REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 15/02/2022
CUENTA, N° 16

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2014000039

El ciudadano JUAN CARLOS BRACHO ROMERO, interpuso acción de amparo constitucional contra ¨… la Junta Directiva y Comisión Electoral del COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO ZULIA…¨, a los fines que ¨… presenten a la brevedad un proyecto de ELECCIONES PARA LA DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO…¨.

RECEPCION DE COMISION: Por recibido oficio N° 0017-2022, de fecha 07 de febrero de 2022, emanado del Juzgado Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Loassada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 21 de octubre de 2020, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus anexos.


2. AA70E2017000117

Por recibido oficio N° 4314, de fecha 07 de noviembre de 2017, emanado de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia mediante el cual remitió anexo escrito contentivo del "recurso contencioso especial de abstención o carencia" interpuesto por el ciudadano SANTIAGO ANDRES RODRÍGUEZ CASTILLO, invocando su condición de Secretario General de la organización política regional Partido de Reconciliación Organizado de Gestión Reformadora Electoral, Social y Orden (PROGRESO), asistido por el abogado Carlos Ernesto Molina Cañizales, contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) "por no haber ordenado la inscripción de nuestra organización política a pesar de haberse cumplido con las formalidades y requisitos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico". Remisión que se efectúa en virtud de la sentencia de fecha 11 de octubre de 2017, conforme a la cual la referida Sala declinado su competencia.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano SANTIAGO ANDRES RODRIGUEZ CASTILLO, cedula de identidad N° 7.127.405, en su carácter de Secretario General de la Organización Política Regional "Partido de Reconciliación Organizado de Gestión Reformadora Electoral y Orden (PROGRESO)", mediante el cual se le notificó que en fecha 14 de mayo de 2018, este Juzgado de Sustanciación dicto auto de inadmisión.


3. AA70E2018000053

El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en nombre y representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A., CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad y consecuente responsabilidad electoral contra la Asamblea Extraordinaria de Propietarios celebrada los días 26 y 31 de julio de 2018, y la responsabilidad electoral de los Co-Propietarios y los miembros de la actual junta de condominio del Centro Comercial Caribbean Plaza.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia que en el día de hoy se remitió Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego.de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (DISTRIBUIDOR), a la dirección de correo electrónico: juzg1municipiovalenciacarabobo@gmail.com, ratificando la notificación librada mediante auto de fecha 01 de marzo de 2021, en el cual este Juzgado de Sustanciación ADMITIÓ en cuanto ha lugar en derecho la demanda. A tal efecto, se le remitió vía correo electrónico,a la dirección: juzg1municipiovalenciacarabobo@gmail.com las mencionadas boletas, oficio, Despacho y del auto de admisión de fecha 01 de marzo de 2021.


4. AA70E2019000001

El ciudadano LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN, titular de la cédula de identidad N° 4.145.286, invocando el carácter de Vocero Principal de los Pensionados Vitalicios de PDVSA Occidente y aspirante a candidato a la Dirección Regional de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, asistido por el abogado Carlos Alberto Guerrero Quintana, Defensor Público Provisorio Segundo ante la Sala Electoral, inscrito en el inpreabogado N° 57.988 interpone Acción de Amparo Constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia que en el día de hoy se remitió al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a la dirección de correo electrónico municipiocivil1mcbo.zulia@gmail.com, notificación librada al ciudadano LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN (parte accionante), de la Sentencia Nº 001 dictada en fecha 22 de enero de 2019.


5. AA70E2020000013

Por recibido Oficio N° J1-J-015-2020, de fecha 19 de mayo de 2020, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente N°SP01-O-2020-000001, contentivo de la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos JOSÉ RAMIRO PARADA y JOSÉ ORLANDO BOHÓRQUEZ BARRERA, titulares de la cédula de identidad N° V-10.173.57 y V-14.872.334, respectivamente, alegando su condición el primero con integrante del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Estado Táchira, asistidos por el abogado José Félix Escalona Bolívar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.045, contra los ciudadanos Eduardo Alberto Maldonado y José Leonardo Maldonado, en su condición de Secretario General y Secretario Ejecutivo del mencionado Sindicato. Remisión esta que se realizó en atención a la Sentencia dictada en fecha 23 de marzo de 2020 por el Tribunal remitente.

Visto que en fecha 10 de febrero de 2022, fue recibido el oficio N° 3180-239, de fecha 12 de noviembre de 2021, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 21 de octubre de 2020, esta Sala Electoral, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, acordó librar cartel a los fines de notificar el auto de fecha 21 de octubre de 2020, donde se declaró inadmisible la acción de amparo constitucional.


6. AA70E2021000074

El ciudadano José Luis Ferreira, titular de la cédula de identidad N° 13.418.921, alegando el carácter de candidato al cargo de Alcalde del Municipio Mara del estado Zulia, por la Organzación con Fines Políticos MESA DE LA UIDAD DEMOCRÁTICA (MUD), contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación de alcalde o alcaldesa del Municipio Mara del estado Zulia, emitidas por la Junta Municipal Electoral el 23 de noviembre de 2021.

RECEPCION DE INFORME SOBRE ASPECTOS DE HECHO Y DE DERECHO: Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, suscrito por la abogada Moraly Bazán Lucena, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 152.466, con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito con los recaudos que lo acompañan.


7. AA70E2021000075

Los ciudadanos Luis Miguel Barboza González y Argilio Gil Teherán, alegando el carácter de candidatos a Legislador al Consejo Legislativo por el estado Zulia, por la organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática, interpusieron recurso contencioso electoral contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación de Legisladoras y Legisladores al Consejo Legislativo del Estado Zulia, emitida por la Junta Regional Electoral del estado Zulia el 22 de noviembre de 2021.

RECEPCION DE INFORME SOBRE ASPECTOS DE HECHO Y DE DERECHO: Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, suscrito por la abogada Moraly Bazán Lucena, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 152.466, con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, se acuerdó agregar al expediente judicial el referido escrito con los recaudos que lo acompañan.


8. AA70X2022000002 - AA70E2021000057

El abogado Anibal Galindo Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 65.593, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, solicitó a esta Sala "… designar una Junta Administradora temporal de la Federación Motociclista Venezolana (FMV) integrada por tres (3) miembros a los fines de que realice de manera extraordinaria y excepcional los actos de simple administración y disposición necesarios [durante] el periodo actual en virtud de las faltas absolutas hasta que asuma la nueva Junta Directiva que debe ser electa en los comicios que ordene este Máximo Tribunal…"

SOLICITUD DE INFORMACION: Se solicitó información al Ministerio del Poder Popular para la Juventud y Deporte y al Instituto Nacional de Deporte.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2014000039

El ciudadano JUAN CARLOS BRACHO ROMERO, interpuso acción de amparo constitucional contra ¨… la Junta Directiva y Comisión Electoral del COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO ZULIA…¨, a los fines que ¨… presenten a la brevedad un proyecto de ELECCIONES PARA LA DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO…¨.

El abogado Alexy Palmar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.696, con su carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Estado Zulia, presentó escrito de alegatos y pruebas que demuestra que no han incurrido en desacato de la sentencia Nro.176 de fecha 4 de noviembre de 2014.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2014000039

El ciudadano JUAN CARLOS BRACHO ROMERO, interpuso acción de amparo constitucional contra ¨… la Junta Directiva y Comisión Electoral del COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO ZULIA…¨, a los fines que ¨… presenten a la brevedad un proyecto de ELECCIONES PARA LA DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO…¨.

El abogado Alexy Palmar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.696, con su carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Estado Zulia, presentó diligencia mediante la cual consignó actas de defunción de los ciudadanos Franklin Viloria Ricon y Arnoldo Ricón.


2. AA70E2017000120

La abogada BELKYS LAREZ MORENO, actuando en su carácter de propietaria de un apartamento ubicado en el edificio Centro Parque Carabobo, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones y votaciones de los miembros de la Junta de Condominio del referido Edificio.

La abogada Belkys Lares Moreno, titular de la cédula de identidad N° 10.547.939, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 125.586, parte recurrente, presentó diligencia solicitando corrección de su número de cedula de identidad.


3. AA70E2019000029

El abogado Francisco José González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.993, actuando en representación de los ciudadanos JOSÉ MARÍA FIGUERA MATA, JOSÉ MIGUEL ACENSO, JOSÉ HERNAN DURÁN, ERIS QUINTANA y otros, titulares de la cédula de identidad N° V-9.273.766, V-8.358.826, V15.632.096, V 10.523.475, respectivamente, aludiendo el carácter de afiliados del Sindicato Nacional Obrero Venezolano de la Industria de la Construcción, Ferroviarios, Conexos y Afines de la República Bolivariana de Venezuela ( SOVICA), interpuso solicitud de convocatoria a elecciones contra el referido sindicato.

La abogada Dubraska Pérez cédula de identidad N° 12.500.685, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.433, asistiendo en este acto al Abogado Francisco González, titular de la cédula de identidad N° 8.627.034, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.993, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, presentó diligencia mediante la cual solicitó copias certificadas de los folios Nros. 13 al 18 - 61 al 69 - 87 al 88 - 94 al 101 - 107 al 112 del expediente.


4. AA70E2021000015

por los ciudadanos STEVE LEÓN y KENJI MARTÍNEZ PÉREZ, venezolanos, titulares del número de cédula de identidad V-27.127.334 y V-26.473.787 respectivamente, quienes alegan actuar con el carácter de "ATLETAS DE LA SELECCIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE KARATE DO DEL ESTADO MIRANDA y DISTRITO CAPITAL, AFILIADAS A LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO y LEGÍTIMOS ELECTORES", asistidos por el abogado Alirio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado con el número 77.768, contra "LAS PARALELAS CONVOCATORIAS A ELECCIONES DE LAS NUEVAS AUTORIDADES DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO PARA EL PERÍODO 2021-2025"

El abogado Tulio Sánchez, titular de la cedula de identidad N° 1.377.139, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7282, actuando en su condición de integrante de la Comisión Electoral Ad Hoc, presentó diligencia mediante la cual consignó acta de instalación y constitución de la comisión electoral.


5. AA70E2021000016


Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el INPREABOAGDO bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro de número del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el "… proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades que habría de ejercer los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023."

Los abogados José Gregorio Silva y Juan Alfonzo Paradi inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros° 33.418 y 28.681 en su caracter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron diligencia mediante la cual desistieron del recurso contencioso electoral.


6. AA70E2021000016


Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el INPREABOAGDO bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro de número del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el "… proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades que habría de ejercer los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023."

El abogado José Gregorio Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.418, en su caracter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante el cual solicita sean expedidas tres (3) juegos de copias certificadas.


7. AA70E2021000034

El ciudadano IOMAR ALBERTO CARREÑO LOPEZ titular de la cedula de identidad N° 10.345.785 asistido por los abogados Cesar Augusto Fernández y Nelson Antonio Rojas Brito inscritos en el Inpreabogados bajo el N° 56.479 y 196.405 respectivamente, interpusieron Recurso Contencioso Electoral contra "... el proceso electoral de la CAJA DE AHORRO Y PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL PODER ELECTORAL (CAPSEOJ) N° 45 del sector público período 2021-2024, llevado a cabo por la Comisión Electoral Ad Hoc elecciones celebrada en fecha 30 de julio de 2021 ..."

El abogado Nelson Antonio Rojas, titular de la cédula de identidad N° 6.495.688, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 196.405, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó se libre el cartel de emplazamiento.


8. AA70E2022000004

El ciudadano JESUS RAFAEL BARRERO, titular de la cédula de identidad N° V-6.029.768, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando en representación propia y alegando su condición de militante del Partido Socialista de Venezuela Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), mediante el cual interpone "... RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, contra la estructura provisional del Partido Socialista de Venezuela MEP, representada por Gilberto de Jesús Giménez prieto y Benita Romero de Finol (…) titulares de las cédulas de identidad N° V-6.964.295 y V-484.468, respectivamente (…) designadas mediante sentencia cautelar número 155 del 16 de julio de 2015, ratificadas por sentencia número 74 de fecha 19 de junio de 2017 …”

El abogado Jesús Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, parte recurrente, consigno diligencia mediante la cual solicitó impulso procesal a la causa.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2021000026

Visto el escrito presentado en fecha 16 de agosto de 2021, por el ciudadano MIGUEL RESPLANDOR SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.368.164, actuando en su condición de tesorero y candidato a la reelección al cargo de Tesorero de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU), asistido por el abogado Juan Argüello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.198, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra "… los vicios de la Asamblea Extraordinaria celebrada del día 10 de junio del año 2021 y las irregularidades de la comisión electoral de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria sobre postulaciones y demás vicios en el proceso ...", se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU)

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano MIGUEL RESPLANDOR SÁNCHEZ, recibida por el abogado Roberto Santana, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 39.062, apoderado judicial, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 13 de diciembre de 2021


2. AA70E2021000026

Visto el escrito presentado en fecha 16 de agosto de 2021, por el ciudadano MIGUEL RESPLANDOR SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.368.164, actuando en su condición de tesorero y candidato a la reelección al cargo de Tesorero de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU), asistido por el abogado Juan Argüello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.198, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra "… los vicios de la Asamblea Extraordinaria celebrada del día 10 de junio del año 2021 y las irregularidades de la comisión electoral de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria sobre postulaciones y demás vicios en el proceso ...", se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU)

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.274, librado al ciudadano ELYS ANTONIO ARTEAGA LEÓN, miembro Principal de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria, recibida por la abogada Elis González, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 98.425, apoderada judicial del ciudadano antes mencionado y de la Comisión Electoral, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 13 de diciembre de 2021


3. AA70E2021000026

Visto el escrito presentado en fecha 16 de agosto de 2021, por el ciudadano MIGUEL RESPLANDOR SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.368.164, actuando en su condición de tesorero y candidato a la reelección al cargo de Tesorero de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU), asistido por el abogado Juan Argüello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.198, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra "… los vicios de la Asamblea Extraordinaria celebrada del día 10 de junio del año 2021 y las irregularidades de la comisión electoral de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria sobre postulaciones y demás vicios en el proceso ...", se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU)

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.473, librado al ciudadano MARCOS JAVIER MANZANO IRIZA, Presidente de la Junta Directiva de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria, recibida por el ciudadano Marcos Manzano, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 13 de diciembre de 2021


4. AA70E2021000032

el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio y en representación de los aspirantes de la Federación Venezolana de Softbol (FVS), mediante el cual interpone "… demanda de Nulidad con medida cautelar Innominada contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Softbol, realizado el 11 de junio de 2021…"

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.395, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano José García, Asistente Ejecutiva de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº088 de fecha 09 de diciembre de 2021.


5. AA70E2021000032

el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio y en representación de los aspirantes de la Federación Venezolana de Softbol (FVS), mediante el cual interpone "… demanda de Nulidad con medida cautelar Innominada contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Softbol, realizado el 11 de junio de 2021…"

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.391, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN DE SOFTBOL, recibida por el ciudadano Carlos Padrón, Miembro del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°088 de fecha 09 de diciembre de 2021


6. AA70E2021000032

el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio y en representación de los aspirantes de la Federación Venezolana de Softbol (FVS), mediante el cual interpone "… demanda de Nulidad con medida cautelar Innominada contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Softbol, realizado el 11 de junio de 2021…"

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.396, librado a la ciudadana NINOSKA CLOCIER, Presidenta del Instituto Nacional de Deporte (IND), recibido por la ciudadana Nathaly Agreda, Asistente de Presidencia del IND, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 088 de fecha 09 de diciembre de 2021.


7. AA70E2021000032

el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio y en representación de los aspirantes de la Federación Venezolana de Softbol (FVS), mediante el cual interpone "… demanda de Nulidad con medida cautelar Innominada contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Softbol, realizado el 11 de junio de 2021…"

El ciudadano Alguacil consignó boleta Original, librada al abogado TÚLIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio y en representación de los aspirantes de la Federación Venezolana de Softbol (FVS), recibida por el ciudadano Tulio Sánchez, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°088 de fecha 09 de diciembre de 2021


8. AA70E2021000032

el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio y en representación de los aspirantes de la Federación Venezolana de Softbol (FVS), mediante el cual interpone "… demanda de Nulidad con medida cautelar Innominada contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Softbol, realizado el 11 de junio de 2021…"

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.392, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN DE SOFTBOL, recibida por la ciudadana María Soto, Presidenta del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°088 de fecha 09 de diciembre de 2021


9. AA70E2021000032

el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio y en representación de los aspirantes de la Federación Venezolana de Softbol (FVS), mediante el cual interpone "… demanda de Nulidad con medida cautelar Innominada contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Softbol, realizado el 11 de junio de 2021…"

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.393, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE HONOR DE LA FEDERACIÓN DE SOFTBOL, recibida por el ciudadano José Bastardo, Miembro del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°088 de fecha 09 de diciembre de 2021


10. AA70E2021000032

el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio y en representación de los aspirantes de la Federación Venezolana de Softbol (FVS), mediante el cual interpone "… demanda de Nulidad con medida cautelar Innominada contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Softbol, realizado el 11 de junio de 2021…"

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.394, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO CONTRALOR DE LA FEDERACIÓN DE SOFTBOL, recibida por la ciudadana Agapita valor, Miembro del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°088 de fecha 09 de diciembre de 2021


11. AA70E2021000046

El abogado Wiliem Asskoul Saab, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.023, actuando como apoderado judicial del ciudadano LORANSO ASSKOUL SAAB, titular de la cédula de identidad N° V- 12.353.822, en su condición de candidato a la Alcaldía del Municipio Libertador del estado Mérida, interpuso Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar innominada "contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 210930-0080 de fecha 30 de septiembre de 2021, que declaro inadmisible por extemporáneo recurso jerárquico interpuesto en fecha 14 de septiembre de 2021 contra el silencio administrativo negativo de la oficina regional del Consejo Nacional Electoral del estado Mérida, respecto a la postulación de mi representado como candidato a la Alcaldía del municipio Libertador del estado Mérida".

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano LORENZO ASSKOUL SAAB, invocando su condición de candidato a la Alcaldía del Municipio Libertador del estado Merida, debido a que en fecha siete de febrero de dos mil veintidós, el abogado Williem Asskoul Saab, titular de la cédula de identidad N° 12.353.851, inscrito en el Inpreabogado N° 74.023, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N°094 del 09 de diciembre de 2021, por lo tanto consigno boleta original y sus anexos, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°094 de fecha 09 de diciembre de 2021


12. AA70E2021000046

El abogado Wiliem Asskoul Saab, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.023, actuando como apoderado judicial del ciudadano LORANSO ASSKOUL SAAB, titular de la cédula de identidad N° V- 12.353.822, en su condición de candidato a la Alcaldía del Municipio Libertador del estado Mérida, interpuso Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar innominada "contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 210930-0080 de fecha 30 de septiembre de 2021, que declaro inadmisible por extemporáneo recurso jerárquico interpuesto en fecha 14 de septiembre de 2021 contra el silencio administrativo negativo de la oficina regional del Consejo Nacional Electoral del estado Mérida, respecto a la postulación de mi representado como candidato a la Alcaldía del municipio Libertador del estado Mérida".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.404, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano José García, Asistente Ejecutiva de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº094 de fecha 09 de diciembre de 2021.


13. AA70E2021000046

El abogado Wiliem Asskoul Saab, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.023, actuando como apoderado judicial del ciudadano LORANSO ASSKOUL SAAB, titular de la cédula de identidad N° V- 12.353.822, en su condición de candidato a la Alcaldía del Municipio Libertador del estado Mérida, interpuso Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar innominada "contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 210930-0080 de fecha 30 de septiembre de 2021, que declaro inadmisible por extemporáneo recurso jerárquico interpuesto en fecha 14 de septiembre de 2021 contra el silencio administrativo negativo de la oficina regional del Consejo Nacional Electoral del estado Mérida, respecto a la postulación de mi representado como candidato a la Alcaldía del municipio Libertador del estado Mérida".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.403, librado al ciudadano PEDRO CALZADILLA PÉREZ, en su carácter de Presidenta del Consejo Nacional Electoral, recibido por el ciudadano Francisco Carrillo, funcionario adscrito al Departamento de Correspondencia de ese Despacho, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°094 de fecha 09 de diciembre de 2021


SENTENCIA
1. AA70X2022000002 - AA70E2021000057

El abogado Anibal Galindo Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 65.593, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, solicitó a esta Sala "… designar una Junta Administradora temporal de la Federación Motociclista Venezolana (FMV) integrada por tres (3) miembros a los fines de que realice de manera extraordinaria y excepcional los actos de simple administración y disposición necesarios [durante] el periodo actual en virtud de las faltas absolutas hasta que asuma la nueva Junta Directiva que debe ser electa en los comicios que ordene este Máximo Tribunal…"

Sentencia N° 007, MAGISTRADA PONENTE: INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE. La Sala ORDENÓ solicitar al Ministerio del Poder Popular para la Juventud y el Deporte, y a su ente adscrito, el Instituto Nacional del Deporte (IND), consignar en el plazo de dos (02) días de despacho siguientes a su notificación, la información sobre los clubes, asociaciones regionales y federaciones deportivas nacionales inscritas y registradas en la disciplina de motociclismo, con clara identificación de sus respectivas juntas directivas y miembros afiliados, a los fines de estimar la procedencia o no de la solicitud cautelar.


La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ