REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 13/10/2022
CUENTA, N° 116

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2022000005

Por recibido oficio N° 461-2021 de fecha 22/11/2021, emanado del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos MARIA FERNANDA SANABRIA BRAVO y BLAS ALFONSO OROPEZA BECERRA, titulares de la cédula de identidad N° V-20.628.618 y V-19.463.652, alegando el carácter de Presidentes de los clubes JUVENTUD PARA EL FUTURO, OMEGA y LUCHIVOL, asistido por el abogado PEDRO JOSE CARRERO, titular de la cédula de identidad N° V-10.162.298, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.660, quien actúa con el carácter de Presidente del CLUB DE VOLEIBOL JPF, contra las convocatorias realizadas en fecha 1 de noviembre de 2021, por clubes no afiliados a la "... ASOCIACION DE VOLEIBOL TACHIRENSE (...) BUFALOS DE COLON, CLUB LOS AMIGOS, CLUB PIRINEOS, CLUB QUINIMARI, CLUB JUDITH MALDONADO...".

APERTURA A PRUEBAS: Se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


2. AA70E2022000021

Por recibido oficio N° BP02-G-2022-008000, emitido por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por la abogada Maribel Carvajal García, titular de la cédula de identidad número V-8.496.700, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, actuando en su propio nombre como miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO) 2022-2024, contra el "ACTO DEL COMITÉ ELECTORAL CIVO 2022-2024, electo en Asamblea General Extraordinaria de Asociados de dicho Centro Social en fecha 23 de Enero de 2022", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 29 de marzo de 2022 por el mencionado Juzgado Superior Estatal.

CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 03 de agosto de 2022, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.


3. AA70E2022000037

Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la decisión N° 005, emitida por la Comisión Electoral del mencionado Conjunto Residencial, que deja sin efecto la elección de la Presidenta de la Junta de Condominio elegida en Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 12 de junio de 2022, y contra el proceso electoral cuyo acto de votación se fijó para el 17 de julio de 2022.

Se acordó ratificar comisión al Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, a los fines de practicar notificación del auto de fecha 11 de julio de 2022, mediante el cual se solicitó a la Comisión Electoral, los antecedentes administrativos así como los informes de hecho y derecho relacionados con la presente causa. Se libró oficio y Despacho.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2022000044

El ciudadano Daniel Mauricio Coronel Pinto, titular de la cédula de identidad N° V-20.697.015, en el alegado carácter de propietario de un local distinguido con las siglas T-15, ubicado en el Condominio Centro Cristal, asistido por el abogado Carlos Gómez Ordoñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.815, interpuso recurso contencioso electoral con medida cautelar, contra la asamblea realizada en fecha 11 de junio de 2022, para la elección de la Junta de Condominio y un Administrador temporal del referido condominio, convocada por la ciudadana Esmeralda del Consuelo Gutiérrez Cueto, en nombre propio y en representación del ciudadano Gerardo Antonio Gutiérrez Cueto.

El Abogado Daniel Mauricio Coronel Pinto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 315.128 (parte recurrente), consignó diligencia dónde solicitó un (01) juego de copia certificada de todo el expediente.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2012000033

El ciudadano LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la FEDERACION DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al abogado CÉSAR AUGUSTO ARIAS FERNÁNDEZ, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 56.479, apoderado judicial los ciudadanos FELIPE ALBERTO MOLINA FERRER y LUÍS JESÚS BOLÍVAR LUGO, recibida por abogado Cesar Arias, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 089 de fecha 11 de agosto de 2022.


2. AA70E2012000033

El ciudadano LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la FEDERACION DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.362, librado al BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, hago saber que esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en el expediente judicial asignado con el N°AA70-2012-000033, mediante la cual se ordenó al abogado CÉSAR AUGUSTO ARIAS FERNÁNDEZ, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 56.479, apoderado judicial los ciudadanos FELIPE ALBERTO MOLINA FERRER y LUÍS JESÚS BOLÍVAR LUGO, el pago de una multa expresada en bolívares equivalente a cien euros (100), convertida al tipo de cambio oficial establecido por el Banco Central de Venezuela, conforme a lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dicha suma deberá pagarse a favor del Tesoro Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela, recibida por el abogado Cesar Arias, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 56.479.


3. AA70E2012000033

El ciudadano LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la FEDERACION DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.363, librado al BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, hago saber que esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en el expediente judicial asignado con el N°AA70-2012-000033, mediante la cual se ordenó a los ciudadanos FELIPE ALBERTO MOLINA FERRER y LUÍS JESÚS BOLÍVAR LUGO, el pago de una multa expresada en bolívares equivalente a cien euros (100), convertida al tipo de cambio oficial establecido por el Banco Central de Venezuela, conforme a lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dicha suma deberá pagarse a favor del Tesoro Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela, recibida por el abogado Cesar Arias, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 56.479.


4. AA70E2012000033

El ciudadano LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la FEDERACION DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos los ciudadanos FELIPE ALBERTO MOLINA FERRER y LUÍS JESÚS BOLÍVAR LUGO, recibida por el abogado Cesar Arias, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 56.479, apoderado judicial, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 089 de fecha 11 de agosto de 2022.


5. AA70E2015000058

Los ciudadanos LUCERO BÉNITEZ, ZULEIKA MÉNDEZ y ALEXANDER MARÍN, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.868.137, 11.669.270 y 19.060.748, respectivamente, asistidos por el abogado RONNY REYES ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.920, interponen recurso contra la Resolución N° 150226-069, de fecha 26 de febrero de 2015, publicada en Gaceta Electoral N° 748, del 13 de mayo de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual negó el uso de la denominación provisional "MAREA SOCIALISTA (MS) y sus alternativas SISTEMA ORGÁNICO DE MOVIMIENTOS SOCIALES (SOMOS) y MAREA SOCIAL (MS)".

El ciudadano Alguacil consignó Boleta original dirigida a los ciudadanos ZULEIKA MÉNDEZ, LUCERO BÉNITEZ y ALEXANDER MARÍN sin practicar, señalando lo siguiente: " El día 26 de abril, 13 de julio y 26 de septiembre del dos mil veintidós, me trasladé a las siguientes direcciones: Bloque 15 piso 1, Apto 138, Sector la Cañada, Parroquia 23 de Enero, Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital, a los fines de practicar la notificación, librada a la ciudadana ZULEIKA MÉNDEZ, y a los ciudadanos LUCERO BÉNITEZ Y ALEXANDER MARÍN, (parte recurrente) a la siguiente dirección: 3° Transversal, Av. Sucre de los Dos Caminos, Quinta. La Puerta. Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre, Edo. Miranda, estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación, porque no se encontraba nadie en el mismo".


6. AA70E2015000058

Los ciudadanos LUCERO BÉNITEZ, ZULEIKA MÉNDEZ y ALEXANDER MARÍN, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.868.137, 11.669.270 y 19.060.748, respectivamente, asistidos por el abogado RONNY REYES ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.920, interponen recurso contra la Resolución N° 150226-069, de fecha 26 de febrero de 2015, publicada en Gaceta Electoral N° 748, del 13 de mayo de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual negó el uso de la denominación provisional "MAREA SOCIALISTA (MS) y sus alternativas SISTEMA ORGÁNICO DE MOVIMIENTOS SOCIALES (SOMOS) y MAREA SOCIAL (MS)".

El ciudadano Alguacil consignó Boleta original dirigida a los ciudadanos GABRIEL GARCIA y MARA GARCIA, sin practicar, señalando lo siguiente: "El día 26 de abril, 13 de julio y 26 de septiembre del dos mil veintidós, me trasladé a las siguiente dirección: 3° Transversal, Av. Sucre de los Dos Caminos, Quinta. La Puerta. Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre, Edo. Miranda, a los fines de practicar la notificación, librada a los ciudadanos GABRIEL GARCIA Y MARA GARCIA, estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación, porque no se encontraba nadie en el mismo".


7. AA70E2020000010

Los ciudadanos LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, JUAN CARLOS TOVAR BOLÍVAR, JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA y AMIR HOMSY MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.355.468, V-13.412.633, V-6.326.509 y V-11.090.565, respectivamente, en su condición de representantes de la organización sindical Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA), representados en este acto por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Segunda (2°), interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones del referido sindicato.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.385, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Ricardo Berbis, Secretario Jefe de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 091 de fecha 11 de agosto de 2022.


8. AA70E2020000010

Los ciudadanos LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, JUAN CARLOS TOVAR BOLÍVAR, JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA y AMIR HOMSY MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.355.468, V-13.412.633, V-6.326.509 y V-11.090.565, respectivamente, en su condición de representantes de la organización sindical Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA), representados en este acto por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Segunda (2°), interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones del referido sindicato.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, JUAN CARLOS TOVAR BOLIVAR, JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA Y AMIR HOMSY respectivamente, en su carácter de integrantes del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE CERÁMICA,FIBRAS, SUS SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ARAGUA (SINTRACER-ARAGUA), recibida por el abogado Carlos Guerrero, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 57.988, apoderado judicial, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 091 de fecha 11 de agosto de 2022.


9. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó Oficio original N° 22.067 dirigido a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN LIGA NACIONAL DE FÚTBOL MENOR sin practicar, señalando lo siguiente: "El día 24 de marzo, 28 de julio y 28 de septiembre del dos mil veintidós, me trasladé a la siguiente dirección: Lomas de Urdaneta, Bloque 2, Letra C, Piso 4 #84, Catia Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, a los fines de practicar la notificación, librada a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN LIGA NACIONAL DE FÚTBOL MENOR, estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo".


10. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.062, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE FÚTBOL, recibida por el ciudadano David Quintanilla, Secretario General del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 013 de fecha 24 de febrero de 2022.


11. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº22.065, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE ÉTICA DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE FÚTBOL, recibida por el ciudadano Raúl Márquez, Gerente Legal de la FVF, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 013 de fecha 24 de febrero de 2022.


12. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.068, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Noemi González, Secretaria Ejecutiva de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 013 de fecha 24 de febrero de 2022.


13. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.069, librado a la ciudadana NINOSKA CLOCIER, Presidenta del Instituto Nacional de Deporte (IND), recibido por la ciudadana Josemil Pérez, Asistente de Presidencia del IND, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 013 de fecha 24 de febrero de 2022.


14. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.063, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE HONOR DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE FÚTBOL, recibida por la ciudadana Solange Briceño, Asistente del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 013 de fecha 24 de febrero de 2022.


15. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.064, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO CONTRALOR DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE FÚTBOL, recibida por la ciudadana Verónica Pérez, Miembro Principal del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 013 de fecha 24 de febrero de 2022.


16. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº22.066, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE FÚTBOL, recibida por la ciudadana Marialy Muños, Personal del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 013 de fecha 24 de febrero de 2022.


17. AA70E2020000017

El ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, titular de la cédala de identidad N° 7.660.689, alegando su condición de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, asistido por el abogado Omar Antonio Carrillo inscrito en el inpreabogado N° 48923, interpuso recurso contencioso electoral CON AMPARO CAUTELAR contra las Asambleas Extraordinarias 11 y 13 de marzo de 2020 convocadas por la Federación Venezolana de Fútbol.

El ciudadano Alguacil consignó Boleta original dirigida al ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON sin practicar, señalando lo siguiente: "El día 24 de marzo, 28 de julio y 28 de septiembre del dos mil veintidós, me trasladé a la siguiente dirección: Lomas de Urdaneta, Bloque 2, Letra C, Piso 4 #84, Catia Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, a los fines de practicar la notificación, librada al ciudadano HERMES LEONARDO FERNÁNDEZ HERNUCZON, actuando con el carácter de Vicepresidente de la Fundación Liga Nacional de Fútbol Menor, organización afiliada y reconocida por la Federación Venezolana de Fútbol, (FVF), y como Vocero Principal y Delegado a la Asamblea General de la Federación Venezolana de Fútbol, estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo".


18. AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada la abogada ELIZABETH VAN SIJTVELV MATAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.220, en su condición de Tercera Adherente en la presente causa, recibida por la ciudadana Elizabeth Van Sijtvelv, en la siguiente dirección: Urb. Lomas de Monteclaro, Cortada de El Guayabo, Parroquia Cecilio Acosta, Municipio Guaicaipuro, Edo. Miranda, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 089 de fecha 11 de agosto de 2022.


19. AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó oficio original N° 22.368, contentivo de veintitrés (23) folios útiles, visto el auto de fecha 29 de septiembre de 2022, suscrito por la Secretaria de la Sala Electoral.


20. AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº22.395, librado los ciudadanos JOHAO ANTONIO PEREIRA DA SILVA, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, JOSÉ ALBERTO NÚÑEZ ARANGUREN, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENITEZ, ARMANDO FRANCISCO DE PAULA PINTO, MANUEL OLIVERA DE ALMEIDA, OLIVER MEDINA CHACÓN, AMÉRICO EMILIO MÁRQUEZ MEZA, LUIS ROSAS APARICIO y ALBERTO ACOSTA SOTOMAYOR, miembros de la Junta Directiva de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro de fecha 25 de octubre de 2019, recibida por el ciudadano Esteban Rada, Miembro del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 089 de fecha 11 de agosto de 2022.


21. AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano FRANKLIN BELTRAN SALAS CONTRERAS, en su condición de postulado a los diferentes cargos que integran la Junta Directiva de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro, recibida por el ciudadano Franklin Salas, en la siguiente dirección: Urb. Lomas de Monteclaro, Cortada de El Guayabo, Parroquia Cecilio Acosta, Municipio Guaicaipuro, Edo. Miranda, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 089 de fecha 11 de agosto de 2022.


22. AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.365, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Ricardo Berbis, Secretario Jefe de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 089 de fecha 11 de agosto de 2022.


23. AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, parte recurrente, recibida por la abogada Ana María Villanueva, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 45.313, apoderada judicial de los antes mencionados, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 089 de fecha 11 de agosto de 2022.


24. AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.366, librado a los ciudadanos ALVE CASTELLANOS QUINTO, CARLOS JESÚS GUERE CORDERO, YUDY MARGOT ZAMBRANO MORENO, OMAR DE JESÚS BATISTA CHUECO, MARÍA GRASITA FÁTIMA DE FREITAS, FRANCISCO JOSÉ NÚÑEZ PICO, DIÓGENES JOSÉ INFANTE HERRERA, NORA ESPERANZA CALDERÓN SÁNCHEZ, JOSÉ LUIS MONTOYA LIZARDO y LIUWVEN QUINTANA PÁEZ, miembros Integrantes de la Junta Directiva (Electa) de la Comunidad de Propietarios de La Urbanización Lomas de Monteclaro, recibida por el ciudadano Carlos Guere Secretario del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 089 de fecha 11 de agosto de 2022.


25. AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó Boleta original dirigida la ciudadana Yorman Teresa Valera Lozada, en su condición de postulada a los diferentes cargos de la Junta Directiva de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro sin practicar, señalando lo siguiente: "El día 04 de octubre de dos mil veintidós me trasladé a la siguiente dirección: Urb. Lomas de Monteclaro, Cortada de El Guayabo, Parroquia Cecilio Acosta, Municipio Guaicaipuro, Edo. Miranda, a los fines de practicar la notificación librada a la ciudadana Yorman Teresa Valera Lozada, en su condición de postulada a los diferentes cargos de la Junta Directiva de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro, estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo y los vecinos informaron que estaban fuera del país".


26. AA70E2021000006

Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.367, librado a los ciudadanos YARI DEL CARMEN ESCALONA ACOSTA, NORA JOSEFINA GAÑAN SÁNCHEZ, MARISELA DOMENICA D´ ORAZZIO DÍAZ, ALEXANDRA GONZÁLEZ DE HIGGINS y MARÍA DEL CARMEN FERREIRO PRADA, miembros de la Comisión Electoral de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro, recibida por la ciudadana María Del Carmen Ferreiro, Miembro del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 089 de fecha 11 de agosto de 2022.


27. AA70E2021000035

El abogado Simón González inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 152.454 actuando en nombre propio interpuso recurso contencioso electoral contra "... la Resolución N° 210629-0041 de fecha 29 de junio de 2021, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Oficial N° 983 del 26 de julio de 2021..." mediante la cual "... negó el uso de algunas denominaciones provisionales de asociaciones que aspiran a convertirse en partidos políticos...".

El ciudadano Alguacil consignó Boleta original dirigida al ciudadano SIMÓN MARTÍN GONZÁLEZ CARMONA (parte recurrente) sin practicar, señalando lo siguiente: "El día 25 de abril, 11 de mayo y 20 de septiembre del dos mil veintidós, me trasladé a la siguiente dirección: Torre Phelp, Piso 10, Oficina Letra D, Plaza Venezuela, Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital, a los fines de practicar la notificación, librada al ciudadano SIMÓN MARTÍN GONZÁLEZ CARMONA, parte recurrente, estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación, porque no se encontraba nadie en el mismo".


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ