REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 05/12/2022
CUENTA, N° 145

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

Se recibió recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2013000093

Los ciudadanos CARLOS JOSÉ LUNAR NOY y JHOXIS CAMPOS, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones del SINDICATO PROFESIONAL DE OPERADORES MECÁNICOS, MAQUINARIAS PESADAS, MÓVILES y CONEXOS DEL ESTADO BOLÍVAR (SOMPEB).

Se acordó librar cartel a los fines de notificar a los ciudadanos CARLOS JOSÉ LUNAR NOY y JHOXIS CAMPOS, (parte accionante) y a los ciudadanos ORLANDO GONZÁLEZ, LUIS TORREALBA, RUDYS CONTRERAS, OVIC MORALES, JOSÉ BARRIOS, JULIO GÓMEZ Y LUIS DELGADO, Miembros de la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Operadores Mecánicos, Maquinarias Pesadas, Móviles y Conexos del Estado Bolívar (SOMPEB), parte accionada, la Sentencia Nº 98 dictada 11 de octubre de 2018.


2. AA70E2022000006

El abogado Alcy Raimond Salazar Lozada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.928, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL, interpuso recurso contencioso electoral contra la comisión electoral para la elección de los delegados de prevención de la C.A. Cervecería Regional y la Gerencia estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (GERESAT-ARAGUA) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).

ADMISIÓN DE PRUEBAS. El Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral emitió pronunciamiento, en las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte recurrente Inadmitiendo dichas pruebas por extemporáneas.


3. AA70E2022000030

Los abogados JULIO CÉSAR HERNÁNDEZ COLMENARES y GUIDO LEONARDO CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.033.786 y V-5.686.017, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 28.446 y 133.535, respectivamente, actuando en sus propios nombres alegando su condición de candidatos de la plancha N° 1, al optar a las Secretarias de Organización y de Profesionales y Técnicos Seccional de la misma, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra las actuaciones materiales de la Comisión Electoral Interna Seccional (CEIS) de Acción Democrática en el estado Táchira, y la decisión de la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN).

Se acordó ratificar comisión al Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los fines de notificar a los ciudadanos JULIO CÉSAR HERNÁNDEZ COLMENARES y GUIDO LEONARDO CONTRERAS (parte recurrente) y a los Miembros Integrantes de la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN), (parte recurrida), de la Sentencia N°084 de fecha 11 de agosto de 2022. Líbrese Boleta, Oficio y Despacho.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2022000053

Los ciudadanos JUAN JOSÉ MOORE GUTIÉRREZ, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, BEATRIZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES y CONSUELO DEL CARMEN FLOREZ TAFUR, titulares de las cédulas de identidad número V-4.167.851, V-13.872.207, V-3.818.124, V-5.306.460 y V-13.691.156, respectivamente, actuando el primero en su condición de Socio y todos los demás como vecinos de la Asociación de Vecinos Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", asistidos por el abogado Gonzalo Celta Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.718, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la conformación de la Comisión Electoral y el proceso electoral celebrado en fecha 06 de noviembre de 2022, donde se eligió la Junta Directiva de la referida Asociación.

Los ciudadanos JUAN JOSÉ MOORE GUTIÉRREZ, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, BEATRIZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES y CONSUELO DEL CARMEN FLOREZ TAFUR, titulares de las cédulas de identidad número V-4.167.851, V-13.872.207, V-3.818.124, V-5.306.460 y V-13.691.156, respectivamente, actuando el primero en su condición de Socio y todos los demás como vecinos de la Asociación de Vecinos Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", asistidos por el abogado Gonzalo Celta Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.718, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder Apud Acta al Abogado Asistente.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ