REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 31/05/2022
CUENTA, N° 59

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2015000102

Los ciudadanos ADERMNIS RAFAEL BORGES, GREGORY RAFAEL RIVAS FANEITE, FÉLIX ENRIQUE GRATEROL CABRERA, ROLLER ALEXANDER SÁNCHEZ TORRES y MAURICIO RENÉ MARIN VÁSQUEZ, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos contra los actos de formación del registro electoral preliminar y definitivo, así como contra los actos de escrutinio, adjudicación y proclamación dictados y realizados por la Comisión Electoral de SUNTINS, e igualmente contra el acto de generación del registro electoral definitivo realizado por la Oficina Regional Electoral del estado Carabobo, entre los días 20 al 26 de enero de 2015, en el marco del procedimiento de elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello, así como contra la Resolución N° 150611-134 del 11 de junio de 2015 dictada por el Consejo Nacional Electoral.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los miembros del TRIBUNAL DICIPLINARIO DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA NAVAL Y SUS SIMILARES DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO (SUTINS), (parte recurrida), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 30 de septiembre de 2021 dictó Sentencia N°051, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.


2. AA70E2015000102

Los ciudadanos ADERMNIS RAFAEL BORGES, GREGORY RAFAEL RIVAS FANEITE, FÉLIX ENRIQUE GRATEROL CABRERA, ROLLER ALEXANDER SÁNCHEZ TORRES y MAURICIO RENÉ MARIN VÁSQUEZ, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos contra los actos de formación del registro electoral preliminar y definitivo, así como contra los actos de escrutinio, adjudicación y proclamación dictados y realizados por la Comisión Electoral de SUNTINS, e igualmente contra el acto de generación del registro electoral definitivo realizado por la Oficina Regional Electoral del estado Carabobo, entre los días 20 al 26 de enero de 2015, en el marco del procedimiento de elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello, así como contra la Resolución N° 150611-134 del 11 de junio de 2015 dictada por el Consejo Nacional Electoral.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos WILLIAM WILFREDO MORA SALAZAR, DE JHONH D. MARTÍNEZ, EGLEE YAMISLET LAMAS MATA Y MARCOS ALEJANDRO GUANIPA, titulares de la cédulas de identidad N° V- 12.424.792, N° V- 7.158.902, N° V- 12.424.792 N° V-13.665.265 respectivamente, (parte recurrida), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 30 de septiembre de 2021 dictó Sentencia N°051, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.


3. AA70E2016000064

El abogado WILLIAM SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 232.517, aludiendo su condición de Secretario General Regional del estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela (MOVEV), interpuso acción de amparo constitucional, contra la Dirección Nacional Ejecutiva del Movimiento Ecológico de Venezuela.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano, WILLIANS SANCHEZ (parte accionante), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 07 de diciembre de 2017 dictó Sentencia N°222, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.


4. AA70E2021000016

Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro de número del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades que habría de ejercer los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023.

Vista la Sentencia N° 044 dictada por esta Sala Electoral en fecha 25 de mayo de 2022, este Juzgado de Sustanciación acordó notificar a la parte recurrente, a la Junta Directiva, Junta Calificadora y a la Dirección Legal, todos órganos del Instituto Venezolano de Genealogía, así como también al Ministerio Público. Se Libró boleta de notificación y oficios N° 22.159, 22.160, 22.161 y 22.162. Asimismo, se acordó librar carteles a los fines de notificar del contenido de la presente sentencia a los ciudadanos ANTONIO A. HERRERA-VALLANAT B., CARLOS LISSON PULIDO, ENRIQUE DE LA CONCHA ARNAL, CARLOS JUAN URDANETA ÁLAMO, JOSÉ ENRIQUE HURTADO FELCE, GONZALO PÉREZ PARÍS, MIGUEL ANTONIO TORO RAMÍREZ, MARÍA SOLEDAD BÁEZ DE BAZO, MANUEL SOTO ARBELÁEZ, RAFAEL CLEMENTE ARRAIZ LUCCA, LUIS XAVIER GRISANTI CANO, MARÍA CRISTINA PUENTE DE CHIBAS, ARNOLDO RON-PREDIQUE HERNÁNDEZ, MARÍA ELENA BRICEÑO PARDO y MIGUEL ANTONIO TORO RAMÍREZ. Se Libró Cartel.


5. AA70E2021000026

El ciudadano MIGUEL RESPLANDOR SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.368.164, actuando en su condición de tesorero y candidato a la reelección al cargo de Tesorero de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FEVEDEU), asistido por el abogado Juan Argüello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.198, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra los vicios de la Asamblea Extraordinaria celebrada del día 10 de junio del año 2021 y las irregularidades de la comisión electoral de la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria sobre postulaciones y demás vicios en el proceso.

Vista la sentencia N° 042 dictada en fecha 25 de mayo de 2022 por la Sala Electoral, se acordó notificar al ciudadano MIGUEL RESPLANDOR SÁNCHEZ, (parte recurrente) a la Comisión Electoral, a la Junta Directiva, al Consejo de Honor y al Consejo Contralor, todos órganos adscritos a la Federación Venezolana Deportiva de Educación Universitaria (FAVEDEU), al Ministerio Público y al Instituto Nacional del Deporte (IND). Se libró boleta y oficios Nros. 22.163, 22.164, 22.165, 22.166, 22.167 y 22.168.


6. AA70E2021000079

Las ciudadanas Ines María Solorzano, Morella Josefina Figueroa Infante e Ines Rebeca Figueroa Cárdenas, titulares de la cédulas de identidad N° V-11.363.278, v-6.371.866 y 11.164.224 respectivamente, actuando en su condición de Presidenta, Vicepresidente Tercera y Tesorera en ese orden, de la organización social Promotora del Deporte, actividad Física y Educación Física del Comité Paralímpico Venezolano (COPAVEN), asistidas por la abogada Josmarly Olivares Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 254.862, interpusieron amparo constitucional con medida cautelar innominada contra el acto de convocatoria a la asamblea, para designar a la Comisión Electoral que llevará el proceso eleccionario de las nuevas autoridades de COPAVEN.

Vista la sentencia N° 041 dictada en fecha 25 de mayo de 2022 por la Sala Electoral, se acordó notificar a las ciudadanas INÉS MARÍA SOLÓRZANO, MORELLA JOSEFINA FIGUEROA INFANTE e INÉS REBECA FIGUEROA CÁRDENAS, parte accionante. Se libró boleta.


7. AA70E2022000002

El ciudadano ALFREN MARINO PIÑANGO, titular de la cédula de identidad N° V 5.904.858, actuando en su condición de Candidato a Concejal en el Municipio Montalbán del estado Carabobo por el Gran Polo Patriótico (GPP), asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 28.575, interpuso recurso contencioso electoral contra el silencio administrativo del Consejo Nacional Electoral operado en el recurso jerárquico mediante el cual solicitó la corrección del error material incurrido en la Proclamación del Concejal según Acta de Proclamación y Adjudicación de Concejales por lista para el municipio Montalbán del estado Carabobo de fecha 17 de enero de 2022.

Auto de corrección de foliatura.


8. AA70E2022000005

Por recibido oficio N° 461-2021 de fecha 22/11/2021, emanado del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos MARIA FERNANDA SANABRIA BRAVO y BLAS ALFONSO OROPEZA BECERRA, titulares de la cédula de identidad N° V-20.628.618 y V-19.463.652, alegando el carácter de Presidentes de los clubes JUVENTUD PARA EL FUTURO, OMEGA y LUCHIVOL, asistido por el abogado PEDRO JOSE CARRERO, titular de la cédula de identidad N° V-10.162.298, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.660, quien actúa con el carácter de Presidente del CLUB DE VOLEIBOL JPF, contra las convocatorias realizadas en fecha 1 de noviembre de 2021, por clubes no afiliados a la "... ASOCIACION DE VOLEIBOL TACHIRENSE (...) BUFALOS DE COLON, CLUB LOS AMIGOS, CLUB PIRINEOS, CLUB QUINIMARI, CLUB JUDITH MALDONADO...".

NOTIFICACIÓN: Vista la Sentencia N° 043 dictada por la Sala Electoral en fecha 25 de mayo de 2022, se acordó notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral, a la Junta Directiva, al Consejo de Honor y al Consejo Contralor de la Asociación de Voleibol Tachirense (AVT); asimismo, a la Federación Venezolana de Voleibol, a los ciudadanos THELMO CHACÓN, EDIXON LUGO, GUISTOR VIVAS, EDGAR VIVAS, ELIS GARCÍA y NIDIA MORENO, al Ministerio Público y al Instituto Nacional del Deporte (IND). Se libró boletas y oficios Nros. 22.147, 22.148, 22.149, 22.150, 22.151, 22.152 y 22.153. Igualmente, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes del estado Táchira (Distribuidor), y al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficios Nros 22.154 y 22.155 y despacho.


9. AA70E2022000013

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad número V-10.257.075, actuando en su carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211, en el Centro Clínico Profesional de Caracas, asistido por el abogado José Antonio Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.006, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral para elegir las nuevas autoridades de la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas, incluyendo la designación y juramentación del Comité Electoral de fecha 03 de febrero de 2022.

OPOSICIÓN: Se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


10. AA70E2022000013

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad número V-10.257.075, actuando en su carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211, en el Centro Clínico Profesional de Caracas, asistido por el abogado José Antonio Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.006, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral para elegir las nuevas autoridades de la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas, incluyendo la designación y juramentación del Comité Electoral de fecha 03 de febrero de 2022.

AGREGADO DE PRUEBAS: se agrega a los autos el escrito presentado en fecha veintiséis (26) de mayo de 2022, por el abogado José Salas Oliveros, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.714, apoderado judicial de la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas, mediante el cual promovió pruebas.


11. AA70E2022000017

Los abogados José Eladio Quintero Marquina y WIillians Enrique Fernández Fuenmayor, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 7.318 y 130.061, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ROLANDO VALBUENA GARCÍA, JESÚS ARMANDO PAZOS CASAÑAS, RAYNER JESÚS VÁSQUEZ MADRIZ, BRIAN JOSUÉ, GONCALVES MENDES, CÉSAR JESÚS LANDAETA RENDÓN, KELVYN ANDRÉS PADILLA ANTÚNEZ, LUIS FERNANDO AGOSTINI COLL, CRIXON ABIMAEL GUZMAN MONTOYA, ANGELO JOEGNI BETANCOURT SUÁREZ y JORGE ALEJANDRO DURAN MOLINA, los cinco (5) primeros en su condición de entrenadores y los demás en su condición de atletas de la Federación Venezolana de Karate Do, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral AD HOC de la Federación Venezolana de Karate Do y Proceso Electoral a celebrarse el día 22 de abril de 2022.

Vista la sentencia N° 040 dictada en fecha 25 de mayo de 2022 por la Sala Electoral, se acordó notificar a los ciudadanos ROLANDO VALBUENA GARCÍA, JESÚS ARMANDO PAZOS CASAÑAS, JOSÉ RAYNER JESÚS VÁSQUEZ MADRIZ, BRIAN JOSUÉ GONCALVES MENDES, CÉSAR JESÚS LANDAETA RENDÓN, KELVYN ANDRÉS PADILLA ANTÚNEZ, LUIS FERNANDO AGOSTINI COLL, CRIXON ABIMAEL GUZMÁN MONTOYA, ANGELO JOEGNI BETANCOURT SUÁREZ y JORGE ALEJANDRO DURAN MOLINA, parte accionante. Se libró boleta.


12. AA70E2022000019

El abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7282, actuando en su condición de apoderado judicial del Comité Paralímpico Venezolano (COPAVEN), interpuso demanda de nulidad contenciosa electoral e impugnación contra las convocatorias, de fechas 06 de diciembre de 2021 (Designación de la Comisión Electoral), 28 de diciembre de 2021 (Designación de la Autoridad Provisional), 25 de enero de 2022 (Designación de la Comisión Electoral), 17 de febrero de 2022 (Convocatoria y Cronograma Electoral) y contra el Acto Electoral realizado en fecha 31 de marzo de 2022.

RECEPCION DE INFORMES SOBRE ASPECTOS DE HECHO Y DERECHO: Por recibido en esta misma fecha diligencia contentiva del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, suscrito por los abogados Emili Jiménez y Ailen Mujica, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.488.957 y V-14.700.316, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 67.030 y 114.964, respectivamente, en el carácter de miembros de la Comisión Electoral del Comité Paralímpico de Venezuela, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito con los recaudos que la acompañan.


13. AA70E2022000020

Por recibido oficio N° 072-2022 de fecha 05 de abril de 2022, emitido por el Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por las abogadas Ludy Pérez de González, Alicia Figueroa Romero y Carmen Luisa Durán, actuando en su propio nombre, contra los abogados JACOB MÁRMOL, MARINA RODRÍGUEZ y ORLANDO CHIRINOS, por los presuntos actos ilegítimos realizados en nombre del Colegio de Abogados del estado Lara, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 05 de abril de 2022, conforme a la cual el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

Vista la sentencia N° 039 dictada en fecha 25 de mayo de 2022 por la Sala Electoral, se acordó notificar a las ciudadanas LUDY PÉREZ DE GONZÁLEZ, ALICIA FIGUEROA ROMERO y CARMEN LUISA DURÁN, parte accionante. Se Libró boleta. Asimismo, se comisionó al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se Libró oficio N° 22.171 y despacho.


14. AA70E2022000021

Por recibido oficio N° BP02-G-2022-008000, emitido por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por la abogada Maribel Carvajal García, titular de la cédula de identidad número V-8.496.700, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, actuando en su propio nombre como miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO) 2022-2024, contra el "ACTO DEL COMITÉ ELECTORAL CIVO 2022-2024, electo en Asamblea General Extraordinaria de Asociados de dicho Centro Social en fecha 23 de Enero de 2022", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 29 de marzo de 2022 por el mencionado Juzgado Superior Estatal.

RECEPCION DE COMISION: Visto el oficio N° 084-2022, de fecha 26 de marzo de 2022, emanado del Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 05 de mayo de 2022, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus anexos.


15. AA70E2022000022

El abogado Luis Martínez Hernández, titular de la cédula de identidad número V-2.532.379, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.377, actuando en su condición de socio propietario de la cuota de participación N° 1190, del Club Campestre Los Cortijos, interpuso demanda contencioso electoral con amparo cautelar, contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, realizados durante las elecciones celebradas el 28 de noviembre de 2021, para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil del Club Campestre Los Cortijos periodo 2022-2024.

Vista la Sentencia N° 046 dictada por esta Sala Electoral en fecha 25 de mayo de 2022, este Juzgado de Sustanciación acordó notificar al abogado Luis Martínez Hernández (parte recurrente), a la Junta Electoral de la Asociación Civil del Club Campestre Los Cortijos (parte recurrida). Se Libró Boleta y Oficio. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se ordena notificar del contenido de la sentencia N° 046 de fecha 25 de mayo de 2022 al Ministerio Público, asi como también a la Junta Directiva de la Asociación Civil del Club Campestre Los Cortijos, remitiéndoles copia certificada del escrito libelar, de la referida sentencia y del presente auto. Se Libró Oficios N° 22.156, 22.157 y 22.158.


16. AA70X2022000004 - AA70E2022000013

Los abogados José Alejandro Salas Oliveros y Marcos Augusto Finol Palacios, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros° 28.714 y 104.842, respectivamente, el primero actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas, y el segundo con el carácter de apoderado judicial del Comité Electoral del mismo Centro Clínico, presentaron oposición a la medida cautelar acordada mediante sentencia N° 026 dictada por esta Sala Electoral en fecha 17 de marzo de 2022.

Vista la sentencia N° 045 dictada en fecha 25 de mayo de 2022 por la Sala Electoral, se acordó notificar al ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI (parte recurrente), al Comité Electoral y a la Junta de Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas. Se libró boleta y oficios Nros. 22.169 y 22.170 .


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2021000056

Los ciudadanos CESAR AMARIS y AGUSTIN BETANCOURT, titulares de la cédula de identidad Nros. V-21.080.615 y V-19.477.760, respectivamente, en su carácter de atletas de alto rendimiento, afiliados a las Asociaciones de Remo del estado Anzoátegui y Distrito Capital, y a la Federación Venezolana de Remo, asistidos por la abogada Josmarly Joselyn Olivares Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° V- 254.862, interpusieron acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada de suspensión de efectos en contra de la convocatoria a elecciones para elegir las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Remo para el periodo 2021-2025, y en consecuencia los actos que han emanados de una supuesta autoridad provisional (Comisión Reorganizadora).

El ciudadano Carlos Eduardo Torres, titular de la cédula de identidad N° V-18.295.757, en su condición de miembro principal de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Remo, asistido por la abogada Elis Elena, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, presentó escrito solicitando sea declarada inadmisible la presente acción de amparo.


2. AA70E2022000014

El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo.

Los abogados Argenis Flores, Luis Cruces, Ely Montañez, Carlos Uribe, Viviana Pineda, Eglee Vasquez, Carlos Pimentel, Maria Elena Cabrera, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 16.122, 54.970, 128.200, 118.390, 194.743, 61.770, 125.279, 19.921 actuando como Miembros del colegio de Abogados del estado Carabobo, presentaron escrito mediante la cual solicitaron oposición a la admisión del amparo.


3. AA70E2022000014

El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo.

Los abogados Argenis Flores, Luis Cruces, Ely Montañez, Carlos Uribe, Viviana Pineda, Eglee Vasquez, Carlos Pimentel, Maria Elena Cabrera, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 16.122, 54.970, 128.200, 118.390, 194.743, 61.770, 125.279, 19.921 actuando como Miembros del colegio de Abogados del estado Carabobo, presentaron escrito mediante la cual solicitaron oposición a la medida cautelar.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2021000034

El ciudadano IOMAR ALBERTO CARREÑO LOPEZ titular de la cédula de identidad N° 10.345.785 asistido por los abogados César Augusto Fernández y Nelson Antonio Rojas Brito inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.479 y 196.405, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra el proceso electoral de la CAJA DE AHORRO Y PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL PODER ELECTORAL (CAPSEOJ) N° 45 del sector público período 2021-2024, llevado a cabo por la Comisión Electoral Ad Hoc elecciones celebrada en fecha 30 de julio de 2021.

El abogado Nelson Antonio Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 196.405, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en la presente causa.


2. AA70E2021000041

Los ciudadanos Wilfredo León Astudillo, Denisee de Los Ángeles Salazar, Yacenia Motaban Muñoz, Luis Alfredo García y Juan Enrique Tablante Pizarro, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.359.988, V-26.812.702, V-16.075.112, V-18.616.476 y V-30.463.528, en su carácter de Entrenador del Club Fronteam, atleta del Club Mati, Entrenadora, Árbitro y Atleta del Club Guerreras de Mellado, respectivamente, y Miembros de la Federación Venezolana de Pelota Vasca, asistidos por el abogado Ramón Gonzalo Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso electoral convocado por el ciudadano JOSEBA URRANTEGUI BARREDA URCELAY, titular de la cédula de identidad N° 3.820.184, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la aludida asociación para el periodo 2021-2025.

La abogada Elis Elena, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, actuando de apoderada judicial del ciudadano Wilfredo José León Astudillo, titular de la cedula de identidad N° V-13.359.988 (parte recurrente), presentó diligencia mediante la cual consignó cartel de emplazamiento publicado en un diario de circulación nacional.


3. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

La abogada Elis Elena, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, presentó diligencia mediante la cual consignó poder notariado otorgado por la parte recurrente.


4. AA70E2022000001

El abogado EVERETT JOSE SALAZAR BOSSIO titular de la cédula de identidad N°V-4.704.486 inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.295, actuando en nombre propio, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra el proceso electoral para elegir nuevas autoridades, efectuado el 30-11-2021 y el 15-12-2021 (ambas fechas), realizado por la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, Petroquímica y Carbonífera Nacional (AJIP).

El abogado EVERETT JOSE SALAZAR BOSSIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 66.295, actuando en su carácter de accionante, consignó diligencia solicitando pronunciamiento en la presente causa.


5. AA70E2022000014

El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Junta Electoral del Colegio de abogados del estado Carabobo.

El abogado Carlos Pimentel, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 125.279, actuando como Miembros del colegio de Abogados del estado Carabobo, presento diligencia solicitando copia simple de todo el expediente.


6. AA70E2022000024

Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022.

El abogado Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N ° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia solicitando se sirvan ordenar las notificaciones a los miembros de la comisión electoral de la Federación.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2021000052

Los ciudadanos OMAILYN ALCALÁ y LUIS GABRIEL GARCÍA, Atletas de la Selección Nacional de Boxeo y Entrenador de Boxeo de la Asociación de Boxeo, titulares de la cédulas de identidad N° 21.103.343 y 6.128.942, respectivamente, asistidos por los abogados Elena Mundaray y Gustavo Mijares inscritos en el Inpreabogado bajo los números 289.369 y 299.799, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra la elección de la Comisión Reorganizadora, la Comisión Electoral y contra la convocatoria y el proceso electoral realizados por la mencionada Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX) para el período 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 21.479 librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Noemi González, Secretaria Ejecutiva de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 02 de diciembre de 2021.


2. AA70E2021000054

El ciudadano Carlos Luis Jordana Zambrano, titular de la cédula de identidad N° V-8.050.299, actuando con el carácter de afiliado a la organización sindical Unión Sindical profesional de Trabajadores y Trabajadoras de la Hotelería, Mesoneros, Bares y Restaurantes, Conexos y Similares del Estado Bolivariano de Miranda (U-SINPTRA-HOTEL), actualmente denominada Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Sector de la Hotelería, turismo, Restaurantes, Afines, Similares y Conexos (SINTRA-HOTURVEN), asistido por el abogado Herbert Ortiz López, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 85.934, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, contra " los actos del Proyecto Electoral, Cronograma Electoral, Acta de Votación, Acta de Escrutinio, Acta de Totalización. Adjudicación y Proclamación en el cual consta la Certificación del Proceso Electoral por la Comisión Electoral de la Organizacción Sindical.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano CARLOS LUIS JORDANA ZAMBRANO, respectivamente, parte recurrente, recibida por el abogado Herbert Ortiz, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 85.934, apoderado judicial, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°015 de fecha 24 de febrero de 2022.


3. AA70E2022000019

El abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7282, actuando en su condición de apoderado judicial del Comité Paralímpico Venezolano (COPAVEN), interpuso demanda de nulidad contenciosa electoral e impugnación contra las convocatorias, de fechas 06 de diciembre de 2021 (Designación de la Comisión Electoral), 28 de diciembre de 2021 (Designación de la Autoridad Provisional), 25 de enero de 2022 (Designación de la Comisión Electoral), 17 de febrero de 2022 (Convocatoria y Cronograma Electoral) y contra el Acto Electoral realizado en fecha 31 de marzo de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.134 librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL COMITÉ PARALÍMPICO VENEZOLANO (COPAVEN), recibida por la ciudadana Yatselin Cedeño, Suplente del ente antes mencionado, en el domicilio procesal que consta en el expediente, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 05 de mayo de 2022.


4. AA70E2022000021

Por recibido oficio N° BP02-G-2022-008000, emitido por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por la abogada Maribel Carvajal García, titular de la cédula de identidad número V-8.496.700, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, actuando en su propio nombre como miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO) 2022-2024, contra el "ACTO DEL COMITÉ ELECTORAL CIVO 2022-2024, electo en Asamblea General Extraordinaria de Asociados de dicho Centro Social en fecha 23 de Enero de 2022", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 29 de marzo de 2022 por el mencionado Juzgado Superior Estatal.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.133, librado al Juez de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), el cual hice envío a través de la empresa de encomiendas TEALCA, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 05 de mayo de 2022.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ