°V- 4.704.486 inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.295, actuando en nombre propio, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra el proceso electoral para elegir nuevas autoridades, efectuado el 30-11-2021 y el 15-12-2021 (ambas fechas), realizado por la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, Petroquímica y Carbonífera Nacional (AJIP). |
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SENTENCIA N° 085 MAGISTRADA PONENTE: FANNY MARQUEZ CORDERO. La Sala Electoral declaró 1.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta, de conformidad con lo previsto en el Numeral 5 del Artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 2.- INOFICIOSO realizar pronunciamiento sobre las medidas cautelares solicitadas. |
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10. | AA70E2022000013 |
El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad número V-10.257.075, actuando en su carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211, en el Centro Clínico Profesional de Caracas, asistido por el abogado José Antonio Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.006, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral para elegir las nuevas autoridades de la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas, incluyendo la designación y juramentación del Comité Electoral de fecha 03 de febrero de 2022. |
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SENTENCIA N° 88 con ponencia del MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con amparo cautelar 2.- La NULIDAD de todas las actuaciones realizadas por la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas. 3.- La NULIDAD de todos los actos ejecutados por el Comité Electoral del Centro Clínico Profesional Caracas. 4.- ORDENA a la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas, en un lapso de quince (15) días contados a partir de la notificación de la presente decisión, a convocar a la Asamblea General de Copropietarias. 5.- ORDENA que una vez conformado el Comité Electoral encargado de tramitar el proceso comicial dirigido a elegir las nuevas autoridades de la Junta de Condominio 6.- QUEDA SIN EFECTOS JURÍDICOS, el amparo cautelar decretado mediante la sentencia N 026 de fecha 17 de marzo de 2022. |
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11. | AA70E2022000030 |
Los abogados JULIO CÉSAR HERNÁNDEZ COLMENARES y GUIDO LEONARDO CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.033.786 y V-5.686.017, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 28.446 y 133.535, respectivamente, actuando en sus propios nombres alegando su condición de candidatos de la plancha N° 1, al optar a las Secretarias de Organización y de Profesionales y Técnicos Seccional de la misma, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra las actuaciones materiales de la Comisión Electoral Interna Seccional (CEIS) de Acción Democrática en el estado Táchira, y la decisión de la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN). |
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SENTENCIA N° 084 MAGISTRADA PONENTE: CARYSLIA BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ. La Sala Electoral declaró: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO presentado los ciudadanos JULIO CÉSAR HERNANDÉZ COLMENAREZ y GUIDO LEONARDO CONTRERAS, actuando en sus propios nombres, alegando su condición de candidatos de la plancha N° 1, al optar a las Secretarías de Organización y de Profesionales y Técnicos Seccional de la misma, concerniente al proceso electoral interno que adelanta el partido político "Acción Democrática", en el Estado Táchira, de fecha 22 de mayo de 2022, respectivamente; del "RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON AMPARO CAUTELAR y SUBSIDIARIAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS; contra "… las actuaciones materiales de la Comisión Electoral Interna Seccional (CEIS) de Acción Democrática en el Estado Táchira (…) presidida por la ciudadana JESUSA EMILCY ZAMBRANO PEÑALOZA, titular de la cédula de identidad N°. V- 1.908.170…"; y, asimismo frente a la "… decisión del Presidente de |
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12. | AA70X2022000007 - AA70E2021000073 |
El abogado Antonio José Barrios Abab, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ (parte recurrente), interpuso escrito de apelación al auto de admisión de pruebas dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha 27 de junio de 2022. |
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SENTENCIA N° 086 MAGISTRADA PONENTE: FANNY MARQUEZ CORDERO. La Sala Electoral declaró: 1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido el 6 de julio de 2022 por la parte recurrente contra el Auto proferido el 27 de junio de 2022 por el Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia se ratifica la INADMISIBILIDAD de la referida prueba testimonial del ciudadano Domingo José Narváez, por considerarla ilegal. |
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13. | AA70X2022000008 - AA70E2022000003 |
La abogada Yaritza Valdivieso Rosas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.869, apoderada judicial de la sociedad de comercio Administradora Yuruary, C.A., presentó escrito en fecha 27 de julio de 2022, mediante el cual formula oposición a la extension de los efectos de la medida cautelar acordada mediante sentencia N° 058, dictada en fecha 22 de junio de 2022, por la Sala Electoral de este Máximo Tribunal. |
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SENTENCIA N° 90 con ponencia del MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, mediante la cual declaró: .- TEMPESTIVA la oposición a la extensión de los efectos del amparo cautelar, decretada por esta Sala en la sentencia Nro. 058 de fecha 22 de junio de 2022, planteada por la representación judicial de la ADMINISTRADORA YURUARY, C.A. 2.- SIN LUGAR la oposición formulada. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |