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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 16/05/2022 | |
CUENTA, N° 51 | |
ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2015000142 |
El ciudadano ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, actuando en su condición de candidato a diputado a la Asamblea Nacional por la representación indígena Región Sur, en las elecciones celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, asistido por la abogada HILARIA MICHAEL MÁRQUEZ BETANCOURT, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR". |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano, ESTEBAN ARGELIO PEREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 12.582.928, mediante el cual se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 10 de marzo de 2022 dicto Sentencia N°022. |
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2. | AA70E2016000004 |
El ciudadano ANDRÉS ELOY MÉNDEZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.874.945, asistido por el abogado Pablo Enrique Paradas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, interpuso recurso contencioso electoral contra de las elecciones de Diputados y Diputadas a la Asamblea Nacional en la Circunscripción Electoral número 4 del estado Falcón. |
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Esta Sala Electoral, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel a los fines de notificar al ciudadano ANDRÉS ELOY MÉNDEZ GONZÁLEZ, (parte recurrente), de la sentencia N° 063 dictada por esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2020, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificado. Líbrese Cartel. |
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3. | AA70E2021000050 |
El abogado EDUARDO REVETE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, actuando en su propio nombre y asistiendo a los ciudadanos JAVIER URBANO, GUSTAVO MONTILLA y JUAN VARGAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.935.373, V-5.738.992 y V- 3.741.528, respectivamente, en su condición de Socios de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la comisión electoral de la referida Asociación Civil, periodo 2020-2022. |
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Vista la diligencia presentada en fecha 26 de abril de 2022, por el abogado Eduardo Revete, inscrito en el Inpreabogado N° 97.946, actuando en propio nombre y asistiendo a los ciudadanos GUSTAVO MONTILLA y JUAN VARGAS, esta Sala ACORDÓ certificaciones de los folios ciento veintiocho (128) al ciento treinta y tres (133), del ciento cuarenta y ocho (148) al ciento cincuenta y cuatro (154), del ciento cincuenta y siete (157) al ciento setenta (170), por cursar en original o certificado en el expediente de la presente causa. Ahora bien, por lo que se refiere a los documentos que corren insertos en los folios ciento treinta y cuatro (134) al ciento cuarenta y siete (147), del ciento cincuenta y cinco y ciento cincuenta y seis (155 y 156), se NIEGA su certificación, por no cursar en original o copia certificada, hecho éste que impide su confrontación, de allí que se ordena su expedición en copia simple. |
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4. | AA70E2021000071 |
Los ciudadanos YOEL JOSE PEREZ, NAYIBET MERCEDES LOPEZ GALANTON, Y EDGARD RAMON MUÑOZ MATA, titulares de la cédulas de identidad N° V-15.050.923, V-14.126.433 y V-17.111.061, respectivamente, en su condición de Presidentes de la Federación Venezolana de Remo, de la Federación Venezolana de Pelota Vasca y de la Federación Venezolana de Boxeo, en ese orden, asistidos por la abogada Elis Gonzalez inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la elección de la Comisión Electoral designada el 7 de diciembre de 2021, para dirigir el proceso electoral mediante el cual se renovarían a los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del Comité Olímpico Venezolano para el período 2022-2026. |
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APERTURA A PRUEBAS: Se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2021000034 |
El ciudadano IOMAR ALBERTO CARREÑO LOPEZ titular de la cédula de identidad N° 10.345.785 asistido por los abogados César Augusto Fernández y Nelson Antonio Rojas Brito inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.479 y 196.405 respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra el proceso electoral de la CAJA DE AHORRO Y PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL PODER ELECTORAL (CAPSEOJ) N° 45 del sector público período 2021-2024, llevado a cabo por la Comisión Electoral Ad Hoc elecciones celebrada en fecha 30 de julio de 2021. |
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El abogado Nelson Antonio Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 196.405, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignoó diligencia mediante la cual quiere alertar a la Sala que la parte demandada consignó escrito de Promoción de Pruebas, fuera del lapso establecido, también solicitó computo por secretaria de los días de despacho transcurridos desde el 26/04/2022, hasta el 11 de mayo de 2022. |
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2. | AA70E2021000073 |
El ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, titular de la cédula de identidad N° 3.586.539, candidato a la Alcaldía de Guaicaipuro del estado Miranda, asistido por el abogado Antonio Barrios Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, interpuso acción de amparo constitucional contra la omisión del Consejo Nacional Electoral acerca de la adherencia de partidos políticos a favor de su postulación quienes postularon para el cargo de Alcalde de Municipio Guaicaipuro del estado Miranda (reconducido a recurso contencioso electoral). |
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El abogado Antonio Barrios Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, en su condición de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia ratificando el escrito de promoción de pruebas. |
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3. | AA70E2022000004 |
El ciudadano JESUS RAFAEL BARRERO, titular de la cédula de identidad N° V-6.029.768, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando en representación propia y alegando su condición de militante del Partido Socialista de Venezuela Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), interpuso recurso de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la estructura provisional del partido socialista de Venezuela (MEP), representada por Gilberto de Jesús Giménez prieto y Benita Romero De Finol, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.964.295 y V-484.468, respectivamente, designadas mediante sentencia cautelar número 155 del 16 de julio de 2015, ratificadas por sentencia número 74 de fecha 19 de junio de 2017. |
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El ciudadano Gilberto Gimenez, titular de la cédula de identidad N° V-6.964.295, parte recurrida, asistido por el abogado José Calazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.461, presentó diligencia mediante la cual consignó informe. |
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4. | AA70E2022000014 |
El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo. |
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El abogado Gianny Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, en su condición de accionante, presentó diligencia mediante el cual solicitó pronunciación sobre la presente causa. |
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5. | AA70E2022000014 |
El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo. |
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Los abogados Gianny Piva Torres y Roymar Alí Armas Graterol, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 186.405 y 55.134, respectivamente, el primero en su carácter de accionante y el segundo actuando en su condición de tercero interesado, presentaron diligencia mediante el cual solicitaron notificar a la Presidenta de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados estado Carabobo, Dra. Roraima Bermúdez. |
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6. | AA70E2022000018 |
La ciudadana GAUDY JOSEFINA COLINA CARDOZO, titular de la cédula de identidad N° V-12.863.602, con el carácter de Asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistida por el abogado Raúl Santana Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.586, interpuso acción de amparo constitucional con medida cautelar para la suspensión del proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades de la referida caja de ahorro, pautado para el día 26 de Abril de 2022, convocado por la comisión electoral Ad Hoc. |
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Los ciudadanos Luis Álvarez, León Mavarez y Alexy Madriz, titulares de las cédulas de identidad N° V- 11.247.293 y V- 5.714.583 y V- 15.411.592, parte recurrida, asistido por el abogado Betulio Enrique Paz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 225.954, presentaron diligencia mediante la cual solicitaron que se ordene la realización de las elecciones y la pronta revisión y suspensión de la medida cautelar. |
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OFICIOS RECIBIDOS EN | |
1. | AA70E2022000014 |
El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo. |
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El abogado Willians Alexander Izarra Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 227.198, en su condición de tercero interesado, presentó diligencia mediante el cual solicitó adherirse a la causa. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2011000007 |
Los ciudadanos ARTURO CASTILLO MACHEZ y POMPEYO TORREALBA, interpusieron demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra el acta de totalización y proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela de fecha 8-12-2010, respecto a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano Pompeyo Torrealba, titular de la cédula de identidad N° 3.319.508, en su condición de miembro activo de la Sociedad Bolivariana de Venezuela mediante el cual se notificó, la Sentencia Nº 098 de fecha 09-12-2021. |
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2. | AA70E2020000001 |
El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.928, interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones parciales celebradas por la referida Asociación en fecha 03 de diciembre de este año 2019. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, parte recurrente, recibida por el ciudadano Rafael Arturo León, mediante el cual se notificó el auto de fecha 07 de octubre de 2020. |
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3. | AA70E2020000001 |
El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.928, interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones parciales celebradas por la referida Asociación en fecha 03 de diciembre de este año 2019. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº20.085, librado a la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, recibido por el ciudadano Wilmer Ramírez, funcionario adscrito al Departamento de Correspondencia de ese Despacho, mediante el cual se notificó el auto de fecha 07 de octubre de 2020 |
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4. | AA70E2020000001 |
El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.928, interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones parciales celebradas por la referida Asociación en fecha 03 de diciembre de este año 2019. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 20.084, librado a los ciudadanos ÁNGEL BRIZUELA, CARMEN CANACHE, GUSTAVO VALLENILLA, ALEXIS BOGES, DOMINGO ESTRELLA SERBIO GONZÁLEZ, JUANA ARTEAGA, EGLEE MÉNDEZ, JOSÉ LUIS SÁNCHEZ, CONRADO MILANO, MÓNICO VELÁZQUEZ, NELSON VALLENILLA, CARLOS YÁNEZ, ANÍBAL, LUIS ALVARADO, NEIDI CARRASQUERO Y JORGE NAVEDA, miembros integrantes de la Junta Directiva Electa de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), recibida por el ciudadano Alexis Borges, Secretario del ente antes mencionado, en la siguiente dirección: Avenida Francisco de Miranda, torre Pequiven, planta baja, oficina de jubilados y pensionados, Chacao, estado Miranda, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 07 de octubre de 2020. |
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5. | AA70E2020000001 |
El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.928, interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones parciales celebradas por la referida Asociación en fecha 03 de diciembre de este año 2019. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 20.082, librado a los ciudadanos YAMILE SANSONETTI, OMAR GARRIDO, SIXTO RIVAS, OFELIA SANTO DOMINGO, miembros de la Junta Electoral Nacional de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), recibida por el ciudadano Alexis Borges, Secretario del ente antes mencionado, en la siguiente dirección: Avenida Francisco de Miranda, torre Pequiven, planta baja, oficina de jubilados y pensionados, Chacao, estado Miranda, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 07 de octubre de 2020. |
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6. | AA70E2020000001 |
El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.928, interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones parciales celebradas por la referida Asociación en fecha 03 de diciembre de este año 2019. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 20.083, librado a los ciudadanos YAMILE SANSONETTI, OMAR GARRIDO, SIXTO RIVAS, OFELIA SANTO DOMINGO, miembros de la Junta Electoral Nacional de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), recibida por el ciudadano Alexis Borges, Secretario del ente antes mencionado, en la siguiente dirección: Avenida Francisco de Miranda, torre Pequiven, planta baja, oficina de jubilados y pensionados, Chacao, estado Miranda, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 07 de octubre de 2020. |
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7. | AA70E2021000060 |
El abogado Gustavo Enrique Silva Escobar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.545, actuando en su condición de apoderado judicial de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Activos, Jubilados y Pensionados de Telesur, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra las elecciones del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja de Ahorro. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a al ciudadano GUSTAVO SILVA, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo N° 123.545, actuando en su condición de apoderado judicial de la caja de ahorro de los trabajadores activos, jubilados y pensionados de telesur, recibida por el mismo ciudadano GUSTAVO SILVA, mediante el cual se le notifico la Sentencia N°095 de fecha 09 de diciembre de 2021. |
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8. | AA70E2021000062 |
Por recibido en fecha 25 de noviembre de 2021, oficio N° 82, emanado del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, mediante el cual remite expediente contentivo de solicitud acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano CARLOS RAMON PAREDES GARRIDO, titular de la cédula de identidad N° 6.581.898, en su condición de Coordinador General de la Fundación Comité de Contraloría Social al Sistema de Justicia Judicial (CCSSJJ) y Coordinador Regional del Partido UPP89 en Barinas, contra la Dirección Nacional del Partido UPP89 y el Consejo Nacional Electoral. Remisión esta que se efectúa en virtud de la decisión dictada en fecha 12 de noviembre de 2021, conforme a la cual el mencionado Juzgado, se declaró INCOMPETENTE y DECLINÓ su competencia en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia para conocer del asunto. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano CARLOS PAREDES, titular de la cédula de identidad N° 6.581.898, en su condición de coordinador general de la Fundación Comité de Contraloría Social al Sistema de Justicia Judicial (CCSSJJ), recibida por el mismo ciudadano CARLOS PAREDES, mediante el cual se le notifico la Sentencia N°006 de fecha 16 de febrero de 2022. |
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9. | AA70E2021000068 |
El ciudadano RODOLFO RODRIGUEZ GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.302.792, alegando el carácter de Presidente de la Asociación de Karate Do del estado Miranda y representante legal de los afiliados ante la Asamblea General de la Federación Venezolana de Karate Do, asistido por el abogado Rafael Álvarez Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 278.538, interpuso recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra "… 1) El arbitrario desconocimiento de afiliación de la Asociación de Karate Do del Estado Miranda ante la Federación Venezolana de Karate Do; 2) La ilegal designación del abogado TULIO JOSÉ SÁNCHEZ DELGADO como miembro de la Comisión Electoral Ad Hoc ordenada por esta (…) Sala Electoral [en] Sentencia 057 de fecha 29 de octubre de 2021; 3) La ilegal y extemporánea convocatoria Asamblea General de la Federación a celebrarse el día 10 de diciembre de 2021 ….". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a ciudadano RODOLFO RODRIGUEZ, en su carácter de presidente de la asociación de karate do del estado Miranda, recibida por el mismo ciudadano Rodolfo Rodríguez, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°017 de fecha 10 de marzo de 2022. |
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10. | AA70X2020000004 - AA70E2020000008 |
El abogado JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, titular de la cédula de identidad N° V- 2.457.398, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7318, actuando en nombre propio interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la convocatoria la de la Asamblea Electoral de la Federación Venezolana de Futbol (F.V.F) "CONVOCATORIA ESTA QUE PERSIGUE DECIDIR SOBRE LA SOLICITUD DE REVOCATORIA DE MANDATO y de su CAMARA DE RESOLUCION DE DISPUTA (CRD-FVF)". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano José Eladio Quintero Marquina, inscrito en el Inpreabogado N°7.318, recibida por el ciudadano José Eladio Marquina, inscrito en el Inpreabogado N°7.318, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 013 de fecha 19 de noviembre de 2020. |
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11. | AA70X2021000003 - AA70E2021000006 |
Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la ciudadana Ana María Villanueva Araviche, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la referida Junta Directiva de la referida Comunidad de Propietarios por "una serie de actos electorales continuos lesivos todos a nuestros derechos que se viene sucediendo desde la designación como miembros de una comisión electoral de forma inconstitucional (…) y por otra parte, contra los actos electorales de nombramiento y proclamación como miembros de una írrita Junta Directiva de la Comunidad de propietarios". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, parte recurrente, recibida por la abogada Ana María Villanueva, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 45.313, apoderada judicial de los ciudadanos antes mencionados, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 014 de fecha 24 de febrero de 2021. |
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12. | AA70X2022000001 - AA70E2021000010 |
El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-5.302.792, asistido por el abogado Rafael Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 278.536, solicitó se decrete medida cautelar innominada, consistente en suspender todos los efectos legales de las autoridades de la Federación cuya directiva se encuentra presidida por el ciudadano ARTURO CASTILLO. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a ciudadano RODOLFO RODRIGUEZ, en su carácter de presidente de la asociación de karate do del estado Miranda, recibida por el mismo ciudadano Rodolfo Rodríguez, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°018 de fecha 10 de marzo de 2022. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |