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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 10/05/2022 | |
CUENTA, N° 48 | |
ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551, e inscrita en el inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020. |
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Visto el escrito de fecha 09 de mayo de 2022, presentado por el abogado Juan Federico Arguello Urpín, apoderado Judicial del ciudadano DANIEL ANTONIO SEQUERA RUIZ, en su condición de tercero coadyuvante, mediante el cual realiza el siguiente requerimiento: "…solicito de esta honorable Sala, se sirva remitir copia certificada de la sentencia definitiva proferida el 08 de diciembre de 2021, con Oficio respectivo, al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del Distrito Capital, tal como fuese ordenado expresamente en esa sentencia in comento…". Por lo anteriormente expuesto, esta Sala Electoral en aras de salvaguardar el derecho a la defensa, el debido proceso y la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, acordó notificar al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados de Caracas. Se libró oficio N° 22.131. |
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2. | AA70E2021000006 |
Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la ciudadana Ana María Villanueva Araviche, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral, que deberán comparecer por ante esta Sala Electoral. |
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RESERVA DE PRUEBAS: En el día de hoy, diez (10) de mayo de 2022, la abogada Ana Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, apoderada judicial de los recurrentes, consignó escrito complementario de promoción de pruebas, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordena reservar el escrito consignado hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción. |
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3. | AA70E2022000003 |
Los abogados MARILU BELLO CASTILLO y ANGEL REINALDO FLORES CORONEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, la primera actuando en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo actuando en representación de la mencionada compañía, interpusieron demanda contenciosa electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso eleccionario efectuado por los propietarios del Edificio Mansión Arenas, realizado el 08 de diciembre de 2021. |
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De conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acordó librar cartel a los fines de notificar los ciudadnos DEMETRIOS CARIPIDIS STAVERIS, JHON ARTHUR FIGUEROA HERNANDEZ, JOSE MANUEL CORTIZO CASTAÑON, PAULO EMILIO RIOS MARQUEZ, NELIDA JOSEFINA ZAMBRANO DE CAPRILES y NATALIA MAZZEI ZUBILLAGA, en su condición de Co-propietarios de los apartamentos que constituyen la Comunidad del Edificio Mansión Arenasa, a los fines de notificar la Sentencia N° 025 dictada en fecha 10 de marzo de 2022 por esta Sala Electoral. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2018000054 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, invocando la condición de asociado de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), asistido por el abogado Edgar José Pérez Guaraco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el acto administrativo de denegación de su postulación decretada por la Comisión Electoral Ad Hoc para las elecciones de la referida Caja de Ahorro, periodo 2018-2021. |
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Los ciudadanos Nohemí Méndez y Miguel Laya, titulares de las cédulas de identidad N° 3.809.526, 2.108.913, respectivamente, en su carácter de terceros interesados como socios activos de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistidos por el abogado Manuel Assad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.580, presentaron diligencia mediante la cual informan que "El ciudadano Alexander Sequera titular de la cédula de identidad N° 10.011.256 no ha cumplido con el dispositivo de la sentencia". |
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2. | AA70E2021000015 |
Los ciudadanos STEVE LEÓN y KENJI MARTÍNEZ PÉREZ, venezolanos, titulares del número de cédula de identidad V-27.127.334 y V-26.473.787 respectivamente, quienes alegan actuar con el carácter de "ATLETAS DE LA SELECCIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE KARATE DO DEL ESTADO MIRANDA y DISTRITO CAPITAL, AFILIADAS A LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO y LEGÍTIMOS ELECTORES", asistidos por el abogado Alirio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado con el número 77.768, interpusieron acción de amparo constitucional contra "LAS PARALELAS CONVOCATORIAS A ELECCIONES DE LAS NUEVAS AUTORIDADES DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO PARA EL PERÍODO 2021-2025". |
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La abogada Marilú García Terán, inpreabogado Nro° 120.661, en su carácter de Secretaria de la Comisión Electoral Ad-Hoc de la Federación Venezolana de Karate, presentó diligencia mediante la cual consigna oficios emitidos por la Comisión Electoral Ad-Hoc donde remite actas de reunión Nros. 10 y 11 de fechas 23/04/22 y 27/04/2022. |
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3. | AA70E2022000013 |
El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad número V-10.257.075, actuando en su carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211, en el Centro Clínico Profesional de Caracas, asistido por el abogado José Antonio Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.006, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir las nuevas autoridades de la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas, incluyendo la designación y juramentación del Comité Electoral de fecha 03 de febrero de 2022. |
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El ciudadano Manuel Alfredo Aguilar, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, parte recurrente, asistido por la abogada Heitel Alvarado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.092, presentó diligencia donde consigna publicación del cartel de emplazamiento. |
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4. | AA70E2022000014 |
El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo. |
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El abogado Roymar Alí Armas Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro° 55.134, en su condición de tercero interesado, presento diligencia mediante el cual solicita adherirse a la causa. |
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5. | AA70E2022000014 |
El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo. |
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Los abogados Roymar Alí Armas Graterol y Gianny Piva Torres, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nros° 55.134 y 186.405, respectivamente, el primero actuando en su condición de tercero interesado y el segundo en su carácter de parte accionante, en ese mismo orden, presentaron diligencia mediante el cual solicitan admisión de la acción de amparo. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |