REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 23/05/2022
CUENTA, N° 55

DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2020000010

Los ciudadanos LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, JUAN CARLOS TOVAR BOLÍVAR, JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA y AMIR HOMSY MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.355.468, V-13.412.633, V-6.326.509 y V-11.090.565, respectivamente, en su condición de representantes de la organización sindical Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA), representados en este acto por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Segunda (2°), interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones del referido sindicato.

AUDIENCIA Visto que constan en autos las notificaciones ordenadas en el auto de fecha 03 de noviembre de 2020, se acordó fijar el día martes treinta y uno (31) de mayo de 2022, a las diez y media de la mañana (10:30 a.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual las partes podrán exponer sus alegatos y defensas. Se designó ponente al Magistrado INOCENCIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente acción de amparo constitucional.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2015000102

Los ciudadanos ADERMNIS RAFAEL BORGES, GREGORY RAFAEL RIVAS FANEITE, FÉLIX ENRIQUE GRATEROL CABRERA, ROLLER ALEXANDER SÁNCHEZ TORRES y MAURICIO RENÉ MARIN VÁSQUEZ, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos contra los actos de formación del registro electoral preliminar y definitivo, así como contra los actos de escrutinio, adjudicación y proclamación dictados y realizados por la Comisión Electoral de SUNTINS, e igualmente contra el acto de generación del registro electoral definitivo realizado por la Oficina Regional Electoral del estado Carabobo, entre los días 20 al 26 de enero de 2015, en el marco del procedimiento de elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello, así como contra la Resolución N° 150611-134 del 11 de junio de 2015 dictada por el Consejo Nacional Electoral.

RECEPCION DE COMISION: Por recibido oficio N° 4380-009, de fecha 18 de febrero de 2021, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y San José de Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 30 de septiembre de 2021, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus anexos.


2. AA70E2016000064

El abogado WILLIAM SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 232.517, aludiendo su condición de Secretario General Regional del estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela (MOVEV), interpuso acción de amparo constitucional, contra la Dirección Nacional Ejecutiva del Movimiento Ecológico de Venezuela.

RECEPCION DE COMISION: Por recibido oficio N° 4380-009, de fecha 18 de febrero de 2021, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y San José de Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 30 de septiembre de 2021, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus anexos.


3. AA70E2018000059

La ciudadana JESSICA BELLO BARRETO, titular de la cédula de identidad N° V- 20.705.796, en su condición de Presidenta de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad de Carabobo, interpuso acción de amparo constitucional contra las autoridades del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana, JESSICA ELIZABETH BELLO BARRETO (parte accionante), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notificó que esta Sala Electoral en fecha de 13 de septiembre del 2021, dicto Sentencia N°038, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.


4. AA70E2018000059

La ciudadana JESSICA BELLO BARRETO, titular de la cédula de identidad N° V- 20.705.796, en su condición de Presidenta de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad de Carabobo, interpuso acción de amparo constitucional contra las autoridades del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, ALVARO LONDOÑO, OSWALDO VERA, RONNY CARREÑO, WILMER BELLO, OSCAR CASTILLO, LEONARDO ESQUEDA, KLEIBER RIGAUD Y JONNY MORALES, integrantes de la Comisión Electoral Estudiantil de la Universidad de Carabobo, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notificó que esta Sala Electoral en fecha de 13 de septiembre del 2021 dictó Sentencia N°038, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


5. AA70E2019000023

El ciudadano JOSÉ MANUEL LEÓN VILLORIA, titular de la cédula de identidad N° V-14.389.786, en su condición de trabajador de la entidad de trabajo alimentos DISFRECA y miembro afiliado del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la empresa General Mills de Venezuela C.A. (SIMNTRAGENERMILLS), asistido por el abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.282, interpuso recurso contencioso electoral de anulación conjuntamente con medida de suspensión de efectos y amparo cautelar, contra la comisión electoral del mencionado sindicato.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel al ciudadano JOSE MANUEL VILLORIA, en su condición de trabajador de la entidad de trabajo alimentos DISFRECA y miembro a filiado al Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la empresa General Mills de Venezuela, C.A. (SIMNTRAGENERMILLS), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 070 dictada por esta Sala Electoral en fecha 11 de diciembre de 2019.


6. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

RECEPCION DE COMISION: Por recibido oficio N° 059-22, de fecha 18 de marzo de 2022, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 25 de noviembre de 2021, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus anexos.


7. AA70E2021000050

El abogado EDUARDO REVETE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, actuando en su propio nombre y asistiendo a los ciudadanos JAVIER URBANO, GUSTAVO MONTILLA y JUAN VARGAS, titulares de las cédulas de identidad N°. V-9.935.373, V-5.738.992 y V- 3.741.528, respectivamente, en su condición de Socios de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la comisión electoral de la referida Asociación Civil, periodo 2020-2022.

Auto de corrección de foliatura.


8. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la COMISIÓN ELECTORAL DE LA FEDERACION VENEZOLANA DE BOXEO (FEVEBOX), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 02 de diciembre de 2021 dicto auto, donde se acordó solicitarle los antecedentes administrativos, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.


9. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO (FEVEBOX), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 02 de diciembre de 2021 dicto auto, donde se acordó solicitarle los antecedentes administrativos, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.


10. AA70E2021000072

El ciudadano Luis Alberto Aponte León, titular de la cédula de identidad N° V-6.843.036, alegando el carácter de candidato al cargo de Alcalde del Municipio Carrizal del estado Miranda, por las organizaciones con fines políticos "… PSUV, TUPAMARO, MEP, APC, ORA, MSV, UPV, PPT y PODEMOS…", asistido por la abogada María García Ocando, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.521, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acta de totalización, proclamación y adjudicación, para Alcalde del Municipio Carrizal del estado Miranda de las Elecciones Regionales y Municipales 2021.

OPOSICIÓN: Se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


11. AA70E2021000072

El ciudadano Luis Alberto Aponte León, titular de la cédula de identidad N° V-6.843.036, alegando el carácter de candidato al cargo de Alcalde del Municipio Carrizal del estado Miranda, por las organizaciones con fines políticos "… PSUV, TUPAMARO, MEP, APC, ORA, MSV, UPV, PPT y PODEMOS…", asistido por la abogada María García Ocando, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.521, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acta de totalización, proclamación y adjudicación, para Alcalde del Municipio Carrizal del estado Miranda de las Elecciones Regionales y Municipales 2021.

AGREGADO DE PRUEBAS: Escrito presentado en fecha diecinueve (19) de mayo de 2022, por la abogada María García Ocando, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.521, apoderada judicial del recurrente, mediante el cual promovió pruebas.


12. AA70E2021000073

El ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, titular de la cédula de identidad N° 3.586.539, candidato a la Alcaldía de Guaicaipuro del estado Miranda, asistido por el abogado Antonio Barrios Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, interpuso acción de amparo constitucional contra la omisión del Consejo Nacional Electoral acerca de la adherencia de partidos políticos a favor de su postulación quienes postularon para el cargo de Alcalde de Municipio Guaicaipuro del estado Miranda (reconducido a recurso contencioso electoral).

OPOSICIÓN: se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


13. AA70E2021000073

El ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, titular de la cédula de identidad N° 3.586.539, candidato a la Alcaldía de Guaicaipuro del estado Miranda, asistido por el abogado Antonio Barrios Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, interpuso acción de amparo constitucional contra la omisión del Consejo Nacional Electoral acerca de la adherencia de partidos políticos a favor de su postulación quienes postularon para el cargo de Alcalde de Municipio Guaicaipuro del estado Miranda (reconducido a recurso contencioso electoral).

RECEPCION DE INFORMES SOBRE ASPECTOS DE HECHO Y DERECHO: Por recibido en esta misma fecha diligencia contentiva del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, suscrito por el abogado Carlos Manuel León Villamediana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.947, apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral se acordó agregar al expediente judicial la referida diligencia con los recaudos que la acompañan.


14. AA70E2021000078

El ciudadano Rhoy Arlen Betancourt Torres, titular de la cédula de identidad N°V-14.949.172, en su condición de Candidato a Alcalde del Municipio Bolivariano de Angostura del estado Bolívar, asistido por el abogado Edgardo Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.598, interpuso recurso contencioso electoral contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación emitida por la Junta Municipal Electoral del Municipio Bolivariano Angostura del estado Bolívar en fecha 23 de noviembre de 2021.

OPOSICIÓN: se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


15. AA70E2022000002

El ciudadano ALFREN MARINO PIÑANGO, titular de la cédula de identidad N° V 5.904.858, actuando en su condición de Candidato a Concejal en el Municipio Montalbán del estado Carabobo por el Gran Polo Patriótico (GPP), asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 28.575, interpuso recurso contencioso electoral contra el silencio administrativo del Consejo Nacional Electoral operado en el recurso jerárquico mediante el cual solicitó la corrección del error material incurrido en la Proclamación del Concejal según Acta de Proclamación y Adjudicación de Concejales por lista para el municipio Montalbán del estado Carabobo de fecha 17 de enero de 2022.

RECEPCION DE INFORMES SOBRE ASPECTOS DE HECHO Y DERECHO: Por recibido diligencia contentiva del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, suscrito por el abogado Carlos Manuel León Villamediana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.947, apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral se acordó agregar al expediente judicial la referida diligencia con los recaudos que la acompañan.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2021000073

El ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, titular de la cédula de identidad N° 3.586.539, candidato a la Alcaldía de Guaicaipuro del estado Miranda, asistido por el abogado Antonio Barrios Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, interpuso acción de amparo constitucional contra la omisión del Consejo Nacional Electoral acerca de la adherencia de partidos políticos a favor de su postulación quienes postularon para el cargo de Alcalde de Municipio Guaicaipuro del estado Miranda (reconducido a recurso contencioso electoral).

El abogado Antonio José Barrios Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, presentó escrito de ratificación de promoción de pruebas.


2. AA70E2022000003

Los abogados MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, la primera actuando en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo actuando en representación de la mencionada compañía, interpusieron demanda contenciosa electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso eleccionario efectuado por los propietarios del Edificio Mansión Arenas, realizado el 08 de diciembre de 2021.

La abogada Yaritza Valdivieso Rosas, inscrita en el Impreabogado bajo el N° 96.869, apoderada judicial de la Administradora Yuruary C.A., presentó escrito mediante el cual solicitó se declare el decaimiento sobrevenido de la presente causa.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2018000036

Los ciudadanos LUIS MANUEL MORO OMAÑA, PEDRO MALVAR, JOSÉ ZERPA y JOSÉ GÓMEZ, en su condición de socios activos de la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), asistidos por la abogada María Carolina Alberto cárdenas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra las elecciones realizadas el 29 de abril de 2018 y organizadas por la Junta Electoral de la referida sociedad.

El abogado Carlos León Villamediana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.947, actuando en su carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral (CNE), presentó diligencia mediante la cual consignó Poder y Resolución del (CNE), relacionado con la presente causa a los fines de ser agregados en el expediente.


2. AA70E2022000014

El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo.

El abogado Gianni Piva Torres, inscrito en el Impreabogado bajo el N° 186.405, presentó diligencia mediante la cual consignó copia simple de los carnets de afiliación de los abogados; William Izarra Mujica, Roymar Alí Armas y Gianni Piva Torres, que los acredita como miembros del Colegio de Abogados del estado Carabobo.


3. AA70E2022000014

El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo.

Los abogados Willian Izarra Mujica, Roymar Ali Armas y Gianni Egidio Piva Torres, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 227.198; 55.134 y 186.405, respectivamente, consignaron diligencia mediante la cual suministraron datos e información para efectos de la respectiva notificación.


4. AA70E2022000014

El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo.

El ciudadano Rafael Campos, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.203, consignó diligencia mediante la cual solicitó de adhesión en la presente causa.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2019000021

Los ciudadanos JOSÉ MANUEL RIVERO GALINDEZ y GABRIEL JOSÉ BAPTISTA ROMERO, titulares de la cédula de identidad N° V-23.849.266 y V-19.262.897, respectivamente, actuando en su condición de afiliados al Sindicato Unido Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de Industria de Alimentos del estado Lara (SUNTRALIMLARA), asistidos por el abogado GABRIEL RAMÓN LEAL CEDILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.593, interpusieron recurso contencioso electoral contra el Sindicato Unido Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de Alimentos del estado Lara (SUBTRALIM LARA) y la comisión electoral al omitir "LA CONVOCATORIA DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS DE CARNES EL PAZO, C.A. PARA LA APROBACIÓN O NO DEL INICIO DEL PROCESO ELECTORAL, Y A SU VEZ A LA CONVOCATORIA PARA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 20.091 librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Jorgenis Cupano, Secretario Ejecutiva de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 014 de fecha 12 de marzo de 2020.


2. AA70E2019000023

El ciudadano JOSÉ MANUEL LEÓN VILLORIA, titular de la cédula de identidad N° V-14.389.786, en su condición de trabajador de la entidad de trabajo alimentos DISFRECA y miembro afiliado del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la empresa General Mills de Venezuela C.A. (SIMNTRAGENERMILLS), asistido por el abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.282, interpuso recurso contencioso electoral de anulación conjuntamente con medida de suspensión de efectos y amparo cautelar, contra la comisión electoral del mencionado sindicato.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.432 librado al ciudadano Reinaldo Muñoz Procurador General de la República, recibido por el ciudadano Henry Rodríguez Facchinetti, Gerente General de Litigio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 12 de diciembre de 2019 y de la Sentencia N°070 dictada en fecha 11 de diciembre de 2019.


3. AA70E2019000023

El ciudadano JOSÉ MANUEL LEÓN VILLORIA, titular de la cédula de identidad N° V-14.389.786, en su condición de trabajador de la entidad de trabajo alimentos DISFRECA y miembro afiliado del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la empresa General Mills de Venezuela C.A. (SIMNTRAGENERMILLS), asistido por el abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.282, interpuso recurso contencioso electoral de anulación conjuntamente con medida de suspensión de efectos y amparo cautelar, contra la comisión electoral del mencionado sindicato.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.433 librado para el ciudadano Eduardo Piñate, Ministro del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, recibido por la ciudadana Yorimar Damore, funcionaria adscrita al Despacho del Ministro, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 12 de diciembre de 2019 y de la Sentencia N°070 dictada en fecha 11 de diciembre de 2019.


4. AA70E2019000023

El ciudadano JOSÉ MANUEL LEÓN VILLORIA, titular de la cédula de identidad N° V-14.389.786, en su condición de trabajador de la entidad de trabajo alimentos DISFRECA y miembro afiliado del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la empresa General Mills de Venezuela C.A. (SIMNTRAGENERMILLS), asistido por el abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.282, interpuso recurso contencioso electoral de anulación conjuntamente con medida de suspensión de efectos y amparo cautelar, contra la comisión electoral del mencionado sindicato.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 19.428 librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Gaviota Díaz, funcionaria adscrita a la Dirección General de Apoyo Jurídico, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 12 de diciembre de 2019 y de la Sentencia N°070 dictada en fecha 11 de diciembre de 2019.


5. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.452 librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, recibida por el ciudadano Edgar Muñoz, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


6. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.455 librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE HONOR DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, recibida por el ciudadano Edgar Muñoz, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


7. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.460 librado al ciudadano EDUARDO ÁLVAREZ, Presidente del Comité Olímpico de Venezuela, recibido por la ciudadana Natacha Sáez, Secretaria ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


8. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.453 librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN REORGANIZADORA DE FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, recibida por el ciudadano Edgar Muñoz, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


9. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.458 librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE ENTRENADORES DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, recibida por el ciudadano Edgar Muñoz, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


10. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.461 librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano José García, Asistente Ejecutiva de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


11. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.456 librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO CONTRALOR DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, recibida por el ciudadano Edgar Muñoz, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


12. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.459 librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE JUECES - ÁRBITROS DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, recibida por el ciudadano Edgar Muñoz, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


13. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.454 librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, recibida por el ciudadano Edgar Muñoz, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


14. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.457 librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE ATLETAS DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, recibida por el ciudadano Edgar Muñoz, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


15. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.462 librado a la ciudadana NINOSKA CLOCIER, Presidenta del Instituto Nacional de Deporte (IND), recibido por la ciudadana Josemil Pérez, Asistente de Presidencia del IND, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 01 de diciembre de 2021.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ